El documento explica la utilidad del domicilio como factor de conexión personal y criterio atributivo de jurisdicción en el derecho internacional privado. El domicilio se define como el lugar donde una persona tiene su casa o asiento principal de negocios e intereses. El domicilio permite vincular a la persona con el lugar y resolver problemas en el mismo sitio donde ocurrieron. El criterio atributivo de jurisdicción es el domicilio del demandado, que puede elegir entre sus diferentes domicilios.