Presentación 02 - "DE LA INFORMALIDAD A LA FORMALIZACIÓN LABORAL"
1. RÉGIMEN LABORAL
DE LA PEQUEÑA EMPRESA -
NORMAS SOCIOLABOLARES
Lety Cusi Barreto
Inspectora Auxiliar de Trabajo
Intendencia de Lima Metropolitana
2. Características de las MYPE
MICROEMPRESA PEQUEÑA EMPRESA MEDIANA EMPRESA
Ventas anuales
hasta un monto
máximo de 150 UIT
Ventas anuales
superiores a 150 UIT y
hasta el monto máximo
de 1,700 UIT
Ventas anuales superiores a
1,700 UIT y hasta el monto
máximo de 2,300 UIT
Para determinar los ingresos, se
consideran las Declaraciones Juradas
presentadas por la persona natural o
jurídica. Asimismo, las ventas de los 12
meses anteriores al momento de registro.
3. Beneficios laborales por tipo de empresa
CONCEPTO MICRO EMPRESA PEQUEÑA EMPRESA
GRATIFICACIÓN NO SÍ, LA MITAD DE REMUNERACIÓN
ORDINARIA
COMPENSACION
POR TIEMPO DE
SERVICIOS
NO SÍ, 15 REMUNERACIONES DIARIAS POR
AÑO TRABAJADO (MÁX DE 90
REMUNERACIOS DIARIAS)
INDEMNIZACIÓN
POR DESPIDO
INJUSTIFICADO
SÍ, 10 REMUNERACIONES
DIARIAS POR AÑO
TRABAJADO (MÁX. 90
REMUNERACIONES DIARIAS)
SÍ, 20 REMUNERACIONES DIARIAS POR
AÑO TRABAJADO ( MÁX DE 120
REMUNERACIONES DIARIAS)
VACACIONES SÍ, 15 DÍAS DE DESCANSO
REMUNERADO
SÍ, 15 DÍAS DE DESCANSO REMUNERADO
UTILIDADES NO SÍ, EL DEL REGIMEN GENERAL
4. Permanencia en el régimen
Primer
año como
MYPE
Segundo
año como
MYPE
Pequeña Empresa
permanece 2 años
adicionales como
tal.
Microempresa
permanece 1
año adicional
como tal.
Pasan al Régimen
Laboral que le
corresponda.
5. CONTRATO DE TRABAJO
Acuerdo de voluntades - 3 Elementos
1. Prestación
personal del
servicio
El mismo trabajador
debe realizar
personalmente el
trabajo materia del
contrato.
2. Subordinación
Dirige – Fiscaliza - Sanciona
Indicios: jornada y horario,
otorgamiento de herramientas y
condiciones de trabajo,
cumplimiento de órdenes, etc.
3. Remuneración
Se acuerda pagar una
remuneración al
trabajador por la
labor realizada.
6. Conformada por 2 documentos desarrollados por SUNAT :
CONSTANCIA DE
ALTA
Al día hábil
siguiente de inicio
de labores
CONSTANCIA DE
MODIFICACIÓN O
ACTUALIZACIÓN
Dentro de 15d.
Calendario de
producido el hecho
CONSTANCIA DE
BAJA
Dentro de 2d.
calendario de
solicitado por el
trabajador
T-REGISTRO
Información laboral.
Inscripción del trabajador el
día que ingresa a trabajar.
PLAME
Planilla mensual de pagos.
Declaración mensual.
CONSTANCIAS del T-REGISTRO que deben entregar a trabajadores:
PLANILLAS ELECTRONICAS
7. JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO
Jornada máxima: 8 hr. día o 48 hr. semanales
TIPOS DE DESCANSOS REMUNERADOS
1. Descanso semanal obligatorio (DSO): 24 hr. consecutivas
• La inasistencia injustificada en la semana genera descuento % de la
remuneración por DSO.
• La labor en el día de DSO origina la sustitución por otro día de DSO en
la semana o el pago adicional.
2. Feriados nacionales: son computables para determinar el record
vacacional. 1 enero, jueves y viernes santo, 1 mayo, 29 junio, 28 y 29
julio, 30 agosto, 8 octubre, 1 noviembre, 8 y 25 diciembre
3. Vacaciones anuales: 30 días, pagadas antes de su inicio.
• Oportunidad: dentro del año siguiente de adquirir el derecho.
• Se fija de común acuerdo; de lo contrario, decide el empleador.
8. Procedimiento de despido
• Identificación
de la falta.
• Plazo para
descargos:
mínimo 6
días, salvo
flagrancia.
Carta
de Pre
Aviso
• Si no se
presentan
descargos.
• Si los
descargos no
desvirtúan la
imputación.
Carta
de
despido
9. GRATIFICACIONES
GRATIFICACIONES LEGALES
1 por Fiestas Patrias y 1 por Navidad.
Tienen derecho a estas gratificaciones todos los trabajadores
sujetos al régimen laboral de la actividad privada, bajo
cualquier tipo de contratación.
Las gratificaciones serán abonadas en la primera quincena de
los meses de julio y diciembre según el caso.
El empleador está obligado a pagar las gratificaciones dentro
del plazo establecido.
10. CTS – COMPENSACION POR TIEMPO DE SERVICIOS
• Es el beneficio social por el tiempo de servicio brindado a una
empresa.
• Su finalidad es prever el riesgo que origina el cese de una relación
laboral: pérdida de ingresos.
• Corresponde a los trabajadores sujetos al Régimen Laboral de la actividad
privada con jornada MAYOR a 4 hr. diarias o 20 hr semanales. El derecho se
genera al primer mes de servicios.
11. PRECISIONES SOBRE CTS
Depósitos semestrales en la entidad bancaria elegida por el trabajador.
Se entrega una hoja de liquidación (5 días hábiles, luego del depósito).
• ¿Como hago para retirar mi CTS?
Producido el cese, el empleador tiene 48 hr. para entregar al trabajador
la constancia de cese.
Ante la negativa injustificada del empleador o el abandono de la
empresa por los titulares; el ex trabajador acude a la AAT para que,
previa inspección, sea extienda la certificación de cese.
• Retención de CTS por empleador: En caso de despido por falta grave y
previa demanda ante el Juzgado de Trabajo por daños y perjuicios
dentro de los 30 días naturales de producido el cese.
12. UTILIDADES
Es un beneficio social que tiene por objetivo que los trabajadores
participen en la distribución de las utilidades de la empresa.
Objetivos de la participación en las utilidades
Identifica a los trabajadores con la empresa.
Aumenta la productividad con esfuerzo conjunto de los trabajadores y
empresarios.
Eleva el nivel económico de los trabajadores y sus familias.
Obligados a efectuar el reparto de UTILIDADES:
Las empresas que cuenten con más de 20 trabajadores (promedio anual), que tienen
fin lucrativo y que hayan generado Utilidades: Ingresos – Gastos = Utilidades
13. PRECISIONES SOBRE UTILIDADES
Según la actividad empresarial, el porcentaje a repartir es
como sigue:
10%
10%
10% 8%
8%
5%
EMPRESAS QUE REALICEN
OTRAS ACTIVIDADES
EMPRESAS MINERAS
EMPRESAS DE COMERCIOS
Y RESTAURANTES
EMPRESAS
PESQUERAS
14. PRECISIONES SOBRE UTILIDADES
Las empresas deben presentar la Declaración Jurada de
Impuesto a la Renta, de acuerdo al cronograma de
presentación publicado por SUNAT según el último dígito
del RUC.
A partir de dicha fecha la empresa tiene 30 días naturales
para el reparto de utilidades.
15. Muchas gracias!
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