Este documento describe las fases del procedimiento administrativo. Estas incluyen el inicio del procedimiento ya sea de oficio o a petición de parte, el decreto de trámite, las notificaciones a las partes involucradas, la intervención de terceros, las diligencias como inspecciones e informes, los dictámenes jurídicos y técnicos, la intervención de la procuraduría, el análisis de la evidencia y finalmente la resolución de fondo. El documento explica cada una de estas fases y los actores involucrados en ellas.
2. Palabras clave
Objetivo
Titulo
Etapas o fases del procedimiento administrativo
Conocer la generalidad de las etapas o fases del procedimiento
administrativo, así como los actores que intervienen en las
mismas.
Procedimiento administrativo, dictámenes, declaraciones,
resolución, órgano administrativo.
3. Desarrollo
En esta presentación
conoceremos la
generalidad de las
etapas o fases del
procedimiento
administrativo.
a) Inicio de oficio
b) Inicio a petición de parte
c) Decreto de tramite
d) Notificaciones
e) Intervención de terceros,
f) Diligencias
a) Inspecciones
b) Informes
c) Declaraciones
d) Expertajes
e) Documentos
f) Dictámenes jurídicos y técnicos
g) Intervención de la Procuraduría de la
Nación
h) Análisis de evidencia o información
recabada
i) La resolución de fondo o resolución
originaria
4. a) Inicio de oficio
La propia administración
por iniciativa propia y sin
que haya mediado petición
de un particular se inicia.
También se pueden dar por
reporte de otra entidad.
Restricciones
de hacer o de
no hacer a
multas cuando
estas procedan
Van
desde
5. b) Inicio a petición de parte
Existen tres formas por las cuales se puede iniciar
el procedimiento administrativo :
1) Petición
personal
del
interesado
1.1. Por Escrito Presentación de memoriales o simples solicitudes, o en
formas preimpresas para facilitar requisitos
1.2. Petición Verbal Son excepcionales, pero es permitido, no existe un
procedimiento que permita la constancia de Ia petición y su
posterior discusión en un amparo por falta de resolución
2) Por denuncia
de un
Administrado
contra otro
2.1. Por violación de leyes o reglamentos Ie
pudiera estar causando algún daño o este
afectando el interés publico, puede ser por
escrito o verbal.
3) Por
impugnación de
una resolución
administrativa
3.1. Cuando hay alguna resolución o acto
administrativo de cualquier naturaleza o de
cualquier autoridad administrativa que afecta
los derechos e intereses de particulares,
mecanismo de defensa o medio de control
directo.
6. c) Decreto de tramite
Lo dicta la autoridad
administrativa, al momento
de iniciar el procedimiento
administrativo, ya sea por
petición de parte, por
denuncia o de oficio.
• Se dan audiencias.
• Se señalan plazos.
• No en todos los
procedimientos se
decreta.
• se da normalmente
dentro de expedientes
que llevan
• muchas etapas y en el
que las leyes y
reglamentos establecen
la realizaci6n de
• algunos hechos antes de
dictar la resolución
7. d) Notificaciones
De toda iniciación de
procedimiento se debe
notificar a las partes
involucradas y darle la
audiencia respectiva.
Algunas se realizan sus
notificaciones en una forma
mas técnica.
• Carta
• Telegrama
• Alguna nota.
• A través de un notificador
Por
medio
de
8. e) Intervención de terceros
Cuando una resolución
administrativa que se emite
en favor de una persona,
pueda afectar a otra u otras
personas.
Los terceros pueden
impugnar una decisión, si
no se les ha escuchado d
entro del procedimiento.
Debería existir un mecanismo
para que los posibles
afectados puedan
pronunciarse en contra o a
favor de la decisión que pueda
tomar el administrador
9. f) Diligencias
Una vez formulada la
solicitud por la persona
solicitante e iniciado el
procedimiento, comienza la
colaboración material de
los órganos encargados de
la recepción de las pruebas
y su incorporación material
al expediente.
No siempre existe una
cantidad exagerada de
pruebas y por la naturaleza
del procedimiento no se
requiere que el
diligenciamiento se realice.
10. 1) Inspecciones Lo mas correcto y el termino adecuado son inspecciones oculares o inspecciones administrativas,
pues los órganos administrativos solo tienen competencia administrativa.
2) Informes Los informes constituyen hechos importantes, pues de estos depende en muchos casos la
resolución de un expediente. Pueden existir a todo nivel dentro del Estado.
3)
Declaraciones
Significa establecimiento de la verdad de hechos o circunstancias que Ie constan o afectan a la
persona que se interroga, puede ser por escrito o verbal. También existe la declaración jurada, es
decir, bajo juramento.
4) Expertajes Es un estudio, un análisis, una inspección, un dictamen sobre un asunto especifico, técnico o
científico, vertido por una persona técnica o científica, versada en una materia determinada, que a
través de la experiencia puede establecer la veracidad o la falsedad de un hecho o circunstancia, el
cual constituye prueba. Constituyen medios de convicción o probatorios.
5) Documentos Las peticiones, la s pruebas, actuaciones, dictámenes y la propia resoluci6n administrativa
constituyen documentos, que en su conjunto constituyen el expediente administrativo. Existen
documentos que son realmente obligatorios para dar acreditación.
6) Otros medios
científicos
Se aprecia conforme a Ia sana critica y dentro de la administración publica, por el carácter técnico
que la misma tiene en muchos casos es necesario que el administrador haga uso de este medio de
prueba.
Tipos de diligencias:
11. 7) Dictámenes
jurídicos
Parte importante dentro del procedimiento
administrativo. No tienen una fuerza real, no
son actos, no producen efectos jurídicos, son
un hecho administrativo.
8) Dictámenes
técnicos
Son importantes dentro del procedimiento,
desde el momento que dentro de los
mismos se encuentra la opinión de una
persona especializada en la ciencia o técnica
que se trate. En muchos procedimientos son
la base de la resolución final.
9) Intervención
de la
Procuraduría
general de la
nación
La actuación de este órgano se puede dar en
dos formas:
En forma facultativa. Esta actuación de la
Procuraduría se da cuando el órgano administrativo
solicita la asesoría del consultor.
En forma obligatoria. Es cuando la Ley obliga al
órgano administrativo a pedir el parecer o dictamen
de la Procuraduría General de la Nación.
10) Análisis de
la evidencia o
información
recabada.
Consiste en analizar todas y cada una de sus
fases, principalmente las pruebas que
fueron recabadas durante la tramitación del
mismo, a efecto que con toda la información
contenida se pueda emitir una resolución
justa.
12. g) Resolución de fondo o resolución originaria
Es la finalidad del
procedimiento administrativo,
es la manifestación de voluntad
del órgano administrativo
plasmado en un documento,
que desde el momento en que
se encuentra debidamente
notificado producirá los efectos
jurídicos en favor o en perjuicio
del administrado .
Contener elemento
de forma y el
elemento de fondo
debe
13. 1) El acto
administrativo
Es una declaración de voluntad y no una simple manifestación de los
funcionarios públicos, porque es el resultado de un proceso de análisis lógico y
de conformidad a la ley; también es unilateral.
2) Definición de
actos
administrativos
“declaraciones de voluntad, emitidas unilateralmente y en forma concreta por
los órganos centralizados y entidades administrativas del Estado, que producen
efectos jurídicos directos e inmediatos entre la administración y los sujetos a
quienes va dirigido, a partir de su publicación” Godínez Bolaños, 1990.
3) Elementos
de forma
Es la manifestación escrita en la cual se plasma la manifestación de voluntad del
órgano administrativo a través del administrador (enumeración de las pruebas,
dentro de las cuales se puede encontrar documentos, expertajes, dictámenes
jurídicos y técnicos, declaraciones, etc.)
4) Elementos
de fondo
Se puede decir que es lo que se Ie otorga o se Ie deniega al particular o la
sanción que se pueda imponer por la violación a una ley o un reglamento
administrativo.
14. Conclusiones
Después a de analizar las fases del proceso administrativo, es importante
señalar que cada una de ellas tiene una relevancia particular en su aplicación,
y es necesario conocer sus fundamentos para poder llevarla a cabo de una
forma adecuada; de igual manera no se lleva de forma secuencial
necesariamente, ni en todos los casos se realizan todas las fases, eso
depende de la entidad u órgano en las que se este suscitando el hecho.
De la misma manera, en cada fase o etapa los actores que actúan en ella
pueden variar, pero queda se da claridad a la intervención de cada uno de
ellos en el proceso.
Al final de la presentación, llegamos a contar con una visión general de todas
las fases o etapas del proceso administrativo.