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Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
1
Introducción............................................................................................................. 5
Requisitos de la asignatura ...................................................................................... 7
Objetivos generales de la asignatura ....................................................................... 7
Contenido ................................................................................................................ 9
Bibliografía............................................................................................................ 11
Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 13
UNIDAD 1
INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
Introducción ........................................................................................................ 15
Mapa conceptual ................................................................................................... 16
Objetivos específicos ........................................................................................... 16
Tema 1:
CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN
1. Introducción......................................................................................... 17
2. Objetivos específicos .......................................................................... 17
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 17
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 22
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 23
Solucionario
Tema 2
RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS DISCIPLINAS
1. Introducción ........................................................................................ 25
2. Objetivos específicos .......................................................................... 25
3. Desarrollo del tema ............................................................................ 25
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 28
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 29
Solucionario
Tema 3
MÉTODOS
1. Introducción ........................................................................................ 31
2. Objetivos específicos .......................................................................... 31
3. Desarrollo del tema ............................................................................ 31
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 33
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 34
Solucionario
ÍNDICE
PRIMER PARCIAL
Sistema de Educación a Distancia
2
Tema 4
FILOSOFÍA DEL DERECHO Y EL DERECHO NATURAL
1. Introducción ........................................................................................ 36
2. Objetivos específicos .......................................................................... 36
3. Desarrollo del tema ............................................................................ 36
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 38
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación)..................................... 39
Solucionario
Actividades para la reflexión e indagación............................................................ 41
UNIDAD 2
JUSTICIA
Introducción ........................................................................................................ 43
Mapa conceptual ................................................................................................... 44
Objetivos específicos ............................................................................................ 44
Tema 5
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
1. Introducción ........................................................................................ 45
2. Objetivos específicos .......................................................................... 45
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 45
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 48
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 49
Solucionario
Tema 6
JUSTICIA LEGAL, DISTRIBUTIVA Y CONMUTATIVA
1. Introducción ........................................................................................ 51
2. Objetivos específicos .......................................................................... 51
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 51
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 53
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 54
Solucionario
Tema 7
JUSTICIA Y SOCIEDAD
1. Introducción ........................................................................................ 56
2. Objetivos específicos .......................................................................... 56
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 56
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 59
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 60
Solucionario
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
3
Tema 8
JUSTICIA Y DERECHO
1. Introducción ........................................................................................ 62
2. Objetivos específicos .......................................................................... 62
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 62
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 64
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 65
Solucionario
Actividades para la reflexión e indagación............................................................ 67
Contenido .............................................................................................................. 69
Bibliografía............................................................................................................ 71
Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 73
UNIDAD 3
DERECHO
Introducción ........................................................................................................ 75
Mapa conceptual ................................................................................................... 76
Objetivos específicos ........................................................................................... 76
Tema 9
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
1. Introducción ........................................................................................ 77
2. Objetivos específicos .......................................................................... 77
3. Desarrollo del tema ............................................................................. 77
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 80
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 81
Solucionario
Tema 10
DERECHO Y MORAL
1. Introducción ........................................................................................ 83
2. Objetivos específicos .......................................................................... 83
3. Desarrollo del tema ............................................................................ 83
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 86
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 87
Solucionario
SEGUNDO PARCIAL
Sistema de Educación a Distancia
4
Tema 11
EL DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO
1. Introducción ........................................................................................ 89
2. Objetivos específicos .......................................................................... 89
3. Desarrollo del tema ............................................................................ 89
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 92
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 93
Solucionario
Tema 12
EL DERECHO COMO TÉCNICA SOCIAL DE APLICACIÓN
1. Introducción ........................................................................................ 95
2. Objetivos específicos .......................................................................... 95
3. Desarrollo del tema ............................................................................ 95
4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 98
5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 99
Solucionario
Actividades para la reflexión e indagación.......................................................... 101
GLOSARIO....................................................................................................... 103
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
5
INTRODUCCIÓN
La Filosofía del Derecho es considerada una rama de la Filosofía que tiene como
propósito el estudio de los fundamentos que rigen la creación y aplicación del Derecho;
así también se la define como el estudio de los primeros principios, que pueden referirse
al ser, al conocer y al obrar.
Al analizar la historia de la Filosofía del Derecho, encontramos que en las diferentes
épocas se ha meditado sobre el Derecho y la Justicia, por cuanto responde a la necesidad
natural y constante del espíritu humano. Se convierte en toda aproximación al hecho
jurídico, en el acercamiento a un fenómeno que ha acompañado a la Humanidad desde
su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha
incidido de una forma general y frecuente en las personas, y en los modelos sociales y
políticos.
La Filosofía del Derecho se encarga de estudiar el derecho de un modo universal; en
todos los tiempos y lugares se da un sistema complejo de normas o instituciones que
informan y regulan la convivencia social con carácter obligatorio.
La actividad especial del jurista, en sentido estricto, consiste en explicar un sistema
vigente, se limita a comprender e interpretar en su propio sentido las normas positivas,
sin indagar si podría haber otras mejores. Además de esta actividad particular, existe la
necesidad humana de investigar y valorizar la Justicia, o sea el Derecho en su deber ser.
Esta investigación se desarrolla de una forma autónoma, comprendiendo la búsqueda
del ideal, la crítica de la racionalidad y la legitimidad del Derecho existente.
Encargándose la Filosofía del Derecho, de la investigación cabal de lo que debe o
debiera ser en el derecho, frente a lo que es, contraponiendo una verdad ideal a una
realidad empírica.
Las grandes cuestiones de la Filosofía del Derecho son: la Espistemología Jurídica, la
Ontología Jurídica, la Axiología Jurídica y la Filosofía Jurídica y Existencial. Estas
cuestiones se desarrollan como parte de la definición y evolución de la Filosofía del
Derecho.
El texto didáctico está conformado de tres unidades, cuyos contenidos están vinculados
con la Filosofía del Derecho en general; la Justicia como fin primordial de todo sistema
u ordenamiento jurídico; y, el Derecho desde su concepto, clases, relaciones con otras
ciencias, su importancia dentro de la Sociedad.
El desarrollo de los diversos temas que forman parte de las unidades didácticas antes
mencionadas, le permite a usted como estudiante una mejor comprensión del Derecho,
su razón de ser. Generando en éste, la convicción de la necesidad de un ordenamiento
jurídico y su consecuente cumplimiento por parte de todos los integrantes de la
sociedad, para el logro de la justicia y la equidad.
Sistema de Educación a Distancia
6
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
7
REQUISITOS PARA LA ASIGNATURA
 Recordar la Filosofía en general y su evolución histórica.
 Haber aprobado las asignaturas de Introducción al Pensamiento Crítico y Lógica
Jurídica.
 Interés por la lectura de los diferentes tratadistas de Filosofía del Derecho.
 Capacidad de concentración al reflexionar sobre temas relacionados con la Filosofía
del Derecho.
 Capacidad de análisis de conceptos y doctrinas.
 Investigar constantemente; los filósofos del Derecho al estar en permanente estudio,
pueden cambiar ciertas tesis y doctrinas jurídicas.
 Capacidad de síntesis.
OBJETIVOS DE LA ASIGNATURA
 Lograr una capacidad de síntesis, reflexión, profundidad, diálogo y coherencia de
los temas vinculados con el derecho y la justicia.
 Comprender “qué significa pensar jurídicamente”, esto es, que significa tener una
“experiencia jurídica”; en particular contraponiendo esto a la tradición restrictiva de
la dogmática y la exégesis.
 Alcanzar la capacidad de razonamiento personal y actitud de planteamiento de
interrogantes y respuestas a nivel filosófico – jurídico.
Sistema de Educación a Distancia
8
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
9
CONTENIDOS
UNIDAD 1
INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
Tema 1: Conceptos, origen y formación
Tema 2: Relación de la filosofía con otras disciplinas
Tema 3: Métodos
Tema 4: Filosofía del Derecho y el Derecho Natural
UNIDAD 2
JUSTICIA
Tema 5: Definición y características de la justicia
Tema 6: Justicia legal, distributiva y conmutativa
Tema 7: Justicia y sociedad
Tema 8: Justicia y derecho
PRIMER PARCIAL
Sistema de Educación a Distancia
10
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
11
BIBLIOGRAFÍA
Los libros escogidos para esta asignatura, como fuente bibliográfica, contienen las
definiciones, características, elementos constitutivos, clasificaciones, semejanzas y
diferencias, alcance, importancia y efectos de las diferentes Unidades Didácticas
desarrolladas. Los autores han profundizado en los conceptos de Derecho y Justicia,
utilizando el lenguaje más sencillo para la comprensión de los argumentos y tesis
sostenidas por los Filósofos del Derecho en la evolución histórica de la sociedad.
 Giorgio, Del Vecchio. Fisolofía del Derecho. Barcelona, Bosch, Casa Editorial,
S.A., 1980.
 Hans, Kelsen. ¿Qué es Justicia? Barcelona, Editorial Ariel S.A., 1992.
 Jaramillo Ordóñez, Hernán. La Ciencia y Técnica del Derecho. Cuenca, Ediciones
Carbol, 2000.
 Escobar Saravia, Carlos. Manual de Filosofía. Buenos Aires, Abeledo-Perrot
Direcciones de internet
 "http://es.wikipedia.org/wiki/Epistemolog%C3%ADa_jur%C3%ADdica
Menciona a la epistemología jurídica, explicando el conocimiento del derecho, se
trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura ha de tener,
cuáles son las maneras de presentarse en las sociedades.
 "http://es.wikipedia.org/wiki/Axiolog%C3%ADa_jur%C3%ADdica
Menciona a la axiología jurídica que trata el problema de los valores jurídicos, es
decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán correcto un modelo de
derecho que primará al momento de elaborar el ordenamiento jurídico o aplicarlo.
 http://www.filosofia.org/
El Proyecto Filosofía en Español pretende potenciar el desarrollo, la difusión y el
conocimiento de la filosofía construida y pensada en la lengua que hablamos cientos
de millones de personas.
 www.todoelderecho.com
Recursos jurídicos de consulta en temas de actualidad.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/4.pdf
La objetividad de las proposiciones jurídicas. El derecho como ciencia del orden
social. El derecho como ciencia de lo justo practicable. El objeto de la ciencia
jurídica. La objetividad de las proposiciones jurídicas.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/5.pdf
La ponderación como procedimiento para interpretar los derechos fundamentales.
Sistema de Educación a Distancia
12
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/10.pdf
Constructivismo jurídico, verdad y prueba.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/12.pdf
Qué es y para qué sirve el derecho.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/18.pdf
La filosofía perenne. Una propuesta vigente para la filosofía contemporánea del
derecho.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/21.pdf
Legalidad, legitimidad, legitimación. Implicaciones éticas.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/34.pdf
Kelsen y el problema de la objetividad.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/36.pdf
La interpretación del derecho.
 http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/48.pdf
Justicia y mulculturalismo.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
13
CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL APRENDIZAJE EN LA
EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA
PROPICIAR UN APRENDIZAJE AUTÓNOMO Y LIGADO A LA
EXPERIENCIA. 1
Es notable el avance de las Ciencias de la Educación que posibilita una planificación
cuidadosa de la utilización de recursos y una metodología que, privada de la presencia
directa del profesor, potencia el trabajo independiente y por ello la individualización del
aprendizaje. Así, la profundización y perfeccionamiento de los sistemas
individualizados de enseñanza, han potenciado esta modalidad de enseñanza-
aprendizaje con rasgos definidos aplicables a sectores determinados del universo
estudiantil (Peñaiver, 1981: 28).
Los sistemas de educación a distancia no sólo pretenden llenar cabezas, sino capacitar y
entrenar al estudiante en aprender a aprender y aprender a tecnificarse (Pastrana:
1985:3), forjando su autonomía en cuanto a tiempo, estilo, ritmo y método de
aprendizaje, al permitir la toma de conciencia de las propias capacidades y posibilidades
para su autoformación. En definitiva, se pretende:
 Que el estudiante adquiera actitudes, intereses, valores que le faciliten los
mecanismos precisos para regirse a sí mismo, lo que le llevará a responsabilizarse en
un aprendizaje permanente.
 Convertirlo en sujeto activo de su formación y al profesor en guía y orientador,
tratando de superar las deficiencias del sistema presencial tradicional.
 Posibilitar un aprendizaje que está ligado fundamentalmente a la experiencia
(Dichanz, 1983: 33-46 y Hough, 1984: 7-23) y en contacto inmediato con la vida
laboral y social. Comprende a una población de adultos, en buena parte activos
laboralmente, que desean perfeccionarse, al disponer de un tiempo, aunque sea
escaso, para el estudio, rompiendo así los clásicos moldes de educación formal
institucionalizada. La educación a distancia no es sólo aprender de lejos; supone la
no separación del individuo de su medio para convertirlo así en propio factor de
educación (Cirigliano, 1983: 20-21)
 Fomentar el logro de una independencia de criterio, capacidad para pensar, trabajar
y decidir por sí mismo y satisfacción por el esfuerzo personal.
1
García Aretio, L. (1989). Para qué la Educación a Distancia. http://www.uned.es/catedraunesco-
ead/articulos/1989/para%20que%20la%20educacion%20a%20distancia.pdf
Lea con atención la siguiente información que contribuirá a conceptualizar uno de los
objetivos fundamentales de la Educación a Distancia como es generar el aprendizaje
autónomo e independiente que apoyado en las nuevas tecnologías de la comunicación
enriquecen el proceso de enseñanza aprendizaje.
Sistema de Educación a Distancia
14
USOS Y REPERCUSIONES DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA
EDUCACIÓN 2
Las nuevas tecnologías constituyen una nueva plataforma para acercar la formación a
las personas. Estamos de acuerdo con Carlos Marcelo, quien señala que la formación
“es una necesidad de las personas y de las empresas. No hay opción de mantenerse al
margen de la evolución de los saberes, salvo en el caso de ocupaciones artesanales
donde la tradición pesa más que la innovación. Y aún en este caso, los medios
tecnológicos resultan ya imprescindibles en la gestión y comercialización de los
productos”. Las nuevas tecnologías hacen posible formas alternativas de trabajo escolar
y han supuesto un cambio en la interactividad, es decir, en cómo nos comunicamos.
¿Por qué y para qué utilizar internet en el ámbito de la educación?
Lo realmente importante es encontrar una información refinada y útil para el usuario
dentro de ese mar de datos y mido que la red alimenta. En este sentido la calidad está
determinada por la facilidad y velocidad de acceso, la actualidad, la precisión y la
confiabilidad.
En todo proceso de búsqueda es indispensable llevar a cabo un análisis crítico de las
fuentes de información, comprobando su exactitud, su credibilidad, el tipo de
destinatario pretendido, la objetividad de los contenidos, el tipo de cobertura, el estilo y
la facilidad de uso.
Cuando un grupo de alumnos muestra interés por un tema muy específico y sobre el que
no hay muchos recursos se puede recurrir a otra aplicación que es el intercambio entre
personas, aplicación que también es extensible a comunidades docentes que sufran un
cierto aislamiento, pero que comparten inquietudes comunes. Además, el desarrollo de
proyectos colectivos permite a los estudiantes intercambiar datos sobre su medio
ambiente o sobre las semejanzas y diferencias culturales entre sus comunidades.
Probablemente una de las aplicaciones educativas más interesantes de Internet es el
aprendizaje autónomo. La primera manifestación de esta aplicación es la enseñanza a
distancia, cuyos orígenes se remontan a finales del siglo XIX. La enseñanza a distancia
ha ido incorporando los nuevos medios técnicos que iban apareciendo y en este sentido
internet ofrece algunas ventajas para satisfacer más eficazmente los nuevos
requerimientos de la educación. Junto a la enseñanza hay otros servicios que pueden ser
útiles para el aprendizaje autónomo: los foros, las sesiones de chat y las listas de correo.
Existe una cierta tendencia a pensar que internet se convertirá en el medio de
comunicación por excelencia, quedando los medios tradicionales relegados a la
categoría de piezas de museo o, en el mejor de los casos, a la de instrumentos de uso
marginal. En el ámbito específico de la comunicación educativa no cabe duda de que
internet cobrará mayor importancia, pero no dejará de ser un instrumento entre otros,
que seguirán siendo imprescindibles para la educación y la transmisión de
conocimiento.
2
www.campusred.net/forouniversitario/pdfs/comunicaciones/documentacion/M_Angeles_Cruz_Camara.pdf
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
15
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
INTRODUCCIÓN
Para comprender la Filosofía del Derecho, el alumno debe conocer los conceptos o
definiciones que los distintos autores han manifestado acerca de esta disciplina en cada
época. De las definiciones se podrá determinar sus características e importancia.
La Filosofía del Derecho ha sufrido transformaciones en el devenir del tiempo, comenzó
siendo dependiente de la Moral, la Teología y la Política; sin embargo, paulatinamente
fue logrando su autonomía, operando una distinción. Como consecuencia de esa
autonomía, se puede relacionar con otras ciencias o disciplinas del conocimiento.
Como todo, la Filosofía del Derecho tiene su objeto, función y sentido; estos aspectos
están relacionados con el sistema jurídico y la búsqueda constante de la justicia, como
elementos substanciales de una convivencia pacífica.
UNIDAD 1
INTRODUCCIÓN A LA
FILOSOFÍA DEL DERECHO
Sistema de Educación a Distancia
16
MAPA CONCEPTUAL
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Determinar las características de la Filosofía del Derecho.
 Identificar el objeto, la función y el sentido.
 Precisar la importancia para el ordenamiento jurídico.
FILOSOFÍA DEL DERECHO
SER OBRAR
HISTORIA
Personas Modelos sociales Modelos políticos
Ordenamiento jurídico
Aplicando un
método
estudia principios de
CONOCER
a través de la
en
que han generado
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
17
DESARROLLO DEL CONTENIDO:
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
En este tema se desarrolla el concepto y la definición de la Filosofía del Derecho para
comprender su importancia y relación con el sistema jurídico obligatorio dentro de un
Estado o Sociedad. Además, la forma en que esta disciplina ha evolucionado y adquirió
la independencia frente a otras ciencias.
En cuanto a su origen, nació unida a la Teología, Moral y Política, generándose una
confusión completa; así como parte de la Teología, se consideraba al Derecho como un
mandato de la Divinidad y como superior al Ser Humano, convirtiéndose en objeto de la
Fe.
2. Objetivos específicos
 Definir la Filosofía del Derecho.
 Identificar las etapas de su evolución histórica.
 Determinar su formación como una disciplina autónoma.
3. Desarrollo del tema
CONCEPTO:
La Filosofía del Derecho es una rama de la Filosofía que se encarga de estudiar los
fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del Derecho. Logra una
aproximación al hecho jurídico, se acerca a un fenómeno que ha acompañado a la
Humanidad desde su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante
histórica que ha incidido de una manera general y frecuente en las personas y en los
modelos sociales y políticos.
La Filosofía no puede entenderse sólo como una reacción espontánea o natural de las
personas. El Ser Humano, por naturaleza, tiene la curiosidad de saber. Esta curiosidad
por saber no es por sí misma filosófica.
En la búsqueda de un concepto claro y sencillo de la Filosofía del Derecho,
encontramos que a la Filosofía en general se la puede comprender desde varias
perspectivas, así la Filosofía Teorética estudia los primeros principios del ser y del
conocer, dividiéndose en estas ramas: Ontología o Metafísica, Gnoseología o Teoría del
TEMA 1
CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN
Sistema de Educación a Distancia
18
Conocimiento, Lógica, Psicología, Filosofía de la Historia y Estética; en cambio, la
Filosofía Práctica estudia los primeros principios del obrar y se divide en Filosofía
Moral y Filosofía del Derecho. Quedando señalado que la Filosofía del Derecho es parte
de la Filosofía Práctica.
La Filosofía considera al Derecho de un modo universal, lo que la diferencia de la
Ciencia del Derecho, que se encarga de los aspectos particulares en la vida de los
miembros de la sociedad. Cuando se superan las particularidades del Derecho, como
sistema jurídico, tratando de entender su integridad lógica, determinando los elementos
esenciales comunes a todos los ordenamientos jurídicos; precisar el concepto de
Derecho, sus relaciones con la Moral, los elementos constitutivos del Derecho Objetivo
y Subjetivo, el sujeto y la relación jurídica, estaremos reflexionando sobre temas que
pertenecen a la Filosofía del Derecho, constituyendo una esfera propia de investigación.
La Filosofía del Derecho puede definirse como “la disciplina que define el Derecho en
su universalidad lógica, investiga los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo
histórico, y lo valora según el ideal de la justicia trazado por la pura razón” (Giorgio del
Vecchio. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Pág. 279).
Cuando esta disciplina describe el origen y la evolución del Derecho, considera que este
proceso conduce a verificar gradualmente el ideal de la Justicia, debido a que el espíritu
humano genera el derecho; convirtiéndose la Filosofía en un medio de progreso
jurídico; siendo el reconocimiento positivo del ideal jurídico.
Con el transcurso del tiempo, con el propósito de definir la Filosofía del Derecho, han
surgido importantes cuestiones de esta disciplina, que se las puede agrupar de la
siguiente forma:
 EPISTEMOLOGÍA JURÍDICA: Entra en la reflexión sobre el conocimiento del
Derecho, se trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura
ha de tener, cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades.
 ONTOLOGÍA JURÍDICA: Se encarga de fijar el ser del derecho, es decir el
objeto sobre el que se va a filosofar; este objeto es anterior al conocimiento que se le
aplica, esto es que tiene una realidad propia antes de ser estudiado. Obtendrá un
concepto del derecho que servirá como base para una reflexión filosófica posterior.
 AXIOLOGÍA JURÍDICA: Trata el problema de los valores jurídicos, es decir,
dilucida los valores que harán correcto un modelo de derecho o que primarán a la
hora de elaborar o aplicar el derecho. Así, en nuestro ordenamiento jurídico no
existe la pena de muerte, sustentándose en el valor de que "el Estado no mate". De
todos los valores del Derecho el más importante es el de "Justicia", tiene tanta
importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la
Justicia.
 DEONTOLOGÍA JURÍDICA: Pone de relieve la relación entre el hombre y la
realidad jurídica; no se puede prescindir del hombre en la realización del derecho
porque la humanidad es la que crea y aplica el derecho, aún más, crea y aplica a sí
misma el derecho. En resumen, comprende el deber, la acción, la práctica del
Derecho.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
19
Estas cuestiones o inquietudes permiten una comprensión general de los principios,
causas y efectos de todas las cosas.
Por lo expuesto, se puede señalar que la Filosofía del Derecho responde a exigencias
naturales y constantes del espíritu humano. Con el despertar de la conciencia crítica
surgió la necesidad de investigar si el ordenamiento jurídico obligatorio es el justo,
si la autoridad que gobierna, manda con razón.
ORÍGENES Y FORMACIÓN:
Los orígenes de la Filosofía en general en el sector occidental se remontan a Grecia.
Etimológicamente, la palabra filosofía significa amor a la sabiduría.
Respecto a la Filosofía del Derecho, en la evolución histórica, comienza a tener mayor
importancia a partir de la Escuela Pitagórica, cuyo pensamiento fundamental es que la
esencia de todas las cosas es el número; por tanto, los principios de los números son los
principios de las cosas. Este concepto matemático abre el camino a consideraciones
astronómicas, musicales y también políticas. La Justicia es una relación aritmética, una
ecuación o igualdad, de la cual se deduce la retribución, el contracambio, la
correspondencia entre el hecho y el tratamiento de que éste ha de ser objeto. Concepto
que se aplica no sólo a la pena en caso de delitos, sino también a otras relaciones
jurídicas en la convivencia social.
En este recorrido histórico para la formación de la Filosofía del Derecho, consta la
Escuela de los Sofistas, siendo la primera que se decidió a afrontar los problemas del
espíritu humano, el problema del conocimiento y el ético, en el siglo V antes de Cristo.
Constituida por un grupo de pensadores con método dialéctico y grandes elocuentes,
caracterizados por discursos antagónicos, provocando actitudes de rechazo público, por
sus tesis contradictorias. Sus principales características eran el individualismo y el
subjetivismo, en consecuencia, cada hombre tiene un modo propio de ver y de conocer
las cosas, por lo que no puede existir una verdadera ciencia objetiva y universalmente
válida, negando toda verdad objetiva, no admiten una justicia absoluta. Lo trascendente
de los sofistas fue lograr la atención sobre los problemas psicológicos, morales y
sociales.
En los inicios de la Filosofía del Derecho, es de resaltar el pensamiento de Sócrates,
Platón y Aristóteles; así Sócrates enseñó a respetar las leyes, inculcando la obediencia
a las leyes del Estado. Platón, discípulo del Sócrates, desarrolló una concepción del
Estado, como organismo perfecto, dentro del cual esté la Justicia, considerándola como
la virtud por excelencia, en la cual existe una relación armónica entre las varias partes
de un todo. Aristóteles, con un carácter más de observador de los hechos, que
especulativo como lo era su maestro Platón, consideró al Estado como una unión
orgánica perfecta, que tiene por fin la virtud y la felicidad universal; el Estado regula la
vida de los ciudadanos mediante leyes, cuyo contenido es la justicia, siendo el principio
de esta última, la igualdad, que se aplica de varias maneras, creando una clasificación de
justicia, la misma que será analizada en otra unidad didáctica.
Sistema de Educación a Distancia
20
Posteriormente, surgieron las Escuelas Estoica y Epicúrea, la primera se deriva de la
Escuela de los Cínicos, quienes se caracterizaron por despreciar todas las leyes (sistema
positivo) y costumbres dominantes, adoptando una actitud negativa frente al Estado,
buscando desvincular a los ciudadanos de éste, regresando a la simplicidad primitiva del
estado de naturaleza. Los estoicos concibieron un ideal de hombre sabio, que venció
todas las pasiones y se ha liberado de la influencias externas, siendo la libertad que
jamás podrá destruir alguna forma de opresión. La Filosofía estoica, de cierta forma, es
la precursora del cristianismo. La segunda escuela antes indicada, tiene como
característica que el único bien es el placer, siendo el fundamento de la obligación.
Epicuro, fundador de esta Escuela en Atenas, consideró a la virtud no como el fin
supremo (criterio estoico), sino un medio para llegar a la felicidad. Generó preceptos
éticos que originó una teoría sobre la gradación de los placeres. Su doctrina no es
puramente materialista, pues consideraba a la amistad como el más grande de los
placeres. Su pensamiento respecto al Estado, se sustenta en la concepción utilitaria, así
niega la naturaleza sociable y gregaria del hombre, por lo que la lucha permanente entre
los hombres, era fuente de dolor, naciendo la necesidad de la formación del Estado.
De esta manera, Epicuro consideraba al Derecho como un pacto de utilidad y el Estado
es el efecto de un convenio, que los hombres podrán romper siempre que no se
encuentren en tal unión la utilidad que se propusieron al concertarlo; encontrándonos
frente a la primera formulación de la teoría del contrato social.
Durante el desarrollo histórico de la Filosofía del Derecho, en Roma se produjeron
corrientes filosóficas, derivadas de Grecia. Los Juristas Romanos no alcanzaron una
gran altura en las abstracciones teóricas, en las ideas puramente filosóficas; pero
lograron llevarlas a la práctica del Derecho Positivo, en la aplicación concreta de las
normas, satisfaciendo las exigencias lógicas y las necesidades cambiantes de la realidad.
Lograron progresos en el Derecho, según el contenido de las nuevas exigencias, con una
técnica formal perfecta.
El derecho positivo ecuatoriano tiene su principal origen en el derecho romano, el cual
se sustentó en la filosofía griega. Las instituciones jurídicas que conforman el Derecho
Civil tienen su sustento en el derecho positivo romano.
De una manera resumida, las siguientes etapas en la evolución histórica de la Filosofía
del Derecho, luego de los Juristas Romanos, se encuentran: el Cristianismo en la Edad
Media, sustentada en la doctrina religiosa y moral, alcanzó efectos e influencia notables
sobre la política, en cuanto a la organización social de la Iglesia que tenía caracteres
propios de todo sistema político; y la jurisprudencia, considerando valores cristianos
como la caridad. Además, una nueva concepción del Estado frente a la Iglesia, pues la
meta última no es solamente la vida civil, sino alcanzar la beatitud celeste, mediante la
subordinación a los preceptos divinos interpretados por la Iglesia; la cual se convierte en
un ente autónomo superior al Estado, debido a que se ocupa de los fines eternos,
complicándose la relación política, entre Estado e Iglesia.
La Filosofía del Derecho durante la Edad Moderna, contó con algunos pensadores
sobresalientes en sus tesis, entre ellos, Montesquieu, quien busca explicar a través de
sus ensayos, las leyes, las instituciones jurídicas, costumbres y ordenamientos políticos
y sociales de varios pueblos, para demostrar las razones y motivos que los han
determinado.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
21
Entre sus méritos está el método histórico utilizado en sus investigaciones acerca del
Derecho y el aporte de doctrinas políticas. Enunció que “para que no se pueda abusar
del poder, es preciso que el poder detenga al poder”, debiendo organizarse los Poderes
del Estado, de tal forma, para que se limiten mutuamente; distinguiendo tres poderes:
Legislativo, Ejecutivo y Judicial, principio filosófico y político contenido en nuestra
Constitución Política.
Juan Jacobo Rousseau y el Contrato Social, partiendo del criterio que la sociedad
política debe aceptarse como un hecho irrevocable, dentro de la cual debe conseguirse la
libertad y la igualdad, de las cuales disfrutaba el hombre en la etapa primitiva. Para
hacer efectivo el goce de los derechos naturales del hombre civilizado, lo importante es
encontrar un modo para restablecer esos derechos, siendo éste el Contrato Social.
El concepto de Contrato Social para Rousseau era una forma ideal de asociación, en la
cual la pertenencia a un cuerpo político no destruye la libertad de los individuos; su
contenido significaba la consagración política de los derechos de libertad e igualdad,
propios del hombre en el estado de naturaleza. Además, manifestó que era un postulado
de la razón, una verdad no histórica, sino normativa y reguladora. Con este concepto
quiso indicar la forma en que debe ser constituido el orden jurídico, a fin de que
socialmente sean conservados íntegros los derechos que el hombre tiene por naturaleza.
En resumen, concibió al Contrato Social como un modo en que los individuos por un
instante confieren sus derechos al Estado, el cual después se los reintegra a todos como
derechos civiles.
Otro filósofo que influyó en el Derecho fue Manuel Kant, quien tiene el mérito de
haber despejado aquella confusión, afirmando el valor puramente racional (regulativo)
de los principios del Derecho Natural. Concibe al Contrato Social como pura idea que
expresa el fundamento jurídico del Estado como su arquetipo (modelo) racional.
A Kant se lo puede considerar como un renovador de la Filosofía del Derecho, de él
proceden las diversas corrientes filosóficas, como fueron el idealismo, el empirismo y el
positivismo. Así mismo, se propuso investigar las condiciones y los límites de nuestro
conocimiento y determinar la posibilidad y el valor del mismo.
En la formación de la Filosofía del Derecho, desde su origen, han sido diferentes autores
y doctrinarios los que con sus pensamientos y análisis crítico permitieron el surgimiento
de esta rama de la Filosofía en General.
Siguiendo con el desarrollo histórico, también existió el Historicismo Político o
Filosofía de la Restauración, cuyos expositores señalaban que el Derecho no es
abstracto que se pueda descubrir por deducción, esto es, producido por el pensamiento
de un hombre; por el contrario, se trata de un hecho histórico, que supone la elaboración
y transmisión de generación en generación.
Posteriormente, el Historicismo Filosófico o Idealismo Objetivo, representado por
Schelling y Hegel; y, el Historicismo Jurídico o Escuela Histórica del Derecho,
siendo un filósofo trascendente de esta escuela, Carlos Savigny, quien sostenía que
debían unificarse todas las leyes vigentes en los varios Estados, formando un solo
Sistema de Educación a Distancia
22
Cuerpo de Leyes, sustentando su tesis, en un aspecto de carácter práctico, debido a los
inconvenientes al existir disparidad de las leyes y de las costumbres.
En la época contemporánea se cuenta con numerosos filósofos del Derecho, en ciertos
casos con nuevas criterios o tesis; otros, siguiendo con mayor fuerza las corrientes de
pensamiento, importantes en tiempos anteriores. Es de señalar, que el sistema jurídico
ecuatoriano tiene su base en el pensamiento filosófico del occidente, en sus diferentes
normas o disposiciones se recoge los criterios emanados de los seguidores de las
diferentes escuelas antes mencionadas.
La Filosofía del Derecho obtiene su autonomía porque el filósofo, jurista es un amante
del conocimiento, en búsqueda de la verdad, alcanzar la justicia, la paz y el bien común.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas
reflexivas del contenido desarrollado. Además, el estudiante puede profundizar respecto
del pensamiento de los diferentes filósofos del Derecho, de los cuales solamente consta
una síntesis de sus tesis o los aspectos destacables para la formación de esta disciplina, y
su influencia en los sistemas jurídicos de los diferentes países, en particular del
Ecuador.
El alumno deberá hacer una lectura pausada para una mejor comprensión del tema
desarrollado, y necesitará de un lugar y momento adecuados para interiorizar el
contenido.
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23
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
I. Subraye la opción que corresponda:
1. La Filosofía del Derecho se originó unida a la:
a. Lógica b. Moral c. Historia
2. La Filosofía considera al Derecho de un modo:
a. Universal b. Particular c. Mixto
3. La Ontología Jurídica es la que se encarga de analizar respecto del derecho, lo
siguiente:
a. Sujeto b. Objeto c. Método
4. La Filosofía del Derecho, durante su evolución histórica, comienza a tener mayor
importancia a partir de la Escuela:
a. Sofista b. Pitagórica c. Estoica
5. El Cristianismo que se sustentó en la doctrina religiosa y moral, apareció en la edad:
a. Antigua b. Moderna c. Media
II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda:
1. La Axiología Jurídica dilucida los valores en que se sustenta un modelo
de derecho. ( )
2. Montesquieu aportó con el concepto de contrato social como una forma ideal de
asociación de individuos. ( )
3. A Manuel Kant se lo considera un renovador de la Filosofía del Derecho porque
aportó criterios para corrientes filosóficas como el idealismo, empirismo y
positivismo. ( )
4. Uno de los principales pensadores de la Escuela Histórica del Derecho es Carlos
Savigny. ( )
5. Rousseau aportó con la tesis de la división de los poderes del Estado para que exista
controles mutuos y limitaciones. ( )
Sistema de Educación a Distancia
24
I. OPCIÓN MÚLTIPLE
1. b.
2. a.
3. b.
4. b.
5. c.
II. VERDADERO O FALSO
1. V
2. F
3. V
4. V
5. F
SOLUCIONARIO
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25
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
En este tema se indica el vínculo que tiene la Filosofía del Derecho con otras disciplinas
en general, así mismo, con diferentes ramas del Derecho; partiendo de que se encarga
del análisis de los diferentes corrientes o escuelas filosóficas, tiene como fin explicar la
creación del sistema jurídico como instrumento para la convivencia pacífica de los
individuos.
En sus inicios, la Filosofía formaba parte de otras ramas del conocimiento; sin embargo,
al lograr su independencia, sigue estando relacionada con las disciplinas a las que
perteneció.
2. Objetivos específicos
 Señalar las disciplinas con las que se relaciona la Filosofía del Derecho.
 Determinar la importancia de la relación con otras disciplinas.
3. Desarrollo del tema
La Filosofía y el Derecho guardan una estrecha relación, en el plano filosófico y en
forma regular, lo que se debe a que todo ser humano trata de dar una explicación sobre
los diferentes problemas universales del Derecho.
La actividad intelectual de los seres humanos genera una conexión entre las diferencias
ciencias del saber, porque constituyen una unidad, con carácter orgánico y sistemático.
Por tal motivo, la Filosofía del Derecho se encuentra relacionada con otras disciplinas
como con:
 LÓGICA: Se la define como la “ciencia que estudia las formas del conocimiento en
general y del conocimiento científico en particular”; con frecuencia, se indica que es
la ciencia que se ocupa de las formas y leyes del pensamiento, siendo éste último, el
resultado de un proceso intelectual que hace el sujeto, en virtud de las impresiones
causadas por el objeto.
El filósofo del Derecho, el jurista, debe tener un pensamiento ordenado, preciso y
coherente; utilizando los juicios, criterios, conceptos alcanzados en la solución de
los problemas del contexto real.
TEMA 2
RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS
DISCIPLINAS
Sistema de Educación a Distancia
26
La forma de expresar el pensamiento es a través del lenguaje; el cual es un sistema
de signos por medio del cual el hombre elabora, manifiesta y comunica sus
pensamientos a los demás. El pensamiento es abstracto, mientras el lenguaje es
escrito o verbal.
Los diferentes cuerpos legales que conforman el ordenamiento jurídico ecuatoriano
son la expresión del pensamiento legislado y escrito de forma coherente y
organizada. El lenguaje jurídico se convierte en un conjunto sistemático de signos
que utilizan los operadores jurídicos (jueces, abogados, juristas) para comunicarse
razonadamente con los miembros de la sociedad.
El profesional del Derecho para demostrar la validez de sus conocimientos y
experiencias, recurre a la lógica jurídica y a la filosofía del Derecho, utilizando un
pensamiento ordenado, con conceptos, razonamientos y criterios que son el
fundamento de sus planteamientos. El pensamiento lógico y jurídico es una
actividad racional del cerebro humano.
El sistema positivo de los distintos Estados tiene un sustento filosófico, como se lo
señaló al tratar de los orígenes y formación de la Filosofía del Derecho; siendo
necesario el uso de la lógica, esto es, un pensamiento ordenado y coherente, para la
aplicación de las normas jurídicas y la solución de problemas legales.
 ÉTICA: Es la que se ocupa de una situación en la que intervienen normas morales,
que ordenan cierto tipo de comportamiento humano, y que a su vez están recogidas
en las normas legales; así en el caso de matar y robar están consideradas como
conductas incorrectas y constan como delitos en el Código Penal Ecuatoriano.
La conforman un sistema de normas que regula las relaciones mutuas de los
individuos, determinados por la fuerza de las costumbres y aceptadas por el orden
social establecido; siendo su objetivo principal conseguir el bien mediante el
cumplimiento del “deber” o del “obrar”.
La Filosofía del Derecho tiene una estrecha vinculación con la Ética, pues la primera
busca explicar los principios y valores que conforman a la segunda, como es el
deber, el honor, la justicia. Cabe precisar que las normas de comportamiento no son
preceptos estáticos, sino que se transforman por las condiciones económicas,
políticas, culturales, religiosas y sociales, según las necesidades humanas.
 SOCIOLOGÍA: Esta ciencia tiene como objetivo el estudio de las sociedades a
través de una profunda observación de los hechos sociales para lograr descubrir las
leyes del desarrollo, lo que nos permite comprender por qué ocurren los diferentes
acontecimientos y hacia donde se proyectan.
García Maynez manifestó que “la Sociología es la disciplina que tiene por objeto la
explicación de los fenómenos jurídicos considerados como hecho social”; en
complemento, Del Vecchio sostuvo que “no se concibe sociedad sin Derecho, ni un
Derecho sin una sociedad humana”.
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27
La Sociología se dedica a descubrir y explicar las causas y consecuencias de los
diferentes acontecimientos sociales; esta rama de la Filosofía busca definir el
Derecho en su universalidad lógica, investigando los orígenes y los caracteres
generales de su desarrollo histórico, valorando según el ideal de la justicia trazado
por la razón; y, el Derecho es un hecho social, que tiene transformaciones con
efectos jurídicos, que precisamente la Filosofía los analiza, investigando la razón de
los diferentes hechos sociales. En conclusión, la Sociología estudia lo que es, los
hechos acaecidos; mientras la Filosofía del Derecho es deber ser, la determinación y
el ideal del Derecho.
 PSICOLOGÍA: Se puede entender como la ciencia que estudia los procesos y
estados concientes del hombre, que proporciona al derecho bases prácticas y seguras
para el mejor ejercicio y control de la conducta humana (Hernán Jaramillo Ordóñez.
CIENCIA Y TÉCNICA DEL DERECHO. Pág. 162).
El Derecho es cabalmente un hecho del espíritu humano. Las personas son sujetos
del Derecho, cuyo comportamiento y conducta es la consecuencia de sus estados
mentales, por esto, la importancia de la psicología para el ordenamiento jurídico.
Esta disciplina tiene importancia para los filósofos al investigar el Derecho, por
cuanto los sistemas jurídicos se generan del pensamiento ordenado y sistemático, y
están encaminados a regular la convivencia social, tratando de comprender el
alcance del comportamiento humano.
Cada persona tiene diferentes reacciones ante los estímulos, así puede ocurrir que un
mínimo estímulo hace enojar a determinada persona, mientras que a otra, no le
genera ninguna emoción fuerte. De este análisis se encarga la psicología, no
obstante, la filosofía le confiere el sentido de la presencia de estos comportamientos
humanos en el ordenamiento jurídico.
Establecido el Derecho Positivo, las normas imperativas que lo integran se dirigen a
las conciencias individuales, exigiendo obediencia, una conducta determinada,
retornando al espíritu que las originó.
 ADMINISTRACIÓN: Considerada como un proceso sistemático, metódico,
organizado y ordenado para obtener los resultados previstos y planeados; coordina
acciones encaminadas a alcanzar los propósitos preestablecidos, entre los que se
encuentra un servicio eficiente y eficaz.
La prestación de un servicio eficiente y eficaz debe consistir el principal propósito
de la administración, y tratándose de la Administración Pública está dirigida a la
satisfacción de las necesidades de la colectividad; entonces la Filosofía se encarga
de estudiar la razón de ser o el deber ser del referido servicio, así como el que estén
regulados por las normas jurídicas.
 JURISPRUDENCIA: Al considerar la Filosofía al Derecho en universal, se vincula
con la ciencia del Derecho Positivo, la Jurisprudencia, proporcionándole las razones
y los criterios fundamentales; resumiendo y unificando con sentido lógico los datos
particulares de los fallos o sentencias.
Sistema de Educación a Distancia
28
Existe una necesidad recíproca de conexión entre la Filosofía del Derecho y la
Jurisprudencia; por una parte, la primera debe considerar la realidad histórica o
positiva para poder encontrar y aplicar los criterios; y por otra, la Jurisprudencia
utiliza esos criterios. Siendo confrontados los fenómenos jurídicos particulares con
la noción universal del Derecho, que es la Filosofía; además, dichos fenómenos
deben ser reformulados según la evolución jurídica en general, y valorados
conforme el principio ideal de la Justicia.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda la lectura comprensiva de otras
definiciones de las disciplinas relacionadas con la Filosofía del Derecho. Determinar
con precisión dichas definiciones para entender su alcance y la relación con la ciencia
en estudio.
El alumno deberá hacer una lectura con calma y despacio para una mejor comprensión
del tema desarrollado, y necesitará de un lugar y momento adecuados para interiorizar el
contenido.
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29
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
I. Subraye la opción que corresponda:
1. La disciplina que estudia las formas y leyes del pensamiento es:
a. Filosofía b. Sociología c. Lógica
2. La ciencia que se ocupa de las normas morales que ordenan el comportamiento
humano es:
a. Psicología b. Ética c. Sociología
3. La disciplina que se dedica a descubrir y explicar los acontecimientos sociales es:
a. Sociología b. Lógica c. Ética
4. Cuando la Filosofía del Derecho vincula a la disciplina que estudia los estados
mentales del hombre, se refiere a:
a. Lógica b. Psicología c. Ética
5. La ciencia que utiliza los criterios filosóficos para unificar los fallos o sentencias es:
a. Lógica b. Administración c. Jurisprudencia
II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda:
1. El lenguaje jurídico se convierte en un conjunto sistemático de signos que utilizan
los operadores jurídicos. ( )
2. Las normas de comportamiento son preceptos estáticos, que no tienen influencias
económicas, culturales y políticas. ( )
3. La Sociología estudia el deber ser y la Filosofía los hechos sociales. ( )
4. Todas las personas tienen la misma reacción ante el ordenamiento jurídico. ( )
5. La Administración es un proceso sistemático, metódico y organizado para obtener
los resultados previstos y planeados. ( )
Sistema de Educación a Distancia
30
I. OPCIÓN MÚLTIPLE
1. c.
2. b.
3. a.
4. b.
5. c.
II. VERDADERO O FALSO
1. V
2. F
3. F
4. F
5. V
SOLUCIONARIO
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31
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
En este tema se desarrollan los métodos de la Filosofía del Derecho, entendiéndose al
método como el camino o el procedimiento que sigue el pensamiento humano para
conocer la verdad; o, también se lo considera como un conjunto de reglas a las que debe
atenerse la mente en sus procesos cognoscitivos.
Se describen los métodos que se utilizan en la Filosofía del Derecho para llegar a
comprender el Derecho en general, su origen, fines y la formación de un sistema
jurídico que regula la convivencia social.
2. Objetivos específicos
 Determinar los métodos utilizados en la Filosofía del Derecho.
 Señalar las características de los métodos, ventajas y desventajas.
3. Desarrollo del tema
CONCEPTO:
El método en un sentido amplio, se considera al procedimiento utilizado por los
investigadores, pensadores y doctrinarios para llegar al conocimiento de la verdad y de
la realidad.
CLASES:
Se distinguen dos tipos principales de métodos en general, que son la inducción y la
deducción. Cuando se parte de hechos particulares para llegar a principios generales,
estamos frente a la inducción; mientras que al partir de los principios generales hacia los
casos particulares, estamos frente a la deducción.
La inducción es completa cuando se considera la totalidad de los casos observados. En
el caso de la deducción, una forma típica es el silogismo, se llega al conocimiento de lo
particular, sustentándose en el conocimiento de lo general.
MÉTODOS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO:
Para alcanzar el conocimiento del Derecho en su universalidad, se utilizan los dos
métodos antes señalados, deductivo e inductivo.
TEMA 3
MÉTODOS
Sistema de Educación a Distancia
32
En la primera investigación de esta disciplina, tiene la primacía el método deductivo, es
decir, un análisis racional, debiendo ser analizadas las condiciones que determinan la
posibilidad del Derecho y su conocimiento.
Es necesario, tener un criterio respecto del Derecho, a fin de distinguirlo de otras
manifestaciones de la historia, como es la moral, la religión. Para lo cual, la experiencia
sirve de confrontación. Este método también es usado para investigar respecto del ideal
del Derecho, es decir, de la valoración superior a los hechos. La observación empírica
(la experiencia) presenta hechos conformes o contrarios al ideal.
Para la investigación de la evolución histórica y la fenomenología del derecho
prevalecerá el método inductivo. Se recogen hechos, se analizan las instituciones
jurídicas positivas de los diferentes Estados; para lo que se requiere principios
racionales, como la noción del Derecho y de la causa.
Al utilizar el método inductivo en la investigación, hay que estar exento de prejuicios a
favor o en contra de cualquier institución o dato del hecho.
El método inductivo comprende dos tipos: el método genético y el comparativo. El
genético servirá para obtener un conocimiento integral de la evolución del Derecho,
partiendo de sus inicios. El método comparativo está relacionado con el Derecho de
cada sociedad que se presenta con sus caracteres unilaterales y no puede brindar un
cuadro completo de la entera realidad humana.
Dentro del método comparativo, al confrontar el Derecho de diferentes sociedades, se
observa una evolución distinta. Una investigación cuidadosa, permite discernir, por lo
menos hasta cierto punto, los diversos estratos que en un sistema jurídico corresponden
a los momentos diversos de su desarrollo; siendo posible descubrir en el mismo sistema,
la historia de su formación; así una costumbre antigua en desarmonía con el Derecho
escrito, podrá conducir a reconstruir todo un orden de relaciones características de una
edad ya pretérita y desaparecida.
Las observaciones hechas en esta disciplina, muestran una verdad de gran importancia,
que el espíritu humano es uno y sigue las mismas leyes en el desenvolvimiento;
encontrando las mismas instituciones jurídicas en sociedades entre los cuales se ha
probado que no existió intercambio o comunicación.
Comunicabilidad del Derecho, esto es, las influencias de la comunicación histórica, por
el cual, el derecho de una sociedad pasa a otra, porque se lo puede asimilar haciendo las
adaptaciones oportunas; el Derecho es un fenómeno de la Humanidad.
El Derecho Romano fue acogido por diversos sistemas positivos de otros Estados, así en
Alemania fue transformado en Derecho Común. En el caso de Ecuador, la mayoría de
las instituciones jurídicas contenidas en el Código Civil tienen su origen en el Derecho
Romano, de allí la importancia del estudio del Derecho Romano para alcanzar a
comprender otras ramas del Derecho.
Se puede observar que no habría contradicción entre la comunicación histórica y la
uniformidad natural del Derecho, al existir un fondo de identidad en el espíritu humano.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
33
En el Derecho de cada Estado existen presupuestos universales que reflejan la común
naturaleza, haciendo que las evoluciones jurídicas particulares puedan interrelacionarse
con otras, generando sistemas mixtos mutuos.
Las comunicaciones o conexiones históricas contribuyen, a fomentar el proceso de
coordinación jurídica de la Humanidad, que tiene su base primaria en el fondo común
de la naturaleza humana.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda al alumno hacer una lectura
pausada y reflexiva para una mejor comprensión del contenido desarrollado.
El estudiante puede utilizar los métodos planteados, haciendo un análisis filosófico de
las disposiciones jurídicas contenidas en el Código Civil Ecuatoriano, que tiene una
gran influencia del Derecho Romano.
Sistema de Educación a Distancia
34
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
I. Subraye la opción que corresponda:
1. El método del que se parte de los hechos particulares a los principios generales, se
denomina.
a. Inductivo b. Deductivo c. Ecléctico
2. El silogismo es una forma típica del método:
a. Deductivo b. Inductivo c. Comparativo
3. Cuando se confronta el Derecho de las distintas sociedades para observar su
evolución histórica, se trata del método:
a. Deductivo b. Comparativo c. Inductivo
4. Cuando el Derecho de una sociedad pasa a otra, haciendo adaptaciones oportunas,
existe:
a. Deducción b. Inducción c. Comunicabilidad
5. El método que tiene como propósito obtener un conocimiento integral de la
evolución del Derecho, se denomina:
a. Comparativo b. Inductivo c. Genético
II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda:
1. El método no es un procedimiento, sino una situación en particular. ( )
2. El método inductivo se clasifica en dos tipos: genético y comparativo. ( )
3. La Filosofía del Derecho únicamente utiliza el método deductivo. ( )
4. El método inductivo prevalecerá en la investigación de la evolución histórica y
fenomenológica del Derecho. ( )
5. El Derecho es un fenómeno de la Humanidad, por eso su comunicabilidad entre los
diferentes sistemas jurídicos de las sociedades. ( )
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35
I. OPCIÓN MÚLTIPLE
1. a.
2. a.
3. b.
4. c.
5. c.
II. VERDADERO O FALSO
1. F
2. V
3. F
4. V
5. V
SOLUCIONARIO
Sistema de Educación a Distancia
36
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
En este tema se desarrolla el concepto del Derecho Natural y su relación con la Filosofía
del Derecho. La evolución del Derecho Natural hasta la aparición del Derecho Positivo.
La doctrina del Derecho natural en la búsqueda de la justicia, en la determinación de lo
bueno y malo para las relaciones humanas. El estudio de los hechos humanos para
lograr una justa solución a los problemas que surgen de la convivencia social.
Al principio, la Filosofía del Derecho se encargó del análisis de lo abstracto, luego
surgió la necesidad de profundizar acerca de lo concreto y del hecho histórico positivo
del Derecho.
2. Objetivos específicos
 Establecer la relación entre la Filosofía del Derecho con el Derecho Natural.
 Determinar las características del Derecho Natural.
3. Desarrollo del tema
El DERECHO NATURAL: Se lo considera como el criterio que permite valorar el
Derecho Positivo y medir la intrínseca justicia del mismo. Cuando entra en
contradicción con el Derecho Positivo, conserva su validez de criterio ideal. El Derecho
Positivo, esto es, el conjunto de normas que componen el ordenamiento jurídico, no
desconoce por completo el vínculo jurídico natural, que puede subsistir aun fuera de las
condiciones señaladas en las normas legales para la validez de los actos y negocios
jurídicos.
Este Derecho busca obtener de la naturaleza de las reglas justas de la conducta humana,
con una gran influencia religiosa. Así, Grocio definió a la Ley Natural como dictado de
la naturaleza racional, a través del cual, Dios, autor de la Naturaleza, prohíbe o manda
ciertos actos. Este mismo pensador afirmó que la ley natural procede de los rasgos
esenciales implantados en el hombre, se puede atribuir a Dios, quien ha deseado que
estos rasgos existan en las personas. 3
3
Kelsen, Hans. ¿QUÉ ES JUSTICIA? Pág. 65.
TEMA 4
FILOSOFÍA DEL DERECHO Y
EL DERECHO NATURAL
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
37
EVOLUCIÓN DE LA RELACIÓN: El Derecho Natural surgió antes de existir un
análisis científico del Derecho Positivo, así mismo la Filosofía del Derecho es anterior a
la Ciencia del Derecho; incluso en algún momento, se la identificaba como Derecho
Natural.
A principios del Siglo XIX se generó una reacción contra el Derecho Natural, y en
general contra el pensamiento metafísico; sosteniendo que la Filosofía del Derecho
debía investigar los hechos concretos. Esta actitud de rechazo se produjo porque los
propulsores del Derecho Natural en sus investigaciones habían olvidado el estudio
material histórico, haciendo un uso inadecuado de la metafísica, apartándose del
propósito de ésta. Sin embargo, se debe evitar los extremos, estudiando únicamente al
Derecho Positivo, olvidándose de lo justo como puro ideal.
Frente a la reacción señalada, por algunos errores de los doctrinarios del Derecho
Natural, se cambió el nombre de la disciplina, pasando a ser Filosofía del Derecho,
denominación que para algunos autores es más comprensiva, con un sentido genérico,
debiendo conservarse de esta manera.
Lo importante es la búsqueda constante del ideal de la justicia, considerada como una
virtud por antiguos filósofos griegos, y como un alto valor del espíritu humano junto
con la caridad, para la escuela del cristianismo. El ser humano debe consagrar gran
parte de su vida al estudio y a la defensa de la justicia.
El respeto auténtico del ideal consiste en suponer que se verifique siempre en los
hechos, en la realidad empírica, sino en considerarlo tal y como es, como algo que tiene
vigencia y es verdadero, aun cuando se le opongan las eventualidades físicas.
LA DOCTRINA DEL DERECHO NATURAL Y LA CIENCIA: Se parte de que la
naturaleza es el supremo creador, que los fenómenos naturales tienen un objetivo o
revisten una finalidad, dotando a la naturaleza de voluntad e inteligencia; convirtiéndose
en un ser a quien el hombre le debe obediencia.
En los albores de la humanidad, surge el animismo, el ser primitivo cree que los objetos
de la naturaleza están animados; haciéndose una interpretación social de la naturaleza.
El animismo fue una interpretación religiosa de la naturaleza. Posteriormente, nace el
monoteísmo, sustituyendo al animismo, siendo el sustento que al crear Dios a la
naturaleza, es una manifestación de su voluntad todopoderosa y justa; pudiéndose
deducir de la naturaleza reglas justas de conducta humana.
Para pensadores como Hobbes, los dictados de la razón (principios del Derecho Natural)
pueden tener fuerza de Ley, si se mantiene que incumbe a Dios, siendo las leyes de la
naturaleza (creación divina) eternas e inmutables; mientras que las leyes positivas,
creadas por el hombre, son pasajeras y cambiantes.
La primera objeción que hace la ciencia a la doctrina del Derecho Natural es que no
diferencia entre las leyes científicas de la naturaleza, para describir su objeto, y las
reglas mediante las cuales la Ética y la Jurisprudencia describen su objeto, como la
Moral y el Derecho. El valor que se otorgue al objeto dependerá de una norma
preestablecida y no de sus características y propiedades.
Sistema de Educación a Distancia
38
En las sociedades existen sistemas jurídicos y morales diferentes, mientras que sólo
existe un sistema de la naturaleza.
Los antiguos iusnaturalistas atribuyeron al Derecho Natural una verdad fenoménica,
identificando el concepto metafísico con el concepto físico de la naturaleza; mientras
que los modernos, reconocieron sólo la existencia del Derecho Positivo, negando con
frecuencia, la existencia de un Derecho Natural como criterio ideal del Derecho
Positivo.
La doctrina del Derecho Natural, como el animismo primitivo, concibe la naturaleza
como parte de la sociedad, y la Ciencia Moderna es el resultado de un proceso
caracterizado por la tendencia a liberar la interpretación de la naturaleza de las
categorías sociales. Dicha doctrina puede sobrevivir si reconoce su carácter religioso.
Por otra parte, entre las funciones más esenciales de la doctrina del Derecho Natural es
justificar el establecimiento del Derecho Positivo o la existencia de un Estado
competente para establecerlo. Notándose una dualidad que consiste en la naturaleza
humana buena, pero que requiere de un sistema coercitivo para castigar la maldad. Sin
embargo, los juristas han admitido que la ley nunca puede contrariar a la razón.
Uno de los métodos para lograr una identificación entre el Derecho Positivo y el
Derecho Natural es partiendo de la definición de justicia, aceptada por los seguidores de
la doctrina del Derecho Natural: “A cada cual según sus necesidades”; fórmula, que a
criterio de Hobbes, presupone un ordenamiento jurídico que determine qué es lo de cada
cual; no pudiéndose dar justicia en donde no existe el Derecho Positivo.
La doctrina del Derecho Natural puede contener conceptos no verificables, no obstante,
continuará teniendo influencia sobre el pensamiento social por satisfacer una necesidad
humana de justicia.
Un análisis de esta doctrina desde la Ciencia, desde una búsqueda de la verdad, carece
de valor. Puede resultar útil, desde una perspectiva política, como un instrumento
intelectual para la lucha por la consecución de intereses determinados.
4. Orientaciones específicas para el estudio
Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas
reflexivas de su contenido.
El alumno luego de hacer las lecturas comprensivas del contenido completo del tema,
podrá profundizar cada parte de éste, sin romper la unidad del mismo, con el propósito
de retener la información básica que le permita formar su propia corriente del
pensamiento filosófico.
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39
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
I. Subraye la opción que corresponda:
1. La Ley Natural como dictado de la naturaleza racional, a través del cual Dios, su
creador, prohíbe o manda ciertos actos, fue manifestado por:
a. Hobbes b. Pufendorf c. Grocio
2. La reacción en contra del Derecho Natural se produjo en el siglo:
a. XVIII b. XIV c. XIX
3. La doctrina del Derecho Natural tiene como principal objeto de estudio:
a. Hombre b. Relaciones c. Naturaleza
4. En la época en que el ser primitivo le da una interpretación social de la naturaleza,
se lo denomina:
a. Animismo b. Monoteísmo c. Politeísmo
5. La doctrina del Derecho Natural analizada desde la Ciencia, considera que puede
resultar útil para:
a. Sociología b. Política c. Historia
II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda:
1. El Derecho Natural es posterior al Derecho Positivo. ( )
2. A la Filosofía del derecho en algún momento de la Historia se la identificaba con el
Derecho Natural. ( )
3. El rechazo del Derecho Natural originó que la Filosofía del Derecho se encargara de
investigar hechos concretos. ( )
4. Como consecuencia de la reacción en contra del Derecho Natural por los abusos de
la metafísica, se produjo un cambio de nombre de la disciplina. ( )
5. Un método para lograr una identificación del Derecho Natural y Positivo es
partiendo de la definición de naturaleza. ( )
Sistema de Educación a Distancia
40
I. OPCIÓN MÚLTIPLE
1. c.
2. c.
3. c.
4. a.
5. b.
II. VERDADERO O FALSO
1. F
2. V
3. V
4. V
5. F
SOLUCIONARIO
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
41
ACTIVIDADES PARA LA REFLEXIÓN E INDAGACIÓN
1. Esquematizar las diferencias entre la Filosofía del Derecho y otras disciplinas afines,
en la que consten mínimo dos diferencias.
2. Indicar la importancia de la Filosofía del Derecho, en un mínimo de diez líneas.
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
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3. Señalar el método aplicado en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.
______________________________________________________________________
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Sistema de Educación a Distancia
42
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
43
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
INTRODUCCIÓN
La Filosofía del Derecho se encarga de estudiar el Derecho en su universalidad, y el
Derecho considerado como un ordenamiento jurídico que regula la convivencia social,
se caracteriza por conseguir los fines que beneficien a la Humanidad; estando presente,
entre éstos, la Justicia, cuyo concepto más general y sencillo es dar a cada cual lo que le
corresponde.
El sistema positivo de cualquier Estado tiene como propósito fundamental alcanzar la
justicia, la cual, ha sido considerada por algunas corrientes filosóficas como virtud o
como valor de los seres humanos.
Todo profesional del Derecho debe tener una definición de este máximo ideal de todo
sistema jurídico, siguiendo o no las corrientes filosóficas existentes, porque los
diferentes cuerpo legales o codificaciones tienen este propósito, y en el momento de no
cumplirse, los juristas, abogados y demás operadores jurídicos son los primeros
llamados a generar cambios o modificaciones en las normas jurídicas, para evitar los
injustos legales.
En esta unidad se desarrollará la definición y características de la Justicia, los
presupuestos que permiten su origen o presencia, las clases de justicia según se regulan
las relaciones dentro de una sociedad y la importancia de los juicios de valor en el
Derecho, para alcanzar la justicia.
UNIDAD 2
JUSTICIA
Sistema de Educación a Distancia
44
MAPA CONCEPTUAL
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Caracterizar la Justicia.
 Identificar los criterios utilizados en la aplicación del Derecho para alcanzar la
justicia.
Gobernantes, jueces y
administradores de
justicia.
HonradezRectitudVirtud
Relaciones jurídicas Relaciones sociales
Dar a cada uno lo que
le pertenece
El espacio de libertad, dentro del cual
pueda desenvolverse su personalidad y
trasformarse de hombre en persona.
Justicia
Legal
Justicia
Distibutiva
Justicia
El derecho como lo justo
Función de
equidad
formas de obrar los
que garanticen
que permitan
asegurar
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45
DESARROLLO DEL CONTENIDO:
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
Dentro de toda Sociedad o Estado, sus miembros sienten seguridad cuando su
ordenamiento jurídico tiene como propósito primordial lograr la justicia; estando
obligados todas las personas a actuar en este sendero, más aún, los operadores jurídicos,
quienes directamente están en la Administración de Justicia.
Con el desarrollo de este tema, se tendrá la definición de la Justicia, y los elementos o
características que la distinguen de otros fines que persigue el Derecho.
2. Objetivos específicos
 Definir la Justicia.
 Determinar las características de la Justicia.
3. Desarrollo del tema
DEFINICIÓN: Para algunos filósofos o pensadores del Derecho resulta utópica una
definición perfecta de Justicia; se ha convertido en la eterna pregunta de la Humanidad,
por estar sin una respuesta definitiva.
Entre los filósofos griegos, Platón, manifestó que la “Justicia es la virtud ordenadora de
las demás virtudes”, y que “la virtud peculiar del pueblo es la templanza; la de los
guerreros, la fortaleza; la de los filósofos, la prudencia”. En la época de los Juristas
Romanos, Domicio Ulpiano la define como “la voluntad constante y perpetua de dar a
cada uno lo suyo”.
Para Hans Kelsen, consideró que existe una justicia relativa, siendo lo más importante
que se presente en el orden social, bajo cuya protección pueda progresar la búsqueda de
la verdad.
La Justicia se la puede considerar como una cualidad posible de un orden social que
regula las relaciones mutuas entre las personas. Este orden social debe ser justo, de tal
manera, que las personas estén satisfechas.
TEMA 5
DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
Sistema de Educación a Distancia
46
La búsqueda de la justicia se mezcla con la búsqueda constante de la felicidad por parte
de los seres humanos, de allí que Platón, identificando la justicia con la felicidad,
sostuvo que “un hombre justo es feliz y un hombre injusto es infeliz”, argumento que no
es una respuesta definitiva, por cuanto si se considera que la Justicia es la felicidad
individual, es imposible un orden jurídico justo. Es muy distinto, si la felicidad implica
la satisfacción de necesidades socialmente reconocidas; significa un cambio de
pensamiento en los individuos, para llegar a anteponer la satisfacción de las necesidades
sociales frente a las personales.
Continuando con los criterios expuestos por Platón, expresó que “la vida más justa es la
más agradable”; no obstante, admitió que en alguna ocasión quizá el hombre justo
puede ser infeliz y el injusto ser feliz. A pesar, de esta opinión, afirmó la necesidad de
que los individuos, sujetos a un orden jurídico, crean en el principio de que sólo el
hombre justo es feliz y el injusto infeliz, de lo contrario, nadie obedecería a la Ley. Con
este pensamiento filosófico, el gobierno tiene el derecho de divulgar mediante
propaganda la doctrina de la justicia vinculada con la felicidad. Frente a esta tesis,
existen otros filósofos que han señalado sus razones, para repudiar por inmoral una
propaganda gubernamental que se basa en falsedades, aunque persiga un buen fin.
Si se considera a la Justicia como un valor, existen diferentes valores, entre ellos, la
libertad, la igualdad, la seguridad, la verdad, la legalidad, por lo tanto, la respuesta
acerca de la felicidad variará dependiendo el valor supremo que tenga cada individuo.
La respuesta de lo que es la Justicia depende de un juicio de valor subjetivo, lo que la
hace relativa.
Cada individuo puede tener su propio sistema de valores, lo que no significa que puedan
concordar, generando un sistema de valores, resultante de las influencias mutuas entre
individuos de un mismo grupo, familia, grupo, sociedad. El criterio de Justicia no
depende de la frecuencia de los juicios sobre la realidad ni de los juicios de valor. Por
esto, el problema de la Justicia no siempre se puede responder de manera racional, más
aún, si se limitan los medios adecuados para la consecución de un fin predeterminado.
Sustentados en estos pensamientos, la democracia es una forma de gobierno justo por el
mero hecho que garantiza la libertad individual; sin embargo, si son otros los fines
últimos, se requerirá de unos medios distintos; lo que hace que la democracia se la
puede justificar relativamente.
La necesidad de espíritu humano de una justificación absoluta parece superar su
racionalidad; lo que significa trasladar la Justicia al plano metafísico y religioso;
viéndose el individuo obligado a creer en la existencia de Dios, por tanto, en la
existencia de una justicia absoluta, por carecer de la capacidad suficiente para
entenderla. Los que no aceptan la solución antes indicada respecto de la justicia,
continúan en la búsqueda de la determinación de un modo científico y racional.
CARACTERÍSTICAS: Se trata de encontrar los elementos que configuran la Justicia,
que constituye el problema central de la filosofía de algunos pensadores, como en el
caso de Platón.
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
47
Los elementos que se estudian para comprender a la Justicia, son las ideas y los valores,
que permiten cumplir con este ideal fundamental del Derecho. Así para la filosofía de
Platón, la “idea del bien absoluto presupone la de la Justicia”, “la pregunta sobre qué es
la Justicia coincide con la pregunta sobre qué es el Bien”. Sin embargo, en algún
momento, este filósofo griego confesó que la “idea de bien absoluto está más allá de
cualquier conocimiento racional”, dependiendo de lo místico y la gracia divina. Por
esto, no puede existir respuesta a la pregunta de lo que es la justicia, o en todo caso, que
se trata de un secreto divino para pocas personas escogidas.
San Pablo, primer teólogo de la religión cristiana, enseñó que la Filosofía (conocimiento
lógico-racional) no ayuda a alcanzar la Justicia Divina, oculta en la misteriosa sabiduría
de Dios; que la Justicia viene de Dios a través de la fe, al actuar ésta, a través del amor.
Este teólogo apoyó las enseñanzas de Jesús sobre la nueva Justicia, el amor de Dios;
reconociendo que el amor que Jesús predicó supera el entendimiento humano, siendo
uno de los misterios de la Fe.
Los pensadores racionalistas intentan definir a la Justicia utilizando la razón humana, y
manifiestan que “consiste en dar a cada cual lo que le corresponde”. Definición que ha
sido acogida por algunos filósofos del Derecho, porque permite justificar cualquier
orden; pero, no sirve para comprenderla como valor absoluto, que pueden diferir de los
relativos garantizados por la ley o la moral positiva.
El principio de retribución, en la búsqueda de la definición de Justicia, evidencia la
técnica específica utilizada por el Derecho Positivo, que reacciona ante el mal
producido por el delito con la pena de la sanción. Cualquier orden legal positivo
corresponde a este principio; no obstante, la Justicia plantea si un orden legal positivo es
justo, si lo considerado por el legislador como malo para la sociedad representa en
realidad una conducta que la sociedad debe combatir, y si la sanción con la cual la
sociedad reacciona es adecuada. Este principio no responde a la pregunta que es la base
de la justicia de la ley.
La Justicia tendrá las características y elementos que los diferentes pensadores y
filósofos del Derecho le hayan otorgado, dependiendo de los principios y valores en los
que se fundamentaron.
Conforme a la ética Aristotélica se pretende definir a la Justicia de modo científico,
fundamentándola en la razón. Se trató de establecer un sistema de virtudes, siendo la
principal la Justicia, como “virtud perfecta”. Cuando Aristóteles vincula la Justicia con
la moral y las leyes positivas, presupone que lo injusto es lo que es injusto según el
orden moral y legal establecido en la época.
La filosofía legal del signo metafísico y racionalista constituye la base de la doctrina del
Derecho Natural, en la cual, la naturaleza se convierte en legisladora, intentando deducir
de ésta las normas de conducta humana. De esta forma, los seguidores de esa doctrina
dedujeron de la naturaleza los principios de Justicia más contradictorios, o que los
encontraran en la razón humana.
Sistema de Educación a Distancia
48
Durante la historia del pensamiento humano, se ha comprobado que es falsa la
pretensión de establecer, a base de argumentaciones racionales una forma
absolutamente correcta de la conducta humana. Aprendiendo de las experiencias
humanas del pasado, que la razón humana sólo puede acceder a valores relativos, la
Justicia absoluta es un ideal irracional, una de las eternas ilusiones del hombre; pues,
desde el conocimiento racional existen intereses humanos que producen conflictos.
La Justicia y el Derecho Positivo: Corresponde fundamentalmente a los
Administradores de Justicia y operadores jurídicos la aplicación de las leyes con un
criterio de dar a cada cual lo que le corresponde; resultando, en ocasiones insuficientes
las normas jurídicas para conseguir al menos cierta justicia.
4. Orientaciones específicas para el estudio
El alumno deberá poner especial cuidado al estudiar las distintas definiciones con sus
elementos, porque éstas dependen del criterio filosófico utilizado como sustento.
Podrá acudir a las direcciones electrónicas señaladas para ampliar su conocimiento, y
sustentar la corriente filosófica con la cual coincida.
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49
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
I. Subraye la opción que corresponda:
1. La Justicia como virtud ordenadora de las demás virtudes, fue expresado por:
a. Aristóteles b. Platón c. Sócrates
2. La Justicia como la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo, fue
manifestado por:
a. Kelsen b. Ulpiano c. Platón
3. La respuesta acerca de la Justicia despende de un juicio de valor:
a. Subjetivo b. Objetivo c. Absoluto
4. El teólogo que enseñó que la Justicia viene de Dios a través de la Fe, fue:
a. San Pablo b. San Mateo c. Santo Tomás
5. Aristóteles buscó definir las Justicia utilizando un modo:
a. Empírico b. Científico c. Religioso
II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda:
1. Para algunos filósofos del Derecho resulta utópico la definición perfecta de
Justicia. ( )
2. La búsqueda de la Justicia se mezcla con la búsqueda de la felicidad,
según Platón. ( )
3. El sistema de valores de un individuo nunca concuerda con el de otro. ( )
4. La existencia de una justicia absoluta puede obligar al individuo a creer en un Ser
Supremo como Dios. ( )
5. Los filósofos de la doctrina del Derecho Natural intentaron definir a la Justicia
desde la razón humana. ( )
Sistema de Educación a Distancia
50
I. OPCIÓN MÚLTIPLE
1. b.
2. b.
3. a.
4. a.
5. b.
II. VERDADERO O FALSO
1. V
2. V
3. F
4. V
5. F
SOLUCIONARIO
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51
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
Una vez que el estudiante comprende en qué consiste la Justicia, conforme las diferentes
corrientes de la Filosofía del Derecho, así como sus característica y evolución en el
tiempo, ya se encuentra en capacidad para conocer la clasificación de Justicia, que ha
surgido desde su definición y según la manera cómo se aplica este ideal de todo sistema
positivo.
En este tema se desarrollará las clases de Justicia, que son: Legal, Distributiva y
Conmutativa, principalmente; aunque, hay algunos autores que también mencionan a la
Justicia Social, distinta a la tradicional, que obliga a los gobernantes a ofrecer iguales
oportunidades para todos los gobernados.
2. Objetivos específicos
 Señalar las clases de Justicia.
 Identificar las semejanzas y diferencias de las clases de Justicia.
3. Desarrollo del tema
La Justicia es uno de los fines primordiales del Derecho en general, sin entrar a
mencionar si se trata del Derecho Positivo o Subjetivo, o del Derecho Natural.
Durante el desarrollo de la Humanidad, en las distintas épocas de la historia, se ha
tratado de definir la Justicia, llegando los pensadores y filósofos del Derecho a la
conclusión que es una utopía alcanzar una Justicia perfecta, y una definición absoluta de
la misma. Sin embargo, en la búsqueda constante de la definición de la Justicia, se
logró determinar una clasificación de ésta, que se fundamenta en la forma de
aplicación.
En consecuencia, la Justicia puede ser:
JUSTICIA CONMUTATIVA: Se encarga de regular las relaciones de los gobernados
y ciudadanos entre sí, con la finalidad de asegurar y garantizar el derecho que le asiste a
cada uno de ellos, así como sus deberes y obligaciones.
Se la identifica con la igualdad matemática, así un trabajadores deberá una
remuneración igual al esfuerzo realizado.
TEMA 6
JUSTICIA LEGAL, DISTRIBUTIVA
Y CONMUTATIVA
Sistema de Educación a Distancia
52
Otros casos típicos, se encuentran en las relaciones contractuales, como cuando se
celebra un contrato de compraventa, debe haber una igualdad en cuanto al valor de la
cosa y el precio establecido, de lo contrario podría resultar una lesión enorme.
JUSTICIA DISTRIBUTIVA: Se encarga de regular las relaciones entre los
administrados y administradores públicos, gobernantes y gobernados, para distribuir
equitativamente los cargos y obligaciones.
Se la relaciona con la justicia que regula la imposición de sanciones a los infractores de
las disposiciones legales.
Se trata de una igualdad proporcional, pues los cargos y cargas se deben distribuir en
proporción a la dignidad, méritos, necesidades y posibilidades de los ciudadanos; como
en el caso de las obligaciones tributarias, cada tributo tiene su hecho generador y base
imponible, los que permitirán determinar quiénes estarán obligados y en qué cantidades
o montos; cuestiones que varían según la actividad del ciudadano.
En esta clase de Justicia, se considera que cada uno debe recibir lo que se le debe tomar
en cuenta con su contribución al bien común.
JUSTICIA LEGAL: De esta justicia, se encargan los Administradores de Justicia y
operadores jurídicos, como son los Juzgados, Tribunales y Magistrados de la Función
Judicial, quienes lo hacen en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
conforme el ordenamiento jurídico vigente en un Estado, para alcanzar el orden y la paz
ciudadana.
JUSTICIA SOCIAL: Se trata de un nuevo enfoque de la Justicia, surgida como
producto de las necesidades humanas, diferente a la Justicia Tradicional; que busca
igualdad de posibilidades y oportunidades para disminuir las diferentes entre ricos y
pobres, con una distribución equitativa de las riquezas nacionales.
Hay autores, como Hernán Jaramillo Ordóñez, que manifiestan que la Justicia Social en
“la práctica es la transformación gradual de la propiedad privada en propiedad social”.
Además, que pretende regular las relaciones del capital, trabajo, preocupándose
principalmente de la clase social más necesitada.
Esta Justicia tiene como propósito, más que proteger los derechos que están en la Ley,
los derechos emergentes de la sociedad y de los miembros que la conforman.
En las épocas más recientes, se ha tratado a la justicia como a la igualdad entre
personas; perdurando el pensamiento clásico y el cristianismo como un principio
superior a la mera legalidad.
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53
4. Orientaciones específicas para el estudio
El alumno deberá elaborar un cuadro de semejanzas y diferencias de las distintas clases
de Justicia, lo que le permitirá tener una definición precisa de cada una.
Ubicar dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, como en el Código Civil, casos o
instituciones jurídicas en las cuales se está aplicando los diferentes conceptos de
justicia, como fin primordial del derecho.
Sistema de Educación a Distancia
54
5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE
AUTOEVALUACIÓN
I. Subraye la opción que corresponda:
1. La Justicia que regula las relaciones entre los ciudadanos entre sí, se denomina:
a. Legal b. Social c. Conmutativa
2. La Justicia que regula las relaciones entre gobernantes y gobernados, se denomina:
a. Conmutativa b. Distributiva c. Legal
3. Los Administradores de Justicia y operadores jurídicos se encargan de aplicar la
Justicia:
a. Legal b. Distributiva c. Social
4. Al nuevo enfoque de la Justicia, diferente a la tradicional, que tiene como fin igualar
las oportunidades entre todas las personas, se la denomina:
a. Social b. Distributiva c. Conmutativa
5. El significado que se le ha dado a la Justicia, en las épocas más recientes es de:
a. Seguridad b. Igualdad c. Libertad
II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda:
1. Los diferentes filósofos del Derecho llegaron a la conclusión que no hay una
definición absoluta de Justicia. ( )
2. Las obligaciones contractuales son casos típicos de la Justicia Distributiva. ( )
3. La Justicia Distributiva se relaciona con las imposiciones de sanciones a los
infractores de la Ley. ( )
4. La Justicia Social es la que tiene como propósito aplicar el ordenamiento jurídico
vigente. ( )
5. La Justicia Legal pretende regular las relaciones capital, trabajo, preocupándose por
la clase más necesitada. ( )
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55
I. OPCIÓN MÚLTIPLE
1. c.
2. b.
3. a.
4. a.
5. b.
II. VERDADERO O FALSO
1. V
2. F
3. V
4. F
5. F
SOLUCIONARIO
Sistema de Educación a Distancia
56
GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES
1. Introducción
La necesidad de la sociedad está confirmada en las diferentes investigaciones históricas.
En la antigua Grecia, Aristóteles manifestó que el hombre por naturaleza tiende a la
vida política, lo que implica su necesidad de vivir en sociedad; pero, esta sociedad debe
estar organizada y regulada en las relaciones que surgen entre los individuos.
La Justicia como máximo ideal que busca alcanzar la sociedad y derecho, debe ser un
fin constante en el ordenamiento jurídico que regula la convivencia social. También, se
lo puede trasladar a un recto obrar de los miembros de toda sociedad, tanto para los
gobernantes como para los gobernados.
En este tema se desarrolla la definición, características y evolución de la sociedad;
diferencias con el Estado; y, la estrecha relación entre sociedad con la justicia;
debiendo ésta última ser el propósito primordial en toda organización humana.
2. Objetivos específicos
 Señalar las características de la Sociedad.
 Identificar las diferencias entre Sociedad y Estado.
 Determinar la importancia de la Justicia en la Sociedad.
3. Desarrollo del tema
DEFINICIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD: Se puede partir por definirla
como “un complejo de relaciones por las cuales varios seres individuales viven y obran
conjuntamente, formando una nueva y superior unidad”.4
A la Sociedad se la ha considerado como un hecho natural, surgido por la necesidad del
individuo de sus semejantes. Es difícil que una persona viva completamente sola,
alejada de sus similares, sin relacionarse.
La Sociedad se refuerza y se valora por el desarrollo de las facultades humanas, que
añade nuevos motivos, y le permite a los individuos alcanzar sus fines, desde los más
elementales hasta los más elevados.
4
(Giorgio Del Vecchio. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Pág. 417).
TEMA 7
JUSTICIA Y SOCIEDAD
Universidad Católica de Santiago de Guayaquil
57
Dentro de su evolución histórica, existió la hipótesis del “estado de naturaleza”, que
consistía en la existencia de un estado de naturaleza antes de la formación de una
sociedad, una condición de vida del individuo sin algún ligamen o relación con sus
propios semejantes. Sin embargo, esta fase histórica pura y simple, pierde vigencia con
los argumentos esgrimidos por Locke, quien expresó que el estado natural para el
hombre es precisamente el estado de sociedad.
Hay doctrinarios que consideran que la sociedad no es un hecho exclusivamente
humano, pues algún fenómeno de sociabilidad se encuentra en el mundo animal en
general, e incluso en el mundo orgánico. La sociabilidad en el mundo animal se la
puede observar en las hormigas, las abejas. La diferencia fundamental entre las
sociedades humanas y las sociedades animales es la mente elevada de las personas,
quienes utilizan la razón y la voluntad. Por lo que el ser humano, como componente de
las sociedades humanas, origina la civilización y progreso por medio de sus ideas,
pensamientos y experiencias.
Si se parte del criterio que la sociedad es un fenómeno natural y una condición necesaria
de vida para el individuo, surge la necesidad de determinar los caracteres, entonces la
pregunta es que si la sociedad es una suma de individuos, que permanecen distintas
entre sí –concepción Mecánica de la sociedad- o se trata de un nuevo ser que tiene vida
propia –concepción Orgánica de la sociedad-.
Conforme la concepción orgánica, la sociedad está compuesta de varias partes que
cumplen funciones distintas para un fin superior; y el sentido que se le otorgue
dependerá de la perspectiva desde la cual ha sido estudiada por los distintos pensadores,
así la Escuela Histórica del Derecho consideró a la sociedad como un organismo
espiritual y ético.
Los argumentos fundamentales que han contribuido a asimilar a la sociedad con un
organismo, consisten en que la sociedad tiene vida independiente de sus componentes,
los individuos pasan, las sociedades permanecen. Así mismo, entre los individuos que
la componen existen relaciones que le permiten un sentido de pertenencia a la sociedad.
Elementos como la solidaridad y colaboración a fines comunes, las actividades están
organizadas para alcanzar fines superiores a los individuales.
Las diferencias entre la sociedad y el organismo, es que en el primero sus partes gozan
de movimiento, con cierta autonomía e independencia, mientras que en el segundo se
mantienen en un sitio fijo. Otra diferencia es de orden espiritual, su importancia es
superior; las partes tienen valor en cuanto concurren a mantener al todo, tiene
implicaciones jurídicas, porque no podemos concebir un sistema de Derecho sin la idea
del valor de la persona.
Un defecto de la teoría orgánica consiste en que puede dar lugar a la idea de la sociedad
fundada sólo sobre un vínculo biológico, mientras que en la realidad existen una serie
de vínculos que la pueden originar, según sus criterios y fines; como en el caso del
Estado, cuyo vínculo es el jurídico, constituyendo una sociedad de mucha importancia.
Sistema de Educación a Distancia
58
EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS: Partiendo del concepto de Sociedad, que
comprende en sí toda especie de vínculos, existe uno de particular importancia, es el
vínculo jurídico, por el cual los hombres se constituyen en Estado.
El Estado es una especie de Sociedad que se considera el género; pero no constituye el
vínculo social más amplio, sí el más importante y sólido porque modela y determina las
relaciones de convivencia. El Estado es el sujeto del Derecho por excelencia.
Hay diferentes definiciones de Estado, Giorgio Del Vecchio señaló que “es el sujeto del
orden jurídico en el cual se verifica la comunidad de vida de un pueblo”, notándose la
relación entre sociedad y Estado; éste constituye el orden jurídico.
Se puede distinguir tres elementos que conforman el Estado, los cuales son:
 El Pueblo: Entiéndase como la multitud de personas que componen un Estado, que
supone una distribución orgánica de las funciones que asegure de modo estable y
definido el desenvolvimiento de la vida humana en todas sus formas, garantizando
la independencia de la misma.
El Estado permanece a pesar de que el número de habitantes sea variable, lo que
permite corroborar que no es una simple suma de los individuos, sino que constituye
un nuevo ente.
 El Territorio: Entiéndase una superficie de tierra habitable, que está en relación
constante con la población. Significa una condición esencial para la estabilidad de
las relaciones jurídicas. El dominio soberano del Estado sobre su territorio se
extiende también sobre el mar limítrofe a sus costas y el espacio atmosférico que
cubre su territorio y mar territorial.
Este elemento y el pueblo se consideran de naturaleza material.
 El Vínculo Jurídico: Este elemento le da forma y carácter propio al Estado, puesto
que todos los individuos de un Estado están vinculados por derechos y deberes
recíprocos determinados por un poder supremo unitario, que es el sujeto del orden
público.
Todos los ciudadanos, por pertenecer a un Estado, se encuentran vinculados por él,
debiendo obedecer sus leyes y ordenamiento jurídico en general.
IMPORTANCIA DE LA JUSTICIA EN LA SOCIEDAD: Partiendo que la Justicia
es el ideal superior o un valor supremo que busca alcanzar el individuo y la sociedad; en
las relaciones que surgen de la convivencia social existe la necesidad de su presencia.
Entendiendo a la sociedad como un complejo de relaciones por las cuales varios seres
individuales viven y obran conjuntamente, formando una nueva y superior unidad;
dichas relaciones están guiadas por la Justicia, que trae aparejada la paz y el orden.
La importancia de la Justicia radica en que se convierte en un fin directriz de la
convivencia social, colaborando en el desarrollo y progreso de la sociedad.
Texto Guía de Filosofía del Derecho
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Texto Guía de Filosofía del Derecho

  • 1. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 1 Introducción............................................................................................................. 5 Requisitos de la asignatura ...................................................................................... 7 Objetivos generales de la asignatura ....................................................................... 7 Contenido ................................................................................................................ 9 Bibliografía............................................................................................................ 11 Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 13 UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO Introducción ........................................................................................................ 15 Mapa conceptual ................................................................................................... 16 Objetivos específicos ........................................................................................... 16 Tema 1: CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN 1. Introducción......................................................................................... 17 2. Objetivos específicos .......................................................................... 17 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 17 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 22 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 23 Solucionario Tema 2 RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS DISCIPLINAS 1. Introducción ........................................................................................ 25 2. Objetivos específicos .......................................................................... 25 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 25 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 28 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 29 Solucionario Tema 3 MÉTODOS 1. Introducción ........................................................................................ 31 2. Objetivos específicos .......................................................................... 31 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 31 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 33 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 34 Solucionario ÍNDICE PRIMER PARCIAL
  • 2. Sistema de Educación a Distancia 2 Tema 4 FILOSOFÍA DEL DERECHO Y EL DERECHO NATURAL 1. Introducción ........................................................................................ 36 2. Objetivos específicos .......................................................................... 36 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 36 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 38 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación)..................................... 39 Solucionario Actividades para la reflexión e indagación............................................................ 41 UNIDAD 2 JUSTICIA Introducción ........................................................................................................ 43 Mapa conceptual ................................................................................................... 44 Objetivos específicos ............................................................................................ 44 Tema 5 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS 1. Introducción ........................................................................................ 45 2. Objetivos específicos .......................................................................... 45 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 45 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 48 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 49 Solucionario Tema 6 JUSTICIA LEGAL, DISTRIBUTIVA Y CONMUTATIVA 1. Introducción ........................................................................................ 51 2. Objetivos específicos .......................................................................... 51 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 51 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 53 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 54 Solucionario Tema 7 JUSTICIA Y SOCIEDAD 1. Introducción ........................................................................................ 56 2. Objetivos específicos .......................................................................... 56 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 56 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 59 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 60 Solucionario
  • 3. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 3 Tema 8 JUSTICIA Y DERECHO 1. Introducción ........................................................................................ 62 2. Objetivos específicos .......................................................................... 62 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 62 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 64 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 65 Solucionario Actividades para la reflexión e indagación............................................................ 67 Contenido .............................................................................................................. 69 Bibliografía............................................................................................................ 71 Consideraciones generales para el aprendizaje ..................................................... 73 UNIDAD 3 DERECHO Introducción ........................................................................................................ 75 Mapa conceptual ................................................................................................... 76 Objetivos específicos ........................................................................................... 76 Tema 9 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS 1. Introducción ........................................................................................ 77 2. Objetivos específicos .......................................................................... 77 3. Desarrollo del tema ............................................................................. 77 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 80 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 81 Solucionario Tema 10 DERECHO Y MORAL 1. Introducción ........................................................................................ 83 2. Objetivos específicos .......................................................................... 83 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 83 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 86 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 87 Solucionario SEGUNDO PARCIAL
  • 4. Sistema de Educación a Distancia 4 Tema 11 EL DERECHO OBJETIVO Y SUBJETIVO 1. Introducción ........................................................................................ 89 2. Objetivos específicos .......................................................................... 89 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 89 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 92 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 93 Solucionario Tema 12 EL DERECHO COMO TÉCNICA SOCIAL DE APLICACIÓN 1. Introducción ........................................................................................ 95 2. Objetivos específicos .......................................................................... 95 3. Desarrollo del tema ............................................................................ 95 4. Orientaciones específicas para el estudio .......................................... 98 5. Actividades de aprendizaje (Autoevaluación) .................................... 99 Solucionario Actividades para la reflexión e indagación.......................................................... 101 GLOSARIO....................................................................................................... 103
  • 5. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 5 INTRODUCCIÓN La Filosofía del Derecho es considerada una rama de la Filosofía que tiene como propósito el estudio de los fundamentos que rigen la creación y aplicación del Derecho; así también se la define como el estudio de los primeros principios, que pueden referirse al ser, al conocer y al obrar. Al analizar la historia de la Filosofía del Derecho, encontramos que en las diferentes épocas se ha meditado sobre el Derecho y la Justicia, por cuanto responde a la necesidad natural y constante del espíritu humano. Se convierte en toda aproximación al hecho jurídico, en el acercamiento a un fenómeno que ha acompañado a la Humanidad desde su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una forma general y frecuente en las personas, y en los modelos sociales y políticos. La Filosofía del Derecho se encarga de estudiar el derecho de un modo universal; en todos los tiempos y lugares se da un sistema complejo de normas o instituciones que informan y regulan la convivencia social con carácter obligatorio. La actividad especial del jurista, en sentido estricto, consiste en explicar un sistema vigente, se limita a comprender e interpretar en su propio sentido las normas positivas, sin indagar si podría haber otras mejores. Además de esta actividad particular, existe la necesidad humana de investigar y valorizar la Justicia, o sea el Derecho en su deber ser. Esta investigación se desarrolla de una forma autónoma, comprendiendo la búsqueda del ideal, la crítica de la racionalidad y la legitimidad del Derecho existente. Encargándose la Filosofía del Derecho, de la investigación cabal de lo que debe o debiera ser en el derecho, frente a lo que es, contraponiendo una verdad ideal a una realidad empírica. Las grandes cuestiones de la Filosofía del Derecho son: la Espistemología Jurídica, la Ontología Jurídica, la Axiología Jurídica y la Filosofía Jurídica y Existencial. Estas cuestiones se desarrollan como parte de la definición y evolución de la Filosofía del Derecho. El texto didáctico está conformado de tres unidades, cuyos contenidos están vinculados con la Filosofía del Derecho en general; la Justicia como fin primordial de todo sistema u ordenamiento jurídico; y, el Derecho desde su concepto, clases, relaciones con otras ciencias, su importancia dentro de la Sociedad. El desarrollo de los diversos temas que forman parte de las unidades didácticas antes mencionadas, le permite a usted como estudiante una mejor comprensión del Derecho, su razón de ser. Generando en éste, la convicción de la necesidad de un ordenamiento jurídico y su consecuente cumplimiento por parte de todos los integrantes de la sociedad, para el logro de la justicia y la equidad.
  • 6. Sistema de Educación a Distancia 6
  • 7. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 7 REQUISITOS PARA LA ASIGNATURA  Recordar la Filosofía en general y su evolución histórica.  Haber aprobado las asignaturas de Introducción al Pensamiento Crítico y Lógica Jurídica.  Interés por la lectura de los diferentes tratadistas de Filosofía del Derecho.  Capacidad de concentración al reflexionar sobre temas relacionados con la Filosofía del Derecho.  Capacidad de análisis de conceptos y doctrinas.  Investigar constantemente; los filósofos del Derecho al estar en permanente estudio, pueden cambiar ciertas tesis y doctrinas jurídicas.  Capacidad de síntesis. OBJETIVOS DE LA ASIGNATURA  Lograr una capacidad de síntesis, reflexión, profundidad, diálogo y coherencia de los temas vinculados con el derecho y la justicia.  Comprender “qué significa pensar jurídicamente”, esto es, que significa tener una “experiencia jurídica”; en particular contraponiendo esto a la tradición restrictiva de la dogmática y la exégesis.  Alcanzar la capacidad de razonamiento personal y actitud de planteamiento de interrogantes y respuestas a nivel filosófico – jurídico.
  • 8. Sistema de Educación a Distancia 8
  • 9. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 9 CONTENIDOS UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO Tema 1: Conceptos, origen y formación Tema 2: Relación de la filosofía con otras disciplinas Tema 3: Métodos Tema 4: Filosofía del Derecho y el Derecho Natural UNIDAD 2 JUSTICIA Tema 5: Definición y características de la justicia Tema 6: Justicia legal, distributiva y conmutativa Tema 7: Justicia y sociedad Tema 8: Justicia y derecho PRIMER PARCIAL
  • 10. Sistema de Educación a Distancia 10
  • 11. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 11 BIBLIOGRAFÍA Los libros escogidos para esta asignatura, como fuente bibliográfica, contienen las definiciones, características, elementos constitutivos, clasificaciones, semejanzas y diferencias, alcance, importancia y efectos de las diferentes Unidades Didácticas desarrolladas. Los autores han profundizado en los conceptos de Derecho y Justicia, utilizando el lenguaje más sencillo para la comprensión de los argumentos y tesis sostenidas por los Filósofos del Derecho en la evolución histórica de la sociedad.  Giorgio, Del Vecchio. Fisolofía del Derecho. Barcelona, Bosch, Casa Editorial, S.A., 1980.  Hans, Kelsen. ¿Qué es Justicia? Barcelona, Editorial Ariel S.A., 1992.  Jaramillo Ordóñez, Hernán. La Ciencia y Técnica del Derecho. Cuenca, Ediciones Carbol, 2000.  Escobar Saravia, Carlos. Manual de Filosofía. Buenos Aires, Abeledo-Perrot Direcciones de internet  "http://es.wikipedia.org/wiki/Epistemolog%C3%ADa_jur%C3%ADdica Menciona a la epistemología jurídica, explicando el conocimiento del derecho, se trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura ha de tener, cuáles son las maneras de presentarse en las sociedades.  "http://es.wikipedia.org/wiki/Axiolog%C3%ADa_jur%C3%ADdica Menciona a la axiología jurídica que trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán correcto un modelo de derecho que primará al momento de elaborar el ordenamiento jurídico o aplicarlo.  http://www.filosofia.org/ El Proyecto Filosofía en Español pretende potenciar el desarrollo, la difusión y el conocimiento de la filosofía construida y pensada en la lengua que hablamos cientos de millones de personas.  www.todoelderecho.com Recursos jurídicos de consulta en temas de actualidad.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/4.pdf La objetividad de las proposiciones jurídicas. El derecho como ciencia del orden social. El derecho como ciencia de lo justo practicable. El objeto de la ciencia jurídica. La objetividad de las proposiciones jurídicas.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/5.pdf La ponderación como procedimiento para interpretar los derechos fundamentales.
  • 12. Sistema de Educación a Distancia 12  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/10.pdf Constructivismo jurídico, verdad y prueba.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/12.pdf Qué es y para qué sirve el derecho.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/18.pdf La filosofía perenne. Una propuesta vigente para la filosofía contemporánea del derecho.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/21.pdf Legalidad, legitimidad, legitimación. Implicaciones éticas.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/34.pdf Kelsen y el problema de la objetividad.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/36.pdf La interpretación del derecho.  http://www.bibliojuridica.org/libros/4/1650/48.pdf Justicia y mulculturalismo.
  • 13. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 13 CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL APRENDIZAJE EN LA EDUCACIÓN ABIERTA Y A DISTANCIA PROPICIAR UN APRENDIZAJE AUTÓNOMO Y LIGADO A LA EXPERIENCIA. 1 Es notable el avance de las Ciencias de la Educación que posibilita una planificación cuidadosa de la utilización de recursos y una metodología que, privada de la presencia directa del profesor, potencia el trabajo independiente y por ello la individualización del aprendizaje. Así, la profundización y perfeccionamiento de los sistemas individualizados de enseñanza, han potenciado esta modalidad de enseñanza- aprendizaje con rasgos definidos aplicables a sectores determinados del universo estudiantil (Peñaiver, 1981: 28). Los sistemas de educación a distancia no sólo pretenden llenar cabezas, sino capacitar y entrenar al estudiante en aprender a aprender y aprender a tecnificarse (Pastrana: 1985:3), forjando su autonomía en cuanto a tiempo, estilo, ritmo y método de aprendizaje, al permitir la toma de conciencia de las propias capacidades y posibilidades para su autoformación. En definitiva, se pretende:  Que el estudiante adquiera actitudes, intereses, valores que le faciliten los mecanismos precisos para regirse a sí mismo, lo que le llevará a responsabilizarse en un aprendizaje permanente.  Convertirlo en sujeto activo de su formación y al profesor en guía y orientador, tratando de superar las deficiencias del sistema presencial tradicional.  Posibilitar un aprendizaje que está ligado fundamentalmente a la experiencia (Dichanz, 1983: 33-46 y Hough, 1984: 7-23) y en contacto inmediato con la vida laboral y social. Comprende a una población de adultos, en buena parte activos laboralmente, que desean perfeccionarse, al disponer de un tiempo, aunque sea escaso, para el estudio, rompiendo así los clásicos moldes de educación formal institucionalizada. La educación a distancia no es sólo aprender de lejos; supone la no separación del individuo de su medio para convertirlo así en propio factor de educación (Cirigliano, 1983: 20-21)  Fomentar el logro de una independencia de criterio, capacidad para pensar, trabajar y decidir por sí mismo y satisfacción por el esfuerzo personal. 1 García Aretio, L. (1989). Para qué la Educación a Distancia. http://www.uned.es/catedraunesco- ead/articulos/1989/para%20que%20la%20educacion%20a%20distancia.pdf Lea con atención la siguiente información que contribuirá a conceptualizar uno de los objetivos fundamentales de la Educación a Distancia como es generar el aprendizaje autónomo e independiente que apoyado en las nuevas tecnologías de la comunicación enriquecen el proceso de enseñanza aprendizaje.
  • 14. Sistema de Educación a Distancia 14 USOS Y REPERCUSIONES DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA EDUCACIÓN 2 Las nuevas tecnologías constituyen una nueva plataforma para acercar la formación a las personas. Estamos de acuerdo con Carlos Marcelo, quien señala que la formación “es una necesidad de las personas y de las empresas. No hay opción de mantenerse al margen de la evolución de los saberes, salvo en el caso de ocupaciones artesanales donde la tradición pesa más que la innovación. Y aún en este caso, los medios tecnológicos resultan ya imprescindibles en la gestión y comercialización de los productos”. Las nuevas tecnologías hacen posible formas alternativas de trabajo escolar y han supuesto un cambio en la interactividad, es decir, en cómo nos comunicamos. ¿Por qué y para qué utilizar internet en el ámbito de la educación? Lo realmente importante es encontrar una información refinada y útil para el usuario dentro de ese mar de datos y mido que la red alimenta. En este sentido la calidad está determinada por la facilidad y velocidad de acceso, la actualidad, la precisión y la confiabilidad. En todo proceso de búsqueda es indispensable llevar a cabo un análisis crítico de las fuentes de información, comprobando su exactitud, su credibilidad, el tipo de destinatario pretendido, la objetividad de los contenidos, el tipo de cobertura, el estilo y la facilidad de uso. Cuando un grupo de alumnos muestra interés por un tema muy específico y sobre el que no hay muchos recursos se puede recurrir a otra aplicación que es el intercambio entre personas, aplicación que también es extensible a comunidades docentes que sufran un cierto aislamiento, pero que comparten inquietudes comunes. Además, el desarrollo de proyectos colectivos permite a los estudiantes intercambiar datos sobre su medio ambiente o sobre las semejanzas y diferencias culturales entre sus comunidades. Probablemente una de las aplicaciones educativas más interesantes de Internet es el aprendizaje autónomo. La primera manifestación de esta aplicación es la enseñanza a distancia, cuyos orígenes se remontan a finales del siglo XIX. La enseñanza a distancia ha ido incorporando los nuevos medios técnicos que iban apareciendo y en este sentido internet ofrece algunas ventajas para satisfacer más eficazmente los nuevos requerimientos de la educación. Junto a la enseñanza hay otros servicios que pueden ser útiles para el aprendizaje autónomo: los foros, las sesiones de chat y las listas de correo. Existe una cierta tendencia a pensar que internet se convertirá en el medio de comunicación por excelencia, quedando los medios tradicionales relegados a la categoría de piezas de museo o, en el mejor de los casos, a la de instrumentos de uso marginal. En el ámbito específico de la comunicación educativa no cabe duda de que internet cobrará mayor importancia, pero no dejará de ser un instrumento entre otros, que seguirán siendo imprescindibles para la educación y la transmisión de conocimiento. 2 www.campusred.net/forouniversitario/pdfs/comunicaciones/documentacion/M_Angeles_Cruz_Camara.pdf
  • 15. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 15 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN Para comprender la Filosofía del Derecho, el alumno debe conocer los conceptos o definiciones que los distintos autores han manifestado acerca de esta disciplina en cada época. De las definiciones se podrá determinar sus características e importancia. La Filosofía del Derecho ha sufrido transformaciones en el devenir del tiempo, comenzó siendo dependiente de la Moral, la Teología y la Política; sin embargo, paulatinamente fue logrando su autonomía, operando una distinción. Como consecuencia de esa autonomía, se puede relacionar con otras ciencias o disciplinas del conocimiento. Como todo, la Filosofía del Derecho tiene su objeto, función y sentido; estos aspectos están relacionados con el sistema jurídico y la búsqueda constante de la justicia, como elementos substanciales de una convivencia pacífica. UNIDAD 1 INTRODUCCIÓN A LA FILOSOFÍA DEL DERECHO
  • 16. Sistema de Educación a Distancia 16 MAPA CONCEPTUAL OBJETIVOS ESPECÍFICOS  Determinar las características de la Filosofía del Derecho.  Identificar el objeto, la función y el sentido.  Precisar la importancia para el ordenamiento jurídico. FILOSOFÍA DEL DERECHO SER OBRAR HISTORIA Personas Modelos sociales Modelos políticos Ordenamiento jurídico Aplicando un método estudia principios de CONOCER a través de la en que han generado
  • 17. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 17 DESARROLLO DEL CONTENIDO: GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se desarrolla el concepto y la definición de la Filosofía del Derecho para comprender su importancia y relación con el sistema jurídico obligatorio dentro de un Estado o Sociedad. Además, la forma en que esta disciplina ha evolucionado y adquirió la independencia frente a otras ciencias. En cuanto a su origen, nació unida a la Teología, Moral y Política, generándose una confusión completa; así como parte de la Teología, se consideraba al Derecho como un mandato de la Divinidad y como superior al Ser Humano, convirtiéndose en objeto de la Fe. 2. Objetivos específicos  Definir la Filosofía del Derecho.  Identificar las etapas de su evolución histórica.  Determinar su formación como una disciplina autónoma. 3. Desarrollo del tema CONCEPTO: La Filosofía del Derecho es una rama de la Filosofía que se encarga de estudiar los fundamentos filosóficos que rigen la creación y aplicación del Derecho. Logra una aproximación al hecho jurídico, se acerca a un fenómeno que ha acompañado a la Humanidad desde su aparición, puesto que la ley y el derecho constituyen una constante histórica que ha incidido de una manera general y frecuente en las personas y en los modelos sociales y políticos. La Filosofía no puede entenderse sólo como una reacción espontánea o natural de las personas. El Ser Humano, por naturaleza, tiene la curiosidad de saber. Esta curiosidad por saber no es por sí misma filosófica. En la búsqueda de un concepto claro y sencillo de la Filosofía del Derecho, encontramos que a la Filosofía en general se la puede comprender desde varias perspectivas, así la Filosofía Teorética estudia los primeros principios del ser y del conocer, dividiéndose en estas ramas: Ontología o Metafísica, Gnoseología o Teoría del TEMA 1 CONCEPTO, ORIGEN Y FORMACIÓN
  • 18. Sistema de Educación a Distancia 18 Conocimiento, Lógica, Psicología, Filosofía de la Historia y Estética; en cambio, la Filosofía Práctica estudia los primeros principios del obrar y se divide en Filosofía Moral y Filosofía del Derecho. Quedando señalado que la Filosofía del Derecho es parte de la Filosofía Práctica. La Filosofía considera al Derecho de un modo universal, lo que la diferencia de la Ciencia del Derecho, que se encarga de los aspectos particulares en la vida de los miembros de la sociedad. Cuando se superan las particularidades del Derecho, como sistema jurídico, tratando de entender su integridad lógica, determinando los elementos esenciales comunes a todos los ordenamientos jurídicos; precisar el concepto de Derecho, sus relaciones con la Moral, los elementos constitutivos del Derecho Objetivo y Subjetivo, el sujeto y la relación jurídica, estaremos reflexionando sobre temas que pertenecen a la Filosofía del Derecho, constituyendo una esfera propia de investigación. La Filosofía del Derecho puede definirse como “la disciplina que define el Derecho en su universalidad lógica, investiga los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo histórico, y lo valora según el ideal de la justicia trazado por la pura razón” (Giorgio del Vecchio. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Pág. 279). Cuando esta disciplina describe el origen y la evolución del Derecho, considera que este proceso conduce a verificar gradualmente el ideal de la Justicia, debido a que el espíritu humano genera el derecho; convirtiéndose la Filosofía en un medio de progreso jurídico; siendo el reconocimiento positivo del ideal jurídico. Con el transcurso del tiempo, con el propósito de definir la Filosofía del Derecho, han surgido importantes cuestiones de esta disciplina, que se las puede agrupar de la siguiente forma:  EPISTEMOLOGÍA JURÍDICA: Entra en la reflexión sobre el conocimiento del Derecho, se trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura ha de tener, cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades.  ONTOLOGÍA JURÍDICA: Se encarga de fijar el ser del derecho, es decir el objeto sobre el que se va a filosofar; este objeto es anterior al conocimiento que se le aplica, esto es que tiene una realidad propia antes de ser estudiado. Obtendrá un concepto del derecho que servirá como base para una reflexión filosófica posterior.  AXIOLOGÍA JURÍDICA: Trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida los valores que harán correcto un modelo de derecho o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el derecho. Así, en nuestro ordenamiento jurídico no existe la pena de muerte, sustentándose en el valor de que "el Estado no mate". De todos los valores del Derecho el más importante es el de "Justicia", tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la Justicia.  DEONTOLOGÍA JURÍDICA: Pone de relieve la relación entre el hombre y la realidad jurídica; no se puede prescindir del hombre en la realización del derecho porque la humanidad es la que crea y aplica el derecho, aún más, crea y aplica a sí misma el derecho. En resumen, comprende el deber, la acción, la práctica del Derecho.
  • 19. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 19 Estas cuestiones o inquietudes permiten una comprensión general de los principios, causas y efectos de todas las cosas. Por lo expuesto, se puede señalar que la Filosofía del Derecho responde a exigencias naturales y constantes del espíritu humano. Con el despertar de la conciencia crítica surgió la necesidad de investigar si el ordenamiento jurídico obligatorio es el justo, si la autoridad que gobierna, manda con razón. ORÍGENES Y FORMACIÓN: Los orígenes de la Filosofía en general en el sector occidental se remontan a Grecia. Etimológicamente, la palabra filosofía significa amor a la sabiduría. Respecto a la Filosofía del Derecho, en la evolución histórica, comienza a tener mayor importancia a partir de la Escuela Pitagórica, cuyo pensamiento fundamental es que la esencia de todas las cosas es el número; por tanto, los principios de los números son los principios de las cosas. Este concepto matemático abre el camino a consideraciones astronómicas, musicales y también políticas. La Justicia es una relación aritmética, una ecuación o igualdad, de la cual se deduce la retribución, el contracambio, la correspondencia entre el hecho y el tratamiento de que éste ha de ser objeto. Concepto que se aplica no sólo a la pena en caso de delitos, sino también a otras relaciones jurídicas en la convivencia social. En este recorrido histórico para la formación de la Filosofía del Derecho, consta la Escuela de los Sofistas, siendo la primera que se decidió a afrontar los problemas del espíritu humano, el problema del conocimiento y el ético, en el siglo V antes de Cristo. Constituida por un grupo de pensadores con método dialéctico y grandes elocuentes, caracterizados por discursos antagónicos, provocando actitudes de rechazo público, por sus tesis contradictorias. Sus principales características eran el individualismo y el subjetivismo, en consecuencia, cada hombre tiene un modo propio de ver y de conocer las cosas, por lo que no puede existir una verdadera ciencia objetiva y universalmente válida, negando toda verdad objetiva, no admiten una justicia absoluta. Lo trascendente de los sofistas fue lograr la atención sobre los problemas psicológicos, morales y sociales. En los inicios de la Filosofía del Derecho, es de resaltar el pensamiento de Sócrates, Platón y Aristóteles; así Sócrates enseñó a respetar las leyes, inculcando la obediencia a las leyes del Estado. Platón, discípulo del Sócrates, desarrolló una concepción del Estado, como organismo perfecto, dentro del cual esté la Justicia, considerándola como la virtud por excelencia, en la cual existe una relación armónica entre las varias partes de un todo. Aristóteles, con un carácter más de observador de los hechos, que especulativo como lo era su maestro Platón, consideró al Estado como una unión orgánica perfecta, que tiene por fin la virtud y la felicidad universal; el Estado regula la vida de los ciudadanos mediante leyes, cuyo contenido es la justicia, siendo el principio de esta última, la igualdad, que se aplica de varias maneras, creando una clasificación de justicia, la misma que será analizada en otra unidad didáctica.
  • 20. Sistema de Educación a Distancia 20 Posteriormente, surgieron las Escuelas Estoica y Epicúrea, la primera se deriva de la Escuela de los Cínicos, quienes se caracterizaron por despreciar todas las leyes (sistema positivo) y costumbres dominantes, adoptando una actitud negativa frente al Estado, buscando desvincular a los ciudadanos de éste, regresando a la simplicidad primitiva del estado de naturaleza. Los estoicos concibieron un ideal de hombre sabio, que venció todas las pasiones y se ha liberado de la influencias externas, siendo la libertad que jamás podrá destruir alguna forma de opresión. La Filosofía estoica, de cierta forma, es la precursora del cristianismo. La segunda escuela antes indicada, tiene como característica que el único bien es el placer, siendo el fundamento de la obligación. Epicuro, fundador de esta Escuela en Atenas, consideró a la virtud no como el fin supremo (criterio estoico), sino un medio para llegar a la felicidad. Generó preceptos éticos que originó una teoría sobre la gradación de los placeres. Su doctrina no es puramente materialista, pues consideraba a la amistad como el más grande de los placeres. Su pensamiento respecto al Estado, se sustenta en la concepción utilitaria, así niega la naturaleza sociable y gregaria del hombre, por lo que la lucha permanente entre los hombres, era fuente de dolor, naciendo la necesidad de la formación del Estado. De esta manera, Epicuro consideraba al Derecho como un pacto de utilidad y el Estado es el efecto de un convenio, que los hombres podrán romper siempre que no se encuentren en tal unión la utilidad que se propusieron al concertarlo; encontrándonos frente a la primera formulación de la teoría del contrato social. Durante el desarrollo histórico de la Filosofía del Derecho, en Roma se produjeron corrientes filosóficas, derivadas de Grecia. Los Juristas Romanos no alcanzaron una gran altura en las abstracciones teóricas, en las ideas puramente filosóficas; pero lograron llevarlas a la práctica del Derecho Positivo, en la aplicación concreta de las normas, satisfaciendo las exigencias lógicas y las necesidades cambiantes de la realidad. Lograron progresos en el Derecho, según el contenido de las nuevas exigencias, con una técnica formal perfecta. El derecho positivo ecuatoriano tiene su principal origen en el derecho romano, el cual se sustentó en la filosofía griega. Las instituciones jurídicas que conforman el Derecho Civil tienen su sustento en el derecho positivo romano. De una manera resumida, las siguientes etapas en la evolución histórica de la Filosofía del Derecho, luego de los Juristas Romanos, se encuentran: el Cristianismo en la Edad Media, sustentada en la doctrina religiosa y moral, alcanzó efectos e influencia notables sobre la política, en cuanto a la organización social de la Iglesia que tenía caracteres propios de todo sistema político; y la jurisprudencia, considerando valores cristianos como la caridad. Además, una nueva concepción del Estado frente a la Iglesia, pues la meta última no es solamente la vida civil, sino alcanzar la beatitud celeste, mediante la subordinación a los preceptos divinos interpretados por la Iglesia; la cual se convierte en un ente autónomo superior al Estado, debido a que se ocupa de los fines eternos, complicándose la relación política, entre Estado e Iglesia. La Filosofía del Derecho durante la Edad Moderna, contó con algunos pensadores sobresalientes en sus tesis, entre ellos, Montesquieu, quien busca explicar a través de sus ensayos, las leyes, las instituciones jurídicas, costumbres y ordenamientos políticos y sociales de varios pueblos, para demostrar las razones y motivos que los han determinado.
  • 21. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 21 Entre sus méritos está el método histórico utilizado en sus investigaciones acerca del Derecho y el aporte de doctrinas políticas. Enunció que “para que no se pueda abusar del poder, es preciso que el poder detenga al poder”, debiendo organizarse los Poderes del Estado, de tal forma, para que se limiten mutuamente; distinguiendo tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, principio filosófico y político contenido en nuestra Constitución Política. Juan Jacobo Rousseau y el Contrato Social, partiendo del criterio que la sociedad política debe aceptarse como un hecho irrevocable, dentro de la cual debe conseguirse la libertad y la igualdad, de las cuales disfrutaba el hombre en la etapa primitiva. Para hacer efectivo el goce de los derechos naturales del hombre civilizado, lo importante es encontrar un modo para restablecer esos derechos, siendo éste el Contrato Social. El concepto de Contrato Social para Rousseau era una forma ideal de asociación, en la cual la pertenencia a un cuerpo político no destruye la libertad de los individuos; su contenido significaba la consagración política de los derechos de libertad e igualdad, propios del hombre en el estado de naturaleza. Además, manifestó que era un postulado de la razón, una verdad no histórica, sino normativa y reguladora. Con este concepto quiso indicar la forma en que debe ser constituido el orden jurídico, a fin de que socialmente sean conservados íntegros los derechos que el hombre tiene por naturaleza. En resumen, concibió al Contrato Social como un modo en que los individuos por un instante confieren sus derechos al Estado, el cual después se los reintegra a todos como derechos civiles. Otro filósofo que influyó en el Derecho fue Manuel Kant, quien tiene el mérito de haber despejado aquella confusión, afirmando el valor puramente racional (regulativo) de los principios del Derecho Natural. Concibe al Contrato Social como pura idea que expresa el fundamento jurídico del Estado como su arquetipo (modelo) racional. A Kant se lo puede considerar como un renovador de la Filosofía del Derecho, de él proceden las diversas corrientes filosóficas, como fueron el idealismo, el empirismo y el positivismo. Así mismo, se propuso investigar las condiciones y los límites de nuestro conocimiento y determinar la posibilidad y el valor del mismo. En la formación de la Filosofía del Derecho, desde su origen, han sido diferentes autores y doctrinarios los que con sus pensamientos y análisis crítico permitieron el surgimiento de esta rama de la Filosofía en General. Siguiendo con el desarrollo histórico, también existió el Historicismo Político o Filosofía de la Restauración, cuyos expositores señalaban que el Derecho no es abstracto que se pueda descubrir por deducción, esto es, producido por el pensamiento de un hombre; por el contrario, se trata de un hecho histórico, que supone la elaboración y transmisión de generación en generación. Posteriormente, el Historicismo Filosófico o Idealismo Objetivo, representado por Schelling y Hegel; y, el Historicismo Jurídico o Escuela Histórica del Derecho, siendo un filósofo trascendente de esta escuela, Carlos Savigny, quien sostenía que debían unificarse todas las leyes vigentes en los varios Estados, formando un solo
  • 22. Sistema de Educación a Distancia 22 Cuerpo de Leyes, sustentando su tesis, en un aspecto de carácter práctico, debido a los inconvenientes al existir disparidad de las leyes y de las costumbres. En la época contemporánea se cuenta con numerosos filósofos del Derecho, en ciertos casos con nuevas criterios o tesis; otros, siguiendo con mayor fuerza las corrientes de pensamiento, importantes en tiempos anteriores. Es de señalar, que el sistema jurídico ecuatoriano tiene su base en el pensamiento filosófico del occidente, en sus diferentes normas o disposiciones se recoge los criterios emanados de los seguidores de las diferentes escuelas antes mencionadas. La Filosofía del Derecho obtiene su autonomía porque el filósofo, jurista es un amante del conocimiento, en búsqueda de la verdad, alcanzar la justicia, la paz y el bien común. 4. Orientaciones específicas para el estudio Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas reflexivas del contenido desarrollado. Además, el estudiante puede profundizar respecto del pensamiento de los diferentes filósofos del Derecho, de los cuales solamente consta una síntesis de sus tesis o los aspectos destacables para la formación de esta disciplina, y su influencia en los sistemas jurídicos de los diferentes países, en particular del Ecuador. El alumno deberá hacer una lectura pausada para una mejor comprensión del tema desarrollado, y necesitará de un lugar y momento adecuados para interiorizar el contenido.
  • 23. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 23 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Filosofía del Derecho se originó unida a la: a. Lógica b. Moral c. Historia 2. La Filosofía considera al Derecho de un modo: a. Universal b. Particular c. Mixto 3. La Ontología Jurídica es la que se encarga de analizar respecto del derecho, lo siguiente: a. Sujeto b. Objeto c. Método 4. La Filosofía del Derecho, durante su evolución histórica, comienza a tener mayor importancia a partir de la Escuela: a. Sofista b. Pitagórica c. Estoica 5. El Cristianismo que se sustentó en la doctrina religiosa y moral, apareció en la edad: a. Antigua b. Moderna c. Media II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. La Axiología Jurídica dilucida los valores en que se sustenta un modelo de derecho. ( ) 2. Montesquieu aportó con el concepto de contrato social como una forma ideal de asociación de individuos. ( ) 3. A Manuel Kant se lo considera un renovador de la Filosofía del Derecho porque aportó criterios para corrientes filosóficas como el idealismo, empirismo y positivismo. ( ) 4. Uno de los principales pensadores de la Escuela Histórica del Derecho es Carlos Savigny. ( ) 5. Rousseau aportó con la tesis de la división de los poderes del Estado para que exista controles mutuos y limitaciones. ( )
  • 24. Sistema de Educación a Distancia 24 I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. b. 2. a. 3. b. 4. b. 5. c. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. F 3. V 4. V 5. F SOLUCIONARIO
  • 25. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 25 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se indica el vínculo que tiene la Filosofía del Derecho con otras disciplinas en general, así mismo, con diferentes ramas del Derecho; partiendo de que se encarga del análisis de los diferentes corrientes o escuelas filosóficas, tiene como fin explicar la creación del sistema jurídico como instrumento para la convivencia pacífica de los individuos. En sus inicios, la Filosofía formaba parte de otras ramas del conocimiento; sin embargo, al lograr su independencia, sigue estando relacionada con las disciplinas a las que perteneció. 2. Objetivos específicos  Señalar las disciplinas con las que se relaciona la Filosofía del Derecho.  Determinar la importancia de la relación con otras disciplinas. 3. Desarrollo del tema La Filosofía y el Derecho guardan una estrecha relación, en el plano filosófico y en forma regular, lo que se debe a que todo ser humano trata de dar una explicación sobre los diferentes problemas universales del Derecho. La actividad intelectual de los seres humanos genera una conexión entre las diferencias ciencias del saber, porque constituyen una unidad, con carácter orgánico y sistemático. Por tal motivo, la Filosofía del Derecho se encuentra relacionada con otras disciplinas como con:  LÓGICA: Se la define como la “ciencia que estudia las formas del conocimiento en general y del conocimiento científico en particular”; con frecuencia, se indica que es la ciencia que se ocupa de las formas y leyes del pensamiento, siendo éste último, el resultado de un proceso intelectual que hace el sujeto, en virtud de las impresiones causadas por el objeto. El filósofo del Derecho, el jurista, debe tener un pensamiento ordenado, preciso y coherente; utilizando los juicios, criterios, conceptos alcanzados en la solución de los problemas del contexto real. TEMA 2 RELACIÓN DE LA FILOSOFÍA CON OTRAS DISCIPLINAS
  • 26. Sistema de Educación a Distancia 26 La forma de expresar el pensamiento es a través del lenguaje; el cual es un sistema de signos por medio del cual el hombre elabora, manifiesta y comunica sus pensamientos a los demás. El pensamiento es abstracto, mientras el lenguaje es escrito o verbal. Los diferentes cuerpos legales que conforman el ordenamiento jurídico ecuatoriano son la expresión del pensamiento legislado y escrito de forma coherente y organizada. El lenguaje jurídico se convierte en un conjunto sistemático de signos que utilizan los operadores jurídicos (jueces, abogados, juristas) para comunicarse razonadamente con los miembros de la sociedad. El profesional del Derecho para demostrar la validez de sus conocimientos y experiencias, recurre a la lógica jurídica y a la filosofía del Derecho, utilizando un pensamiento ordenado, con conceptos, razonamientos y criterios que son el fundamento de sus planteamientos. El pensamiento lógico y jurídico es una actividad racional del cerebro humano. El sistema positivo de los distintos Estados tiene un sustento filosófico, como se lo señaló al tratar de los orígenes y formación de la Filosofía del Derecho; siendo necesario el uso de la lógica, esto es, un pensamiento ordenado y coherente, para la aplicación de las normas jurídicas y la solución de problemas legales.  ÉTICA: Es la que se ocupa de una situación en la que intervienen normas morales, que ordenan cierto tipo de comportamiento humano, y que a su vez están recogidas en las normas legales; así en el caso de matar y robar están consideradas como conductas incorrectas y constan como delitos en el Código Penal Ecuatoriano. La conforman un sistema de normas que regula las relaciones mutuas de los individuos, determinados por la fuerza de las costumbres y aceptadas por el orden social establecido; siendo su objetivo principal conseguir el bien mediante el cumplimiento del “deber” o del “obrar”. La Filosofía del Derecho tiene una estrecha vinculación con la Ética, pues la primera busca explicar los principios y valores que conforman a la segunda, como es el deber, el honor, la justicia. Cabe precisar que las normas de comportamiento no son preceptos estáticos, sino que se transforman por las condiciones económicas, políticas, culturales, religiosas y sociales, según las necesidades humanas.  SOCIOLOGÍA: Esta ciencia tiene como objetivo el estudio de las sociedades a través de una profunda observación de los hechos sociales para lograr descubrir las leyes del desarrollo, lo que nos permite comprender por qué ocurren los diferentes acontecimientos y hacia donde se proyectan. García Maynez manifestó que “la Sociología es la disciplina que tiene por objeto la explicación de los fenómenos jurídicos considerados como hecho social”; en complemento, Del Vecchio sostuvo que “no se concibe sociedad sin Derecho, ni un Derecho sin una sociedad humana”.
  • 27. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 27 La Sociología se dedica a descubrir y explicar las causas y consecuencias de los diferentes acontecimientos sociales; esta rama de la Filosofía busca definir el Derecho en su universalidad lógica, investigando los orígenes y los caracteres generales de su desarrollo histórico, valorando según el ideal de la justicia trazado por la razón; y, el Derecho es un hecho social, que tiene transformaciones con efectos jurídicos, que precisamente la Filosofía los analiza, investigando la razón de los diferentes hechos sociales. En conclusión, la Sociología estudia lo que es, los hechos acaecidos; mientras la Filosofía del Derecho es deber ser, la determinación y el ideal del Derecho.  PSICOLOGÍA: Se puede entender como la ciencia que estudia los procesos y estados concientes del hombre, que proporciona al derecho bases prácticas y seguras para el mejor ejercicio y control de la conducta humana (Hernán Jaramillo Ordóñez. CIENCIA Y TÉCNICA DEL DERECHO. Pág. 162). El Derecho es cabalmente un hecho del espíritu humano. Las personas son sujetos del Derecho, cuyo comportamiento y conducta es la consecuencia de sus estados mentales, por esto, la importancia de la psicología para el ordenamiento jurídico. Esta disciplina tiene importancia para los filósofos al investigar el Derecho, por cuanto los sistemas jurídicos se generan del pensamiento ordenado y sistemático, y están encaminados a regular la convivencia social, tratando de comprender el alcance del comportamiento humano. Cada persona tiene diferentes reacciones ante los estímulos, así puede ocurrir que un mínimo estímulo hace enojar a determinada persona, mientras que a otra, no le genera ninguna emoción fuerte. De este análisis se encarga la psicología, no obstante, la filosofía le confiere el sentido de la presencia de estos comportamientos humanos en el ordenamiento jurídico. Establecido el Derecho Positivo, las normas imperativas que lo integran se dirigen a las conciencias individuales, exigiendo obediencia, una conducta determinada, retornando al espíritu que las originó.  ADMINISTRACIÓN: Considerada como un proceso sistemático, metódico, organizado y ordenado para obtener los resultados previstos y planeados; coordina acciones encaminadas a alcanzar los propósitos preestablecidos, entre los que se encuentra un servicio eficiente y eficaz. La prestación de un servicio eficiente y eficaz debe consistir el principal propósito de la administración, y tratándose de la Administración Pública está dirigida a la satisfacción de las necesidades de la colectividad; entonces la Filosofía se encarga de estudiar la razón de ser o el deber ser del referido servicio, así como el que estén regulados por las normas jurídicas.  JURISPRUDENCIA: Al considerar la Filosofía al Derecho en universal, se vincula con la ciencia del Derecho Positivo, la Jurisprudencia, proporcionándole las razones y los criterios fundamentales; resumiendo y unificando con sentido lógico los datos particulares de los fallos o sentencias.
  • 28. Sistema de Educación a Distancia 28 Existe una necesidad recíproca de conexión entre la Filosofía del Derecho y la Jurisprudencia; por una parte, la primera debe considerar la realidad histórica o positiva para poder encontrar y aplicar los criterios; y por otra, la Jurisprudencia utiliza esos criterios. Siendo confrontados los fenómenos jurídicos particulares con la noción universal del Derecho, que es la Filosofía; además, dichos fenómenos deben ser reformulados según la evolución jurídica en general, y valorados conforme el principio ideal de la Justicia. 4. Orientaciones específicas para el estudio Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda la lectura comprensiva de otras definiciones de las disciplinas relacionadas con la Filosofía del Derecho. Determinar con precisión dichas definiciones para entender su alcance y la relación con la ciencia en estudio. El alumno deberá hacer una lectura con calma y despacio para una mejor comprensión del tema desarrollado, y necesitará de un lugar y momento adecuados para interiorizar el contenido.
  • 29. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 29 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La disciplina que estudia las formas y leyes del pensamiento es: a. Filosofía b. Sociología c. Lógica 2. La ciencia que se ocupa de las normas morales que ordenan el comportamiento humano es: a. Psicología b. Ética c. Sociología 3. La disciplina que se dedica a descubrir y explicar los acontecimientos sociales es: a. Sociología b. Lógica c. Ética 4. Cuando la Filosofía del Derecho vincula a la disciplina que estudia los estados mentales del hombre, se refiere a: a. Lógica b. Psicología c. Ética 5. La ciencia que utiliza los criterios filosóficos para unificar los fallos o sentencias es: a. Lógica b. Administración c. Jurisprudencia II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El lenguaje jurídico se convierte en un conjunto sistemático de signos que utilizan los operadores jurídicos. ( ) 2. Las normas de comportamiento son preceptos estáticos, que no tienen influencias económicas, culturales y políticas. ( ) 3. La Sociología estudia el deber ser y la Filosofía los hechos sociales. ( ) 4. Todas las personas tienen la misma reacción ante el ordenamiento jurídico. ( ) 5. La Administración es un proceso sistemático, metódico y organizado para obtener los resultados previstos y planeados. ( )
  • 30. Sistema de Educación a Distancia 30 I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. b. 3. a. 4. b. 5. c. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. F 3. F 4. F 5. V SOLUCIONARIO
  • 31. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 31 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se desarrollan los métodos de la Filosofía del Derecho, entendiéndose al método como el camino o el procedimiento que sigue el pensamiento humano para conocer la verdad; o, también se lo considera como un conjunto de reglas a las que debe atenerse la mente en sus procesos cognoscitivos. Se describen los métodos que se utilizan en la Filosofía del Derecho para llegar a comprender el Derecho en general, su origen, fines y la formación de un sistema jurídico que regula la convivencia social. 2. Objetivos específicos  Determinar los métodos utilizados en la Filosofía del Derecho.  Señalar las características de los métodos, ventajas y desventajas. 3. Desarrollo del tema CONCEPTO: El método en un sentido amplio, se considera al procedimiento utilizado por los investigadores, pensadores y doctrinarios para llegar al conocimiento de la verdad y de la realidad. CLASES: Se distinguen dos tipos principales de métodos en general, que son la inducción y la deducción. Cuando se parte de hechos particulares para llegar a principios generales, estamos frente a la inducción; mientras que al partir de los principios generales hacia los casos particulares, estamos frente a la deducción. La inducción es completa cuando se considera la totalidad de los casos observados. En el caso de la deducción, una forma típica es el silogismo, se llega al conocimiento de lo particular, sustentándose en el conocimiento de lo general. MÉTODOS DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO: Para alcanzar el conocimiento del Derecho en su universalidad, se utilizan los dos métodos antes señalados, deductivo e inductivo. TEMA 3 MÉTODOS
  • 32. Sistema de Educación a Distancia 32 En la primera investigación de esta disciplina, tiene la primacía el método deductivo, es decir, un análisis racional, debiendo ser analizadas las condiciones que determinan la posibilidad del Derecho y su conocimiento. Es necesario, tener un criterio respecto del Derecho, a fin de distinguirlo de otras manifestaciones de la historia, como es la moral, la religión. Para lo cual, la experiencia sirve de confrontación. Este método también es usado para investigar respecto del ideal del Derecho, es decir, de la valoración superior a los hechos. La observación empírica (la experiencia) presenta hechos conformes o contrarios al ideal. Para la investigación de la evolución histórica y la fenomenología del derecho prevalecerá el método inductivo. Se recogen hechos, se analizan las instituciones jurídicas positivas de los diferentes Estados; para lo que se requiere principios racionales, como la noción del Derecho y de la causa. Al utilizar el método inductivo en la investigación, hay que estar exento de prejuicios a favor o en contra de cualquier institución o dato del hecho. El método inductivo comprende dos tipos: el método genético y el comparativo. El genético servirá para obtener un conocimiento integral de la evolución del Derecho, partiendo de sus inicios. El método comparativo está relacionado con el Derecho de cada sociedad que se presenta con sus caracteres unilaterales y no puede brindar un cuadro completo de la entera realidad humana. Dentro del método comparativo, al confrontar el Derecho de diferentes sociedades, se observa una evolución distinta. Una investigación cuidadosa, permite discernir, por lo menos hasta cierto punto, los diversos estratos que en un sistema jurídico corresponden a los momentos diversos de su desarrollo; siendo posible descubrir en el mismo sistema, la historia de su formación; así una costumbre antigua en desarmonía con el Derecho escrito, podrá conducir a reconstruir todo un orden de relaciones características de una edad ya pretérita y desaparecida. Las observaciones hechas en esta disciplina, muestran una verdad de gran importancia, que el espíritu humano es uno y sigue las mismas leyes en el desenvolvimiento; encontrando las mismas instituciones jurídicas en sociedades entre los cuales se ha probado que no existió intercambio o comunicación. Comunicabilidad del Derecho, esto es, las influencias de la comunicación histórica, por el cual, el derecho de una sociedad pasa a otra, porque se lo puede asimilar haciendo las adaptaciones oportunas; el Derecho es un fenómeno de la Humanidad. El Derecho Romano fue acogido por diversos sistemas positivos de otros Estados, así en Alemania fue transformado en Derecho Común. En el caso de Ecuador, la mayoría de las instituciones jurídicas contenidas en el Código Civil tienen su origen en el Derecho Romano, de allí la importancia del estudio del Derecho Romano para alcanzar a comprender otras ramas del Derecho. Se puede observar que no habría contradicción entre la comunicación histórica y la uniformidad natural del Derecho, al existir un fondo de identidad en el espíritu humano.
  • 33. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 33 En el Derecho de cada Estado existen presupuestos universales que reflejan la común naturaleza, haciendo que las evoluciones jurídicas particulares puedan interrelacionarse con otras, generando sistemas mixtos mutuos. Las comunicaciones o conexiones históricas contribuyen, a fomentar el proceso de coordinación jurídica de la Humanidad, que tiene su base primaria en el fondo común de la naturaleza humana. 4. Orientaciones específicas para el estudio Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda al alumno hacer una lectura pausada y reflexiva para una mejor comprensión del contenido desarrollado. El estudiante puede utilizar los métodos planteados, haciendo un análisis filosófico de las disposiciones jurídicas contenidas en el Código Civil Ecuatoriano, que tiene una gran influencia del Derecho Romano.
  • 34. Sistema de Educación a Distancia 34 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. El método del que se parte de los hechos particulares a los principios generales, se denomina. a. Inductivo b. Deductivo c. Ecléctico 2. El silogismo es una forma típica del método: a. Deductivo b. Inductivo c. Comparativo 3. Cuando se confronta el Derecho de las distintas sociedades para observar su evolución histórica, se trata del método: a. Deductivo b. Comparativo c. Inductivo 4. Cuando el Derecho de una sociedad pasa a otra, haciendo adaptaciones oportunas, existe: a. Deducción b. Inducción c. Comunicabilidad 5. El método que tiene como propósito obtener un conocimiento integral de la evolución del Derecho, se denomina: a. Comparativo b. Inductivo c. Genético II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El método no es un procedimiento, sino una situación en particular. ( ) 2. El método inductivo se clasifica en dos tipos: genético y comparativo. ( ) 3. La Filosofía del Derecho únicamente utiliza el método deductivo. ( ) 4. El método inductivo prevalecerá en la investigación de la evolución histórica y fenomenológica del Derecho. ( ) 5. El Derecho es un fenómeno de la Humanidad, por eso su comunicabilidad entre los diferentes sistemas jurídicos de las sociedades. ( )
  • 35. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 35 I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. a. 2. a. 3. b. 4. c. 5. c. II. VERDADERO O FALSO 1. F 2. V 3. F 4. V 5. V SOLUCIONARIO
  • 36. Sistema de Educación a Distancia 36 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción En este tema se desarrolla el concepto del Derecho Natural y su relación con la Filosofía del Derecho. La evolución del Derecho Natural hasta la aparición del Derecho Positivo. La doctrina del Derecho natural en la búsqueda de la justicia, en la determinación de lo bueno y malo para las relaciones humanas. El estudio de los hechos humanos para lograr una justa solución a los problemas que surgen de la convivencia social. Al principio, la Filosofía del Derecho se encargó del análisis de lo abstracto, luego surgió la necesidad de profundizar acerca de lo concreto y del hecho histórico positivo del Derecho. 2. Objetivos específicos  Establecer la relación entre la Filosofía del Derecho con el Derecho Natural.  Determinar las características del Derecho Natural. 3. Desarrollo del tema El DERECHO NATURAL: Se lo considera como el criterio que permite valorar el Derecho Positivo y medir la intrínseca justicia del mismo. Cuando entra en contradicción con el Derecho Positivo, conserva su validez de criterio ideal. El Derecho Positivo, esto es, el conjunto de normas que componen el ordenamiento jurídico, no desconoce por completo el vínculo jurídico natural, que puede subsistir aun fuera de las condiciones señaladas en las normas legales para la validez de los actos y negocios jurídicos. Este Derecho busca obtener de la naturaleza de las reglas justas de la conducta humana, con una gran influencia religiosa. Así, Grocio definió a la Ley Natural como dictado de la naturaleza racional, a través del cual, Dios, autor de la Naturaleza, prohíbe o manda ciertos actos. Este mismo pensador afirmó que la ley natural procede de los rasgos esenciales implantados en el hombre, se puede atribuir a Dios, quien ha deseado que estos rasgos existan en las personas. 3 3 Kelsen, Hans. ¿QUÉ ES JUSTICIA? Pág. 65. TEMA 4 FILOSOFÍA DEL DERECHO Y EL DERECHO NATURAL
  • 37. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 37 EVOLUCIÓN DE LA RELACIÓN: El Derecho Natural surgió antes de existir un análisis científico del Derecho Positivo, así mismo la Filosofía del Derecho es anterior a la Ciencia del Derecho; incluso en algún momento, se la identificaba como Derecho Natural. A principios del Siglo XIX se generó una reacción contra el Derecho Natural, y en general contra el pensamiento metafísico; sosteniendo que la Filosofía del Derecho debía investigar los hechos concretos. Esta actitud de rechazo se produjo porque los propulsores del Derecho Natural en sus investigaciones habían olvidado el estudio material histórico, haciendo un uso inadecuado de la metafísica, apartándose del propósito de ésta. Sin embargo, se debe evitar los extremos, estudiando únicamente al Derecho Positivo, olvidándose de lo justo como puro ideal. Frente a la reacción señalada, por algunos errores de los doctrinarios del Derecho Natural, se cambió el nombre de la disciplina, pasando a ser Filosofía del Derecho, denominación que para algunos autores es más comprensiva, con un sentido genérico, debiendo conservarse de esta manera. Lo importante es la búsqueda constante del ideal de la justicia, considerada como una virtud por antiguos filósofos griegos, y como un alto valor del espíritu humano junto con la caridad, para la escuela del cristianismo. El ser humano debe consagrar gran parte de su vida al estudio y a la defensa de la justicia. El respeto auténtico del ideal consiste en suponer que se verifique siempre en los hechos, en la realidad empírica, sino en considerarlo tal y como es, como algo que tiene vigencia y es verdadero, aun cuando se le opongan las eventualidades físicas. LA DOCTRINA DEL DERECHO NATURAL Y LA CIENCIA: Se parte de que la naturaleza es el supremo creador, que los fenómenos naturales tienen un objetivo o revisten una finalidad, dotando a la naturaleza de voluntad e inteligencia; convirtiéndose en un ser a quien el hombre le debe obediencia. En los albores de la humanidad, surge el animismo, el ser primitivo cree que los objetos de la naturaleza están animados; haciéndose una interpretación social de la naturaleza. El animismo fue una interpretación religiosa de la naturaleza. Posteriormente, nace el monoteísmo, sustituyendo al animismo, siendo el sustento que al crear Dios a la naturaleza, es una manifestación de su voluntad todopoderosa y justa; pudiéndose deducir de la naturaleza reglas justas de conducta humana. Para pensadores como Hobbes, los dictados de la razón (principios del Derecho Natural) pueden tener fuerza de Ley, si se mantiene que incumbe a Dios, siendo las leyes de la naturaleza (creación divina) eternas e inmutables; mientras que las leyes positivas, creadas por el hombre, son pasajeras y cambiantes. La primera objeción que hace la ciencia a la doctrina del Derecho Natural es que no diferencia entre las leyes científicas de la naturaleza, para describir su objeto, y las reglas mediante las cuales la Ética y la Jurisprudencia describen su objeto, como la Moral y el Derecho. El valor que se otorgue al objeto dependerá de una norma preestablecida y no de sus características y propiedades.
  • 38. Sistema de Educación a Distancia 38 En las sociedades existen sistemas jurídicos y morales diferentes, mientras que sólo existe un sistema de la naturaleza. Los antiguos iusnaturalistas atribuyeron al Derecho Natural una verdad fenoménica, identificando el concepto metafísico con el concepto físico de la naturaleza; mientras que los modernos, reconocieron sólo la existencia del Derecho Positivo, negando con frecuencia, la existencia de un Derecho Natural como criterio ideal del Derecho Positivo. La doctrina del Derecho Natural, como el animismo primitivo, concibe la naturaleza como parte de la sociedad, y la Ciencia Moderna es el resultado de un proceso caracterizado por la tendencia a liberar la interpretación de la naturaleza de las categorías sociales. Dicha doctrina puede sobrevivir si reconoce su carácter religioso. Por otra parte, entre las funciones más esenciales de la doctrina del Derecho Natural es justificar el establecimiento del Derecho Positivo o la existencia de un Estado competente para establecerlo. Notándose una dualidad que consiste en la naturaleza humana buena, pero que requiere de un sistema coercitivo para castigar la maldad. Sin embargo, los juristas han admitido que la ley nunca puede contrariar a la razón. Uno de los métodos para lograr una identificación entre el Derecho Positivo y el Derecho Natural es partiendo de la definición de justicia, aceptada por los seguidores de la doctrina del Derecho Natural: “A cada cual según sus necesidades”; fórmula, que a criterio de Hobbes, presupone un ordenamiento jurídico que determine qué es lo de cada cual; no pudiéndose dar justicia en donde no existe el Derecho Positivo. La doctrina del Derecho Natural puede contener conceptos no verificables, no obstante, continuará teniendo influencia sobre el pensamiento social por satisfacer una necesidad humana de justicia. Un análisis de esta doctrina desde la Ciencia, desde una búsqueda de la verdad, carece de valor. Puede resultar útil, desde una perspectiva política, como un instrumento intelectual para la lucha por la consecución de intereses determinados. 4. Orientaciones específicas para el estudio Para el aprendizaje del presente tema, se recomienda hacer como mínimo dos lecturas reflexivas de su contenido. El alumno luego de hacer las lecturas comprensivas del contenido completo del tema, podrá profundizar cada parte de éste, sin romper la unidad del mismo, con el propósito de retener la información básica que le permita formar su propia corriente del pensamiento filosófico.
  • 39. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 39 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Ley Natural como dictado de la naturaleza racional, a través del cual Dios, su creador, prohíbe o manda ciertos actos, fue manifestado por: a. Hobbes b. Pufendorf c. Grocio 2. La reacción en contra del Derecho Natural se produjo en el siglo: a. XVIII b. XIV c. XIX 3. La doctrina del Derecho Natural tiene como principal objeto de estudio: a. Hombre b. Relaciones c. Naturaleza 4. En la época en que el ser primitivo le da una interpretación social de la naturaleza, se lo denomina: a. Animismo b. Monoteísmo c. Politeísmo 5. La doctrina del Derecho Natural analizada desde la Ciencia, considera que puede resultar útil para: a. Sociología b. Política c. Historia II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. El Derecho Natural es posterior al Derecho Positivo. ( ) 2. A la Filosofía del derecho en algún momento de la Historia se la identificaba con el Derecho Natural. ( ) 3. El rechazo del Derecho Natural originó que la Filosofía del Derecho se encargara de investigar hechos concretos. ( ) 4. Como consecuencia de la reacción en contra del Derecho Natural por los abusos de la metafísica, se produjo un cambio de nombre de la disciplina. ( ) 5. Un método para lograr una identificación del Derecho Natural y Positivo es partiendo de la definición de naturaleza. ( )
  • 40. Sistema de Educación a Distancia 40 I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. c. 3. c. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. F 2. V 3. V 4. V 5. F SOLUCIONARIO
  • 41. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 41 ACTIVIDADES PARA LA REFLEXIÓN E INDAGACIÓN 1. Esquematizar las diferencias entre la Filosofía del Derecho y otras disciplinas afines, en la que consten mínimo dos diferencias. 2. Indicar la importancia de la Filosofía del Derecho, en un mínimo de diez líneas. ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ 3. Señalar el método aplicado en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________ ______________________________________________________________________
  • 42. Sistema de Educación a Distancia 42
  • 43. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 43 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES INTRODUCCIÓN La Filosofía del Derecho se encarga de estudiar el Derecho en su universalidad, y el Derecho considerado como un ordenamiento jurídico que regula la convivencia social, se caracteriza por conseguir los fines que beneficien a la Humanidad; estando presente, entre éstos, la Justicia, cuyo concepto más general y sencillo es dar a cada cual lo que le corresponde. El sistema positivo de cualquier Estado tiene como propósito fundamental alcanzar la justicia, la cual, ha sido considerada por algunas corrientes filosóficas como virtud o como valor de los seres humanos. Todo profesional del Derecho debe tener una definición de este máximo ideal de todo sistema jurídico, siguiendo o no las corrientes filosóficas existentes, porque los diferentes cuerpo legales o codificaciones tienen este propósito, y en el momento de no cumplirse, los juristas, abogados y demás operadores jurídicos son los primeros llamados a generar cambios o modificaciones en las normas jurídicas, para evitar los injustos legales. En esta unidad se desarrollará la definición y características de la Justicia, los presupuestos que permiten su origen o presencia, las clases de justicia según se regulan las relaciones dentro de una sociedad y la importancia de los juicios de valor en el Derecho, para alcanzar la justicia. UNIDAD 2 JUSTICIA
  • 44. Sistema de Educación a Distancia 44 MAPA CONCEPTUAL OBJETIVOS ESPECÍFICOS  Caracterizar la Justicia.  Identificar los criterios utilizados en la aplicación del Derecho para alcanzar la justicia. Gobernantes, jueces y administradores de justicia. HonradezRectitudVirtud Relaciones jurídicas Relaciones sociales Dar a cada uno lo que le pertenece El espacio de libertad, dentro del cual pueda desenvolverse su personalidad y trasformarse de hombre en persona. Justicia Legal Justicia Distibutiva Justicia El derecho como lo justo Función de equidad formas de obrar los que garanticen que permitan asegurar
  • 45. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 45 DESARROLLO DEL CONTENIDO: GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción Dentro de toda Sociedad o Estado, sus miembros sienten seguridad cuando su ordenamiento jurídico tiene como propósito primordial lograr la justicia; estando obligados todas las personas a actuar en este sendero, más aún, los operadores jurídicos, quienes directamente están en la Administración de Justicia. Con el desarrollo de este tema, se tendrá la definición de la Justicia, y los elementos o características que la distinguen de otros fines que persigue el Derecho. 2. Objetivos específicos  Definir la Justicia.  Determinar las características de la Justicia. 3. Desarrollo del tema DEFINICIÓN: Para algunos filósofos o pensadores del Derecho resulta utópica una definición perfecta de Justicia; se ha convertido en la eterna pregunta de la Humanidad, por estar sin una respuesta definitiva. Entre los filósofos griegos, Platón, manifestó que la “Justicia es la virtud ordenadora de las demás virtudes”, y que “la virtud peculiar del pueblo es la templanza; la de los guerreros, la fortaleza; la de los filósofos, la prudencia”. En la época de los Juristas Romanos, Domicio Ulpiano la define como “la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo”. Para Hans Kelsen, consideró que existe una justicia relativa, siendo lo más importante que se presente en el orden social, bajo cuya protección pueda progresar la búsqueda de la verdad. La Justicia se la puede considerar como una cualidad posible de un orden social que regula las relaciones mutuas entre las personas. Este orden social debe ser justo, de tal manera, que las personas estén satisfechas. TEMA 5 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS
  • 46. Sistema de Educación a Distancia 46 La búsqueda de la justicia se mezcla con la búsqueda constante de la felicidad por parte de los seres humanos, de allí que Platón, identificando la justicia con la felicidad, sostuvo que “un hombre justo es feliz y un hombre injusto es infeliz”, argumento que no es una respuesta definitiva, por cuanto si se considera que la Justicia es la felicidad individual, es imposible un orden jurídico justo. Es muy distinto, si la felicidad implica la satisfacción de necesidades socialmente reconocidas; significa un cambio de pensamiento en los individuos, para llegar a anteponer la satisfacción de las necesidades sociales frente a las personales. Continuando con los criterios expuestos por Platón, expresó que “la vida más justa es la más agradable”; no obstante, admitió que en alguna ocasión quizá el hombre justo puede ser infeliz y el injusto ser feliz. A pesar, de esta opinión, afirmó la necesidad de que los individuos, sujetos a un orden jurídico, crean en el principio de que sólo el hombre justo es feliz y el injusto infeliz, de lo contrario, nadie obedecería a la Ley. Con este pensamiento filosófico, el gobierno tiene el derecho de divulgar mediante propaganda la doctrina de la justicia vinculada con la felicidad. Frente a esta tesis, existen otros filósofos que han señalado sus razones, para repudiar por inmoral una propaganda gubernamental que se basa en falsedades, aunque persiga un buen fin. Si se considera a la Justicia como un valor, existen diferentes valores, entre ellos, la libertad, la igualdad, la seguridad, la verdad, la legalidad, por lo tanto, la respuesta acerca de la felicidad variará dependiendo el valor supremo que tenga cada individuo. La respuesta de lo que es la Justicia depende de un juicio de valor subjetivo, lo que la hace relativa. Cada individuo puede tener su propio sistema de valores, lo que no significa que puedan concordar, generando un sistema de valores, resultante de las influencias mutuas entre individuos de un mismo grupo, familia, grupo, sociedad. El criterio de Justicia no depende de la frecuencia de los juicios sobre la realidad ni de los juicios de valor. Por esto, el problema de la Justicia no siempre se puede responder de manera racional, más aún, si se limitan los medios adecuados para la consecución de un fin predeterminado. Sustentados en estos pensamientos, la democracia es una forma de gobierno justo por el mero hecho que garantiza la libertad individual; sin embargo, si son otros los fines últimos, se requerirá de unos medios distintos; lo que hace que la democracia se la puede justificar relativamente. La necesidad de espíritu humano de una justificación absoluta parece superar su racionalidad; lo que significa trasladar la Justicia al plano metafísico y religioso; viéndose el individuo obligado a creer en la existencia de Dios, por tanto, en la existencia de una justicia absoluta, por carecer de la capacidad suficiente para entenderla. Los que no aceptan la solución antes indicada respecto de la justicia, continúan en la búsqueda de la determinación de un modo científico y racional. CARACTERÍSTICAS: Se trata de encontrar los elementos que configuran la Justicia, que constituye el problema central de la filosofía de algunos pensadores, como en el caso de Platón.
  • 47. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 47 Los elementos que se estudian para comprender a la Justicia, son las ideas y los valores, que permiten cumplir con este ideal fundamental del Derecho. Así para la filosofía de Platón, la “idea del bien absoluto presupone la de la Justicia”, “la pregunta sobre qué es la Justicia coincide con la pregunta sobre qué es el Bien”. Sin embargo, en algún momento, este filósofo griego confesó que la “idea de bien absoluto está más allá de cualquier conocimiento racional”, dependiendo de lo místico y la gracia divina. Por esto, no puede existir respuesta a la pregunta de lo que es la justicia, o en todo caso, que se trata de un secreto divino para pocas personas escogidas. San Pablo, primer teólogo de la religión cristiana, enseñó que la Filosofía (conocimiento lógico-racional) no ayuda a alcanzar la Justicia Divina, oculta en la misteriosa sabiduría de Dios; que la Justicia viene de Dios a través de la fe, al actuar ésta, a través del amor. Este teólogo apoyó las enseñanzas de Jesús sobre la nueva Justicia, el amor de Dios; reconociendo que el amor que Jesús predicó supera el entendimiento humano, siendo uno de los misterios de la Fe. Los pensadores racionalistas intentan definir a la Justicia utilizando la razón humana, y manifiestan que “consiste en dar a cada cual lo que le corresponde”. Definición que ha sido acogida por algunos filósofos del Derecho, porque permite justificar cualquier orden; pero, no sirve para comprenderla como valor absoluto, que pueden diferir de los relativos garantizados por la ley o la moral positiva. El principio de retribución, en la búsqueda de la definición de Justicia, evidencia la técnica específica utilizada por el Derecho Positivo, que reacciona ante el mal producido por el delito con la pena de la sanción. Cualquier orden legal positivo corresponde a este principio; no obstante, la Justicia plantea si un orden legal positivo es justo, si lo considerado por el legislador como malo para la sociedad representa en realidad una conducta que la sociedad debe combatir, y si la sanción con la cual la sociedad reacciona es adecuada. Este principio no responde a la pregunta que es la base de la justicia de la ley. La Justicia tendrá las características y elementos que los diferentes pensadores y filósofos del Derecho le hayan otorgado, dependiendo de los principios y valores en los que se fundamentaron. Conforme a la ética Aristotélica se pretende definir a la Justicia de modo científico, fundamentándola en la razón. Se trató de establecer un sistema de virtudes, siendo la principal la Justicia, como “virtud perfecta”. Cuando Aristóteles vincula la Justicia con la moral y las leyes positivas, presupone que lo injusto es lo que es injusto según el orden moral y legal establecido en la época. La filosofía legal del signo metafísico y racionalista constituye la base de la doctrina del Derecho Natural, en la cual, la naturaleza se convierte en legisladora, intentando deducir de ésta las normas de conducta humana. De esta forma, los seguidores de esa doctrina dedujeron de la naturaleza los principios de Justicia más contradictorios, o que los encontraran en la razón humana.
  • 48. Sistema de Educación a Distancia 48 Durante la historia del pensamiento humano, se ha comprobado que es falsa la pretensión de establecer, a base de argumentaciones racionales una forma absolutamente correcta de la conducta humana. Aprendiendo de las experiencias humanas del pasado, que la razón humana sólo puede acceder a valores relativos, la Justicia absoluta es un ideal irracional, una de las eternas ilusiones del hombre; pues, desde el conocimiento racional existen intereses humanos que producen conflictos. La Justicia y el Derecho Positivo: Corresponde fundamentalmente a los Administradores de Justicia y operadores jurídicos la aplicación de las leyes con un criterio de dar a cada cual lo que le corresponde; resultando, en ocasiones insuficientes las normas jurídicas para conseguir al menos cierta justicia. 4. Orientaciones específicas para el estudio El alumno deberá poner especial cuidado al estudiar las distintas definiciones con sus elementos, porque éstas dependen del criterio filosófico utilizado como sustento. Podrá acudir a las direcciones electrónicas señaladas para ampliar su conocimiento, y sustentar la corriente filosófica con la cual coincida.
  • 49. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 49 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Justicia como virtud ordenadora de las demás virtudes, fue expresado por: a. Aristóteles b. Platón c. Sócrates 2. La Justicia como la voluntad constante y perpetua de dar a cada uno lo suyo, fue manifestado por: a. Kelsen b. Ulpiano c. Platón 3. La respuesta acerca de la Justicia despende de un juicio de valor: a. Subjetivo b. Objetivo c. Absoluto 4. El teólogo que enseñó que la Justicia viene de Dios a través de la Fe, fue: a. San Pablo b. San Mateo c. Santo Tomás 5. Aristóteles buscó definir las Justicia utilizando un modo: a. Empírico b. Científico c. Religioso II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. Para algunos filósofos del Derecho resulta utópico la definición perfecta de Justicia. ( ) 2. La búsqueda de la Justicia se mezcla con la búsqueda de la felicidad, según Platón. ( ) 3. El sistema de valores de un individuo nunca concuerda con el de otro. ( ) 4. La existencia de una justicia absoluta puede obligar al individuo a creer en un Ser Supremo como Dios. ( ) 5. Los filósofos de la doctrina del Derecho Natural intentaron definir a la Justicia desde la razón humana. ( )
  • 50. Sistema de Educación a Distancia 50 I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. b. 2. b. 3. a. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. V 3. F 4. V 5. F SOLUCIONARIO
  • 51. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 51 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción Una vez que el estudiante comprende en qué consiste la Justicia, conforme las diferentes corrientes de la Filosofía del Derecho, así como sus característica y evolución en el tiempo, ya se encuentra en capacidad para conocer la clasificación de Justicia, que ha surgido desde su definición y según la manera cómo se aplica este ideal de todo sistema positivo. En este tema se desarrollará las clases de Justicia, que son: Legal, Distributiva y Conmutativa, principalmente; aunque, hay algunos autores que también mencionan a la Justicia Social, distinta a la tradicional, que obliga a los gobernantes a ofrecer iguales oportunidades para todos los gobernados. 2. Objetivos específicos  Señalar las clases de Justicia.  Identificar las semejanzas y diferencias de las clases de Justicia. 3. Desarrollo del tema La Justicia es uno de los fines primordiales del Derecho en general, sin entrar a mencionar si se trata del Derecho Positivo o Subjetivo, o del Derecho Natural. Durante el desarrollo de la Humanidad, en las distintas épocas de la historia, se ha tratado de definir la Justicia, llegando los pensadores y filósofos del Derecho a la conclusión que es una utopía alcanzar una Justicia perfecta, y una definición absoluta de la misma. Sin embargo, en la búsqueda constante de la definición de la Justicia, se logró determinar una clasificación de ésta, que se fundamenta en la forma de aplicación. En consecuencia, la Justicia puede ser: JUSTICIA CONMUTATIVA: Se encarga de regular las relaciones de los gobernados y ciudadanos entre sí, con la finalidad de asegurar y garantizar el derecho que le asiste a cada uno de ellos, así como sus deberes y obligaciones. Se la identifica con la igualdad matemática, así un trabajadores deberá una remuneración igual al esfuerzo realizado. TEMA 6 JUSTICIA LEGAL, DISTRIBUTIVA Y CONMUTATIVA
  • 52. Sistema de Educación a Distancia 52 Otros casos típicos, se encuentran en las relaciones contractuales, como cuando se celebra un contrato de compraventa, debe haber una igualdad en cuanto al valor de la cosa y el precio establecido, de lo contrario podría resultar una lesión enorme. JUSTICIA DISTRIBUTIVA: Se encarga de regular las relaciones entre los administrados y administradores públicos, gobernantes y gobernados, para distribuir equitativamente los cargos y obligaciones. Se la relaciona con la justicia que regula la imposición de sanciones a los infractores de las disposiciones legales. Se trata de una igualdad proporcional, pues los cargos y cargas se deben distribuir en proporción a la dignidad, méritos, necesidades y posibilidades de los ciudadanos; como en el caso de las obligaciones tributarias, cada tributo tiene su hecho generador y base imponible, los que permitirán determinar quiénes estarán obligados y en qué cantidades o montos; cuestiones que varían según la actividad del ciudadano. En esta clase de Justicia, se considera que cada uno debe recibir lo que se le debe tomar en cuenta con su contribución al bien común. JUSTICIA LEGAL: De esta justicia, se encargan los Administradores de Justicia y operadores jurídicos, como son los Juzgados, Tribunales y Magistrados de la Función Judicial, quienes lo hacen en nombre de la República y por autoridad de la Ley, conforme el ordenamiento jurídico vigente en un Estado, para alcanzar el orden y la paz ciudadana. JUSTICIA SOCIAL: Se trata de un nuevo enfoque de la Justicia, surgida como producto de las necesidades humanas, diferente a la Justicia Tradicional; que busca igualdad de posibilidades y oportunidades para disminuir las diferentes entre ricos y pobres, con una distribución equitativa de las riquezas nacionales. Hay autores, como Hernán Jaramillo Ordóñez, que manifiestan que la Justicia Social en “la práctica es la transformación gradual de la propiedad privada en propiedad social”. Además, que pretende regular las relaciones del capital, trabajo, preocupándose principalmente de la clase social más necesitada. Esta Justicia tiene como propósito, más que proteger los derechos que están en la Ley, los derechos emergentes de la sociedad y de los miembros que la conforman. En las épocas más recientes, se ha tratado a la justicia como a la igualdad entre personas; perdurando el pensamiento clásico y el cristianismo como un principio superior a la mera legalidad.
  • 53. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 53 4. Orientaciones específicas para el estudio El alumno deberá elaborar un cuadro de semejanzas y diferencias de las distintas clases de Justicia, lo que le permitirá tener una definición precisa de cada una. Ubicar dentro del ordenamiento jurídico ecuatoriano, como en el Código Civil, casos o instituciones jurídicas en las cuales se está aplicando los diferentes conceptos de justicia, como fin primordial del derecho.
  • 54. Sistema de Educación a Distancia 54 5. ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE AUTOEVALUACIÓN I. Subraye la opción que corresponda: 1. La Justicia que regula las relaciones entre los ciudadanos entre sí, se denomina: a. Legal b. Social c. Conmutativa 2. La Justicia que regula las relaciones entre gobernantes y gobernados, se denomina: a. Conmutativa b. Distributiva c. Legal 3. Los Administradores de Justicia y operadores jurídicos se encargan de aplicar la Justicia: a. Legal b. Distributiva c. Social 4. Al nuevo enfoque de la Justicia, diferente a la tradicional, que tiene como fin igualar las oportunidades entre todas las personas, se la denomina: a. Social b. Distributiva c. Conmutativa 5. El significado que se le ha dado a la Justicia, en las épocas más recientes es de: a. Seguridad b. Igualdad c. Libertad II. Conteste Verdadero (V) o Falso (F) según corresponda: 1. Los diferentes filósofos del Derecho llegaron a la conclusión que no hay una definición absoluta de Justicia. ( ) 2. Las obligaciones contractuales son casos típicos de la Justicia Distributiva. ( ) 3. La Justicia Distributiva se relaciona con las imposiciones de sanciones a los infractores de la Ley. ( ) 4. La Justicia Social es la que tiene como propósito aplicar el ordenamiento jurídico vigente. ( ) 5. La Justicia Legal pretende regular las relaciones capital, trabajo, preocupándose por la clase más necesitada. ( )
  • 55. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 55 I. OPCIÓN MÚLTIPLE 1. c. 2. b. 3. a. 4. a. 5. b. II. VERDADERO O FALSO 1. V 2. F 3. V 4. F 5. F SOLUCIONARIO
  • 56. Sistema de Educación a Distancia 56 GUERRERO, SH. APUNTES PERSONALES 1. Introducción La necesidad de la sociedad está confirmada en las diferentes investigaciones históricas. En la antigua Grecia, Aristóteles manifestó que el hombre por naturaleza tiende a la vida política, lo que implica su necesidad de vivir en sociedad; pero, esta sociedad debe estar organizada y regulada en las relaciones que surgen entre los individuos. La Justicia como máximo ideal que busca alcanzar la sociedad y derecho, debe ser un fin constante en el ordenamiento jurídico que regula la convivencia social. También, se lo puede trasladar a un recto obrar de los miembros de toda sociedad, tanto para los gobernantes como para los gobernados. En este tema se desarrolla la definición, características y evolución de la sociedad; diferencias con el Estado; y, la estrecha relación entre sociedad con la justicia; debiendo ésta última ser el propósito primordial en toda organización humana. 2. Objetivos específicos  Señalar las características de la Sociedad.  Identificar las diferencias entre Sociedad y Estado.  Determinar la importancia de la Justicia en la Sociedad. 3. Desarrollo del tema DEFINICIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD: Se puede partir por definirla como “un complejo de relaciones por las cuales varios seres individuales viven y obran conjuntamente, formando una nueva y superior unidad”.4 A la Sociedad se la ha considerado como un hecho natural, surgido por la necesidad del individuo de sus semejantes. Es difícil que una persona viva completamente sola, alejada de sus similares, sin relacionarse. La Sociedad se refuerza y se valora por el desarrollo de las facultades humanas, que añade nuevos motivos, y le permite a los individuos alcanzar sus fines, desde los más elementales hasta los más elevados. 4 (Giorgio Del Vecchio. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Pág. 417). TEMA 7 JUSTICIA Y SOCIEDAD
  • 57. Universidad Católica de Santiago de Guayaquil 57 Dentro de su evolución histórica, existió la hipótesis del “estado de naturaleza”, que consistía en la existencia de un estado de naturaleza antes de la formación de una sociedad, una condición de vida del individuo sin algún ligamen o relación con sus propios semejantes. Sin embargo, esta fase histórica pura y simple, pierde vigencia con los argumentos esgrimidos por Locke, quien expresó que el estado natural para el hombre es precisamente el estado de sociedad. Hay doctrinarios que consideran que la sociedad no es un hecho exclusivamente humano, pues algún fenómeno de sociabilidad se encuentra en el mundo animal en general, e incluso en el mundo orgánico. La sociabilidad en el mundo animal se la puede observar en las hormigas, las abejas. La diferencia fundamental entre las sociedades humanas y las sociedades animales es la mente elevada de las personas, quienes utilizan la razón y la voluntad. Por lo que el ser humano, como componente de las sociedades humanas, origina la civilización y progreso por medio de sus ideas, pensamientos y experiencias. Si se parte del criterio que la sociedad es un fenómeno natural y una condición necesaria de vida para el individuo, surge la necesidad de determinar los caracteres, entonces la pregunta es que si la sociedad es una suma de individuos, que permanecen distintas entre sí –concepción Mecánica de la sociedad- o se trata de un nuevo ser que tiene vida propia –concepción Orgánica de la sociedad-. Conforme la concepción orgánica, la sociedad está compuesta de varias partes que cumplen funciones distintas para un fin superior; y el sentido que se le otorgue dependerá de la perspectiva desde la cual ha sido estudiada por los distintos pensadores, así la Escuela Histórica del Derecho consideró a la sociedad como un organismo espiritual y ético. Los argumentos fundamentales que han contribuido a asimilar a la sociedad con un organismo, consisten en que la sociedad tiene vida independiente de sus componentes, los individuos pasan, las sociedades permanecen. Así mismo, entre los individuos que la componen existen relaciones que le permiten un sentido de pertenencia a la sociedad. Elementos como la solidaridad y colaboración a fines comunes, las actividades están organizadas para alcanzar fines superiores a los individuales. Las diferencias entre la sociedad y el organismo, es que en el primero sus partes gozan de movimiento, con cierta autonomía e independencia, mientras que en el segundo se mantienen en un sitio fijo. Otra diferencia es de orden espiritual, su importancia es superior; las partes tienen valor en cuanto concurren a mantener al todo, tiene implicaciones jurídicas, porque no podemos concebir un sistema de Derecho sin la idea del valor de la persona. Un defecto de la teoría orgánica consiste en que puede dar lugar a la idea de la sociedad fundada sólo sobre un vínculo biológico, mientras que en la realidad existen una serie de vínculos que la pueden originar, según sus criterios y fines; como en el caso del Estado, cuyo vínculo es el jurídico, constituyendo una sociedad de mucha importancia.
  • 58. Sistema de Educación a Distancia 58 EL ESTADO Y SUS ELEMENTOS: Partiendo del concepto de Sociedad, que comprende en sí toda especie de vínculos, existe uno de particular importancia, es el vínculo jurídico, por el cual los hombres se constituyen en Estado. El Estado es una especie de Sociedad que se considera el género; pero no constituye el vínculo social más amplio, sí el más importante y sólido porque modela y determina las relaciones de convivencia. El Estado es el sujeto del Derecho por excelencia. Hay diferentes definiciones de Estado, Giorgio Del Vecchio señaló que “es el sujeto del orden jurídico en el cual se verifica la comunidad de vida de un pueblo”, notándose la relación entre sociedad y Estado; éste constituye el orden jurídico. Se puede distinguir tres elementos que conforman el Estado, los cuales son:  El Pueblo: Entiéndase como la multitud de personas que componen un Estado, que supone una distribución orgánica de las funciones que asegure de modo estable y definido el desenvolvimiento de la vida humana en todas sus formas, garantizando la independencia de la misma. El Estado permanece a pesar de que el número de habitantes sea variable, lo que permite corroborar que no es una simple suma de los individuos, sino que constituye un nuevo ente.  El Territorio: Entiéndase una superficie de tierra habitable, que está en relación constante con la población. Significa una condición esencial para la estabilidad de las relaciones jurídicas. El dominio soberano del Estado sobre su territorio se extiende también sobre el mar limítrofe a sus costas y el espacio atmosférico que cubre su territorio y mar territorial. Este elemento y el pueblo se consideran de naturaleza material.  El Vínculo Jurídico: Este elemento le da forma y carácter propio al Estado, puesto que todos los individuos de un Estado están vinculados por derechos y deberes recíprocos determinados por un poder supremo unitario, que es el sujeto del orden público. Todos los ciudadanos, por pertenecer a un Estado, se encuentran vinculados por él, debiendo obedecer sus leyes y ordenamiento jurídico en general. IMPORTANCIA DE LA JUSTICIA EN LA SOCIEDAD: Partiendo que la Justicia es el ideal superior o un valor supremo que busca alcanzar el individuo y la sociedad; en las relaciones que surgen de la convivencia social existe la necesidad de su presencia. Entendiendo a la sociedad como un complejo de relaciones por las cuales varios seres individuales viven y obran conjuntamente, formando una nueva y superior unidad; dichas relaciones están guiadas por la Justicia, que trae aparejada la paz y el orden. La importancia de la Justicia radica en que se convierte en un fin directriz de la convivencia social, colaborando en el desarrollo y progreso de la sociedad.