Este documento establece las regulaciones para los programas de salud ocupacional que deben implementar los empleadores en el país. Requiere que todos los empleadores públicos y privados organicen y garanticen el funcionamiento de un programa de salud ocupacional de acuerdo con la resolución. Describe los componentes mínimos requeridos de los programas de salud ocupacional y establece plazos para su implementación en función del tamaño de la empresa.
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. Ya que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores a su cargo.
Por la cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país. Ya que es obligación de los patronos o empleadores velar por la salud y seguridad de los trabajadores a su cargo.
Objetivo SGSST lograr una mejor calidad de vida para toda la población trabajadora de Colombia
1. Regulación que cubre la protección y conservación de la salud de los trabajadores.
2. Regulaciones de ambientes de trabajo.
3. Regulaciones de creación de entes de control y regulación.
https://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/DispForm.aspx?ID=819&ContentTypeId=0x01003F0A1BD895162D4599DC199234219AC7
Objetivo SGSST lograr una mejor calidad de vida para toda la población trabajadora de Colombia
1. Regulación que cubre la protección y conservación de la salud de los trabajadores.
2. Regulaciones de ambientes de trabajo.
3. Regulaciones de creación de entes de control y regulación.
https://www.minsalud.gov.co/Lists/FAQ/DispForm.aspx?ID=819&ContentTypeId=0x01003F0A1BD895162D4599DC199234219AC7
Este fue un trabajo presentado por mi persona en la Especialización de Sistema de Calidad y Auditoria de Salud y pues nos habla de todo el Código Sanitario Nacional. Es muy importante, puesto que toca generalidades territoriales que encabezan el medio ambiente, agua potable, entre otros!
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(Comité paritario de seguridad y salud en el trabajo)Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas de salud ocupacional en la empresa.
1) Conjunto de normas y procedimientos tendientes a la protección de la integridad física y mental del trabajador, preservándolo de los riesgos de salud inherentes a las tareas del cargo y al ambiente físico donde se ejecutan. Está relacionada con el diagnóstico y la prevención de enfermedades ocupacionales a partir del estudio y control de dos variables: el hombre y su ambiente de trabajo, es decir que posee un carácter eminentemente preventivo, ya que se dirige a la salud y a la comodidad del empleado, evitando que éste enferme o se ausente de manera provisional o definitiva del trabajo.
2)Eliminar las causas de las enfermedades profesionales.
Reducir los efectos perjudiciales provocados por el trabajo en personas enfermas o portadoras de defectos físicos.
Prevenir el empeoramiento de enfermedades y lesiones.
Mantener la salud de los trabajadores.
Aumentar la productividad por medio del control del ambiente de trabajo.
3) Conjunto de medidas técnicas, educacionales, médicas y psicológicas empleados para prevenir accidentes, tendientes a eliminar las condiciones inseguras del ambiente y a instruir o convencer a las personas acerca de la necesidad de implementación de prácticas preventivas. Según el esquema de organización de la empresa, los servicios de seguridad tienen el objetivo de establecer normas y procedimientos, poniendo en práctica los recursos posibles para conseguir la prevención de accidentes y controlando los resultados obtenidos.
4) La seguridad y la higiene en el trabajo son aspectos que deben tenerse en cuenta en el desarrollo de la vida laboral de la empresa, esa es su importancia. Su regulación y aplicación por todos los elementos de la misma se hace imprescindible para mejorar las condiciones de trabajo. Aunque su conocimiento en profundidad sea necesario para los trabajadores, cobra un especial interés en los mandos responsables de las empresas ya que de ellos se exige lograr la máxima productividad sin que ello ponga en peligro vidas humanas o pérdidas en materiales y equipos.
Una buena prevención de los riesgos profesionales, basados en un profundo conocimiento de las causas que los motivan y en las posibilidades que hay a nuestro alcance para prevenir los problemas, evitarán consecuencias muy negativas para el perfecto desarrollo de la vida laboral
5) El objetivo de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (LOPCYMAT) y su Reglamento es garantizar a los trabajadores condiciones y prevención, salud, seguridad y bienestar en el trabajo. Cualquier organización, sea esta una sociedad civil mercantil o de cualquier otra naturaleza está en la obligación de cumplir con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento, por cuanto lo que da origen a la obligación es la relación de dependencia laboral que exista entre uno o varios trabajadores con su patrono. Cabe destacar que toda empresa del área de la construcción que aspire a negociar con el Estado (e
Las empresas con buenas condiciones de trabajo producen mucho más que las que tienen malas condiciones. Además aumentan la seguridad, reducen el ausentismo, retrasos y rotación de personal, eleva el ánimo y mejora las relaciones públicas. Es importante que el trabajador tenga conocimiento de higiene y seguridad ocupacional, puesto que, debe estar consciente de los factores que le rodean y que le afectan internamente y de la legalidad causal para optar por unas buenas condiciones laborales y exigir en su derecho que las mismas estén a tope para lograr un buen desempeño en su cargo.
DIFERENCIAS ENTRE POSESIÓN DEMONÍACA Y ENFERMEDAD PSIQUIÁTRICA.pdfsantoevangeliodehoyp
Libro del Padre César Augusto Calderón Caicedo sacerdote Exorcista colombiano. Donde explica y comparte sus experiencias como especialista en posesiones y demologia.
descripción detallada sobre ureteroscopio la historia mas relevannte , el avance tecnológico , el tipo de técnicas , el manejo , tipo de complicaciones Procedimiento durante el cual se usa un ureteroscopio para observar el interior del uréter (tubo que conecta la vejiga con el riñón) y la pelvis renal (parte del riñón donde se acumula la orina y se dirige hacia el uréter). El ureteroscopio es un instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar. En ocasiones también tiene una herramienta para extraer tejido que se observa al microscopio para determinar si hay signos de enfermedad. Durante el procedimiento, se hace pasar el ureteroscopio a través de la uretra hacia la vejiga, y luego por el uréter hasta la pelvis renal. La uroteroscopia se usa para encontrar cáncer o bultos anormales en el uréter o la pelvis renal, y para tratar cálculos en los riñones o en el uréter.Una ureteroscopia es un procedimiento en el que se usa un ureteroscopio (instrumento delgado en forma de tubo con una luz y una lente para observar) para ver el interior del uréter y la pelvis renal, y verificar si hay áreas anormales. El ureteroscopio se inserta a través de la uretra hacia la vejiga, el uréter y la pelvis renal.Una vez que esté bajo los efectos de la anestesia, el médico introduce un instrumento similar a un telescopio, llamado ureteroscopio, a través de la abertura de las vías urinarias y hacia la vejiga; esto significa que no se realizan cortes quirúrgicos ni incisiones. El médico usa el endoscopio para analizar las vías urinarias, incluidos los riñones, los uréteres y la vejiga, y luego localiza el cálculo renal y lo rompe usando energía láser o retira el cálculo con un dispositivo similar a una cesta.Náuseas y vómitos ocasionales.
Dolor en los riñones, el abdomen, la espalda y a los lados del cuerpo en las primeras 24 a 48 horas. Pain may increase when you urinate. Tome los medicamentos según lo prescriba el médico.
Sangre en la orina. El color puede variar de rosa claro a rojizo y, a veces incluso puede tener un tono marrón, pero usted debería ser capaz de ver a través de ella
. (Los medicamentos que alivian la sensación de ardor durante la orina a veces pueden hacer que su color cambie a naranja o azul). Si el sangrado aumenta considerablemente, llame a su médico de inmediato o acuda al servicio de urgencias para que lo examinen.
Una sensación de saciedad y una constante necesidad de orinar (tenesmo vesical y polaquiuria).
Una sensación de quemazón al orinar o moverse.
Espasmos musculares en la vejiga.Desde la aplicación del primer cistoscopio
en 1876 por Max Nitze hasta la actualidad, los
avances en la tecnología óptica, las mejoras técnicas
y los nuevos diseños de endoscopios han permitido
la visualización completa del árbol urinario. Aunque
se atribuye a Young en 1912 la primera exploración
endoscópica del uréter (2), esta no fue realizada ru-
tinariamente hasta 1977-79 por Goodman (3) y por
Lyon (4). Las técnicas iniciales de Lyon
En el marco de la Sexta Cumbre Ministerial Mundial sobre Seguridad del Paciente celebrada en Santiago de Chile en el mes de abril de 2024 se ha dado a conocer la primera Carta de Derechos de Seguridad de Paciente, a nivel mundial, a iniciativa de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Los objetivos del nuevo documento pasan por los siguientes aspectos clave: afirmar la seguridad del paciente como un derecho fundamental del paciente, para todos, en todas partes; identificar los derechos clave de seguridad del paciente que los trabajadores de salud y los líderes sanitarios deben defender para planificar, diseñar y prestar servicios de salud seguros; promover una cultura de seguridad, equidad, transparencia y rendición de cuentas dentro de los sistemas de salud; empoderar a los pacientes para que participen activamente en su propia atención como socios y para hacer valer su derecho a una atención segura; apoyar el desarrollo e implementación de políticas, procedimientos y mejores prácticas que fortalezcan la seguridad del paciente; y reconocer la seguridad del paciente como un componente integral del derecho a la salud; proporcionar orientación sobre la interacción entre el paciente y el sistema de salud en todo el espectro de servicios de salud, incluidos los cuidados de promoción, protección, prevención, curación, rehabilitación y paliativos; reconocer la importancia de involucrar y empoderar a las familias y los cuidadores en los procesos de atención médica y los sistemas de salud a nivel nacional, subnacional y comunitario.
Y ello porque la seguridad del paciente responde al primer principio fundamental de la atención sanitaria: “No hacer daño” (Primum non nocere). Y esto enlaza con la importancia de la prevención cuaternaria, pues cabe no olvidar que uno de los principales agentes de daño somos los propios profesionales sanitarios, por lo que hay que prevenirse del exceso de diagnóstico, tratamiento y prevención sanitaria.
Compartimos el documento abajo, estos son los 10 derechos fundamentales de seguridad del paciente descritos en la Carta:
1. Atención oportuna, eficaz y adecuada
2. Procesos y prácticas seguras de atención de salud
3. Trabajadores de salud calificados y competentes
4. Productos médicos seguros y su uso seguro y racional
5. Instalaciones de atención médica seguras y protegidas
6. Dignidad, respeto, no discriminación, privacidad y confidencialidad
7. Información, educación y toma de decisiones apoyada
8. Acceder a registros médicos
9. Ser escuchado y resolución justa
10. Compromiso del paciente y la familia
Que así sea. Y el compromiso pase del escrito a la realidad.
Presentació de Isaac Sánchez Figueras, Yolanda Gómez Otero, Mª Carmen Domingo González, Jessica Carles Sanz i Mireia Macho Segura, infermers i infermeres de Badalona Serveis Assistencials, a la Jornada de celebració del Dia Internacional de les Infermeres, celebrada a Badalona el 14 de maig de 2024.
Presentación utilizada en la conferencia impartida en el X Congreso Nacional de Médicos y Médicas Jubiladas, bajo el título: "Edadismo: afectos y efectos. Por un pacto intergeneracional".
IA, la clave de la genomica (May 2024).pdfPaul Agapow
A.k.a. AI, the key to genomics. Presented at 1er Congreso Español de Medicina Genómica. Spanish language.
On the failure of applied genomics. On the complexity of genomics, biology, medicine. The need for AI. Barriers.
2. Por la cual se reglamenta la organización,
funcionamiento y forma de los Programas de Salud
Ocupacional que deben desarrollar los patronos o
empleadores en el país.
LOS MINISTROS DE TRABAJO, SEGURIDAD
SOCIAL Y DE SALUD actualmente MINISTERIO DE
PROTECCIÓN SOCIAL
En uso de sus facultades legales y en especial en las que
se delegan en el decreto 614 de 1984 Art. 28,29,30, en
cual se establece la obligación de adelantar Programas de
Salud Ocupacional, por parte de patronos y empleadores.
3. Art. 1° Todos los empleadores públicos, oficiales, privados, contratistas y
subcontratistas, están obligados a organizar y garantizar el funcionamiento de un
programa de Salud Ocupacional de acuerdo con la presente Resolución.
Art. 2°El Programa de Salud Ocupacional consiste
Art. 3° La elaboración y ejecución de los programas de Salud Ocupacional para las
empresas y lugares de trabajo, podrán ser realizados de acuerdo con las siguientes
alternativas :
Art. 4° El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo,
deberá desarrollarse de acuerdo con su actividad económica y será específico y
particular para éstos, de conformidad con sus riesgos reales o potenciales y el
número de trabajadores.
Art. 5° El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo,
será de funcionamiento permanente y estará constituido por
Art. 6° Los programas de Medicina Preventiva, del Trabajo, de Higiene y
seguridad Industrial de las empresas y lugares de trabajo, contarán con los servicios
de personal que garanticen la eficiencia del Programa de Salud Ocupacional.
4. Art. 7° En los lugares de trabajo que funcionen con más de un turno el Programa de
Salud Ocupacional, asegurará cobertura efectiva en todas las jornadas.
Art. 8° Los requisitos mínimos de las personas naturales o jurídicas que prestan
servicios en Salud ocupacional, se acreditarán mediante la respectiva autorización
impartida por la autoridad competente y de acuerdo con la legislación vigente.
Art. 9° De conformidad con el artículo 34 del decreto 614 de 1984, la contratación
de los servicios de Salud Ocupacional con una empresa especialmente dedicada a la
prestación de este tipo de servicios, no implica en ningún momento, el traslado de
las responsabilidades del patrono o empleador al contratista.
Art. 10° Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como
finalidad principal la promoción, prevención y control de la salud del trabajador,
protegiéndolo de los factores de riesgos ocupacionales: ubicándolo en un sitio de
trabajo acorde con sus condiciones de trabajo psico-fisiológicas y manteniéndolo en
actitud de producción de trabajo.
Art. 11° El subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, tiene como objeto la
identificación, reconocimiento, evaluación y control de los factores ambientales que
se originen en los lugares de trabajo y que puedan afectar la salud de los
trabajadores.
5. Art.12° Los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial se constituirán y
funcionarán de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Art. 13° Los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial de empresas públicas
y privadas, deberán registrar su constitución ante las autoridades laborales que se les
correspondan, según su jurisdicción así: Distrital (Bogota), capitales de departamento y
municipal.
Art. 14° El programa de Salud Ocupacional, deberá mantener actualizados los
siguientes registros mínimos.
Art. 15° Para la evaluación de los programas de Salud Ocupacional, por parte de las
entidades competentes de vigilancia y control, se tendrán como indicadores los
siguientes aspectos:
1. Índices de frecuencia y severidad de accidentes de trabajo.
2. Tasas de ausentismo general, por accidente de trabajo, por enfermedad profesional y por
enfermedad común, en el último año.
3. Tasas específicas de enfermedades profesionales, en el último año.
4. Grado de cumplimiento del programa de Salud Ocupacional de acuerdo con el cronograma de
actividades.
Art. 16° El programa de Salud Ocupacional, será evaluado por la empresa como
mínimo cada seis meses y reajustará cada año, de conformidad con las modificaciones
en los procesos y resultados o dentro del término de tiempo establecido por
requerimiento de la autoridad competente.
6. Art.17 Las autoridades competentes exigirán los programas de Salud
Ocupacional, dentro de los siguientes términos establecidos de acuerdo con el
número de trabajadores y contados a partir de la vigencia de la presente
resolución:
- Seis (6) meses para las empresas de 100 o más trabajadores.
- Doce (12) meses para las empresas de 25 a 99 trabajadores inclusive.
-Dieciocho (18) meses para las empresas de menos de 25 trabajadores.
Art.18 La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las disposiciones que le sean contrarias.
7. Decreto 1016 de 1989
Salud ocupacional
SUBPROGRAMAS
Medicina del Higiene Seguridad
Medicina COPASO
trabajo Industrial industrial
preventiva
Se Orienta hacia el Identificar y Mantener un Brigadista PE
mejoramiento y evaluar mediante ambiente laboral
mantenimiento de las estudio seguro, mediante
condiciones generales de ambientales el control de las
salud y calidad de vida de periódicos, los causas básicas de
los trabajadores. agentes y potencialmente
factores de pueden causar
riesgos del daño a la
trabajo que integridad física
afecten o puedan del trabajador o a
afectar la salud los recursos de la
de los empresa.
trabajadores.