1. Universidad Fermín toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Políticas Y Jurídicas
Escuela de Derecho
Estudiante:
Efrengi Medina
CI.25.923.231
SAIA E
Prof: Keydis Perez
2. Nace en Italia a
principios del siglo XIX
y en décadas siguientes
en España, Francia y
América latina
.
En esta etapa el derecho
agrario no tuvo muchos
cambios ya que era la
época donde los dueños
de las mayores
extensiones de tierra eran
los terratenientes
Para entonces el derecho
agrario era considerado
como derecho de
agricultura porque solo
regulaba las labores
agrícolas
En 1945 surge la ley de la
reforma agraria donde el
campesino es incorporado
en actividades agrarias y
además se da la
repartición de tierras
3. La ley de reforma parcial de la ley
de tierras y desarrollo agrario del
2010 incorpora su objeto, la
eliminación del latifundio y la
tercerización como sistemas
contrarios al interés social y a la
paz en el campo, y las tierras ya no
son de uso agrario sino de uso
agrícola.
En 1948 se innova la ley
agraria estableciendo
dentro de ella la
prohibición de expropiar
tierras cuando se
encuentren en
producción.
Ley de tierras y desarrollo
agrario del 2005 mantiene el
mismo objeto del Decreto de
2001, pero suprimiendo el
término de poligonales rurales
por el de tierras con vocación
de uso agrario
En el estatuto agrario de 1949
en lugar de evolucionar se da
un paso atrás ya que lo
establecido en el año 1948 se
elimina y por ende se permite
la expropiabilidad.
El decreto con fuerza de ley
de tierras y desarrollo
agrario del 2001 Tiene por
objeto establecer las Bases
del Desarrollo, Rural,
Integral y Sustentable y la
eliminación del Latifundio
como sistema contrario al
interés social y a la armonía
en el campo.
En la reforma de 1960 el
fin era la transformación
de la estructura agraria del
país para distribuir la
riqueza del país
equitativamente.
4. La ruptura de
la unidad del
derecho
privado
Capitalismo
La evolución
del esquema
jurídico
constitucional
La evolución
del esquema
jurídico
constitucional
Los antecedentes del Derecho
Agrario aparecen en escena una vez
que las condiciones socio-
económicas pueden permitirlo. Una
vez que los factores políticos y
sociales están acordes con el sistema
jurídico entorno al tema agrario,
surge de forma inmediata el Derecho
agrario.
Este Introduce en la agricultura la
tecnología moderna, como el uso de la
intensificación de los drenajes, abonos
químicos y la maquinaria agrícola
implantándose, desde este momento
"La Revolución Agrícola", superando
los avances del siglo XVIII. Además la
tierra como instrumento de
producción, llevando a un grado de
igualdad e importancia el trabajo y el
capital, adquiriendo valor el trabajo
del hombreen la tierra
La tierra como actividad de
agricultura pasa a ser de interés
social, por lo cual el fenómeno
de la privatización se convierte
en un derecho indispensable para
una mejor tutela del interés
general. De estas
transformaciones nace el
Derecho Agrario, como derecho
la actividad de la tierra y no
solamente de propiedad de ésta.
El debate sobre si los recursos
agrarios debieran suscitar la
creación de su propia
codificación, separándola por
tanto del Derecho civil, viene
a darse siglos después en
Italia, entre los años 1928 y
1932