Aspectos Legales que benefician al Trabajador y Trabajadora en VenezuelaPedro Jimenez
Aspectos más relevantes contenidos en las leyes, reglamentos y normas que benefician al trabajador, en materia de Protección, Higiene y Seguridad Laboral en Venezuela.
ley general de prevención de riesgos en los lugares de trabajoEvelin Solis
las obligaciones delos patronos y empleados a cerca de la seguridad e higiene ocupacional, las leyes que se establecen con respecto a la seguridad ocupacional
Marco juridico venezolano en beneficio de los trabajadores.maikelf
Aspectos más relevantes contenidos en las leyes, reglamentos y normas que benefician al trabajador en materia de Protección, Higiene y Seguridad Laboral.
Aspectos Legales que benefician al Trabajador y Trabajadora en VenezuelaPedro Jimenez
Aspectos más relevantes contenidos en las leyes, reglamentos y normas que benefician al trabajador, en materia de Protección, Higiene y Seguridad Laboral en Venezuela.
ley general de prevención de riesgos en los lugares de trabajoEvelin Solis
las obligaciones delos patronos y empleados a cerca de la seguridad e higiene ocupacional, las leyes que se establecen con respecto a la seguridad ocupacional
Marco juridico venezolano en beneficio de los trabajadores.maikelf
Aspectos más relevantes contenidos en las leyes, reglamentos y normas que benefician al trabajador en materia de Protección, Higiene y Seguridad Laboral.
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
Documento sobre las diferentes fuentes que han servido para transmitir la cultura griega, y que supone la primera parte del tema 4 de "Descubriendo nuestras raíces clásicas", optativa de bachillerato en la Comunitat Valenciana.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
1. CUADRO COMPARATIVO DE
LOS ASPECTOS LEGALES
REFERIDOS A LA HIGIENE Y
SEGURIDAD LABORAL
Bachiller: Andrea D´Angelo
C.I 20.929.067
SAIA F
Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ingeniería
2. BASES LEGALES CRBV
Elemento legal Protección
Indicar artículos y
contenido
Higiene
Indicar artículos y
contenido
Seguridad
Indicar artículos y
contenido
CRBV ARTÍCULO 55° Toda persona tiene
derecho a la protección por parte
del Estado, a través de los órganos
de seguridad ciudadana regulados
por ley, frente a situaciones que
constituyan amenaza,
vulnerabilidad o riesgo para la
integridad física de las personas
ARTÍCULO 83° La salud es un
derecho social fundamental. Todas
las personas tienen derecho a la
protección de la salud, así como el
deber de participar activamente
en su promoción y defensa, y el de
cumplir con las medidas sanitarias
y de saneamiento que establezca
la ley
ARTICULO 85° El estado debe
financiar el sistema publico de
salud al que tienen acceso los
trabajadores
ARTÍCULO 87° Todo patrón
garantizará a sus trabajadores
condiciones de higiene,
seguridad y ambiente de trabajo
adecuados. El Estado adoptará
medidas y creara instituciones
que permitan el control y la
promoción de estas condiciones.
ARTÍCULO 86° Toda persona tiene
derecho a la seguridad social
como servicio público de carácter
no lucrativo, que garantice la
salud y asegure protección en
contingencias de maternidad,
paternidad, enfermedad,
invalidez, enfermedades
catastróficas, discapacidad,
necesidades especiales, riesgos
laborales, pérdida de empleo,
desempleo, vejez, viudedad,
orfandad, vivienda, cargas
derivadas de la vida familiar y
cualquier otra circunstancia de
previsión social.
ARTÍCULO 127° Toda persona
tiene derecho individual y
colectivamente a disfrutar de un
ambiente seguro, sano y
ecológicamente equilibrado.
3. BASES LEGALES LOTTT
Elemento legal Protección
Indicar artículos y
contenido
Higiene
Indicar artículos y
contenido
Seguridad
Indicar artículos y
contenido
LOTTT ARTÍCULO 173° La jornada de
trabajo no excederá de cinco días
a la semana y el trabajador tendrá
derecho a dos días de descanso,
continuos y remunerados durante
cada semana de labor.
ARTICULO 236° Los patronos y
patronas de los sectores público y
privado, deberán tomar las
medidas y ejecutar los planes de
prevención, cuidado y seguridad e
higiene laboral en toda empresa,
establecimiento, faena o
explotación, y otras modalidades
tales como cooperativas,
empresas de propiedad social y
otras de similar naturaleza para
dar cumplimiento a la garantía
constitucional sobre higiene y
seguridad laboral del artículo 87
in fine de la Constitución vigente.
ARTÍCULO 157° Los trabajadores y
los patrones podrán convenir
libremente las condiciones en que
deba prestarse el trabajo, sin que
puedan establecerse entre
trabajadores o trabajadoras que
ejecuten igual labor diferencias no
previstas por la Ley. En ningún
caso las convenciones colectivas
ni los contratos individuales
podrán establecer condiciones
inferiores a las fijadas por esta
Ley.
ARTÍCULO 156° El trabajo se
llevará a cabo en condiciones
dignas y seguras, que permitan a
los trabajadores y el desarrollo de
sus potencialidades, capacidad
creativa y pleno respeto a sus
derechos humanos.
ARTÍCULO 43° Todo Patrono
garantizará condiciones de
seguridad, higiene y ambiente de
trabajos adecuados, y son
responsables por los accidentes
laborales y enfermedades
ocupacionales.
ARTÍCULO 17° El ministerio con
competencia en trabajo, tiene la
facultad de solicitar a los patronos
y patronas, los datos que estime
necesarios para determinar el
cumplimiento de las obligaciones,
condiciones y modalidades de
trabajo, previstas en esta Ley, su
reglamento y otras normas que
tengan relación directa con el
trabajo como hecho social, con el
objeto de adoptar las medidas
necesarias para corregir las
irregularidades que pudieran
existir y aplicar las sanciones
correspondientes.
4. BASES LEGALES LOSSS
Elemento legal Protección
Indicar artículos y
contenido
Higiene
Indicar artículos y
contenido
Seguridad
Indicar artículos y contenido
LOSSS ARTICULO 81° Se establece la
indemnización dineraria por
pérdida involuntaria del
empleo.
ARTICULO 93° Ámbito de
Aplicación El Régimen
Prestacional de Seguridad y
Salud en el Trabajo garantiza a
los trabajadores y trabajadoras
dependientes afiliados al
Sistema de Seguridad Social, las
prestaciones contempladas en
este Régimen
ARTICULO 1° El estado garantiza la
salud y las prestaciones a los
trabajadores ante accidentes o
enfermedades, discapacidad,
necesidades espaciales, pérdida
involuntaria del empleo,
desempleo, vejez, viudedad, y
cualquier otra circunstancia
susceptible de seguridad social.
ARTICULO 125° Los trabajadores y
trabajadoras del sector público
que hayan recibido financiamiento
o facilidades para la adquisición,
reparación o refacción de su
vivienda, continuarán protegidos
hasta la extinción del crédito o el
beneficio, dentro de su propio
órgano.” Ley Orgánica del Sistema
de Seguridad Social 2012
ARTICULO 94° El estado promoverá el
trabajo seguro y saludable, el control de
las condiciones y medio ambiente de
trabajo, la prevención de los accidentes
de trabajo y enfermedades
ocupacionales y la atención integral de
los trabajadores ante la ocurrencia de
un accidente de trabajo o enfermedad
ocupacional, mediante prestaciones
dinerarias y no dinerarias, políticas,
programas, servicios, información y
orientación laboral y la capacitación
para inserción al mercado de trabajo.
ARTICULO 93° “El Régimen Prestacional
de Seguridad y Salud en el Trabajo
garantiza a los trabajadores y
trabajadoras dependientes afiliados al
Sistema de Seguridad Social, las
prestaciones contempladas en este
Régimen.” Ley Orgánica del Sistema de
Seguridad Social.
5. BASES LEGALES LOPCYMAT
Elemento legal Protección
Indicar artículos y
contenido
Higiene
Indicar artículos y
contenido
Seguridad
Indicar artículos y contenido
LOPCYMAT ARTICULO 1° Establecer las
instituciones, normas y
lineamientos de las políticas, y
los órganos y entes que
permitan garantizar a los
trabajadores, condiciones de
seguridad, salud y bienestar en
un ambiente de trabajo
adecuado y propicio para el
ejercicio pleno de sus facultades
físicas y mentales.
ARTÍCULO 9° Las acciones para
reclamar las indemnizaciones a
los patrones por accidentes de
trabajo o enfermedades
ocupacionales prescriben a los
cinco (5) años, contados a partir
de la fecha de la terminación de
la relación laboral, o de la
certificación del origen
ocupacional del accidente o de
la enfermedad
ARTÍCULO 53° Los
trabajadores tendrán
derecho a desarrollar sus
labores en un ambiente de
trabajo adecuado y propicio
para el pleno ejercicio de sus
facultades físicas y mentales,
y que garantice condiciones
de seguridad, salud, y
bienestar adecuadas
ARTÍCULO 65° Los
empleadores y empleadoras
están en la obligación de
registrar todas las sustancias
que por su naturaleza,
toxicidad o condición
fisicoquímica pudieran
afectar la salud de los
trabajadores y trabajadoras.
ARTÍCULO 10° El Ministerio con competencia
en materia de seguridad y salud en el trabajo
formulará y evaluará la política nacional
destinada al control de las condiciones y
medio ambiente de trabajo, la promoción del
trabajo seguro y saludable, la prevención de
los accidentes de trabajo y enfermedades
ocupacionales, la restitución de la salud y la
rehabilitación, la recapacitación y reinserción
laboral
ARTICULO 36° Se crea el Consejo Nacional
de Seguridad y Salud en el Trabajo como
instancia asesora del órgano rector en las
materias de promoción de la seguridad y
salud en el trabajo, la prevención de los
accidentes de trabajo y enfermedades
ocupacionales, el control de las condiciones y
medio ambiente de trabajo, y de recreación,
utilización del tiempo libre, descanso y
turismo social del Régimen Prestacional de
Seguridad y Salud en el Trabajo.
6. BASES LEGALES REGLAMENTOS
Elemento legal Protección
Indicar artículos y
contenido
Higiene
Indicar artículos y
contenido
Seguridad
Indicar artículos y contenido
REGLAMENTOS ARTICULO 311° Todas las
instalaciones y equipos eléctricos
serán construidos,
instalados, protegidos y
conservados de manera tal que
se eviten los riesgos de
contacto accidental con los
elementos bajo tensión y los de
incendio
ARTICULO 595° El patrono
proporcionará todo el equipo
protector necesario y adoptará
las medidas oportunas para
asegurar que sea utilizado por
todos los trabajadores
profesionalmente expuestos y
por todas las demás personas
que puedan estar
ocasionalmente expuestas a
radiaciones en el interior del
establecimiento.
ARTICULO 84° Toda empresa,
establecimiento o lugar de
trabajo, estará provista de agua
fresca y potable en cantidad
suficiente para uso de los
trabajadores. Cuando se utilice
hielo para su enfriamiento, éste
no debe estar en contacto con el
agua, a menos que estén
garantizadas las condiciones
higiénicas de fabricación y
manipulación del hielo.
ARTICULO 109° Los servicios
médicos y de hospitalización
deberán ubicarse a no menos
de 60 metros de la cocina y el
comedor, y a 20 metros de los
dormitorios.
ARTICULO 149° Ninguna persona podrá
suprimir los resguardos ni los
dispositivos de seguridad que protejan
una máquina o parte de la misma que
ocasione riesgo excepto cuando la
máquina esté parada. Cuando sea
necesario quitar un resguardo para
reparar, ajustar o arreglar una
máquina, antes de ponerla en
funcionamiento, el mismo deberá ser
colocado en su puesto.
ARTICULO 222° Los trabajadores que
laboren con materiales y equipos
manualmente o por medios
mecánicos; los operadores de grúas, de
montacargas de horquillas y otros
aparatos mecánicos, deberán ser
instruidos por sus patronos en los
métodos y normas de seguridad
industrial.
7. BASES LEGALES NORMAS
Elemento legal Protección
Indicar artículos y
contenido
Higiene
Indicar artículos y
contenido
Seguridad
Indicar artículos y
contenido
NORMAS 4.1.3 Asegurar el estricto
cumplimiento de leyes,
reglamentos, normas y
procedimientos relacionados con
la Higiene y seguridad
4.9 Cuando la naturaleza del riesgo
sea tal que no se pueda eliminar
en su fuente de origen, el
trabajador deberá usar ropa,
equipo o dispositivos de
protección personal de acuerdo al
riesgo ocupacional.
4.4.1 Participación del personal
ejecutivo en las actividades de
Higiene y Seguridad Industrial.
4.7.1 Se deberán tomar las
medidas necesarias referente al
reconocimiento, evaluación y
control de los riesgos para la
salud, que surjan de una actividad
laboral.
4.5.1 Aplicación de normas de
diseños de seguridad a nuevos
proyectos e instalaciones
existentes.
4.6.1 Se deberá establecer un
sistema de inspección acorde
con la dimensión y
diversificación de actividades
para detectar condiciones y
actos inseguros.