1. Laura R. Valladares UAM
Diplomado Igualdad sustantiva y acceso a la Justicia
Oaxaca febrero 2014
2. Pluralismo Jurídico
Srio. Gobernación pide perdón a Inés
Fernández por la violación en manos de
soldados mexicanos. Marzo de 2012
La Justicia para las mujeres
indígenas.
El binomio Derechos
colectivos - derechos de las
mujeres indígenas.
Multiculturalismo como
política de Estado.
Reformas en materia de
justicia para los pueblos y
las mujeres indígenas
3. Justicias indígenas Sistemas de Justicia.
Los retos de la
impartición de justicia
con pertinencia
cultural y perspectiva
de género.
El sistema de justicia
positivo para personas
y pueblos indígenas.
Pluralismo Jurídico y
diálogo entre saberes.
4.
5.
6. Resultado transcultural
y transhistórico
No culturizar la
desigualdad
Se expresa por tres
condiciones: étnica, de
género y económica
7. Condiciones de las
Indígenas
Acceso a la justicia como
derecho humano
Mayores condiciones de
vulnerabilidad que los hombres
indígenas
Discriminación expresada en
altos índices de
Monolingüismo Analfabetismo
Representadas por los varones.
93% sin educación básica.
95% PEA femenina sin salario (vs.
70% masculina.
Ejercicio de la ciudadanía
mediada por acceso a recursos
productivos.
Falta de servicios.
8. Lo individual es colectivo Derecho a la diversidad
El Derecho a tener
Derechos
La juridización de las
demandas indígenas
Porque apelar al
Derecho?
Exigencia de Justicia y
detener agravios
Puede el sistema de
justicia coadyuvar a la
equidad de género?.
9.
10. Reformas de corto
alcance
Nuevos constitucionalismos y
Construcción de Estados Plurales
Brasil (1988)
México (1992 y 2001)
Chile (2012)
Argentina (2005)
Guatemala (Acuerdos
de Paz)
Colombia 1991
Venezuela 1999
Bolivia 1991, 1999 y
2009 (Estado Unitario
Social de Derecho
Plurinacional)
Ecuador 1998 y 2008
Estado Plurinacional
principio del Sumak
Kawsay –buen vivir)
11. Respuestas estatales a las demandas indígenas y los
compromisos internacionales
Política Multicultural del Estado Mexicano
Reconocimiento de la diversidad (1992 y 2001)
1. Modificaciones constitucionales
2. Reformas institucionales.
3. Políticas afirmativas:
Educación: Universidades y Bachilleratos interculturales,
Universidades Indígenas.
IV Visitaduría de la CNDH.
Distribución de recursos con tintes paternalistas.
Becas para mujeres indígenas
Cuotas Partidos políticos, Congreso, paridad electoral
12. • Firma Convenio 169 OIT, Modificaciones constitución.
•21 modificaciones a Códigos de procedimientos penales
• 13 modificaciones a Códigos Penales (1994 y 2004)
13. “Ley de Administración
de Justicia” Michoacán
(2007).
“Ley de Justicia
Indígena Q.R. (2007)
“Ley sobre
administración de
Justicia Indígenas SLP
(2006)
14. Avances en materia de
Justicia
Juzgados de Paz y
Conciliación, Campeche
(1997).
Juzgados Indígenas:
Puebla
Juzgados comunitarios
Sala indígena STJ
Chiapas. 1998
Ley indígena Oax (1995)
Ley indígenas Qro.
(2009).
Indígenas en el Congreso
15. Pluralismo Jurídico
Conocer el Derecho y los
derechos
Paralelas sin vínculo
En coordinación
(Pluralismo Jurídico)
En conflicto
16. Las nuevas invasiones:
Proyectos mineros
Desplazamientos por megaproyectos
Resolución SCJN caso wisrárikas, otomíes de
Querétaro, y Mixtecas de Guerrero
Experiencias de Resistencia
Mirar al Sur experiencias de Refundación del Estado
en clave autonómica.
17. Los retos de la
impartición de justicia
con pertinencia
cultural y perspectiva
de género.
El sistema de justicia
positivo para personas
y pueblos indígenas.
Pluralismo Jurídico y
diálogo entre saberes.
18. Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en caso que involucren
derechos de personas, comunidades y pueblos indígenas. (SCJN) 2013
19. No discriminación
Autoidentificación
Derecho a mantener, desarrollar y controlar
sus propias instituciones
Considerar las especificidades culturales
Protección especial a sus territorios y
recursos naturales
Participación, consulta y consentimiento
frente a cualquier acción que los afecte.
20. La CRAC Coordinadora Regional de
Autoridades Comunitarias de la Montaña de
Guerrero
Bondades de la justicia comunitaria
Los derechos de las mujeres en la justicia
tradicional
21. Los conflictos culturales y normativos de una
nación multicultural no pueden entenderse desde
la lógica de la normatividad hegemónica.
Ciertas prácticas, creencias, cosmovisiones, etc.
Requieren explicarse y traducirse bajo esquemas y
referentes cognitivos de las propias culturas de
donde emergen, con el objeto de significar los que
ellas mismas expresan.
No solamente explica sino que confronta y
contrapone dos saberes: el del juez y el del perito.
22. El perito no es un abogado es un traductor
entre dos culturas.
Debe evitarse que el peritaje tenga como
metas liberar o reducir penas a la población
por su pertenencia.
Los actos delictivos como robo, violación, u
otras trasgresiones son penadas en ambas
sociedades.
El centrarse la búsqueda de in-
imputabilidad por origen reproduce la
lógica de subordinación de una cultura
sobre las otras
23. Comisión Especial del Senado para
analizar el caso de las indígenas Teresa
González y Alberta Alcántara
Jacinta Marcial Ñahñu presa
por acusación de secuestro
Indígenas Ñahñu –Otomíes-
de Querétaro acusadas de
secuestro en 2006.
Liberadas en 2009 y 2010.