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Práctica tema 3 Educación y sociedad.
Práctica 3a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres (ppt del tema 1) en el
marco legal (LOE, Decretos de Currículo (infantil y primaria) y Ley de Educación de Castilla
la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
-LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
-Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad
Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo
IV. La orientación educativa y profesional).
-Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (ver infantil o Primaria según corresponda a la
titulación que cursa).
Haciendo el análisis del primer documento a investigar, en este caso la LOE(Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación), podemos observar los siguientes artículos en los que se tiene en
cuenta la tutoría y la participación de los padres. En este apartado titulado como III, Profesorado, en
su capítulo I, Funciones del profesorado, se encuentra la importancia que tiene el profesorado como
tutor. Seguidamente desglosaremos los artículos correspondientes:
Art. 91
c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso
educativo, en colaboración con las familias.
d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso,
con los servicios o departamentos especializados
h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así
como la orientación para su cooperación en el mismo.
Dentro de Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad
Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La
orientación educativa y profesional), observamos:
Título I Comunidad Educativa.
Capítulo III. Las familias.
Artículo 22. El papel de las familias.
Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y, actuando en
colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos
para la mejora de la educación.
Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.
1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la
definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de
sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en el
artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el derecho a la
educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que éstos reciban la formación religiosa y
moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen derecho a la libre elección de
centro, al conocimiento y la participación en el proyecto educativo y las normas que regulan la vida
en el centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las decisiones que
afecten al progreso académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su
evolución educativa y su rendimiento académico.
Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.
1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en la obligación de
conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado
y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.
Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.
1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un centro educativo
podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación
Social en la Educación y demás normativa vigente.
2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas serán los que se
establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la
Educación.
Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.
Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos en la ley 3/2007, de
8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de sus representantes elegidos
democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la localidad, así como en el Consejo
Escolar de Castilla-La Mancha.
Título VI Factores de calidad de la educación.
CAPÍTULO II
El fomento de la lectura y del plurilingüismo
Artículo 145. El estímulo de la lectura.
1. La Consejería competente en materia de educación y los centros docentes impulsarán la lectura
como una de las competencias básicas que permite a todos los ciudadanos y ciudadanas el acceso al
conocimiento y el ejercicio de una ciudadanía informada.
2. La lectura se fomentará en el ámbito escolar mediante la inclusión para tal fin de una hora
curricular semanal, la prioridad para la lectura en todas las áreas y materias, el desarrollo de
actividades extracurriculares, la difusión de actividades relacionadas con la lectura en la totalidad
del centro y la programación de actividades en colaboración con las familias, entre otras medidas.
Artículo 146. La biblioteca escolar.
3. En la planificación, gestión y apertura de la biblioteca escolar, además de los docentes
responsables, participarán el alumnado y sus familias. En los centros de titularidad pública podrán
participar, además, personal voluntario y otros profesionales que se determinen por la Consejería
competente en materia de educación.
CAPÍTULO III
La cualificación y formación del profesorado
Artículo 151. La formación inicial del profesorado.
1. La Consejería competente en materia de educación colaborará, dentro de sus atribuciones, a que
la formación inicial del profesorado responda a la finalidad establecida en el artículo 100.1 de la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y establecerá los correspondientes convenios
con las universidades para colaborar en su organización y desarrollo.
2. La Consejería competente en materia de educación establecerá acuerdos con las universidades
cuyo ámbito de gestión sea el territorio de Castilla-La Mancha para regular la participación del
profesorado y de los centros docentes públicos y privados concertados en la fase del Practicum de la
formación de los futuros docentes.
Artículo 152. La formación permanente.
La formación permanente se define como el conjunto de actuaciones dirigidas al profesorado no
universitario que promueven la actualización y mejora continua de su cualificación profesional,
para el ejercicio de la docencia y para el desempeño de puestos de gobierno, de coordinación
didáctica y de participación en el control y gestión de los centros.
Artículo 153. Principios y objetivos de la formación permanente.
1. La formación permanente del profesorado de Castilla-La Mancha constituye un derecho y una
obligación de todo el profesorado, y una responsabilidad del Consejo de Gobierno y la Consejería
competente en materia de educación y de los propios centros, y se define a través de los siguientes
principios:
a) Las acciones formativas han de tener una proyección directa en la práctica docente, en la
educación del alumnado y en el funcionamiento de los centros para contribuir a la mejora de la
calidad educativa.
b) Los referentes básicos de las acciones formativas son el proyecto educativo de los centros
docentes y la cualificación profesional y personal del profesorado.
c) La evaluación, la formación, la innovación y el asesoramiento forman parte de un único proceso
de mejora profesional e institucional.
d) La planificación de la formación permanente del profesorado se debe adaptar, mediante una
oferta organizada y de forma coherente y flexible, a las necesidades del sistema educativo, del
profesorado y del proyecto educativo de los centros.
e) Las acciones formativas y de asesoramiento contribuirán a la dinamización de la comunidad
educativa.
2. Son objetivos de la formación permanente del profesorado:
a) Dotar al profesorado de las competencias científicas y didácticas necesarias para la mejora de la
programación didáctica, su desarrollo y evaluación.
b) Desarrollar las competencias necesarias para cumplir con las tareas propias de la acción tutorial,
y para dar respuesta a la singularidad del alumnado.
c) Dotar al profesorado de estrategias para el desarrollo del proyecto educativo y la mejora de la
organización y la participación en los centros docentes.
d) Dar respuesta a las necesidades formativas que se derivan de los planes estratégicos de carácter
educativo de Castilla-La Mancha, y especialmente los que persiguen la mejora del éxito educativo.
e) Contribuir al conocimiento de las emociones y las estrategias en la resolución de conflictos, a la
gestión social del aula, al uso de las habilidades de relación, al desarrollo de una autoestima
positivay a que el alumnado cuente con expectativas favorables en su capacidad de aprendizaje.
f) Facilitar estrategias de dinamización y participación de la comunidad educativa y de colaboración
para el desarrollo de proyectos de educación no formal.
g) Contribuir al desarrollo de acciones formativas que potencien la prevención en materia de salud
laboral del profesorado.
Artículo 154. Organización de la formación permanente.
1. La formación permanente dirigida a ofrecer una respuesta adaptada a las necesidades cambiantes
del profesorado a lo largo de su vida profesional, a las demandas institucionales de los centros y a
los planes y programas de la Consejería competente en materia de educación, se organizará a través
de itinerarios formativos de carácter obligatorio para el personal funcionario docente.
2. La Consejería competente en materia de educación determinará las características, contenidos y
duración de los itinerarios formativos considerados obligatorios. En todo caso, se desarrollarán
itinerarios relacionados con las competencias básicas, la acción tutorial, el uso de las tecnologías de
la información y la comunicación, la evaluación educativa y la convivencia escolar.
3. La Administración incorporará a los itinerarios formativos los contenidos relevantes del sistema
educativo para asegurar su conocimiento. Incluirá también iniciativas personales y profesionales del
profesorado.
5. La Consejería competente en materia de educación estimulará y reconocerá la participación del
profesorado y los centros docentes en la planificación, desarrollo y evaluación de proyectos de
formación relacionados con la innovación educativa y de investigación con la universidad.
Artículo 155. La red de formación.
1. La red de formación estará constituida por centros específicos de formación del profesorado de
titularidad de la Administración educativa y por otros centros y entidades acreditados por aquélla
para organizar y convocar actividades formativas del profesorado, y cuantos otros pueda establecer
la Consejería competente en materia de educación.
2. Los centros específicos de formación del profesorado contarán con un órgano de participación en
el que estarán representados los profesionales que prestan servicios en ese centro, los centros
docentes de la zona, las asociaciones de madres y padres y los municipios, en el número y
proporción que reglamentariamente se determine.
Artículo 156. El Plan de formación permanente.
1. El Plan de formación permanente del profesorado recoge las prioridades, objetivos y criterios
para planificar este tipo de formación, la oferta formativa de los centros específicos de formación
del profesorado de titularidad de la
Administración educativa, y la de aquellas entidades formadoras que tienen suscrito convenio de
colaboración con la Consejería competente en materia de educación.
Artículo 157. Los profesores y profesoras colaboradores.
Los centros específicos de formación del profesorado podrán contar con la colaboración, a tiempo
parcial, de profesorado en activo para realizar actividades formativas, elaborar y seleccionar
materiales o prestar asesoramiento en los ámbitos de trabajo que reglamentariamente se definan, en
los términos que establezca la Consejería competente en materia de educación.
Capítulo IV. La orientación educativa y profesional.
Artículo 160. Características básicas.
La programación de la orientación educativa y profesional en los distintos niveles responderá a las
siguientes características básicas:
d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y contextualizada,
extensiva al alumnado, las familias y el profesorado.
e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la cooperación
con otros profesionales externos al sistema educativo.
Artículo 161. Organización.
1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante:
a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios, para la atención
al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes.
b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de orientación
en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y los profesionales
adscritos, en su caso, a la red de formación en las zonas rurales.
c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los profesionales ubicados en la red
de formación que la Consejería competente en materia de educación determine.
2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a la
organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con las actividades
de apoyo, la cooperación con otras actuaciones de asesoramiento y la colaboración con el entorno
para obtener la mejor atención educativa.
Dentro del Decreto 68/2007 de 29 mayo, observamos el siguiente análisis.
Anexo III Orientaciones para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje.
3. La tutoría.
La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla la tutora y el tutor con el alumnado, con sus
familias y con el resto de maestras y maestros que imparten docencia a un mismo grupo de alumnas
y alumnos de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de este Decreto. Su contenido,
planificación, desarrollo y evaluación son asesorados por el responsable de orientación del centro.
La tutora y el tutor los nombra el responsable de la dirección de acuerdo con lo establecido en las
Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro de entre aquellas y aquellos que
cumplen con el criterio de impartir docencia al grupo de alumnas y alumnos al menos, en una de las
áreas lingüísticas, las matemáticas, el conocimiento del medio y la hora de lectura.
3.1. La tutoría con el alumnado.
La tutora o el tutor incluyen dentro del horario del grupo de alumnas y alumnos que tutorizan, un
tiempo semanal para desarrollar tareas propias de orientación y seguimiento del conjunto del
proceso de enseñanza y aprendizaje y actividades que contribuyan al desarrollo de las habilidades
propias de la competencia social y ciudadana, de la competencia para aprender a aprender, de la
competencia de autonomía e iniciativa personal y de la competencia emocional.
En su programación ha de tener en cuenta que
1. Las competencias básicas se desarrollan a través del contenido y la metodología de las áreas; de
la práctica de las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro; y de las
actividades extracurriculares.
2. Es necesario incorporar a los procesos de enseñanza y aprendizaje contenidos relativos al
autoconcepto el desarrollo de una autoestima positiva; habilidades sociales y estrategias para el
trabajo en equipo; prácticas de mejora de los hábitos de estudio; estrategias de autoconocimiento,
información y entrenamiento en toma de decisiones para facilitar la110 transición en el paso de
ciclo y de etapa; y estrategias para el desarrollo del pensamiento creativo e innovador.
3. La tutoría tiene como momentos claves el paso de educación infantil a primaria y de ésta a
secundaria. En el primero de los casos es necesario mantener estrategias metodológicas asociadas a
la asamblea para facilitar la incorporación gradual a la clase, evitando generar conflictos. Y en el
segundo, se hace imprescindible diseñar actividades que vayan adelantado respuestas para facilitar
la posterior adaptación
4. Junto a la respuesta al grupo, la tutora y el tutor tienen la responsabilidad de tutelar de una
manera individualizada al alumnado de su grupo. El centro podrá programar modelos alternativos
de tutoría que faciliten esa relación con el alumnado y su familia.
3.2. La tutoría con las familias.
La tutora o el tutor son los mediadores entre el centro y la familia, y los encargados de garantizar un
proceso de intercambio continuado y sistemático, que comienza con el nuevo curso y continúa al
finalizar cada trimestre.
Este proceso se ha de alimentar y enriquecer a lo largo del curso a través de las sesiones de
presentación, de las entrevistas de recogida de información y la entrega de la información sobre los
resultados escolares como vías habituales. Asimismo contribuye de forma positiva a su desarrollo la
organización de procesos formativos y participativos como las Escuelas de
Padres y Madres, la intervención de las familias en el desarrollo del currículo, a través de la
elaboración de materiales, la agenda escolar del alumnado y de la participación directa como
responsables de talleres o con acciones puntuales.
3.3. La tutoría como coordinación del equipo docente.
Corresponde a la tutora o el tutor coordinar la intervención educativa del conjunto del profesorado.
Dentro de esta responsabilidad está el asegurar que todo el profesorado tiene una información
suficiente del grupo y de la problemática de cada uno de ellos, así como de que existe un acuerdo a
la hora de abordar las líneas básicas de comportamiento con el grupo.
La responsabilidad no queda reducida a coordinar el intercambio en las sesiones de evaluación y a
las tareas de registro y calificación, pues este proceso se continúa con la toma de decisiones sobre
medidas que contribuyan a resolver los problemas concretos y a dar respuesta a las necesidades
poniendo en marcha estrategias de atención a la diversidad.
Práctica 3b: Tras el visionado de “La comunicación familia escuela” desde Youtube, sobre la
forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede también al principio del módulo,
realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en
relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela.
A través de este vídeo se muestran los diferentes modelos de comunicación entre la familia y la
escuela, estos casos se dan en las entrevistas o tutorías personalizadas entre maestro/a-
padre/madre/tutor legal donde se trata un problema específico acerca de temas relacionados en su
desarrollo y aprendizaje, dificultades, etc.
El vídeo nos avisa con antelación, la relación entre familia y escuela no es siempre fácil, por lo que
el objetivo de estas tutorías o entrevistas personalizadas será crear un ambiente de confianza y
colaboración mutua donde la comunicación sea posible y efectiva.
A raíz de estas conversaciones, se muestran algunos factores de los que consta la comunicación que
a continuación destacamos:
-Comunicación verbal (comentarios, frases, estilo verbal, entonación…)
-Comunicación no verbal (gestos, miradas, lenguaje corporal, posturas,…)
-Contexto (entorno, condiciones de la comunicación: el contexto es escolar).
Ideas video:
3 formas: agresivo, inhibido y asertivo.
Modelo agresivo:
Comunicación no verbal
-El profesor recibe distante a la madre.
-Se mantiene de pie.
-Gestos agresivos, amenazantes (movimiento de manos).
-Proximidad física agresiva (el profesor invade el espacio del otro)
-Tonos de voz altos.
-No se crea un clima cálido.
Comunicación verbal
-No se escuchan (hablan a la vez)
-Se prejuzgan
-No hay diálogos
-Ninguno se pone en el lugar del otro.
-No se llega a acuerdos.
-Se culpabilizan mutuamente.
LA COMUNICACIÓN QUEDA ROTA
Modelo asertivo:
El profesor utiliza el espacio para crear un clima de acogida.
Es positivo y recompensante.
Comparte sentimientos.
Resume acuerdos finales y acuerda nuevo encuentro.
Ofrecimiento final de apoyo y petición de colaboración.
Comunicación no verbal.
-Se va creando clima de colaboración y entendimiento.
-Se van relajando posturas.
-El profesor tiene los objetivos claros: buscar acuerdos finales y compromisos creando un clima de
apoyo mutuo (busca el interés común: el alumno/ hijo).
Comunicación verbal.
-Escucha activa (estar atento y participar en lo que el otro dice): gestos de cabeza asintiendo, mirada
directa, no interrumpe.
-Empatiza (se pone en el lugar del otro): “entiendo que…”
-Reconoce sentimientos: “entiendo que usted se sienta mal…”
-Expresa sentimiento: “me cuesta hablar con Iván, “nos sentimos impotentes…”
-Es recompensante: “le agradezco que haya venido…”
-No culpabiliza al otro: centra el problema en los hechos, expone argumentos…
-Acuerdos parciales.
-Utiliza mensajes yo.
-Resume: reformula lo dicho y lo sintetiza.
-Busca soluciones comunes y compartidas.
LA COMUNICACIÓN SE CONVIERTE EN COLABORACIÓN.
Si observamos al mínimo detalle estos cortos y las características del profesorado en uno y en otro,
podemos decir que son dos modelos completamente distintos, donde el interés se centra en
alumno/hijo.
El resultado por lo tanto es distinto, ya que la conducta del profesor, hace que la comunicación fluya
o se convierta en una discusión sin llegar a un objetivo final concreto y sin solución alguna.
Todo profesor debe estar preparado para estas circunstancias, alguna vez en nuestra vida hemos de
hacer frente a estos problemas y a aquellos padres que no entran en razón donde sus hijos son unos
santos en su casa y en la escuela también creen que lo son. Es en este caso cuando desaparece la
comunicación, el profesor debe prepararse para este tipo de casos donde el primer escalón debe
hallarse en la comunicación.
Es inviable, que una tutoría no conlleve comunicación, si no existe esta, nunca llegaremos a fines
concretos y deseables por ambas partes. La colaboración y comunicación entre la escuela y la
familia es vital e influyente en la educación que se le transmite así como en el desarrollo académico
del mismo.
Como padres, no se debe creer lo que ve en su casa, debe creer al profesor, que es el que pasa
también mayor tiempo en la escuela, no deben manipular las opiniones del maestro por el concepto
que tengan de su hijo, deben afrontar el problema y solucionarlo con los medios necesario y la
ayuda tanto del profesorado como del alumnado.
Como maestros, debemos tener en cuenta que es una tarea difícil, ya que muchos padres no llegan a
entender lo que el maestro le dice de su hijo, debemos ser cautos y cercanos a la familia que
necesite ayuda. Es posible que el rendimiento del niño se vea alterado por distintos motivos, por
ello hay que indagar para que el alumno salga adelante enfrentándose a sus problemas y saliendo
victorioso en cada uno de estos enfrentamientos.
En conclusión, debemos ser nosotros mismos, quitarnos los miedos y enfrentarnos a los problemas
que el niño pueda tener, colaborando con las familias y ofreciéndole los medios necesarios posibles
para que esta situación sea modificable o cambie radicalmente.
Sabemos que es una tarea difícil enfrentarnos a los padres, ya que en la mayoría de casos tendrán
puntos de vistas diferentes, que no concuerdan con la vida escolar, pero como he dicho
anteriormente, debemos acercarnos a la familia, conocer y actuar. Nuestro fin es que el alumno
consiga sus metas y sea capaz de adquirir los conocimientos que queremos transmitir, ya sean
conceptuales, actitudinales o procedimentales e incluso también los personales, importantes para su
desarrollo y crecimiento académico.
Nuestro objetivo es llegar a acuerdos comprendiendo las necesidades de los alumnos en cuestión
donde los padres no sean nuestro peor enemigo, sino el caso contrario de que sean nuestros mejores
aliados.
Práctica 3c: Causas de la baja participación de los padres (PPT tema 1) en los centros
educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.
En referencia a la presentación de origen de este trabajo, “participación de los padres”, es
importante, que estos, sean partícipes de la educación, que colaboren con el centro educativo, y sean
capaces de participar en las tareas domésticas y en actividades con sus hijos.
Hoy en día esta situación es escasa, pocos padres están involucrados en la educación de sus hijos.
La educación no solo se centra en la escuela, sino que también se forja en el hogar, con la
colaboración de los padres, la ayuda entre maestro-padres, siendo partícipes en actividades donde
profesores-padres-alumnos colaborasen mutuamente.
Las causas son numerosas, donde podemos destacar alguna de ellas, como por ejemplo:
-Falta de motivación.
-No ven útil la participación y colaboración.
-Falta de preparación de los padres.
-El horario laboral y escolar están reñidos y ocupan el mismo tiempo, lo que provoca
incompatibilidad con el horario escolar.
-Falta de cultura.
-Temor del colegio debido a que considera un obstáculo la participación en algunas actividades.
-Despreocupación de la educación de sus hijos, creyendo oportuno que es una tarea del profesorado.
Las consecuencias de estas causas las sufren los alumnos/hijos, ya que son los mayores
perjudicados en cuanto a su desarrollo y aprendizaje.
Como medida para evitar estas situaciones podemos señalar las siguientes:
-Concienciar a los padres de que se consigue una mejor educación si profesores y padres trabajan
juntos.
-Establecer jornadas de puertas abiertas con el fin de conocer el funcionamiento y organización del
centro.
-Aumentar el número de padres en el consejo escolar.
-Facilitar la participación de los padres con actividades donde colaboren mutuamente.
-Resaltar la importancia que tienen las Asociaciones de padres y madres en la resolución y la toma
de decisiones del centro.
-Espacios virtuales como guía de seguimiento de la educación de sus hijos incorporando las nuevas
tecnologías, para evitar coincidencias del horario lectivo con el laboral.
-Creación de talleres de temas relevantes en función de los horarios de trabajo de los padres.
-Elaboración de una wiki o dirección de Internet, donde se exponga la documentación necesaria
para informar a los padres.
Práctica 3d: Voluntaria.
Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt,
cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a
actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone
la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar,
programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que
trabajar de forma coordinada.

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Práctica tema 3 educación y sociedad

  • 1. Práctica tema 3 Educación y sociedad. Práctica 3a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres (ppt del tema 1) en el marco legal (LOE, Decretos de Currículo (infantil y primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones. -LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). -Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional). -Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha (ver infantil o Primaria según corresponda a la titulación que cursa). Haciendo el análisis del primer documento a investigar, en este caso la LOE(Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación), podemos observar los siguientes artículos en los que se tiene en cuenta la tutoría y la participación de los padres. En este apartado titulado como III, Profesorado, en su capítulo I, Funciones del profesorado, se encuentra la importancia que tiene el profesorado como tutor. Seguidamente desglosaremos los artículos correspondientes: Art. 91 c) La tutoría de los alumnos, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias. d) La orientación educativa, académica y profesional de los alumnos, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados h) La información periódica a las familias sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas, así como la orientación para su cooperación en el mismo. Dentro de Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional), observamos: Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Artículo 22. El papel de las familias. Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos para la mejora de la educación. Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo. 1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
  • 2. Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales. Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en el derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas, y a que éstos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Tienen derecho a la libre elección de centro, al conocimiento y la participación en el proyecto educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las decisiones que afecten al progreso académico de sus hijos e hijas o pupilos, y a la información personal sobre su evolución educativa y su rendimiento académico. Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales. 1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. Artículo 26. Asociaciones de madres y padres del alumnado. 1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado matriculado en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y demás normativa vigente. 2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y alumnas serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación. Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares. Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos previstos en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y a través de sus representantes elegidos democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la localidad, así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha. Título VI Factores de calidad de la educación. CAPÍTULO II El fomento de la lectura y del plurilingüismo Artículo 145. El estímulo de la lectura. 1. La Consejería competente en materia de educación y los centros docentes impulsarán la lectura como una de las competencias básicas que permite a todos los ciudadanos y ciudadanas el acceso al conocimiento y el ejercicio de una ciudadanía informada. 2. La lectura se fomentará en el ámbito escolar mediante la inclusión para tal fin de una hora curricular semanal, la prioridad para la lectura en todas las áreas y materias, el desarrollo de actividades extracurriculares, la difusión de actividades relacionadas con la lectura en la totalidad del centro y la programación de actividades en colaboración con las familias, entre otras medidas. Artículo 146. La biblioteca escolar. 3. En la planificación, gestión y apertura de la biblioteca escolar, además de los docentes responsables, participarán el alumnado y sus familias. En los centros de titularidad pública podrán participar, además, personal voluntario y otros profesionales que se determinen por la Consejería competente en materia de educación.
  • 3. CAPÍTULO III La cualificación y formación del profesorado Artículo 151. La formación inicial del profesorado. 1. La Consejería competente en materia de educación colaborará, dentro de sus atribuciones, a que la formación inicial del profesorado responda a la finalidad establecida en el artículo 100.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y establecerá los correspondientes convenios con las universidades para colaborar en su organización y desarrollo. 2. La Consejería competente en materia de educación establecerá acuerdos con las universidades cuyo ámbito de gestión sea el territorio de Castilla-La Mancha para regular la participación del profesorado y de los centros docentes públicos y privados concertados en la fase del Practicum de la formación de los futuros docentes. Artículo 152. La formación permanente. La formación permanente se define como el conjunto de actuaciones dirigidas al profesorado no universitario que promueven la actualización y mejora continua de su cualificación profesional, para el ejercicio de la docencia y para el desempeño de puestos de gobierno, de coordinación didáctica y de participación en el control y gestión de los centros. Artículo 153. Principios y objetivos de la formación permanente. 1. La formación permanente del profesorado de Castilla-La Mancha constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado, y una responsabilidad del Consejo de Gobierno y la Consejería competente en materia de educación y de los propios centros, y se define a través de los siguientes principios: a) Las acciones formativas han de tener una proyección directa en la práctica docente, en la educación del alumnado y en el funcionamiento de los centros para contribuir a la mejora de la calidad educativa. b) Los referentes básicos de las acciones formativas son el proyecto educativo de los centros docentes y la cualificación profesional y personal del profesorado. c) La evaluación, la formación, la innovación y el asesoramiento forman parte de un único proceso de mejora profesional e institucional. d) La planificación de la formación permanente del profesorado se debe adaptar, mediante una oferta organizada y de forma coherente y flexible, a las necesidades del sistema educativo, del profesorado y del proyecto educativo de los centros. e) Las acciones formativas y de asesoramiento contribuirán a la dinamización de la comunidad educativa. 2. Son objetivos de la formación permanente del profesorado: a) Dotar al profesorado de las competencias científicas y didácticas necesarias para la mejora de la programación didáctica, su desarrollo y evaluación. b) Desarrollar las competencias necesarias para cumplir con las tareas propias de la acción tutorial, y para dar respuesta a la singularidad del alumnado. c) Dotar al profesorado de estrategias para el desarrollo del proyecto educativo y la mejora de la organización y la participación en los centros docentes. d) Dar respuesta a las necesidades formativas que se derivan de los planes estratégicos de carácter educativo de Castilla-La Mancha, y especialmente los que persiguen la mejora del éxito educativo. e) Contribuir al conocimiento de las emociones y las estrategias en la resolución de conflictos, a la gestión social del aula, al uso de las habilidades de relación, al desarrollo de una autoestima positivay a que el alumnado cuente con expectativas favorables en su capacidad de aprendizaje. f) Facilitar estrategias de dinamización y participación de la comunidad educativa y de colaboración para el desarrollo de proyectos de educación no formal. g) Contribuir al desarrollo de acciones formativas que potencien la prevención en materia de salud laboral del profesorado.
  • 4. Artículo 154. Organización de la formación permanente. 1. La formación permanente dirigida a ofrecer una respuesta adaptada a las necesidades cambiantes del profesorado a lo largo de su vida profesional, a las demandas institucionales de los centros y a los planes y programas de la Consejería competente en materia de educación, se organizará a través de itinerarios formativos de carácter obligatorio para el personal funcionario docente. 2. La Consejería competente en materia de educación determinará las características, contenidos y duración de los itinerarios formativos considerados obligatorios. En todo caso, se desarrollarán itinerarios relacionados con las competencias básicas, la acción tutorial, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, la evaluación educativa y la convivencia escolar. 3. La Administración incorporará a los itinerarios formativos los contenidos relevantes del sistema educativo para asegurar su conocimiento. Incluirá también iniciativas personales y profesionales del profesorado. 5. La Consejería competente en materia de educación estimulará y reconocerá la participación del profesorado y los centros docentes en la planificación, desarrollo y evaluación de proyectos de formación relacionados con la innovación educativa y de investigación con la universidad. Artículo 155. La red de formación. 1. La red de formación estará constituida por centros específicos de formación del profesorado de titularidad de la Administración educativa y por otros centros y entidades acreditados por aquélla para organizar y convocar actividades formativas del profesorado, y cuantos otros pueda establecer la Consejería competente en materia de educación. 2. Los centros específicos de formación del profesorado contarán con un órgano de participación en el que estarán representados los profesionales que prestan servicios en ese centro, los centros docentes de la zona, las asociaciones de madres y padres y los municipios, en el número y proporción que reglamentariamente se determine. Artículo 156. El Plan de formación permanente. 1. El Plan de formación permanente del profesorado recoge las prioridades, objetivos y criterios para planificar este tipo de formación, la oferta formativa de los centros específicos de formación del profesorado de titularidad de la Administración educativa, y la de aquellas entidades formadoras que tienen suscrito convenio de colaboración con la Consejería competente en materia de educación. Artículo 157. Los profesores y profesoras colaboradores. Los centros específicos de formación del profesorado podrán contar con la colaboración, a tiempo parcial, de profesorado en activo para realizar actividades formativas, elaborar y seleccionar materiales o prestar asesoramiento en los ámbitos de trabajo que reglamentariamente se definan, en los términos que establezca la Consejería competente en materia de educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional. Artículo 160. Características básicas. La programación de la orientación educativa y profesional en los distintos niveles responderá a las siguientes características básicas: d) Facilitar en el propio centro docente una atención profesional cercana y contextualizada, extensiva al alumnado, las familias y el profesorado. e) Ser una acción coordinada de los distintos profesionales implicados, y abierta a la cooperación con otros profesionales externos al sistema educativo.
  • 5. Artículo 161. Organización. 1. La orientación educativa y profesional se desarrolla mediante: a) La tutoría ejercida por el profesorado, en los centros docentes no universitarios, para la atención al alumnado y sus familias y la coordinación de los equipos docentes. b) El apoyo especializado a través de los profesionales y las estructuras específicas de orientación en los centros docentes que forman parte del servicio público educativo, y los profesionales adscritos, en su caso, a la red de formación en las zonas rurales. c) El asesoramiento externo a los centros docentes, a través de los profesionales ubicados en la red de formación que la Consejería competente en materia de educación determine. 2. El Consejo de Gobierno regulará el funcionamiento de la orientación en lo referido a la organización interna de la misma, las estructuras y responsables, la integración con las actividades de apoyo, la cooperación con otras actuaciones de asesoramiento y la colaboración con el entorno para obtener la mejor atención educativa. Dentro del Decreto 68/2007 de 29 mayo, observamos el siguiente análisis. Anexo III Orientaciones para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje. 3. La tutoría. La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla la tutora y el tutor con el alumnado, con sus familias y con el resto de maestras y maestros que imparten docencia a un mismo grupo de alumnas y alumnos de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de este Decreto. Su contenido, planificación, desarrollo y evaluación son asesorados por el responsable de orientación del centro. La tutora y el tutor los nombra el responsable de la dirección de acuerdo con lo establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro de entre aquellas y aquellos que cumplen con el criterio de impartir docencia al grupo de alumnas y alumnos al menos, en una de las áreas lingüísticas, las matemáticas, el conocimiento del medio y la hora de lectura. 3.1. La tutoría con el alumnado. La tutora o el tutor incluyen dentro del horario del grupo de alumnas y alumnos que tutorizan, un tiempo semanal para desarrollar tareas propias de orientación y seguimiento del conjunto del proceso de enseñanza y aprendizaje y actividades que contribuyan al desarrollo de las habilidades propias de la competencia social y ciudadana, de la competencia para aprender a aprender, de la competencia de autonomía e iniciativa personal y de la competencia emocional. En su programación ha de tener en cuenta que 1. Las competencias básicas se desarrollan a través del contenido y la metodología de las áreas; de la práctica de las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro; y de las actividades extracurriculares. 2. Es necesario incorporar a los procesos de enseñanza y aprendizaje contenidos relativos al autoconcepto el desarrollo de una autoestima positiva; habilidades sociales y estrategias para el trabajo en equipo; prácticas de mejora de los hábitos de estudio; estrategias de autoconocimiento, información y entrenamiento en toma de decisiones para facilitar la110 transición en el paso de ciclo y de etapa; y estrategias para el desarrollo del pensamiento creativo e innovador.
  • 6. 3. La tutoría tiene como momentos claves el paso de educación infantil a primaria y de ésta a secundaria. En el primero de los casos es necesario mantener estrategias metodológicas asociadas a la asamblea para facilitar la incorporación gradual a la clase, evitando generar conflictos. Y en el segundo, se hace imprescindible diseñar actividades que vayan adelantado respuestas para facilitar la posterior adaptación 4. Junto a la respuesta al grupo, la tutora y el tutor tienen la responsabilidad de tutelar de una manera individualizada al alumnado de su grupo. El centro podrá programar modelos alternativos de tutoría que faciliten esa relación con el alumnado y su familia. 3.2. La tutoría con las familias. La tutora o el tutor son los mediadores entre el centro y la familia, y los encargados de garantizar un proceso de intercambio continuado y sistemático, que comienza con el nuevo curso y continúa al finalizar cada trimestre. Este proceso se ha de alimentar y enriquecer a lo largo del curso a través de las sesiones de presentación, de las entrevistas de recogida de información y la entrega de la información sobre los resultados escolares como vías habituales. Asimismo contribuye de forma positiva a su desarrollo la organización de procesos formativos y participativos como las Escuelas de Padres y Madres, la intervención de las familias en el desarrollo del currículo, a través de la elaboración de materiales, la agenda escolar del alumnado y de la participación directa como responsables de talleres o con acciones puntuales. 3.3. La tutoría como coordinación del equipo docente. Corresponde a la tutora o el tutor coordinar la intervención educativa del conjunto del profesorado. Dentro de esta responsabilidad está el asegurar que todo el profesorado tiene una información suficiente del grupo y de la problemática de cada uno de ellos, así como de que existe un acuerdo a la hora de abordar las líneas básicas de comportamiento con el grupo. La responsabilidad no queda reducida a coordinar el intercambio en las sesiones de evaluación y a las tareas de registro y calificación, pues este proceso se continúa con la toma de decisiones sobre medidas que contribuyan a resolver los problemas concretos y a dar respuesta a las necesidades poniendo en marcha estrategias de atención a la diversidad.
  • 7. Práctica 3b: Tras el visionado de “La comunicación familia escuela” desde Youtube, sobre la forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede también al principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que aporta y una valoración crítica personal en relación a la comunicación que se establece entre la familia y la escuela. A través de este vídeo se muestran los diferentes modelos de comunicación entre la familia y la escuela, estos casos se dan en las entrevistas o tutorías personalizadas entre maestro/a- padre/madre/tutor legal donde se trata un problema específico acerca de temas relacionados en su desarrollo y aprendizaje, dificultades, etc. El vídeo nos avisa con antelación, la relación entre familia y escuela no es siempre fácil, por lo que el objetivo de estas tutorías o entrevistas personalizadas será crear un ambiente de confianza y colaboración mutua donde la comunicación sea posible y efectiva. A raíz de estas conversaciones, se muestran algunos factores de los que consta la comunicación que a continuación destacamos: -Comunicación verbal (comentarios, frases, estilo verbal, entonación…) -Comunicación no verbal (gestos, miradas, lenguaje corporal, posturas,…) -Contexto (entorno, condiciones de la comunicación: el contexto es escolar). Ideas video: 3 formas: agresivo, inhibido y asertivo. Modelo agresivo: Comunicación no verbal -El profesor recibe distante a la madre. -Se mantiene de pie. -Gestos agresivos, amenazantes (movimiento de manos). -Proximidad física agresiva (el profesor invade el espacio del otro) -Tonos de voz altos. -No se crea un clima cálido. Comunicación verbal -No se escuchan (hablan a la vez) -Se prejuzgan -No hay diálogos -Ninguno se pone en el lugar del otro. -No se llega a acuerdos. -Se culpabilizan mutuamente. LA COMUNICACIÓN QUEDA ROTA Modelo asertivo: El profesor utiliza el espacio para crear un clima de acogida. Es positivo y recompensante. Comparte sentimientos. Resume acuerdos finales y acuerda nuevo encuentro. Ofrecimiento final de apoyo y petición de colaboración.
  • 8. Comunicación no verbal. -Se va creando clima de colaboración y entendimiento. -Se van relajando posturas. -El profesor tiene los objetivos claros: buscar acuerdos finales y compromisos creando un clima de apoyo mutuo (busca el interés común: el alumno/ hijo). Comunicación verbal. -Escucha activa (estar atento y participar en lo que el otro dice): gestos de cabeza asintiendo, mirada directa, no interrumpe. -Empatiza (se pone en el lugar del otro): “entiendo que…” -Reconoce sentimientos: “entiendo que usted se sienta mal…” -Expresa sentimiento: “me cuesta hablar con Iván, “nos sentimos impotentes…” -Es recompensante: “le agradezco que haya venido…” -No culpabiliza al otro: centra el problema en los hechos, expone argumentos… -Acuerdos parciales. -Utiliza mensajes yo. -Resume: reformula lo dicho y lo sintetiza. -Busca soluciones comunes y compartidas. LA COMUNICACIÓN SE CONVIERTE EN COLABORACIÓN. Si observamos al mínimo detalle estos cortos y las características del profesorado en uno y en otro, podemos decir que son dos modelos completamente distintos, donde el interés se centra en alumno/hijo. El resultado por lo tanto es distinto, ya que la conducta del profesor, hace que la comunicación fluya o se convierta en una discusión sin llegar a un objetivo final concreto y sin solución alguna. Todo profesor debe estar preparado para estas circunstancias, alguna vez en nuestra vida hemos de hacer frente a estos problemas y a aquellos padres que no entran en razón donde sus hijos son unos santos en su casa y en la escuela también creen que lo son. Es en este caso cuando desaparece la comunicación, el profesor debe prepararse para este tipo de casos donde el primer escalón debe hallarse en la comunicación. Es inviable, que una tutoría no conlleve comunicación, si no existe esta, nunca llegaremos a fines concretos y deseables por ambas partes. La colaboración y comunicación entre la escuela y la familia es vital e influyente en la educación que se le transmite así como en el desarrollo académico del mismo. Como padres, no se debe creer lo que ve en su casa, debe creer al profesor, que es el que pasa también mayor tiempo en la escuela, no deben manipular las opiniones del maestro por el concepto que tengan de su hijo, deben afrontar el problema y solucionarlo con los medios necesario y la ayuda tanto del profesorado como del alumnado. Como maestros, debemos tener en cuenta que es una tarea difícil, ya que muchos padres no llegan a entender lo que el maestro le dice de su hijo, debemos ser cautos y cercanos a la familia que necesite ayuda. Es posible que el rendimiento del niño se vea alterado por distintos motivos, por ello hay que indagar para que el alumno salga adelante enfrentándose a sus problemas y saliendo victorioso en cada uno de estos enfrentamientos. En conclusión, debemos ser nosotros mismos, quitarnos los miedos y enfrentarnos a los problemas que el niño pueda tener, colaborando con las familias y ofreciéndole los medios necesarios posibles
  • 9. para que esta situación sea modificable o cambie radicalmente. Sabemos que es una tarea difícil enfrentarnos a los padres, ya que en la mayoría de casos tendrán puntos de vistas diferentes, que no concuerdan con la vida escolar, pero como he dicho anteriormente, debemos acercarnos a la familia, conocer y actuar. Nuestro fin es que el alumno consiga sus metas y sea capaz de adquirir los conocimientos que queremos transmitir, ya sean conceptuales, actitudinales o procedimentales e incluso también los personales, importantes para su desarrollo y crecimiento académico. Nuestro objetivo es llegar a acuerdos comprendiendo las necesidades de los alumnos en cuestión donde los padres no sean nuestro peor enemigo, sino el caso contrario de que sean nuestros mejores aliados. Práctica 3c: Causas de la baja participación de los padres (PPT tema 1) en los centros educativos. Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación. En referencia a la presentación de origen de este trabajo, “participación de los padres”, es importante, que estos, sean partícipes de la educación, que colaboren con el centro educativo, y sean capaces de participar en las tareas domésticas y en actividades con sus hijos. Hoy en día esta situación es escasa, pocos padres están involucrados en la educación de sus hijos. La educación no solo se centra en la escuela, sino que también se forja en el hogar, con la colaboración de los padres, la ayuda entre maestro-padres, siendo partícipes en actividades donde profesores-padres-alumnos colaborasen mutuamente. Las causas son numerosas, donde podemos destacar alguna de ellas, como por ejemplo: -Falta de motivación. -No ven útil la participación y colaboración. -Falta de preparación de los padres. -El horario laboral y escolar están reñidos y ocupan el mismo tiempo, lo que provoca incompatibilidad con el horario escolar. -Falta de cultura. -Temor del colegio debido a que considera un obstáculo la participación en algunas actividades. -Despreocupación de la educación de sus hijos, creyendo oportuno que es una tarea del profesorado. Las consecuencias de estas causas las sufren los alumnos/hijos, ya que son los mayores perjudicados en cuanto a su desarrollo y aprendizaje. Como medida para evitar estas situaciones podemos señalar las siguientes: -Concienciar a los padres de que se consigue una mejor educación si profesores y padres trabajan juntos. -Establecer jornadas de puertas abiertas con el fin de conocer el funcionamiento y organización del centro. -Aumentar el número de padres en el consejo escolar. -Facilitar la participación de los padres con actividades donde colaboren mutuamente. -Resaltar la importancia que tienen las Asociaciones de padres y madres en la resolución y la toma de decisiones del centro. -Espacios virtuales como guía de seguimiento de la educación de sus hijos incorporando las nuevas tecnologías, para evitar coincidencias del horario lectivo con el laboral. -Creación de talleres de temas relevantes en función de los horarios de trabajo de los padres. -Elaboración de una wiki o dirección de Internet, donde se exponga la documentación necesaria para informar a los padres.
  • 10. Práctica 3d: Voluntaria. Programación de una actividad con padres en formato de presentación audiovisual (ppt, cuadernia, prezi,...). Tras la visión de los ejemplos que incluye la plataforma en relación a actividades de participación de padres en aulas de educación infantil y primaria, se propone la elaboración de una propuesta de intervención esporádica o sistemática para informar, programar talleres, actividades o cualquier otra actuación donde docente y padres tengan que trabajar de forma coordinada.