El documento describe la Organización Internacional del Trabajo (OIT), una agencia de la ONU que establece normas laborales internacionales. La OIT promueve el diálogo entre gobiernos, empleadores y trabajadores. Funciona a través del tripartismo y cuenta con 185 países miembros. Sus órganos principales son la Conferencia Internacional del Trabajo, el Consejo de Administración y la Oficina Internacional del Trabajo. El derecho colectivo del trabajo se basa en sindicatos, negociación colectiva y huelga
Presentación Pedagoía medieval para exposición en clases
Oit derecho colectivo de trabajo
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
BARQUISIMETO ESTADO LARA
LA Organización INTERNACIONAL DEL TRABAJO Y
EL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO
Participante:DeyaniresLópez
Derecho Laboral Colectivo
SAIA: Sección D
Prof. Emily Ramírez
Barquisimeto, 2020
FINES
Promover los
2. Objetivo Fundamental
Garantiza
OITes lasiglacorrespondienteaOrganización
Internacional del Trabajo,unaentidadque funciona
bajola órbitade laOrganizaciónde lasNaciones
Unidas(ONU).Esta instituciónse encargade analizar
todoaquellovinculadoal universolaboral,
protegiendolosderechosde lostrabajadores.
Fomentar
oportunidades
de trabajos
decentes
Evitar la
explotación
laboral infantil
Es responderalasnecesidadesde loshombresymujerestrabajadores
al reunir a gobiernos, empleadores y trabajadores para establecer
normas del trabajo, desarrollar políticas y concebir programas. La
estructura de la OIT, en la cual trabajadores y empleadores tienenel
mismoderechoavotoque losgobiernosensusdeliberaciones,esuna
muestra del diálogo social en acción.
que las opiniones de los
interlocutores sociales queden
fielmente reflejadas en las
normas laborales, políticas y
programas de la OIT.
3. Cómo funciona
OIT?
A través de el tripartismo dentro de sus mandantes empleadores,
trabajadores y Estados miembros, al promover el diálogo social entre las
organizaciones sindicales y de empleadores en la formulación.
Representantes
del Gobierno
Trabadores
Empleadores
En estos momentos, la OIT cuenta con 185 países miembros. Pese a que su finalidad es fomentar las posibilidades laborales para todos y
mejorar las condiciones de trabajo, no cuenta con facultades para imponer castigos a los gobiernos de los diferentes países q ue la
integran.
4. Órganos que Interviene:
- La Conferencia Internacional del Trabajo establece las normas internacionales del trabajo y define las políticas
generales de la Organización. La Conferencia, que con frecuencia es denominada el parlamento internacional del
trabajo, se reúne una vez al año. Es también un foro para la discusión de cuestiones sociales y laborales
fundamentales.
- El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la OIT y se reúne tres veces al año en Ginebra. Toma
decisiones sobre la política de la OIT y establece el programa y el presupuesto, que después es sometido a la
Conferencia para su adopción.
- La Oficina internacional del trabajo es la secretaría permanente de la Organización Internacional del Trabajo. Es
responsable por el conjunto de actividades de la OIT, que lleva a cabo bajo la supervisión del Consejo de
Administración y la dirección del Director General
5. Cómo funciona el derecho colectivo del trabajo en los distintos sistemas de gobierno?
Esta nueva rama del Derecho que contempla las relaciones colectivas no tiene en cuenta directamente al
trabajador individual sino el interés colectivo, o sea el de una pluralidad de sujetos hacia un bien apto
para satisfacer una necesidad común: no es la suma de intereses individuales sino su combinación, y es
indivisible.
En cualquier país el derecho colectivo del trabajo tiene una estructura triangular que se asienta en tres
institutos fundamentales: el sindicato, la negociación colectiva y la huelga. Si falta alguno de estos tres,
el sistema todo se detiene. Este enfoque encuentra su correlato en el enfoque anglosajón y más
notoriamente en el norteamericano de las industrial relations.Desde esta perspectivatodo el sistemase
compone de unos determinados actores (especialmente organizaciones profesionales y el Estado) y de
las formas en que estos se relacionan (especialmente negociacióncolectivay huelga): la negociacióny el
conflicto son las formas de relacióno sea la parte del lado dinámico del sistema,siendo la fase estática la
estructura de los actores. Por una parte se tienen en cuenta los mecanismos de creación de las normas
jurídicas y de las prácticas a las que se ajustan las relaciones colectivas.Por otraparte se atiende al grado
de protagonismodecada uno de losactores enel conjunto delsistemade ladistribuciónde poderesentre
ellos.
6. Ámbito de aplicación del Derecho Colectivo del Trabajo:
En la Constitución Nacional, específicamente en su artículo 87, constituye el derecho "rector" de todo
trabajador, de las relaciones laborales y todas las cuestiones que se deriven de ellas, éste expresa que:
"Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El estado garantizará la adopción de las
medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le
proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho. Es fin del
Estado fomentar el empleo.La ley adoptará medidas tendientes a garantizar el ejercicio de los derechos
laborales de los trabajadores y trabajadoras no dependientes. La libertad de trabajo no será sometida a
otras restricciones que las que la ley establezca.
Todo patrono o patrona garantizará a sus trabajadores y trabajadoras condiciones de seguridad, higiene
y ambiente de trabajo adecuados. El Estado adoptará medidas y creará instituciones que permitan el
control y la promoción de estas condiciones".