1. Cierto, la SCJN se pronuncia poco en
derecho internacional: Cossío Díaz
Ante las críticas al Poder Judicial Federal de catedráticos y juristas, porque los juzgadores
mexicanos "soslayan" los tratados y convenciones internacionales al momento de resolver
juicios en los que están de por medio asuntos de índole política y/o humana -como las
candidaturas independientes o el presunto genocidio cometido durante los hechos
sangrientos del 10 de junio de 1971-, el ministro José Ramón Cossío Díaz reconoció que
los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) han sido poco
sensibles al analizar el derecho internacional dentro del marco jurídico nacional.
En su participación en el debate Estado de derecho y función judicial, organizado por el
Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, el ministro refirió: "Tienen razón en
que la Corte se pronuncia poco sobre derecho internacional, totalmente de acuerdo; de un
tiempo para acá le ha faltado (a la SCJN) mejorar su aplicación de criterios y a lo mejor ha
faltado sensibilidad por parte de algunos ministros".
No obstante, refirió que, independientemente de que los juzgadores desconozcan, en ciertos
casos, la importancia y necesidad de la aplicación del derecho internacional al resolver
algún litigio, "no debemos olvidar" que la mayoría de los litigantes también tienen
"desconocimiento" en esa materia, y por ello casi no invocan el derecho internacional al
plantear alguna demanda.
"En poquísimos asuntos existen argumentaciones en que se estén planteando temas que
involucren el derecho internacional. El mejoramiento de la Corte, el control sobre este
tribunal y el impulso del mismo requieren de una especie de regulación ciudadana con la
que se hagan consideraciones importantes en las demandas, que exija a los ministros un
estudio de técnicas jurídicas poco exploradas, y no que nos vayamos todos por la
tradicional impugnación de violaciones a los artículos 14 y 16 constitucionales, que ha dado
muy buena renta a los abogados, pero que por referirse a cuestiones formales no nos ha
permitido entrar a la definición de cuestiones sustantivas que son más importantes en el
manejo democrático del derecho", puntualizó.
En el caso del Jueves de Corpus, la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos
del Pasado fincó cargos contra el ex presidente Luis Echeverría y otros 10 ex servidores
públicos por genocidio y, para demostrar la responsabilidad de los inculpados y la no
prescripción del ilícito, invocó diversos tratados y convenciones internacionales.
Sin embargo, por mayoría de votos, la primera sala de la Corte -integrada por cinco
ministros- determinó que el delito sí prescribió para esos hechos, independientemente de lo
que señale el derecho internacional, pues la Constitución está por encima de cualquier
tratado o convenio mundial.