1. Info rmaci
ón de
pro ducto
s y servic
ios
Su organización
El lema de su organización.
INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA AHUACHAPAN
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
DELEGADO DE PREVENCION
Toda institución pública debe contar
con un procedimiento para la recep-
ción y trámite de las denuncias, así
como para la investigación y sanción
de casos de acoso laboral, donde se
identifiquen por lo menos, los si-
guientes elementos:
Cómo debe ser presentada la denun-
cia y ante quién.
Medidas necesarias para proteger a la
persona denunciante y asegurar la
confidencialidad del caso. -
INSTITUTO SALVADOREÑO DEL SEGURO SOCIAL
UNIDAD MEDICA AHUACHAPAN
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
DELEGADO DE PREVENCION
Boletín N°5
lilianlemusmarle@gmail.com
Constitución de la
República
Toda persona tiene derecho a la
vida, a la integridad física y
moral, a la libertad, a la
seguridad, al trabajo, a la
propiedad y posesión, y a ser
protegida en la conservación y
defensa de los mismos. Se
garantiza el derecho al honor, a
la intimidad personal y familiar y
a la propia imagen. (…)
Código de Trabajo
“guardar la debida consideración
a los trabajadores (y
trabajadoras) absteniéndose de
maltratarlos (o maltratarlas) de
obra o de palabra”
Ley General de Prevención de Riesgos en
los Lugares de Trabajo
Define en su Artículo 7 los riesgos
psicosociales como “aquellos as-
pectos de la concepción, organiza-
ción y gestión del trabajo, así como
de su contexto social y ambiental
que tienen la potencialidad de cau-
sar daños, sociales o psicológicos
en los trabajadores, tales como el
manejo de las relaciones obrero
patronales, el acoso sexual, la vio-
lencia contra las mujeres, la dificul-
tad para compatibilizar el trabajo
con las responsabilidades familia-
res, y toda forma de discriminación
en sentido negativo.
2. Difamar a la víctima, extendiendo por la empresa
u organización rumores maliciosos o
calumniosos que menoscaban su reputación, su
imagen o su profesionalidad.
Bloquear el desarrollo o la carrera profesional,
limitando retrasando o entorpeciendo el acceso a
promociones, cursos o seminarios de
capacitación.
Criticar continuamente su trabajo, sus ideas, sus
propuestas, sus soluciones, etc.; o simplemente
no tomarlas en cuenta bajo cualquier pretexto.
Monitorizar o controlar malintencionadamente su
trabajo con vistas a atacarle o a encontrarle
faltas o formas de acusarle de algo.
Ridiculizar su trabajo, sus ideas o los resultados
obtenidos ante los demás trabajadores,
caricaturizándolo o parodiándolo.
Atacar sus convicciones personales, ideología o
religión.
Atentar contra la ergonomía del trabajador en su
sitio laboral.
Asignarle tareas humillantes, incómodas o
desagradables.
Injuriarla en términos obscenos y degradantes;
CARACTERÍSTICAS
DEL MOBBING
Gritar, avasallar o insultar a
la víctima cuando está sola o en presencia
de otras personas.
Asignarle objetivos o proyectos con plazos
que se saben inalcanzables o imposibles
de cumplir en ese tiempo.
Sobrecargar selectivamente a la víctima
con mucho trabajo y presionarla
excesivamente.
Amenazar de manera continuada a la
víctima o coaccionarla.
Quitarle áreas de responsabilidad clave,
ofreciéndole a cambio tareas rutinarias, sin
interés o incluso ningún trabajo que
realizar ("hasta que se aburra y se vaya").
Modificar sin decir nada al trabajador las
atribuciones o responsabilidades de su
puesto de trabajo.
Tratarle de una manera diferente o
discriminatoria, usar medidas exclusivas
contra él, con vistas a estigmatizarlo ante
otros compañeros o jefes (excluirle,
discriminarle, tratar su caso de forma
diferente, trasladarle a puestos inferiores,
rebajarle el sueldo).
Ignorarle o excluirlo, hablando sólo a una
tercera persona presente .
Retener información crucial para su trabajo
o manipularla para inducirle a error en su
desempeño laboral, y acusarle después de
negligencia o faltas profesionales.
¿Qué es el Acoso
Laboral?
Según Hirigoyen, se trata de
cualquier manifestación de una
conducta abusiva y, especialmente,
los comportamientos, palabras,
actos, gestos y escritos que puedan
atentar contra la personalidad, la
dignidad o la integridad física o
psíquica de un individuo, o que
puedan poner en peligro su empleo,
o degradar el clima de trabajo
De acuerdo a Ma. José “agresión
del empresario, o de alguno de sus
empleados con el conocimiento y
tolerancia de aquél, mediante
hechos, órdenes o palabras,
repetida y duradera en el tiempo,
con el fin de desacreditar,
desconsiderar y aislar al trabajador,
que llegan incluso a deteriorar la
salud, con el objeto de conseguir un
auto abandono del trabajo,
produciendo un daño progresivo y
continuo a su dignidad”