El documento describe la organización política y administrativa de la Nueva España durante los siglos XVI-XVIII. Se estableció un virreinato con el virrey a la cabeza, quien gobernaba junto a la Real Audiencia. El Rey y el Consejo de Indias en España tenían el poder supremo. La Nueva España se dividió en gobernaciones y municipios gobernados por funcionarios locales como corregidores y alcaldes.
LÍNEA DEL TIEMPO DEL PROCESO REVOLUCIONARIO Y PRINCIPALES HECHOS.
Movimiento separatista de colonos ingleses burgueses establecidos en las costas atlánticas de América del Norte que tuvo por objeto liberarse del dominio de la corona británica (1776-1783).
Primera Intervención Francesa en México, también conocida como Guerra de los Pasteles, fue el primer conflicto bélico entre México y Francia, tuvo lugar del 16 de abril de 1838 al 9 de marzo de 1839.
LÍNEA DEL TIEMPO DEL PROCESO REVOLUCIONARIO Y PRINCIPALES HECHOS.
Movimiento separatista de colonos ingleses burgueses establecidos en las costas atlánticas de América del Norte que tuvo por objeto liberarse del dominio de la corona británica (1776-1783).
Primera Intervención Francesa en México, también conocida como Guerra de los Pasteles, fue el primer conflicto bélico entre México y Francia, tuvo lugar del 16 de abril de 1838 al 9 de marzo de 1839.
UNAM / ENP / (2) "Erasmo Castellanos Quinto" /Asignatura Historia de México II, Unidad I, Asignatura Historia de México I, Unidad 4 / Lic. Aurelio Mendoza Garduño / Colegio de Historia.
El virreinato y su organización, periodos y extensión; funciones locales el Virrey, audiencias, corregimientos, intendencias; autoridades indígenas, clases y castas; su economía mercantilista y su evolución; formas de trabajo colonial.
El virreinato y todo lo relacionado a la organizaciónCsarChora
Comprende toda la organización del virreinato: Política, social, cultural, económica. En cada uno de ellos explica detalladamente en qué consiste y cómo se organizó el virreinato desde que se estableció en el continente americano. El virrey era el representante del rey en el virrei- nato, por lo tanto, era la máxima autoridad. La persona era propuesta por el Consejo de Indias pero finalmente era designada por el rey.
Cuando llegaba al virreinato poseía la instruc- ción que le entregaba el Consejo de Indias, y por medio de este documento el nuevo gobernante se informaba de lo que debía y no debía hacer.
En relación con el nombramiento del virrey, se tomaron las medidas preventivas, ya que el virrey, al llegar, tenía en su poder el pliego de mortaja, documento en el cual estaba señalado quien era su sucesor. También recibía las memorias, que era una síntesis de la gestión de su predecesor y del estado general del virreinato.
Funciones
◗ Judicial: Como tribunal de justicia, la Audiencia recibía en apelación las causas juzgadas por otros tribunales inferiores. Sus sentencias podían ser apeladas solamente, y en algunos casos excepcio- nales, ante el Consejo de Indias. La Real Audien- cia de Lima era la máxima instancia de justicia de todo el Virreinato.
◗ Gobierno: Asumía el gobierno del reino por au- sencia, incapacidad o muerte del virrey.
La Real Audiencia de Lima era integrada por un presidente, oidores (llamados así porque oían o escuchaban a las partes litigantes) y un fiscal.
En el siglo XVII existían las siguientes audien- cias: Panamá, Bogotá, Quito, Charcas, Chile y Buenos Aires. Al crearse el virreinato de Nueva Granada, el Perú perdió las audiencias de Bogo- tá y Quito; al crearse el virreinato de Río de La Plata, perdió la de Charcas. La Rea Audiencia de Cusco fue instalada como consecuencia de la re- belión de Túpac Amaru II.
3. El corregidor
Al interior de las audiencias se encontraban los corregimientos, que eran unidades administra- tivas territoriales, y cada corregimiento estaba a cargo de un corregidor.
El corregidor era el representante del virrey en las provincias, este casi tenía las mismas funciones del virrey pero en un territorio menor.
Sus funciones principales fueron organizar la mano de obra para las actividades económicas y el cobro de los tributos, y para cumplir con esta función, contaba con el apoyo de los caciques.
El reparto de mercancías: También llamado repartimientos, consistió en la distribución de mercaderías (muchas veces inútiles para los indígenas), que eran vendidas a los po- bladores andinos, quienes eran obligados a comprar.
El abuso constante de los corregidores y la re- partición excesiva de mercancías provocaron continuas revueltas. El corregidor llegó a ser la autoridad más odiada de la administración.
4. Las intendencias
Con el cambio de dinastía en España, llegó una nueva forma de administrar las colonias y parte de estas reformas fue la creación de una nueva au- toridad: el intendente.
Ante las
Las capacidades sociomotrices son las que hacen posible que el individuo se pueda desenvolver socialmente de acuerdo a la actuación motriz propias de cada edad evolutiva del individuo; Martha Castañer las clasifica en: Interacción y comunicación, introyección, emoción y expresión, creatividad e imaginación.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
1. LA NUEVA ESPAÑA: organización
política y administrativa
SIGLOS XVI-XVIII
2. Caída de México-Tenochtitlan
Reorganización política Reedificación de la capital
Nombramiento de Reparto de tierras
alcaldes y regidores
Nuevas expediciones de
conquista y colonización
4. Los primeros gobiernos de la Nueva España
Gobierno de Hernán Cortés 1522-1527
Primera Audiencia: 1528-1531
Beltrán Nuño de Guzmán
Segunda Audiencia: 1531-1535
Sebastián Ramírez de Fuenleal
Virreinato de la Nueva España: 1535-1821
Antonio de Mendoza
6. REY Consejo de Indias
Virrey
Adelantado
Real
Audiencia Capitán general
Autoridades
de la
conquista Ayuntamientos
Por las
necesidades Una división
territorial Gobiernos
de la Corona
se crearon
Alcaldías
Organización
de la
población Corregimientos
Repúblicas
Villas de
de indios
españoles
Congregaciones
7. La organización del imperio español
• Una vez concluida la conquista española de gran parte del
Nuevo Mundo (1570, aprox.), la metrópoli se abocó a la
explotación sistemática y reglamentada de las riquezas que
albergaban sus nuevos dominios. A partir de la primera mitad
del siglo XVI, se configuró la estructura administrativa que
tendría a su cargo el gobierno de ultramar. A la cabeza de las
instituciones creadas con ese fin se situaron dos órganos con
residencia en España: la Casa de Contratación y el Consejo de
Indias.
• Para controlar a los vasallos de la lejana América y asegurar el
cumplimiento de las leyes e instrucciones emanadas de
Madrid se designaron diversos funcionarios, leales a la
monarquía europea.
8. La Casa de Contratación de Sevilla
• Fue creada en 1503 con la finalidad de regir el
comercio entre la península y las posesiones
americanas
• Todo el comercio de exportación e importación con
América quedó centralizado en Sevilla
• La Casa de Contratación también fiscalizaba las
embarcaciones que partían con rumbo a América,
que debían zarpar y regresar el mismo puerto
9. Atribuciones
• La Casa de Contratación tuvo atribuciones políticas
especialmente en el orden fiscal, en el ramo de la administración
comercial y judicial y, además, fue un impulsor poderoso para el
estudio de la geografía americana y de la ciencia náutica de la
época.
• Entre 1510 y 1511 entre las funciones de este organismo se
incluyó la organización de expediciones colonizadoras, revisión
de las naves, vigilancia sobre las mercancías y supervisión de los
bienes de personas fallecidas en América.
• También se encargó de la inspección y orientación de los
emigrantes al Nuevo Mundo, de modo que no pasasen a Indias
"individuos indeseables" (judíos y moros, entre otros).
• En 1539 se dictaron las ordenanzas que fijaron su injerencia en
materia judicial relacionadas con el tráfico comercial con las
colonias.
10. Consejo de Indias
• En 1524 se creó el Consejo de Indias El organismo era la más
alta autoridad legislativa y administrativa del imperio
americano después del rey.
• Estaba dividido en tres departamentos; dos dedicados a
materias de gobierno y uno de justicia.
• Los consejeros eran hombres distinguidos en el servicio de
ultramar. El número de estos consejeros fue de cinco, con dos
secretarios, un promotor fiscal, un relator, un oficial de
cuentas y un portero.
• El Consejo tenía funciones meramente consultivas. Los
acuerdos adoptados sobre cualquier asunto, tras las
respectivas deliberaciones, eran elevados al rey en un
documento denominado consulta, en el margen del cual el
soberano escribía su decisión final. Una vez conocida la
voluntad real, se redactaba la disposición definitiva para su
promulgación y ejecución.
11. Atribuciones
• Las atribuciones del Consejo de Indias eran de una
amplitud y de una variedad que comprendía todas
las materias concernientes a gobierno, justicia,
guerra y hacienda.
• El Consejo proponía al monarca el nombramiento de
los cargos de virreyes, presidentes de Audiencias,
gobernadores, oidores, fiscales y, en general, todos
los puestos significativos en América.
• Vigilaba el cumplimiento y la observancia de las
normas dictadas desde la península. El Consejo podía
proponer al rey la aprobación de nuevas
disposiciones legales para Indias, así como la
derogación o modificación de las existentes.
12. Atribuciones
• Tenía jurisdicción civil y criminal en última instancia,
pues entendía en las apelaciones contra las
sentencias emitidas por las Audiencias americanas, la
Casa de Contratación y los consulados de mercaderes
de Indias.
• El Consejo intervenía en todos los temas
relacionados con la organización bélica y defensa de
las colonias ultramarinas, expediciones de conquista
y cualquier asunto relativo al plano castrense
13. La organización política del virreinato
• La importancia de las tierras conquistadas era
tal, que en 1535 se estableció el virreinato
• El centro de poder estaba en España, que la
corona había delegado en el Real y Supremo
Consejo de Indias, que tenía poderes
legislativos, ejecutivos y judiciales
• En el virreinato residían las autoridades que
ponían en práctica las decisiones del Consejo y
las Leyes de Indias
14. La organización política del virreinato
• La primera autoridad era la Audiencia,
presidida por el virrey y formada por varios
oidores. Era el tribunal superior y el consejo
administrativo del virrey y tenía autoridad
sobre todos los asuntos, excepto los militares
y fiscales
• En 1572 se estableció el Juzgado General de
Indios, destinado a impartir justicia a los
naturales
15. El virreinato de la Nueva España
El Rey
Casa de
Consejo de
Virrey Contratación Real Patronato Gobernaciones
Indias
de Sevilla
Juzgado Organización
Contaduría Real
Real Audiencia General de Leyes de Indias Eclesiástica
de Tributos
indios Novohispana
Corregidores y
Alcaldes Clero regular
Mayores
Clero secular
16. El virrey
• El virreinato estuvo encabezado por la figura del
virrey, representante personal y especie de alter
ego ("el otro yo") del monarca en las Indias.
• El virrey pertenecía a la nobleza española cercana
al monarca y ejerció la autoridad suprema dentro
de su jurisdicción indiana.
• Fue el jefe civil y militar dentro de su unidad
administrativa, dependiendo de él también la
justicia, el tesoro y los aspectos seculares del
gobierno eclesiástico.
17. El virrey
• El oficio de virrey incorporó a un nivel superior todas las
funciones de los gobernadores: atribuciones de gobierno,
militares, hacendarias y judiciales.
• Fueron presidentes de la Audiencia en la ciudad en que
residían, con jurisdicción disciplinaria sobre los oidores, pero sin
intervenir en pleitos y sentencias, por no ser siempre letrados.
• Estaba encargado de la conservación y aumento de las rentas
reales y nombraba a la mayoría de los funcionarios coloniales
menores, laicos y eclesiásticos.
• Entendía en primera instancia en todos los pleitos referentes a
los indígenas y reasignaba las encomiendas vacantes, práctica
ésta que dio lugar a muchos celos y discordias.
18.
19. La Audiencia
• La Real Audiencia fue el más alto tribunal
judicial de apelación en las Indias, pues
contó con jurisdicción civil y criminal y una
amplia competencia extendida incluso al
ámbito eclesiástico.
• La creación de las Audiencias indianas,
tuvo como objetivo reafirmar la
supremacía de la justicia del rey por sobre
la de los gobernadores.
20. La Audiencia
• Sobre la Audiencia sólo estaba el Consejo de Indias.
Al mismo tiempo, este tribunal real asesoró a la
autoridad política del territorio asignado a su
jurisdicción y se constituyó en un organismo
consultivo de vital importancia para los virreyes y
gobernadores.
• Las Audiencias estaban organizadas como
autoridades colegiadas. Se componían de letrados
profesionales que, en principio, fueron cuatro
oidores y un fiscal presididos por el virrey o
gobernador de la zona. Con el transcurso del tiempo
el número de estos funcionarios aumentó en los
territorios más extensos.
21. El Real Patronato
• Fueron concesiones pontificias de una serie de privilegios
que permitieron a los reyes españoles, dirigir la iglesia
indiana hasta en sus menores detalles.
• Algunas de las prerrogativas contemplaban la facultad de
presentación de todas las dignidades eclesiásticas, la
percepción de los diezmos (impuesto) y la fijación de los
límites de las diócesis.
• Por otra parte, la corona tenía la obligación de financiar
todos los gastos del clero, además de facilitar el
cumplimiento de la misión evangelizadora y la edificación
de iglesias, catedrales, hospitales y centros de
beneficencia
22. Las gobernaciones
• El avance de los conquistadores españoles a
través del Nuevo Mundo y la voluntad de
permanecer en él, obligó a la corona a dividir el
territorio en unidades políticas administrativas
que se denominaron gobernaciones.
• Estas generalmente fueron otorgadas al jefe de la
hueste conquistadora por medio de las
capitulaciones respectivas, y en general,
confirmadas después por el rey como premio y a
la vez como único medio de mantener cierto
control sobre el desarrollo de la colonización.
23. Las gobernaciones
• En el norte de México existieron gobernaciones
donde la permanente resistencia indígena
convertía al gobernador a su vez en capitán
general y a la gobernación en capitanía general.
• El gobernador gozaba de atribuciones de
gobierno y justicia, tenía autoridad para
encomendar o repartir indígenas y tierras,
poseía la jefatura militar y se beneficiaba de los
productos de la región a su cargo.
24. El Cabildo
• El Cabildo fue un organismo representativo de
la comunidad, que velaba por el buen
funcionamiento de una ciudad o una
población indígena y tenía jurisdicción sobre el
territorio de la misma.
• El concejo o cabildo estaba compuesto por los
alcaldes o jueces municipales y por los
concejales o regidores.
25. El Cabildo
• El número de los primeros oscilaba de uno, en
las pequeñas poblaciones, a dos en las demás;
el número de los segundos variaba según la
importancia de las ciudades: en villas y
pueblos solía haber de cuatro a seis; en las
urbes destacadas ocho; en las capitales
virreinales, doce o más
• Los alcaldes ordinarios ejercían su mandato
por un año, al igual que los regidores, aunque
hubo casos de ciudades con regidores
perpetuos nombrados por el conquistador-
fundador o por el propio monarca.
26. Funcionarios del Cabildo
• Además de los alcaldes y regidores, el Cabildo se compuso de
una serie de funcionarios entre los cuales se pueden señalar
al alférez real (heraldo y portaestandarte de la ciudad), el
depositario general (de los bienes en litigio), el fiel ejecutor
(inspector de pesas y medidas y de los precios en tiendas y
mercados), el receptor de penas (recaudador de multas
judiciales), el alguacil mayor (jefe de la policía municipal), el
procurador general (representante de los vecinos ante el
Cabildo) y un escribano (o secretario que levantaba acta).
• Las funciones del Cabildo iban desde el buen gobierno de la
ciudad, el control del presupuesto y de las rentas del
municipio y el correcto abastecimiento de víveres, hasta la
persecución de la delincuencia y la administración de la
justicia local.
27. Los funcionarios locales
• A medida que la colonización española se consolidó,
en cada gobernación se designaba una serie de
funcionarios subalternos. Los más numerosos e
importantes fueron los funcionarios locales, y entre
ellos el corregidor, originariamente titular del
gobierno de una ciudad y su término. Este cargo
coincidió, en líneas generales, con el de alcalde
mayor aparecido en algunas regiones indianas.
• Para el gobierno de los pueblos de indios se instituyó
un cargo de menor categoría: el corregidor de indios.
Este fue creado para intensificar la "acción
civilizadora" entre los indígenas, favorecer su
evangelización y evitar los abusos que sobre ellos
ejercían a menudo los encomenderos.
28. Los funcionarios locales
• Además de los mencionados existieron otros
funcionarios de menor importancia dentro de la
burocracia administrativa. Sus atribuciones fueron casi
siempre de carácter local
• A lo largo del siglo XVI se perfiló una clara evolución de
los oficios públicos: considerados al principio como
mercedes y recompensas a los conquistadores, con el
transcurso del tiempo los más significativos fueron
entregados a una burocracia asalariada en la que
letrados y nobles peninsulares tuvieron un gran papel.
• Ello convirtió a la administración de los territorios
americanos en instrumento apto y eficaz para afirmar el
centralismo monárquico por sobre los intereses de las
aristocracias locales.