La nueva reforma laboral busca reducir las obligaciones de los empresarios con los empleados y desalentar las demandas de los trabajadores. Incluye cambios como permitir contratos por temporada, periodos de prueba extendidos hasta 6 meses, y capacitación conjunta entre empresas. También prohíbe el trabajo infantil y obliga a las empresas a verificar el cumplimiento de normas de seguridad en empresas subcontratistas.
Conocerá las principales modificaciones de la nueva reforma laboral en la Ley Federal del Trabajo, lo cual ayudara a fortalecer las labores como inspector federal del trabajo.
Este documento presenta información sobre derecho laboral en Perú. Explica conceptos como jornada laboral, salario mínimo, asignación familiar, días feriados, gratificaciones, vacaciones, compensación por tiempo de servicios y prohibiciones para los patrones. También cubre temas como jornada laboral para menores, trabajo de las mujeres y requisitos del contrato individual de trabajo.
Este documento resume varias leyes laborales de Puerto Rico. Establece horarios de trabajo, protecciones para madres obreras, prohibición de hostigamiento sexual y discriminación, regula contratos de trabajo, establece días de descanso y jornadas de trabajo, y prohíbe despidos injustificados. Cada ley cubre temas como penalidades por violaciones y derechos de empleados.
El documento resume las principales condiciones de trabajo establecidas en la legislación mexicana, incluyendo la jornada laboral máxima, horas extras, derechos de mujeres embarazadas, contratación de menores, salario mínimo, participación de utilidades, capacitación, vivienda, seguridad e higiene, y sindicatos. Concluye que las condiciones de trabajo son importantes para establecer una relación laboral adecuada y proteger los derechos de los trabajadores.
El documento resume los principales derechos laborales establecidos en el Artículo 123 Constitucional de México, incluyendo la jornada laboral, salario mínimo, seguridad e higiene, sindicatos, y las diferencias en los derechos de los trabajadores del sector público y privado.
Este documento describe los objetivos y principios de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) de Venezuela, incluyendo garantizar los derechos de los trabajadores, la justicia social, y la igualdad. También resume los beneficios sociales como prestaciones, jornadas laborales, reposo prenatal y postnatal, vacaciones, utilidades, días feriados, y la prohibición de tercerización. Explica además el rol del Comité de Seguridad Laboral en la promoción de la seguridad
Las leyes descritas protegen a los trabajadores de Puerto Rico de varias formas: prohíben el hostigamiento sexual, requieren indemnización por despido injustificado, establecen un salario mínimo y protecciones para vacaciones y enfermedad, regulan el empleo de menores, requieren un día de descanso semanal, y establecen normas para horas regulares y extras de trabajo.
La nueva reforma laboral busca reducir las obligaciones de los empresarios con los empleados y desalentar las demandas de los trabajadores. Incluye cambios como permitir contratos por temporada, periodos de prueba extendidos hasta 6 meses, y capacitación conjunta entre empresas. También prohíbe el trabajo infantil y obliga a las empresas a verificar el cumplimiento de normas de seguridad en empresas subcontratistas.
Conocerá las principales modificaciones de la nueva reforma laboral en la Ley Federal del Trabajo, lo cual ayudara a fortalecer las labores como inspector federal del trabajo.
Este documento presenta información sobre derecho laboral en Perú. Explica conceptos como jornada laboral, salario mínimo, asignación familiar, días feriados, gratificaciones, vacaciones, compensación por tiempo de servicios y prohibiciones para los patrones. También cubre temas como jornada laboral para menores, trabajo de las mujeres y requisitos del contrato individual de trabajo.
Este documento resume varias leyes laborales de Puerto Rico. Establece horarios de trabajo, protecciones para madres obreras, prohibición de hostigamiento sexual y discriminación, regula contratos de trabajo, establece días de descanso y jornadas de trabajo, y prohíbe despidos injustificados. Cada ley cubre temas como penalidades por violaciones y derechos de empleados.
El documento resume las principales condiciones de trabajo establecidas en la legislación mexicana, incluyendo la jornada laboral máxima, horas extras, derechos de mujeres embarazadas, contratación de menores, salario mínimo, participación de utilidades, capacitación, vivienda, seguridad e higiene, y sindicatos. Concluye que las condiciones de trabajo son importantes para establecer una relación laboral adecuada y proteger los derechos de los trabajadores.
El documento resume los principales derechos laborales establecidos en el Artículo 123 Constitucional de México, incluyendo la jornada laboral, salario mínimo, seguridad e higiene, sindicatos, y las diferencias en los derechos de los trabajadores del sector público y privado.
Este documento describe los objetivos y principios de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) de Venezuela, incluyendo garantizar los derechos de los trabajadores, la justicia social, y la igualdad. También resume los beneficios sociales como prestaciones, jornadas laborales, reposo prenatal y postnatal, vacaciones, utilidades, días feriados, y la prohibición de tercerización. Explica además el rol del Comité de Seguridad Laboral en la promoción de la seguridad
Las leyes descritas protegen a los trabajadores de Puerto Rico de varias formas: prohíben el hostigamiento sexual, requieren indemnización por despido injustificado, establecen un salario mínimo y protecciones para vacaciones y enfermedad, regulan el empleo de menores, requieren un día de descanso semanal, y establecen normas para horas regulares y extras de trabajo.
Este documento lista razones justificadas para el despido de un empleado, como un patrón de mala conducta, no cumplir con el trabajo de manera eficiente, o violar reglas repetidamente. También cubre despidos por cierres de operaciones, cambios tecnológicos, o reducciones en el volumen de producción. Prohíbe el despido por motivos de edad, raza, género u origen.
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)UNAM
La iniciativa preferente de reforma laboral tuvo como objetivos principales promover la generación de empleos formales, impulsar la productividad y competitividad, garantizar condiciones de trabajo digno, y aumentar la transparencia y democracia sindical. Se propusieron nuevas modalidades de contratación para facilitar el acceso al mercado laboral. También se buscó fortalecer la impartición de justicia laboral y actualizar las facultades normativas de la autoridad para mejorar las condiciones laborales.
Este documento establece el reglamento interno de trabajo de la empresa Baby Fruit. Incluye capítulos sobre condiciones y admisiones, contratos de aprendizaje, periodo de prueba, horarios de trabajo, horas extras, días de descanso y vacaciones. El Ministerio de Protección Social supervisa que el reglamento no vulnere los derechos de los empleados.
Carta legislación nac trabajo infantil2010 2009Reynisabel
El documento resume la legislación laboral nicaragüense relacionada con los derechos de los adolescentes. Establece que los adolescentes de 14 a 18 años tienen derecho a trabajar con permiso, pero se prohíbe el trabajo nocturno u otros peligrosos. También detalla los derechos laborales de los adolescentes como salario igual, seguridad en el trabajo y jornada laboral limitada. Finalmente, explica las sanciones por violar estas leyes laborales de protección a adolescentes.
Esta ley establece nuevas protecciones y derechos para los trabajadores venezolanos. Protege la estabilidad laboral y limita los despidos injustificados. Amplía las licencias parentales y protege a las mujeres embarazadas. También garantiza el derecho a la capacitación, a la participación sindical y al pago de utilidades. Establece sanciones para los empleadores que violen la ley laboral.
Los derechos laborales buscan regular la relación entre empleadores y empleados. Incluyen el contrato de trabajo, derechos como la jornada laboral, salario mínimo, feriados, vacaciones, aguinaldo, cesantía, preaviso y protecciones contra el despido y acoso sexual. Las leyes laborales costarricenses establecen estas protecciones y los trabajadores pueden acudir al Ministerio de Trabajo u otras instituciones para defender sus derechos.
Instrumentos jurídicos que regulan las relaciones laborales en Venezuela, pre...Carmen Gil
Preguntas y respuestas sobre la Ley orgánica del Trabajo en Venezuela, estabilidad laboral, procedimientos, accidentes y enfermedades ocupacionales, certificaciones, INPSASEL, acoso laboral
Iniciativa Preferente de Reforma Lanoral.Temo Galindo
Comparto una presentación general sobre las características principales de la Reforma Laboral que ha presentado bajo el formato de preferente por parte del Ejecutivo Federal.
El documento resume los principales tipos de contratos laborales en Venezuela, incluyendo contratos indefinidos, temporales, de formación y aprendizaje. También describe los deberes y derechos básicos de empleadores y empleados, así como conceptos clave como jornada laboral, salario, periodo de prueba y normas laborales.
La Secretaria del Trabajo presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo con el objetivo de promover la generación de empleos mejor pagados y lograr la formalidad laboral. La iniciativa contempla más de 300 cambios para facilitar el acceso al mercado laboral, proteger los derechos de grupos vulnerables, y agilizar la justicia laboral. Sin embargo, la forma final que tome la reforma dependerá del análisis y discusión del Congreso.
Este documento presenta la Convención Colectiva de Trabajo entre PDVSA Petróleo S.A. y la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo para los años 2011-2013. Define el alcance de la convención, incluyendo las actividades cubiertas como la exploración, refinación y transporte de petróleo. También define términos clave como trabajador, empresa, sindicato y estipula las condiciones laborales y beneficios de los trabajadores cubiertos por la convención.
El documento describe las razones de despido justificado como conducta impropia, incumplimiento de trabajo, y violación de reglas. También cubre remedios por despido injustificado como indemnización progresiva dependiendo de los años de servicio. Prohíbe el discrimen en el empleo por edad, raza, sexo u otras categorías. Finalmente, detalla protecciones y licencias para madres embarazadas y que adoptan.
El documento describe los fundamentos jurídicos de la estabilidad laboral reforzada en Colombia, incluyendo la Constitución, leyes y jurisprudencia. Explica que la estabilidad laboral reforzada aplica a mujeres embarazadas, madres cabeza de familia, padres cabeza de familia, trabajadores con fuero sindical y con discapacidad, para quienes no es suficiente alegar justa causa para el despido. El objetivo es evitar que se afecten principios constitucionales y proteger a grupos vulnerables.
Presentación introductoria de las que le preceden donde se expondrán las características de los contratos de trabajo en España según la guía de contratos de enero 2014.
Es una selección de contratos para dar a conocer a los menores de 30 años los contratos a los que pueden acogerse .
El documento describe las modificaciones realizadas a la Ley Orgánica del Estatuto de los Trabajadores y a la Ley General de la Seguridad Social por la Ley Orgánica 3/2007 para promover la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las modificaciones incluyen ampliar permisos por maternidad, paternidad y cuidado de familiares, así como regular la negociación de planes de igualdad en las empresas.
El documento presenta una introducción al derecho laboral en México. Explica que el derecho laboral regula las relaciones entre trabajadores y empleadores con el fin de lograr equilibrio entre los factores de producción. Se describen las fuentes formales e históricas del derecho laboral mexicano y se analizan algunos de los principales derechos laborales establecidos en la Constitución mexicana como la jornada laboral, salario mínimo y capacitación.
El documento resume las modificaciones introducidas en dos Reales Decretos Leyes en el ámbito laboral, incluyendo la ampliación de permisos por nacimiento, nuevas regulaciones sobre despidos, conciliación familiar, planes de igualdad, registro salarial y de jornada, y bonificaciones para trabajadoras autónomas y contratación de desempleados de larga duración.
ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL DE MÉXICO (RESUMEN)CUT
El documento resume los principales aspectos del derecho laboral mexicano establecidos en la Constitución y las leyes federales. Regula la jornada laboral, salario mínimo, utilidades, derechos de mujeres embarazadas, sindicatos, seguridad social, y distingue entre las relaciones laborales de los trabajadores del sector privado y público.
El documento presenta el dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sobre una iniciativa del Ejecutivo Federal para reformar la Ley Federal del Trabajo. La iniciativa propone 13 objetivos principales como incorporar el concepto de trabajo decente, incluir nuevas modalidades de contratación para facilitar la entrada al mercado laboral, regular la subcontratación, tipificar el trabajo infantil como delito, otorgar mayor protección a los trabajadores mexicanos en el extranjero, fortalecer los derechos de la mujer trabajadora y establecer
Este documento lista razones justificadas para el despido de un empleado, como un patrón de mala conducta, no cumplir con el trabajo de manera eficiente, o violar reglas repetidamente. También cubre despidos por cierres de operaciones, cambios tecnológicos, o reducciones en el volumen de producción. Prohíbe el despido por motivos de edad, raza, género u origen.
Presentación Reforma Laboral (9 noviembre 2012)UNAM
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Este documento establece el reglamento interno de trabajo de la empresa Baby Fruit. Incluye capítulos sobre condiciones y admisiones, contratos de aprendizaje, periodo de prueba, horarios de trabajo, horas extras, días de descanso y vacaciones. El Ministerio de Protección Social supervisa que el reglamento no vulnere los derechos de los empleados.
Carta legislación nac trabajo infantil2010 2009Reynisabel
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Esta ley establece nuevas protecciones y derechos para los trabajadores venezolanos. Protege la estabilidad laboral y limita los despidos injustificados. Amplía las licencias parentales y protege a las mujeres embarazadas. También garantiza el derecho a la capacitación, a la participación sindical y al pago de utilidades. Establece sanciones para los empleadores que violen la ley laboral.
Los derechos laborales buscan regular la relación entre empleadores y empleados. Incluyen el contrato de trabajo, derechos como la jornada laboral, salario mínimo, feriados, vacaciones, aguinaldo, cesantía, preaviso y protecciones contra el despido y acoso sexual. Las leyes laborales costarricenses establecen estas protecciones y los trabajadores pueden acudir al Ministerio de Trabajo u otras instituciones para defender sus derechos.
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El documento presenta el dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sobre una iniciativa del Ejecutivo Federal para reformar la Ley Federal del Trabajo. La iniciativa propone 13 objetivos principales como incorporar el concepto de trabajo decente, incluir nuevas modalidades de contratación para facilitar la entrada al mercado laboral, regular la subcontratación, tipificar el trabajo infantil como delito, otorgar mayor protección a los trabajadores mexicanos en el extranjero, fortalecer los derechos de la mujer trabajadora y establecer
Este documento compara tres iniciativas de reforma laboral propuestas por el PAN, PRI y el presidente Felipe Calderón. Todas las iniciativas incluyen nuevas formas de contratación laboral con mayor flexibilidad, fórmulas para vincular la productividad con los salarios, y regulan la subcontratación. Sin embargo, el PRI no incluye algunas medidas como la vinculación de la formación profesional con la demanda laboral y no tipifica el trabajo infantil como un delito.
El documento resume las principales medidas del Real Decreto ley 3/2012 sobre reforma del mercado laboral en España. Estas incluyen: 1) facilitar la intermediación laboral y formación profesional; 2) modificar el contrato para la formación y el aprendizaje; 3) fomentar la contratación indefinida y creación de empleo a través de incentivos fiscales y bonificaciones a la seguridad social; y 4) dar más flexibilidad a las empresas en clasificación de personal, distribución de la jornada y movilidad geográfica y mod
Este documento presenta información sobre la constitución y registro de sindicatos. Explica los pasos para la constitución de un sindicato, como asegurarse de que existan trabajadores interesados, determinar el tipo de sindicato, lograr el número requerido de trabajadores, preparar la asamblea constitutiva y obtener la personería jurídica mediante la inscripción en el registro oficial. También describe el procedimiento para el registro de un sindicato ante el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales.
El documento describe diferentes aspectos relacionados con los contratos de trabajo. Explica que el contrato de trabajo es el acuerdo entre el empleador y el trabajador donde ambas partes se comprometen recíprocamente, el trabajador a prestar servicios bajo dependencia del empleador y el empleador a pagar una remuneración. También debe contener información como la duración del contrato, jornada laboral y remuneración.
Este documento trata sobre la remuneración y las condiciones de trabajo según la Ley Orgánica del Trabajo en Venezuela. Explica que la remuneración, también llamada salario, es lo que una persona recibe a cambio de su trabajo y debe ser justo y suficiente para sustentar al trabajador. También establece que el patrono debe garantizar condiciones de trabajo higiénicas y de seguridad para proteger la salud del trabajador.
El documento presenta un contrato individual de trabajo para un contador. Incluye detalles como la duración del contrato (tiempo indeterminado), funciones, sueldo, horario de trabajo, días de descanso, vacaciones y otros beneficios. También incluye un finiquito del empleado que calcula los pagos por diferentes conceptos a lo largo de 5 años de trabajo.
El documento trata sobre el sistema nacional de empleo y la política de empleo en España. Explica que el sistema nacional de empleo está integrado por el servicio público de empleo estatal y los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas. También describe los instrumentos de la política de empleo como las políticas activas y pasivas de empleo y la intermediación laboral. Finalmente, resume brevemente los temas 5, 6 y 7 sobre el empleo y mercado de trabajo, el contrato de trabajo y la prestación de trabajo.
Es el dictamen de la comisión de trabajo y previsión social a la iniciativa d...lrcmapk
El documento presenta el dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social sobre la iniciativa de reforma laboral presentada por el Ejecutivo Federal. La iniciativa propone 13 objetivos principales como regular la subcontratación, incluir nuevas modalidades de contratación, fortalecer los derechos de la mujer trabajadora, y dotar a las autoridades de más herramientas para responder a contingencias. El dictamen analiza los antecedentes y contenido de la iniciativa, la cual busca actualizar la legislación laboral para promover la generación de emple
Se establece de manera eficaz el significado los elementos y características de un contrato de trabajo, el cual nos deja un amplio conocimiento para aplicarlo en el futuro.
Este documento presenta varios conceptos clave del derecho laboral mexicano como la relación de subordinación en el trabajo, los conceptos de patrón, trabajador e intermediario laboral, y la sustitución patronal. Explica que la relación de trabajo implica recibir órdenes de un superior, estar sujeto a una jornada laboral continua a cambio de un salario. Define a patrón, trabajador e intermediario y establece que en casos de sustitución patronal, el patrón sustituto asume las obligaciones laborales pero el sust
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Dictamen de la reforma laboral aprobada por diputadosAtenas Quintal
El dictamen resume la iniciativa del Ejecutivo Federal para reformar la Ley Federal del Trabajo. La iniciativa propone 13 objetivos clave como incorporar el concepto de trabajo decente, incluir nuevas modalidades de contratación para facilitar la entrada al mercado laboral, regular la subcontratación, proteger a los menores, proteger a los trabajadores mexicanos en el extranjero, fortalecer los derechos de la mujer trabajadora, y dotar a la autoridad laboral de mayores facultades para responder a contingencias. El dictamen analiza los antecedentes
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El pasado 16 de febrero de 2023 el Congreso aprobó la Ley relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
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Más información:
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REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
2. Ponente
Luís San José
Socio área Derecho del Trabajo
Profesor –ex- de Derecho del Trabajo
Universidad Ramón Llull
lsanjose@agmabogados.com
Encuéntrame en
www.agmabogados.com
3. RD-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para
garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre
mujeres y hombres en el empleo y la ocupación
www.agmabogados.com
4. Índice
RD-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de
trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
1) Planes de Igualdad.
2) Igualdad de remuneración por razón de sexo. Registro de salario de la plantilla.
3) Se modifica el art. 14 del ET Periodo de Prueba.
4) Se modifica el art. 34.8 del ET.
5) Permisos retribuidos art. 37.3 ET.
6) Cambio de denominación de la Maternidad y Paternidad.
7) Nacimiento.
8) Duración desde 01/04/2019 Prestación por nacimiento y cuidado del menor.
9) Nuevo permiso cuidado del lactante.
10) Nueva prestación corresponsabilidad del cuidado del lactante.
11) Se modifican los art. 53.4 y 55.5 del ET.
12) Se amplia la reserva del puesto de trabajo por la excedencia por cuidado de hijos
menores de 3 años.
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5. 1. Modifica la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres -1-
1. Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el
ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier
tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y
en su caso acordar, con los RLT en la forma que se determine la legislación laboral.
PLANES DE IGUALDAD. Art. 45
N 2. Se rebaja, de más de 250 a 50 o más, el umbral de personas trabajadoras de las
empresas que obligatoriamente deberán elaborar y aplicar un plan de igualdad.
N AHORA SE DETERMINAN LAS MATERIAS A CONTEMPLAR EN EL PLAN DE IGUALDAD
siendo obligatorio su contenido mínimo, previo diagnóstico negociado con los RLT.
1. Proceso de selección y contratación.
2. Clasificación profesional.
3. Formación.
4. Promoción profesional.
5. Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
6. Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
7. Infrarrepresentación femenina.
8. Retribuciones.
9. Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
Ojo que los T
es en algún
momento del
año
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6. 1. Modifica la LO 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres-2-
LA ELABORACIÓN del referido DIAGNÓSTICO PREVIO NEGOCIADO se hará en el
seno de la COMISIÓN NEGOCIADORA DEL PLAN DE IGUALDAD, fijándose para la dirección
de la empresa la obligación de facilitar todos los datos e información necesarios para su
elaboración tanto respecto de las materias enumeradas como los datos del Registro.
PLANES DE IGUALDAD. Art. 45
Se crea un REGISTRO DE PLANES DE IGUALDAD DE LAS EMPRESAS y se establece la
OBLIGATORIEDAD DE INSCRIBIRLOS.
Para la realización y aprobación de los Planes de Igualdad en empresas se establece unos PLAZOS:
1 año para las empresas de más de 150 personas y hasta 250 Hasta el 08/03/2020.
2 años para las empresas que tengan más de 100 y hasta 150 Hasta el 08/03/2021.
3 años para las empresas de 50 a 100 Hasta el 08/03/2022.
Tendremos que ESPERARNOS AL DESARROLLO REGLAMENTARIO para conocer en detalle
como se articulan las cuestiones de DIAGNÓSTICO, CONTENIDOS, MATERIAS, AUDITORÍAS
SALARIALES, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN, y registro -constitución , características y
condiciones para inscribirse , y acceso- de los planes de igualdad.
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7. 2. Se añade un apartado 3 al art. 9 del ET
Se plasman expresamente las consecuencias derivadas de la NULIDAD de un CT por
DISCRIMINACIÓN SALARIAL POR RAZÓN DE SEXO, señalándose que el T tendrá derecho a la
retribución correspondiente al trabajo igual o de igual valor
Se modifica el art. 28 ET - Igualdad de remuneración por razón de sexo
El empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo DE IGUAL VALOR LA
MISMA RETRIBUCIÓN, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la
naturaleza de la misma, salarial o extra salarial, sin que pueda producirse discriminación
alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella.
N Un trabajo tendrá igual valor que otro cuando la naturaleza de las funciones o tareas
efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación
exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las
condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en REALIDAD SON
EQUIVALENTES.
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8. 2. Se modifica el art. 28 ET - Igualdad de remuneración por
razón de sexo
N Se establece la obligación a TODO EMPRESARIO -con independencia del nº de T
que ocupen- de llevar (Y CREAR) un REGISTRO de los salarios de su plantilla -valores
medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales-
desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o
puestos de trabajo iguales o de igual valor.
Se establece el derecho de acceso a tal registro, a través de los RLT y no de manera
directa.
N Para E de 50 o más trabajadores, cuando el promedio de las retribuciones -tomando
el conjunta de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas- de las personas
trabajadoras de un sexo sea SUPERIOR a las del otro en un 25% o más, se establece la
OBLIGACIÓN para el empresario de incluir en el mencionado registro salarial una
JUSTIFICACIÓN de que dicha diferencia NO RESPONDE a motivos relacionados con el sexo
de las personas trabajadoras.
ADEMÁS:
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9. 3. Se modifica el art. 14 ET - Periodo de Prueba
N Se blindan, durante el PP de los CT, las situaciones de EMBARAZO -desde la fecha del
inicio del EMBARAZO (no como antes, en PP, desde la fecha de conocimiento por la E)
hasta el comienzo del periodo de suspensión a que se refiere el art. 48.4 ET, o maternidad,
de forma que la resolución a instancia empresarial por no superar el PP será NULA, salvo
que concurran motivos no relacionados con estas situaciones.
Es decir, que tendremos que JUSTIFICAR, en su caso, el porqué NO HA SUPERADO EL PP.
Se incluye la violencia de
género como causa de
interrupción del periodo
de prueba si hay acuerdo
entre las partes
Ya sabemos que se interrumpe el PP las
situaciones de IT, nacimiento, adopción,
guarda con fines de adopción,
acogimiento, riesgo durante el embarazo ,
riesgo durante la lactancia y --------------
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10. 4. Se modifica en el art. 34 el apartado 8º
Las personas trabajadoras tienen derecho a SOLICITAR (para poder adaptarse a la
conciliación) las ADAPTACIONES de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la
ORDENACIÓN del tiempo de trabajo y en la FORMA de prestación (es decir la modalidad
en la que se trabaja), incluida la prestación de SU TRABAJO A DISTANCIA (teletrabajo), para
hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Se IMPONE que estas ADAPTACIONES sean RAZONABLES y PROPORCIONADAS en relación
con las necesidades de la persona trabajadora y con las necesidades ORGANIZATIVAS o
PRODUCTIVAS de la empresa
En el caso de que el T (solicite esta adaptación para el cuidado de hijos) tenga hijos o
hijas, tiene derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos/as cumplan 12 años. La
solicitud se entiende que deberá de realizarse con posterioridad a los periodos de
suspensión por nacimiento o adopción y hasta que cumplan los 12 años.
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11. 4. Se modifica en el art. 34 el apartado 8º
SE FIJA UN PROCEDIMIENTO CUANDO NO SE HAYAN PACTADO LOS TÉRMINOS DE
SU EJERCICIO EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Cuando la persona T solicite la ADAPTACIÓN de su jornada, o señala el Convenio como
aplicarlo o en su defecto, el EMPRESARIO abrirá un PROCESO DE NEGOCIACIÓN con el
T durante un periodo MÁXIMO de 30 días –NATURALES- tras el cual, y POR ESCRITO,
COMUNICARÁ bien la aceptación de la solicitud, bien una propuesta alternativa que
posibilite las necesidades de conciliación o bien su negativa, en este último caso indicando
las razones objetivas de su decisión.
Estableciendo el derecho que asiste al T a solicitar el REINGRESO a su jornada o modalidad
contractual anterior cuando haya terminado el periodo acordado o cuando, aun no
habiendo transcurrido el periodo previsto, esté justificado por el cambio de las
circunstancias.
Las discrepancias surgidas serán resueltas por la jurisdicción laboral a través del
procedimiento del art. 139 de la LRJS.
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12. 4. Se modifica en el art. 34 el apartado 8º
Cuando dice el apartado 8º del art. 34 T, tienen derecho a SOLICITAR (para poder
adaptarse a la conciliación) las ADAPTACIONES de la duración y distribución de la
jornada de trabajo, en la ORDENACIÓN del tiempo de trabajo y en la FORMA de prestación
(es decir la modalidad en la que se trabaja), incluida la prestación de SU TRABAJO A
DISTANCIA (teletrabajo), para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y
laboral.
CLARIFIQUEMOS LA SITUACIÓN
SOLICITAR las ADAPTACIONES- Ajustar o Acomodar
DURACIÓN Ajustar o Acomodar
DISTRIBUCIÓN Ajustar o Acomodar
De la Ordenación del Tiempo de Trabajo Y la FORMA de prestación
Jornada de Trabajo, que es el tiempo que en cada día,
semana, año o parámetro temporal de que se trate, se dedica
por parte del trabajador a la ejecución de su CT, o bien, el
tiempo de trabajo a lo largo de una unidad cronológica o
convencional.
Derecho a solicitar el regreso a su
jornada o modalidad contractual anterior
concluido el periodo acordado
O cambien las circunstancias aunque no
hubiera transcurrido dicho periodo
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13. 5. Permisos retribuidos art.37.3 ET
Se elimina el
derecho a
permiso
retribuido en
caso de
nacimiento de
hijo = 2 días
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14. 6. Cambio de denominación
Las situaciones
de MATERNIDAD
y de
PATERNIDAD
pasan a
denominarse
NACIMIENTO
Y
CUIDADO DEL
MENOR
Nacimiento Adopción
Guarda con
fines de
adopción
Acogimiento
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15. 7. Nacimiento
MADRE BIOLÓGICA 16 SEMANAS
6 SEMANAS
OBLIGATORIAS DESPUÉS
DEL PARTO A JORNADA
COMPLETA
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16. 8. Nacimiento permisos para el otro progenitor
01/04/2019 8 semanas de suspensión las 2
primeras semanas deberá disfrutarlas de forma
ininterrumpida inmediatamente tras el parto.
2020 12 semanas las 4 primeras semanas
obligatorias y disfrutarlas de forma ininterrumpida
tras el parto.
2021 16 semanas las 6 primeras semanas obligatorias de forma ininterrumpidas
tras el parto, que tendrán que disfrutarse a jornada completa.
La madre biológica PODRÁ
ceder al otro progenitor un
periodo de hasta 4 semanas
de su periodo de suspensión
de disfrute NO obligatorio
La madre biológica PODRÁ
ceder al otro progenitor un
periodo de hasta 2 semanas
de su periodo de suspensión
de disfrute NO obligatorio
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17. 9. Nuevo permiso para el cuidado del lactante:
RECORDAR:
• 1 hora de ausencia que podrán dividir en 2 fracciones o sustituirlo por una reducción de
su jornada en media horas con la misma finalidad.
• También podrán acumularse en jornadas completas en los términos que prevea la
negociación colectiva o el acuerdo con la empresa.
El nuevo permiso se basa en que los dos progenitores ejerzan el derecho al cuidado del
lactante de forma SIMULTÁNEA. Y de que el periodo de disfrute pueda extenderse hasta
los 12 meses, con reducción del salario desde los 9 a los 12 meses, siempre que ambos lo
disfruten.
La empresa, siempre que los dos progenitores trabajen en la misma, podrá limitar el
disfrute simultáneo, por razones de funcionamiento de la empresa.
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18. 10. Nueva PRESTACIÓN Ejercicio corresponsable del
cuidado del lactante
Se considera situación protegida LA REDUCCIÓN DE JORNADA EN MEDIA HORA QUE
LLEVEN A CABO CON LA MISMA DURACIÓN Y RÉGIMEN LOS 2 PROGENITORES,
adoptantes, guardadores con fines de adopción o acogedores de carácter permanente,
cuando AMBOS trabajen, para el cuidado del lactante desde que cumpla 9 meses hasta
los 12 meses de edad.
Carencia en función edad.
Solo se puede reconocer a UNO de los dos progenitores.
100% de la BR en proporción a al reducción de jornada.
La nueva prestación CORRESPONSABILIDAD EN EL CUIDADO DEL LACTANTE
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19. 11. Se modifican el art. 53.4 y el 55.5 del ET:
Cuando las personas trabajadoras -hombres y mujeres- después de haberse reintegrado al
trabajo al finalizar los periodos de suspensión del CT por nacimiento, adopción, guarda
con fines de adopción o acogimiento, a que se refiere el art. 45.1 d) SIEMPRE QUE NO
HUBIERAN TRANSCURRIDO MAS DE 12 MESES -antes 9- DESDE LA FECHA DEL
NACIMIENTO, LA ADOPCIÓN , LA GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN O EL ACOGIMIENTO.
Se modifica el apartado c) del art. 53.4 y del 55.5 del ET el cual señala sobre la decisión
EXTINTIVA para que se mantenga la NULIDAD
Salvo que, en esos casos, se declare la
procedencia del despido por motivos NO
relacionados con el embarazo o con el
ejercicio del derecho a los permisos y
excedencia señalados.
Para considerarse procedente deberá
acreditarse suficientemente que la causa
objetiva que sustenta el despido requiere
concretamente la extinción del CT de la
persona referida.
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20. 12. Ampliación reserva de puesto de trabajo excedencias
cuidado de hijos
Derecho de excedencia de
duración no superior a 3
años para atender a
cuidado del menor… a
contar desde el nacimiento
Se puede realizar
fraccionadamente
La reserva del puesto
de trabajo 1 año.
NOVEDAD
Cuando la persona ejerza
este derecho con la mima
duración y régimen que el
otro progenitor, LA
RESERVA del PUESTO DE
TRABAJO SE EXTENDERA
HASTA UN MÁXIMO DE 18
MESES
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21. RD-Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de
protección social y de lucha contra la precariedad laboral en
la JORNADA DE TRABAJO
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22. 1. La duración de la jornada será la pactada en los CC o CT.
2. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de 40 horas semanales de
trabajo efectivo de promedio de cómputo anual.
2. Mediante CC o, en su defecto, acuerdo entre la E y los RLT, se podrá establecer la
distribución irregular de la jornada a lo largo del año. En defecto de pacto, la E podrá
distribuir de manera irregular a lo largo del año el 10% de la jornada de trabajo.
Esta distribución deberá respetar en todo caso los periodos mínimos de descanso diario y
semanal y preavisar al T con un mínimo de 5 días el día y la hora de la prestación de
trabajo resultante de aquella.
Las diferencias en compensaciones por el exceso o defecto de la distribución irregular de
la jornada, deberán quedar compensadas en el plazo de 12 meses desde que se
produzcan.
1. Qué regula el art. 34 ET
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23. ENTRE EL FINAL DE UNA JORNADA Y EL COMIENZO DE LA SIGUIENTE mínimo 12 horas
EL Nº DE HORAS ORDINARIAS DE TRABAJO EFECTIVO NO PODRÁ SER SUPERIOR A 9
horas, salvo que por CC o, en su defecto, acuerdo entre la E y los RLT, se establezca otra
distribución del tiempo de trabajo diario, respetando el descanso entre jornadas. .
LOS T MENORES DE 18 AÑOS NO PODRÁN REALIZAR MÁS DE 8 horas diarias de trabajo
efectivo, incluyendo el tiempo dedicado a la formación y si trabajasen para varios E, las
horas realizadas con cada uno de ellos.
1. Qué regula el artº 34 ET
SIEMPRE QUE LA DURACIÓN DE LA JORNADA DIARIA CONTINUADA EXCEDA DE 6 horas,
DEBERÁ DE ESTABLECERSE UN PERIODO DE DESCANSO DURANTE LA MISMA DE
DURACIÓN NO INFERIOR a 15 minutos, este periodo de descanso se considerará tiempo
de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por CC o CT.
En el caso de menores de 18 años el descanso será de 30 minutos.
El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la
jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo – Art. 34.5 ET.
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24. La empresa GARANTIZARÁ el registro diario de la jornada, que deberá incluir el horario
CONCRETO de inicio –> entrada -y finalización --> salida- de la jornada de trabajo de cada
persona trabajadora, sin perjuicio de la FLEXIBILIDAD horaria que se establece en este
artículo.
Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del
empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la
empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.
2. Se añade como novedad en el art. 34 un apartado 9º.
Jornada a tiempo completo
La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante 4 años y
permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y
de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Son INFRACCIONES GRAVES –Art. 7.5 LISOS- La transgresión de las normas y los
límites legales o pactados en materia de jornada , trabajo nocturno, horas
extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos , REGISTRO
DE JORNADA y , en general el tiempo de trabajo a que se refieren los arts. 12, 23 y 34
a 38 del ET. SANCION DE 626€ a 6.250€
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25. Hasta ahora, las empresas solo estaban OBLIGADAS al REGISTRO HORARIO de los
empleados a TIEMPO PARCIAL, el resto era opcional salvo que se realizasen HORAS
EXTRAORDINARIAS.
A partir del 12 de mayo de 2019, el REGISTRO es obligatorio para TODOS LOS
EMPLEADOS. Además del deber de conservación durante 4 años y tener que tenerlo a
disposición de los RLT , T e IT.
2. Qué ha cambiado
NO SE ESPECIFICA:
- El tipo de registro que se ha de llevar solo señala lo que regule el CONVENIO
COLECTIVO, en su defecto negociación con los RLT o en su defecto a decisión de la
empresa.
- Si está regulado en CC, o negociado con los RLT, la IT NO podrá decir nada del como lo
hemos implantado, pero en caso contrario puede contradecir la forma.
Nos encontramos ante una obligación GENÉRICA a la que falta concreción y que si no se
corrige mediante las disposiciones que establezcan las especialidades en la materia podrá dar
lugar a distintas interpretaciones , que la Inspección de Trabajo será la obligada a controlar el
cumplimiento.
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26. El tipo de sistema de registro responderá al CC o a la libre elección de la empresa con los
RLT o solo la empresa, siempre QUE GARANTICE LA FIABILIDAD E INVARIABILIDAD de los
datos y refleje, como mínimo, cada día de prestación de servicios, la hora de inicio y la
hora de finalización de la jornada.
Todo ello mediante sistemas MANUALES, ANALÓGICOS o DIGITALES.
3. Forma y obligaciones del registro
¿TENEMOS QUE REGISTRAR SOLO EL INICIO Y EL FIN DE LA JORNADA?
- Entendemos que NO.
- TRABAJO EFECTIVO.
- Sobrepasen las 8 horas diarias o 9 horas como máximo.
- En jornadas continuas: inicio y fin con registro de interrupciones - Desayuno o merienda u otras
interrupciones no establecidas ni pactadas como de trabajo.
- En jornadas partidas: inicio y fin con interrupciones - Desayuno, merienda o cena u otras
interrupciones no establecidas ni pactadas como de trabajo.
- O por ejemplo en fábricas tema cambio de ropa, ducharse, …
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27. Quedarían excluidos del REGISTRO DE LA JORNADA: Las relaciones que NO se
aplica el ET:
• Empleadas del Hogar.
• Alta Dirección con contrato de trabajo de PAD.
• Representantes de Comercio.
4. Exclusiones
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28. La norma habilita al Gobierno -a propuesta de la persona titular del MTSS y previa
consulta con las organizaciones sindicales y empresariales- a establecer
ampliaciones o limitaciones en la ordenación y duración de la jornada de trabajo y
de los descansos, así como especialidades en las obligaciones de registro de la
jornada , para aquellos SECTORES, TRABAJOS Y CATEGORÍAS PROFESIONALES que
por sus peculiaridades así lo requieran.
5. Qué pasa con algunos sectores
Todo ello en CLARA REFERENCIA A PROFESIONES COMO :
- Comerciales
- Hostelería
- Transportistas
Por los problemas para registrar su jornada, entendemos que se realizará una futura
reglamentación sobre la utilización de mecanismos telemáticos en esos sectores.
PERO, Y MIENTRAS TANTO, ¿QUÉ HACEMOS?
Trabajadores móviles. Art. 10 bis RD 1561/95
El E será responsable de llevar un registro del tiempo de
trabajo de los T Móviles. Se conservará al menos 3 años.
Facilitar copia si lo solicitan los T.
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29. Así, la obligatoriedad del registro de jornada plantea dudas de implantación práctica, como
son las pausas de trabajo NO efectivo. Las NUEVAS TECNOLOGÍAS ofrecen soluciones como
al instalación de una “APP” en el móvil o incluso un sistema de geolocalizador, avances que
podrían enfrentar el interés empresarial con los derechos fundamentales de los T.
6. Forma y obligaciones de registro
Las Inspección de trabajo solicitará:
- Los controles de acceso al centro de trabajo.
- Controlarán si se realizan horas extraordinarias.
- Lo único que controlarán será la hora de entrada y salida (art. 34.9 ET).
La empresa debe de demostrar:
- La forma de garantizar el registro = CC, acuerdo RLT o empresa.
- Que los datos de acceso y mantenimiento solo reflejan el “trabajo efectivo”.
- Horas dispares de entrada y salida de los trabajadores, que no necesariamente deben
de ser horas efectivas de trabajo.
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30. ¿Qué ocurre con la pausa del café, o con las pausas del cigarrillo, o con la pausa
de la comida, o con el tiempo dedicado a una navegación por internet, aunque
sea moderada, para uso privado?
7. Forma de registro
Si todas estas pausas NO SE REFLEJAN en el registro diario de la jornada, podemos
obtener un exceso aparente de jornada diaria que sin embargo puede no
corresponderse con la realidad y con el trabajo efectivo realmente desempeñado.
Muchas empresas TIC están lanzando a ofrecer sus productos de registro de jornada.
La TENDENCIA, es aprovechar las nuevas TECNOLOGÍAS para llevar a cabo este registro, las
cuales pasan, por la instalación de una “app” en el móvil, desde la cual registrar
diariamente el trabajador su inicio y finalización de la jornada, esté donde esté.
Además, puede ir unido a un geolocalizador que permita al empresario conocer donde se
encuentra - el móvil… nunca el trabajador.
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31. 8. Forma y obligaciones de registro
Tiempo completo SIN horas extras
obligación del registro pero NO
entrega de resumen a T. Art. 34.9
Tiempo completo CON horas extras
obligación de registro y entrega
resumen T y RLT. Art. 34.9 y 35.5
Tiempo completo SIN horas extras
trabajadores móviles registro y
entrega resumen si lo pide el T .
Art. 34.9 ET y Art. 10 bis RD
1561/1995
Tiempo parcial obligación
registro y entrega resumen T
Art. 12.4 ET
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32. LA “APP” en el móvil propio del trabajador
9. Forma de registro
Sentencia de la AN Sala Social de 06/02/2019 – caso Telepizza – Conflicto colectivo
Se impugna el proyecto Tracker de la empresa Telepizza en virtud del cual los
repartidores de pizzas serán geolocalizados cuando realicen tareas de reparto
mediante una app descargada en SU TELÉFONO MÓVIL PERSONAL, de obligada
aportación según lo señalado en el CT.
La App tenía como finalidad, aplicando la tecnología desarrollada por Telepizza, tener la
información en tiempo real del estado de los pedidos a domicilio, una vez el producto ha
salido del centro de trabajo. Se imponía que el trabajador aportase su móvil y bajase la
app de Telepizza.
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33. 10. Art. 35.5 ET Horas Extras
A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se
registrará día a día y se totalizará en el período fijado para el abono de las
retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo
correspondiente”.
LAS HORAS EXTRAORDINARIAS Y LA JORNADA DE TRABAJO
El art. 34 ET cuantifica la jornada ordinaria de trabajo en atención al módulo anual, y la
distribuye en ciclos semanales.
Y en cuanto a las HE y en GENERAL se consideran EXTRAORDINARIAS las horas que excedan
de las 40 horas semanales, de promedio de cómputo anual.
También son consideradas HE las que superen las 9 horas diarias, siempre que el CC guarde
silencio sobre ello.
También serán HE cuando la prestación de servicios se realice dentro del periodo de
descanso -por ejemplo: semanal-.
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34. LA PRUEBA DE REALIZACIÓN DE HORAS EXTRAORDINARIAS
A la hora de acreditar la realización de HE, se exige:
Una estricta y detallada prueba de la realización, hora a hora y día a día -uniforme-, y
siendo al reclamante -trabajador- la carga de la prueba, sin que pueda otorgarse
suficiente valor probatorio los partes de trabajo o notas elaboradas por los propios
trabajadores.
Hacer un cómputo anual de su jornada para comprobar si excede del tope legal y poder
atribuirle al T la naturaleza de HE.
Pero esta prueba rigurosa y circunstanciada de las HE, tiene exclusivo ámbito en el marco de
las que sean OCASIONALES , NUNCA cuando su realización se corresponde con una jornada
HABITUAL extraordinaria -constante- , que en este caso la carga de la prueba es del empresario
conforme NO EXISTE JORNADA EXTRAORDINARIA.
10. Art. 35.5 ET Horas Extras
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35. El resumen de horas EXTRAS O COMPLEMENTARIAS realizadas cada mes que debe entregarse al
trabajador, detallándose diariamente, ya que el trabajador debe disponer de ese detalle para poder
valorar debidamente si tal información se corresponde con sus expectativas.
El resumen mensual:
Se entregará JUNTO CON EL RECIBO DE SALARIOS, no existe forma, solo se entrega junto con la
nómina.
Puede detallarse dentro del propio recibo de salarios.
Entrega VIA TELEMÁTICA: el documento se debe entregar en el mismo momento de entregar el ROS.
Si se publica el ROS en la web de la compañía, ¿Se cumplirá esta obligación publicando el documento
resumen mensual en la citada web? Sí, siempre que esa publicación en la web se realice con las mismas
condiciones de confidencialidad y garantías de acceso a la información con que se realiza la publicación en
la web de los recibos de salario.
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10. Art. 35.5 ET Horas Extras
36. 11. Registro Jornada TP. Art. 12.4 c) ET
Art. 12. 4 c) ET, modif RDL 16/2013 entra en vigor 22/12/2013 . Señala:
La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará
mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del
resumen de todas las horas realizadas cada mes, tanto las ordinarias como las
complementarias…
El empresario deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada
durante un periodo mínimo de 4 años.
En caso de incumplimiento de las referidas obligaciones de registro, el contrato se
presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el
carácter parcial de los servicios.
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37. 11. Forma Registro Jornada TP y TC
El Criterio de la Administración es que la obligación empresarial del registro de la
jornada DIARIA de los T (TP o TC) incluya el REGISTRO del HORARIO CONCRETO realizado
por el Trabajador, con indicación:
HORA DE ENTRADA
HORA DE SALIDA
TOTAL DE HORAS EXTRAS o COMPLEMENTARIAS REALIZADAS
Esta obligación SOLO se podrá cumplir, y por tanto, solo será exigible, UNA VEZ EL
TRABAJADOR haya FINALIZADO SU JORNADA, ya que es el momento en que la E puede
conocer el horario de salida y en consecuencia, el número de horas finalmente
trabajadas CON EL CÓMPUTO DE LAS EXTRAS.
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38. 12. Registro Jornada TP y TC
Registro en el caso de REDUCCIÓN DE JORNADA GUARDA LEGAL
Durante la situación de guarda legal del art. 37.6 ET SE REGISTRA COMO TC
Registro en el caso de TRABAJO A DISTANCIA
La empresa debe de organizar los medios adecuados para que sea posible el registro diario de la
jornada y su totalización mensual, siempre y cuando existan HE.
Registro en el caso de COMERCIALES
La STS 4 de diciembre 2018 (rec. 188/2017) ha entendido que el tiempo destinado por los
trabajadores desde su domicilio hasta el primer cliente y desde el último a su domicilio no
puede ser calificado como tiempo de trabajo. Este pronunciamiento reitera la doctrina de la
STS 1 de diciembre 2015 (rec. 284/2014), rechanzado que sea aplicable la doctrina del TJUE
en el caso Tyco (sentencia 10 de septiembre 2015, C-266/14).
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39. 13. Documentación del registro
REGISTRO DE JORNADA
Trabajadores a tiempo completo y
parcial
Razón social:
CIF:
DATOS DEL TRABAJADOR/A
Nombre y apellidos:
NIF:
Periodo de liquidación: Fecha:
Día del mes
Mañana Mañana Tarde
Total horas
jornada
Horas
ordinarias
Horas
extras
Firma diaria del trabajador/aHora de
entrada
(hh:mm)
Hora de
salida
(hh:mm)
Horas de
NO
prestación
de
servicios
Hora de
entrada
(hh:mm)
Hora de
salida
(hh:mm)
Horas de
NO
prestación
de
servicios
Horas
Comp
DIA/MES/AÑO 9:00 10:00 00:10 10:11 Firma a la entrada
00:10 12:11 14:00
15:30 18:00 7:30 Firma a la salida
Registro Interrupciones
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Con más de 30 años de recorrido, AGM Abogados siempre ha
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esto que reunimos a un equipo internacional de más de 100
profesionales, repartidos entre Madrid, Barcelona, Sabadell,
París y Shanghai, cada uno especializado en su área en
concreto, y, sobre todo, apasionados por su trabajo. Somos
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y la única del país que cuenta con oficina propia en Francia.
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