2. 1-DIFERENCIA ENTRE CONTRATACIÓN ELECTRÓNICA
Y CONTRATACIÓN INFORMÁTICA
Un contrato informático es un concepto ambiguo que
puede abarcar distintos tipos de contratos: En sentido
amplio u objetivo, abarca todos aquellos convenios
cuyo objeto sea un bien o servicio informático,
independientemente de la vía por la que se celebren. El
objeto del contrato, por tanto, sería la prestación de un
servicio informático.
Podemos definir la contratación electrónica o telemática
como el tráfico de mensajes dentro de una red que
permite la negociación, conclusión y ejecución de
contratos. Mencionamos telemática, al ser el tratamiento
automático de información a distancia, lo que supone la
existencia de un emisor y un receptor que intercambian
mensajes entre sí.
3. 2-¿A QUÉ SE DENOMINAN CONTRATOS DE ADHESIÓN O
MASIVOS? ¿QUÉ RELACIÓN TIENE LA CONTRATACIÓN
ELECTRÓNICA POR INTERNET CON LOS LLAMADOS
CONTRATOS DE ADHESIÓN?
Contrato de adhesión
• El contrato de adhesión es un modelo de
contratación redactado únicamente por una
de las partes que lo suscriben, de manera tal
que la otra parte sólo puede aceptar o
rechazar el contrato en su totalidad.
• Para que un contrato de adhesión sea válido
deberá estar firmado por el consumidor o
usuario, que previamente habrá hecho
constar sus datos en el mismo. Además, las
cláusulas por las que se regirá deben
aparecer en el mismo documento o en un
anexo.
Relación
• La relación con el contrato electrónico radica
en el carácter subjetivo e impuesto de una
de las partes, esto es del emisor para que el
comprador o aceptante manifiesta la única
decisión que es tomar por aceptado el
contrato, más que todo es una relación de
causalidad sustentada por el principio
territorialista y como base la teoría del
riesgo.
4. 3-¿A QUÉ SE DENOMINAN CLÁUSULAS
ABUSIVAS EN TELECTONTRATACIÓN? DE
ALGUNOS EJEMPLOS DE ÉSTAS.
Son clausulas limitativas de responsabilidad hechas por el
emisor del documento, estas se centran solo en el beneficio
de una de las partes, esto es del emisor a cuesta de atentar
contra la buena fe de la parte aceptante.
EJM:
-Cláusula de garantía: se señala un periodo prolongado donde el titular
ampara el intercambio contractual, el plazo es corto o insulso.
-Transmisión de derechos: cuando se ceden los derechos del Software
sin autorización del titular de la contratación.
5. 4.¿A QUÉ SE DENOMINAN VICIOS DEL CONSENTIMIENTO? ¿CÓMO SE
PRODUCEN ÉSTOS EN LA TELECONTRATACIÓN? EXPONGA EJEMPLOS.
Vicio De Consentimiento es todo hecho,
manifestación o actitud con la que se anula o
restringe la plena libertad o el pleno
conocimiento con que debe formularse una
declaración.
-En la tele contratación se influye o se da la
inducción al error dado por una tercera parte o el
titular del acto.
-Error en el contenido cuando al momento de
enviar la documentación ésta sea modificada o se
influya en su objeto de derecho.
6. Outsourcing o Tercerización (también llamada subcontratación) es una
técnica innovadora de administración, que consiste en la transferencia a
terceros de ciertos procesos complementarios que no forman parte del
giro principal del negocio, permitiendo la concentración de los
esfuerzos en las actividades esenciales a fin de obtener competitividad
y resultados tangibles.
Esta técnica se fundamenta en un proceso de gestión que implica
cambios estructurales de la empresa en aspectos fundamentales tales
como la cultura, procedimientos, sistemas, controles y tecnología cuyo
objetivo es obtener mejores resultados concentrando todos los
esfuerzos y energía de la empresa en la actividad principal.
5. ¿QUÉ ES EL OUTSOURCING EN MATERIA DE CONTRATACIÓN
INFORMÁTICA?