Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Tema 17 - La acción protectora del Régimen General.
1. [287]
TEMA 17
LA ACCIÓN PROTECTORA DEL RÉGIMEN
GENERAL
PAZ MENÉNDEZ SEBASTIÁN
Doctora en Derecho. Profesora Titular de Universidad
Universidad de Oviedo
— Reconocer las diversas formas de protección de las situaciones
de necesidad previstas por el sistema de Seguridad Social
— Identificar las distintas prestaciones, y conocer los requisitos
de acceso, cuantías, duración, etc. de las mismas
— Adoptar la terminología apropiada al manejar documentos
jurídicos.
1. PRESTACIONES DEL SISTEMA
El sistema nacional de Seguridad Social ofrece prestaciones de varios
tipos. Así, en atención a su contenido, las prestaciones pueden ser econó-
micas, y no económicas o en especie (asistencia médica, farmacéutica,
rehabilitadora, etc.). Las prestaciones económicas, a su vez, pueden ser
periódicas (de periodicidad diaria, como ocurre con las prestaciones in-
capacidad temporal, o mensual, como acontece con las prestaciones de
jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, etc.), o a
tanto alzado (pagadas por una sola vez, en forma de indemnización,
como las concedidas en caso de lesiones permanentes no invalidantes). Y
en atención a su duración, las prestaciones económicas pueden ser tem-
porales ––incapacidad temporal, maternidad, riesgo durante el embarazo
y la lactancia natural, desempleo, orfandad de beneficiarios no discapa-
citados para el trabajo, viudedad excepcionalmente en algunos casos,
etc.)––, o de larga duración o vitalicias (incapacidad permanente, viude-
dad con carácter general, y jubilación).
2. 288 CURSO ELEMENTAL DE DERECHO DEL TRABAJO Y LA SS
Por su parte, las prestaciones no económicas o en especie cubren ne-
cesidades que no quedan amparadas con la protección económica, esto
es: de tipo sanitario —médicas y farmacéuticas—, o social, como las de
reeducación y rehabilitación de discapacitados, etc.
Si se toma como parámetro los requisitos de acceso, habrá que distin-
guir entre las prestaciones no contributivas y las contributivas, para cuyo
disfrute se exige a los causantes estar afiliados y en alta en el sistema co-
rrespondiente (con las excepciones que se verán y teniendo en cuenta que
determinadas situaciones se asimilan al alta, y otras se califican de alta de
pleno derecho aunque ésta no concurra efectivamente). Con carácter ge-
neral, también se exige contribución previa del beneficiario o sujeto cau-
sante al sistema, imponiendo cada prestación un período específico de
carencia, exigencia que se desplaza, con carácter general, para las contin-
gencias profesionales.
Por el contrario, el acceso a las prestaciones no contributivas o asis-
tenciales, que protegen los riesgos de jubilación, invalidez e hijo a cargo,
no requiere cotización previa, pero sí la acreditación de una situación de
necesidad (vinculada a la obtención de ingresos inferiores a cierto um-
bral).
En concreto, las prestaciones contributivas que nuestro sistema reco-
noce son las que sigue:
— Médicas y farmacéuticas de asistencia sanitaria.
— Incapacidad temporal, que protegen al trabajador frente a la impo-
sibilidad temporal de prestación de servicios.
— Maternidad (hoy también paternidad, riesgo durante el embarazo
y riesgo durante la lactancia natural, y por cuidado de menores afectados
por cáncer u otra enfermedad grave).
— Incapacidad permanente, que protege la situación de quien previ-
siblemente queda imposibilitado, total o parcialmente, para el desarrollo
de la actividad productiva.
— Lesiones permanentes no invalidantes, que protegen a quien sufre
una lesión no invalidante como consecuencia de la prestación de servicios.
— Jubilación, que protege la situación de cese de la actividad por
cumplimiento de la edad legalmente prevista.
— Muerte y supervivencia, que protegen la situación en la que que-
dan los familiares que sobreviven al fallecimiento del trabajador.
— Prestaciones familiares, que protegen a la familia a través de cauces
diversos.
— Desempleo, que protege al trabajador frente al perjuicio económi-
co que supone la pérdida del empleo.