ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
Cuadros clases de obligaciones
1. UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICE-RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”
LAPSO ACADÉMICO 2014/B
Estudiante: José David Mora
Facilitadora:
Abgda. María Duran
Derecho Civil Obligaciones
Sección SAIA F
BARQUISIMETO - EDO LARA
2. Clase de Obligación Características
Condicional
La obligación es condicional cuando su existencia o su resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto.
A Término Ocurre cuando la obligación está sujeta al acaecimiento de un hecho futuro y cierto.
Complejas Las obligaciones complejas son aquellas que tienen por objeto varias prestaciones, por lo que deben ser cumplidas
por el o los deudores, es decir son las que tienen una pluralidad de sujetos y objetos. El sujeto activo de la relación
jurídica puede exigir al obligado (el deudor) el cumplimiento total de lo pactado.
Conjuntivas Son aquellas que recaen sobre varios objetos y por lo tanto el deudor debe realizar acumulativamente varias
prestaciones para liberarse.
Alternativas En las obligaciones alternativas existen varios objetos sobre los cuales el deudor se obliga a cumplir una determinada
prestación con la particularidad de que el deudor se libera ejecutando solo una de ellas.
Facultativas Son aquellas que en realidad tienen un solo objeto, pero se le otorga al deudor la facultad de cumplir su obligación,
ejecutando una prestación distinta sustitutiva de aquella con cuya ejecución queda liberado.
Mancomunadas Son aquellas en que existen varios deudores y/o varios acreedores y cada uno está facultado para cobrar su cuota.
Solidarias Es cuando un contrato se puede celebrar entre un acreedor y varios deudores o entre un deudor y varios acreedores,
en este tipo de obligación se puede pedir el cumplimiento por parte del acreedor a cualquiera de los deudores; o
viceversa puede el deudor pagarle a cualquiera de los acreedores según sea el caso.
Pecuniarias Son aquellas que tienen como prestación la entrega de una cantidad de dinero.
De Valor Son aquellos débitos pecuniarios definibles únicamente en razón de un determinado valor económico.
3. Clase de Obligación Aportes Legales de acuerdo al Código Civil
Condicionales
Están definidas en el artículo 1197 del Código Civil Venezolano, mientras que los artículos 1198, 1199, 1200,
1202 y 1207 hacen referencia a los tipos de condicionales.
A Término
Están definidas en el artículo 1211 del Código Civil Venezolano.
Los artículos 1212, 1535, 1580 y 1862 del Código Civil Venezolano se refieren a los tipos de término.
Los artículos 1214 y 1215 del Código Civil Venezolano establecen los efectos del término.
Complejas
Los artículos 1199 y desde el 1216 al 1220 del Código Civil Venezolano las definen, y al ser obligaciones
complejas se descomponen en las facultativas, alternativas, mancomunadas y solidarias.
Conjuntivas
Están definidas en el artículo 1185 del Código Civil Venezolano.
Alternativas
Los artículos 1216 y 1217 del Código Civil Venezolano las definen.
Los artículos 1218 – 1219 – 1220 del Código Civil Venezolano se refieren a sus efectos.
Facultativas
El artículo del Código Civil Venezolano 1168 las define.
Mancomunadas
El artículo 1223 del Código Civil Venezolano las define.
Solidarias
La define el artículo 1221 del Código Civil Venezolano.
Existen dos clases de solidaridad según los artículos 1570 y 1571 del Código Civil.
Pecuniarias
El artículo 1737 del Código Civil Venezolano las define.
De Valor
El artículo 1493 del Código Civil Venezolano las define.
4. Clase de Obligación Ejemplos
Condicionales
Te cancelaré los cinco mil bolívares que te debo, si me pagan las prestaciones sociales que solicite.
A Término Sucede al acordar que el deudor debe comenzar a cancelar la deuda desde una fecha específica, ejemplo el primero
de enero del próximo año o al comprometerse a pagar 300 bolívares quincenales por cinco meses.
Complejas Joanna contrato los servicios de Pedro y Juan para que le pintaran la casa, arreglaran la nevera y el carro en un lapso
de dos meses, ella en dicho lapso puede exigir el cumplimiento total.
Conjuntivas Cuando en la comunidad, nos dañan la manguera del suministro del agua, la persona que cause dicho daño está
obligado a repararlo.
Alternativas Me comprometo con arreglar la moto o la nevera, si arregla la moto no debo cumplir con arreglar la nevera y
viceversa, está ofreciendo opciones.
Facultativas Juan se obliga a dar una Moto a Carla, reservándose la facultad de pagar construyéndole una piscina.
Mancomunadas En este caso la obligación se divide entre la cantidad de sujetos que se encuentran en la relación jurídica; ejemplo,
José y Pedro prestaron a Martha, a Carla y a Roberto, diez mil bolívares, razón por la cual la deuda de los acreedores
es de 3.333,33 por cada uno.
Solidarias Cuando la obligación es contraída por varios deudores y cada uno de ellos está obligado y puede ser demandado por
la prestación total. Ejemplo Joanna les presta Cinco mil bolívares a Juan, Pedro y Carlos. En el momento indicado ella
le puede exigir a cualquiera de ellos que le cancelen la totalidad de lo prestado.
Pecuniarias Juan debe pagar los cinco mil bolívares que recibió en calidad de préstamo por parte de Pedro.
De Valor Ningún vendedor de una cosa especifica, ejemplo un televisor, nevera, celular, que no haya acordado un plazo
determinado para concretar el negocio, puede entregar la mercancía si el comprador no ha dado el dinero.