Si, los chilenos que viven en el extranjero si podrán votar por el plebiscito nacional el 25 de Octubre 2020 y formar parte de este proceso, dentro de los horarios de cada país y ciudad que establezca el Consejo Directivo de Servel.
El derecho a sufragio o voto en el exterior es voluntario, personal, igualitario y secreto. Para poder votar se requiere la cédula de identidad o pasaporte ser Chileno y mayor de 18 años, la cédula de identidad no puede superar los 12 meses de vencida.
La ley dispone que las votaciones en el extranjero se realicen el mismo día fijado para el plebiscito en el territorio nacional, previo informe de la Dirección General de asuntos Consulares y de inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.
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Constitución Política del
Estado de Chile
October 19, 2020
Plebiscito Nacional 2020 Chile
beckerabogados.cl/blog/plebiscito-nacional-2020-chile/
EL 25 de Octubre Chile Vota por una nueva Constitución
El Plebiscito constitucional 2020 en Chile se llevará a cabo el 25 de Octubre con la
finalidad de votar a favor o en contra de un cambio en la actual constitución de Chile.
El plebiscito tiene como objetivo determinar por medio de votación popular si la
ciudadanía está de acuerdo con iniciar un proceso constituyente para una nueva
constitución y el establecer nuevos mecanismos para llevar a cabo dicho proceso.
El plebiscito tendrá dos preguntas:
1. ¿Quiere usted una nueva constitución? Las
alternativas serán “apruebo” o “rechazo”
2. ¿Qué tipo de órgano debería redactar la nueva
constitución? Las alternativas serán:
a) “convención mixta constitucional”
b) «asamblea conformada en un 50% por
constituyentes elegidos directamente y 50% por
miembros del actual Congreso»
“Convención Constitucional” (asamblea conformada por
100% de constituyentes elegidos).
¿Qué sucederá en Chile si la mayoría de la
ciudadanía aprueba este cambio?
Si la mayoría de los Chilenos residentes en el país y en el
extranjero eligen un apruebo un nuevo cambio en la Constitución chilena esta elección de
los constituyentes sea el 50% 0 100% elegido, se llevará a cabo el 11 de Abril del 2021 en
conjunto con las elecciones municipales y elección de gobernadores regionales bajo la
modalidad de sufragio universal con el sistema electoral que rige la elección de la Cámara
de Diputados de Chile.
Este órgano – la cámara de Diputados- tendrá como único objetivo redactar la nueva
constitución, no afectando las competencias y atribuciones de los demás órganos y
poderes del Estado de Chile y se disolverá una vez cumplida la tarea que le fuese
encomendada. Adicionalmente no podrá alterar los quórums (número de asistentes que
se requieren) y los procedimientos para su funcionamiento y adopción de acuerdos.
Este órgano constituyente deberá aprobar normas y reglamento de votación de las
mismas con el quórum de dos tercios de los miembros del ejercicio.
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Plebiscito Nacional 25 Octubre 2020.
La nueva constitución regirá en el momento en que sea promulgada y publicada
derogándose orgánicamente la constitución actual. Una vez redactada la carta
fundamental por el órgano constituyente será la misma sometida a un plebiscito
ratificatorio. Esta votación se realizará mediante sufragio universal obligatorio.
Las personas que actualmente ocupen cargos públicos o de elección popular deberán
presentar renuncia a su cargo para que su candidatura pueda ser aceptada por el Servel (
el servicio electoral de Chile) al órgano constituyente. Los miembros del órgano
constitucional tendrán una inhabilidad para ser candidatos o candidatas a cargos de
elección popular por un año desde que cese su mandato.
Los partidos que firmaron el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución podrán
designar a una comisión técnica que determinará todos los aspectos indispensables para
materializar todo lo antes señalado. La designación de los miembros de esta comisión será
paritaria entre la oposición y el oficialismo.
El plazo de funcionamiento del órgano constituyente será de hasta nueve meses,
prorrogable una sola vez por tres meses, sesenta días después de la devolución del nuevo
texto constitucional por parte del órgano constituyente se realizará un referéndum
ratificatorio con sufragio universal obligatorio. En ningún caso se podrá realizar antes de
los días mencionados ni después de una votación popular.
¿Podrán los chilenos en el extranjero votar el 25 de Octubre por el plebiscito?
Si, los chilenos que viven en el extranjero si
podrán votar por el plebiscito nacional el
25 de Octubre 2020 y formar parte de este
proceso, dentro de los horarios de cada país
y ciudad que establezca el Consejo
Directivo de Servel.
El derecho a sufragio o voto en el exterior es
voluntario, personal, igualitario y secreto.
Para poder votar se requiere la cédula de
identidad o pasaporte ser Chileno y mayor
de 18 años, la cédula de identidad no puede
superar los 12 meses de vencida.
La ley dispone que las votaciones en el extranjero se realicen el mismo día fijado para el
plebiscito en el territorio nacional, previo informe de la Dirección General de asuntos
Consulares y de inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores.