El documento define el derecho financiero como la rama del derecho público que regula los ingresos y gastos del Estado. Explica que existen dos corrientes principales sobre su autonomía: la corriente administrativa, que lo considera parte del derecho administrativo, y la corriente autonomista, que sostiene su independencia científica. También describe las principales fuentes del derecho financiero, tanto escritas como la constitución, leyes y tratados, como indirectas como la doctrina y jurisprudencia.