Marco legal para la Educación Argentina y Bonaerense destinado a aquellas personas que trabajan en Educación, y quieren ejercer otros cargos dentro de la Institución Educativa.
2. Ley de Educación Nacional Nª26206/06.
Ley de obligatoriedad de sala de 4 años nivel
inicial N° 27045/15.
Ley de Educación Provincial 13688/07.
Reglamento General de Instituciones.
Educativas de la Provincia de Buenos Aires –
Decreto 2299/11.
3.
4. Junto con el conocimiento
constituyen un bien público y un
derecho personal y social,
garantizado por el Estado.
Responsables:
Estado Nacional y Provincial, la
familia y los cultos reconocidos.
5. Garantizar los derechos.
Proveer educación gratuita,
obligatoria y de calidad.
Garantizar la inclusión, el acceso y la
permanencia en la educación
obligatoria.
6. • Desde los 4 años
hasta la Educación
Secundaria.
Obligatoriedad
• En todos los niveles y
modalidades de gestión
pública.
Gratuidad
7. Ed. técnico profesional.
Ed. Artística.
Ed. Especial.
Ed. Permanente de
jóvenes, adultos, adultos
mayores y formación
profesional.
Ed. Intercultural.
Ed. Física.
Ed. Ambiental.
Ed. Psicológica,
comunitaria y pedagógica.
Ed. técnico profesional.
Ed. Artística.
Ed. Especial.
Ed. Permanente de jóvenes
y adultos.
Ed. Rural.
Ed. Intercultural y bilingüe.
Ed. en contextos de
privación de la libertad.
Ed. Domiciliaria y
hospitalaria.
8. • Común a todas las
orientaciones (3 años).
Ciclo Básico
• Carácter diversificado
según distintas áreas de
conocimiento, del mundo
social y del trabajo (3 años).
Ciclo Orientado
9. Brindar una formación ética.
Formar sujetos responsables.
Desarrollar y consolidar capacidades de
estudio, aprendizaje e investigación, de
trabajo individual y en equipo.
Vincular estudiantes con el mundo del
trabajo, la producción, la ciencia y la
tecnología.
Desarrollar procesos de orientación
vocacional.
11. Derechos: Educación integral, igualitaria y
obligatoria; ser protegidos contra toda
agresión física, psicológica o moral; ser
evaluados en su desempeño y logros.
Obligaciones o deberes: Estudiar y
esforzarse; respetar, participar y colaborar en
la convivencia; asistir a clase regularmente y
con puntualidad.
12. Derechos: Ser reconocidos como agentes
primarios de la educación; elegir la institución
educativa; ser informados de la evolución y
evaluación de los alumnos.
Obligaciones: Hacer cumplir la educación
obligatoria; asegurar la asistencia periódica a la
escuela; respetar y hacer respetar a sus hijos la
autoridad pedagógica del docente y las normas de
convivencia.
13. Características
Cumplir con los fines y
objetivos de la Educación
Realizar una práctica
democrática en torno al
Proyecto Institucional
Es irrenunciable!
14. • Libertad de cátedra y
enseñanza; capacitarse
gratuitamente.
Derechos
• Ejercer de manera idónea y
responsable; proteger los
derechos de los niños a su
cargo.
Obligaciones
• Tener actitudes
antidemocráticas; agredir a
otros miembros de la
comunidad educativa.
Prohibiciones
15. Implica que se realice:
Durante todo el acto educativo.
Responsabilizarse por ellos.
Realizar seguimiento de los alumnos con el fin de
brindar educación de calidad.
Realizar planificación de las clases.
Denunciar situaciones de riesgo o vulneración
de los derechos de los alumnos.
16. Responsable de los procesos de
enseñanza-aprendizaje.
Debe cumplir con los objetivos
establecidos por las leyes.
Debe favorecer la participación de los
actores que forman la comunidad
educativa.
17. Promoverá la creación de organizaciones
democráticas y representativas para garantizar las
condiciones institucionales.
Garantizada por
Institución Educativa
Asegurada por
Dirección General de Cultura y Educación
18. Equipo de conducción
Incluye: Director,
vicedirector, regente y
secretario.
Tareas: planear y ejecutar
el Proyecto Institucional.
Conducir el proceso de
desarrollo atendiendo a los
contextos.
Supervisar la tarea docente.
Equipo administrativo
Incluye: Auxiliares de la
educación.
Tareas: cuidado y limpieza
del establecimiento.
Garantizar la higiene y
seguridad.
A cargo del Consejo Escolar.
19. Director
Mayor jerarquía de la Institución.
Principal responsable de la conducción.
Tareas: pedagógicas; administrativas;
socioeconómicas y comunitarias.
20. Cargos técnicos docentes de base
Cumplen con tareas docentes vinculadas
con su habilitación profesional
Incluyen: médicos, psicólogos, asistentes
educacionales, orientadores
educacionales
22. PLAN DE CONTINUIDAD PEDAGÓGICA: Desarrollo de estrategias
didácticas para el aprendizaje.
ACUERDOS DE CONVIVENCIA: pautas de trabajo y sanciones.
OBLIGATORIEDAD ESCOLAR: Condiciones con respecto a la asistencia..
JORNADA ESCOLAR: Horario de funcionamiento, asistencia y puntualidad
según los niveles y modalidades.
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS: Libros, actas, registros, legajos, archivos.
PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS Y
ADOLESCENTES: Responsabilidad, tanto de la comunidad, institución y
familia, de garantizar los derechos con carácter público, asistencia y labrado de
actas.
23. Esperamos que el análisis
precedente les sirva de
guía para comprender el
marco legal de la
Educación y así
desempeñarse en sus
futuros cargos de la
manera más idónea posible.