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El nuevo código de policía. contenido, alcances y consecuencias.
1. cO
El Nuevo Código de Policía. Contenido,
Alcances y Consecuencias
Ley 1801 de 2016
2. Antecedentes
El actual código de policía, fue
expedido en 1970. Durante el
gobierno de Julio César Turbay
Ayala adquirió atribuciones
extraordinarias basadas en el
Estatuto de seguridad y el
Estado de sitio.
Luego del Bogotazo, la policía
se conservatizó, adquiriendo
tinte político.
3. Lo que dice el Director de la
policía
El Código propone una medida
la cual habilita a la autoridad de
policía para que de manera
inmediata corrija los
comportamientos agresivos con
los animales, imponiendo
multas.
Entre ellos está el convertir en
espectáculo público o privado el
maltrato tortura o muerte de
animales, recargar de trabajo a
un animal causándole
agotamiento, usar animales
cautivos como blanco de tiro,
confinar uno o más animales en
condiciones tales que les
produzca asfixia ansiedad o
lesión.
El nuevo Código no
prevé restricciones a
las marchas sociales,
por el contrario, brinda
mayores garantías a la
protesta social,
mejorando las
condiciones
establecidas en la
actualidad, por ejemplo
se obliga a la
intervención de
gestores de
convivencia civiles
antes de cualquier
intervención policial.
4. Los Objetivos del código
Objeto del Código, Ámbito de Aplicación y Autonomía
Artículo 1°. Objeto. Las disposiciones previstas en este Código son de carácter preventivo y
buscan establecer las condiciones para la convivencia en el territorio nacional al propiciar el
cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, así como
determinar el ejercicio del poder, la función y la actividad de Policía, de conformidad con la
Constitución Política y el ordenamiento jurídico vigente.
Artículo 2°. Objetivos específicos. Con el fin de mantener las condiciones necesarias para la
convivencia en el territorio nacional, los objetivos específicos de este Código son los
siguientes:
1. P ropiciar en la comunidad comportamientos que favorezcan la convivencia en el espacio
público, áreas comunes, lugares abiertos al público o que siendo privados trasciendan a lo
público.
2. Promover el respeto, el ejercicio responsable de la libertad, la dignidad, los deberes y los
derechos correlativos de la personalidad humana.
3. Promover el uso de mecanismos alternativos, o comunitarios, para la conciliación y solución
pacífica de desacuerdos entre particulares.
4. Definir comportamientos, medidas, medios y procedimientos de Policía.
5. Establecer la competencia de las autoridades de Policía en el orden nacional,
departamental, distrital y municipal, con observancia del principio de autonomía territorial.
6. Establecer un procedimiento respetuoso del debido proceso, idóneo, inmediato, expedito y
eficaz para la atención oportuna de los comportamientos relacionados con la convivencia en el
territorio nacional.
5. Lo que dice el código
Artículo 4°. Autonomía del acto y del procedimiento de Policía. Las disposiciones de la
Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo no se aplicarán al acto de Policía ni a los procedimientos de Policía, que
por su misma naturaleza preventiva requieren decisiones de aplicación inmediata,
eficaz, oportuna y diligente, para conservar el fin superior de la convivencia, de
conformidad con las normas vigentes y el artículo 2° de la Ley 1437 de 2011. Por su
parte las disposiciones de la parte segunda de la Ley 1437 de 2011 se aplicarán a la
decisión final de las autoridades de Policía en el proceso único de Policía, con excepción
de aquellas de que trata el numeral 3 del artículo 105 de la ley en mención.
6. Lo que dice el código
Bases de la convivencia y seguridad ciudadana
Artículo 5°. Definición. Para los efectos de este Código, se entiende por convivencia, la
interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el
ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico.
Artículo 6°. Categorías jurídicas. Las categorías de convivencia son: seguridad,
tranquilidad, ambiente y salud pública, y su alcance es el siguiente:
1. Seguridad: Garantizar la protección de los derechos y libertades constitucionales y
legales de las personas en el territorio nacional.
2. Tranquilidad: Lograr que las personas ejerzan sus derechos y libertades, sin abusar
de los mismos, y con plena observancia de los derechos ajenos.
3. Ambiente: Favorecer la protección de los recursos naturales, el patrimonio
ecológico, el goce y la relación sostenible con el ambiente.
4. Salud Pública: Es la responsabilidad estatal y ciudadana de protección de la salud
como un derecho esencial, individual, colectivo y comunitario logrado en función de
las condiciones de bienestar y calidad de vida.
7. Doctrina y mentalidad policial
como política de Estado
El adoctrinamiento, entrenamiento y
actuar de la fuerza pública en
Colombia, se da basada en la
doctrina de la seguridad nacional y
del enemigo interno. Ello
preconfigura un pensamiento de “el
otro es un enemigo”. Y así proceden.
Una muestra de
ello es el
proceder del
ESMAD.
8. ¿Quién hizo el código?
Lo hicieron los
policías, con la
mentalidad de la
institución.
La mayor parte de los
congresistas que lo
votaron positivo, no lo
leyeron. Los artículos
se votaron en bloque.
La población,
organizaciones sociales
y cívicas, no fueron
consultadas. No hubo
participación.
10. Limitaciones a las libertades y
a los derechos fundamentales
Derecho a la protesta, que
está íntimamente ligado
con el derecho a la libre
expresión. (Art. 37 C.N.)
El nuevo código
contempla que se debe
pedir permiso para la
protesta, y ese permiso lo
otorgan las autoridades si
consideran que se trata de
una situación legítima.
11. Limitaciones a las libertades y
a los derechos fundamentales
Se limita la participación del
pueblo, de forma que el
Estado fortalece un enfoque
de control social sobre todas
las relaciones humanas.
Implementación de
los acuerdos de paz.
Participación de las
gentes en futuros
procesos.
12. Limitaciones a las libertades y
a los derechos fundamentales
Gobiernos locales pueden
dictar normas transitorias,
de forma arbitraria, según
la decisión subjetiva de
mandatarios, sin control
previo.
El código persigue a la
economía informal, basado
en criterios privados del
espacio publico. Gobierno
o da soluciones de empleo.
El código permite el ingreso a las
casas y la retención de personas
sin que medie orden judicial, si al
policía o a los policías les parece.
Criterios subjetivos.
13. Limitaciones a las libertades y
a los derechos fundamentales
Limita y desconoce las formas de
justicia de comunidades étnicas.
No es claro al respecto.
Criminaliza la minería
artesanal. No discrimina en
su adjetivo de minería
criminal, de forma clara. Otro
elemento de subjetividad.
No fija motivos claros para la decisión
de proceder de los policiales.
Subjetivo.
14. Limitaciones a las libertades y
a los derechos fundamentales
Establece sanciones y multas para:
+ Comportamientos sexuales o de
exhibicionismo que generen molestia a la
comunidad. ¿Cómo se determina qué es un
acto sexual o de exhibicionismo? ¿Hasta
dónde un beso o una caricia llega a ser objeto
de sanción?
+ Consumir bebidas alcohólicas en
el espacio público.
+ Generar afectaciones al medio
ambiente, cuerpos de agua.
Pero carga la sanción sobre el
ciudadano común y es laxo con
las empresas.
15. Las políticas económicas, políticas y sociales en
tiempos de construcción de paz. Relación con el
código de policía.
1. TLC´s
2. Política Agraria
3. Salud
4. Educación
5. Reforma tributaria
6. Venta de patrimonio nacional y de los bienes
comunes.
Código de policía diseñado para
contrarrestar e impedir la protesta
social que llegará por cuenta de
estas políticas.
16. Las políticas económicas, políticas y sociales en
tiempos de construcción de paz. Relación con el
código de policía.
21. Un nuevo código de policía con participación del
pueblo. Una nueva policía con carácter de
servicio, actuaciones éticas y para la paz.
La actual institución, no
ofrece garantías para el
manejo de facultades
exorbitantes y arbitrarias.
Están en peligro la
democracia, las libertades
civiles, los derechos
fundamentales y la búsqueda
de la paz.
• La comunidad del anillo
• Casos de policías
vinculados a
organizaciones
criminales.
• Abusos policiales de
forma constante.
• Doctrina del enemigo.
• No compromiso con
DDHH.