Este documento trata sobre varios temas relacionados con el derecho financiero y tributario en Venezuela. Explica que la actividad financiera del Estado consiste en obtener los recursos económicos necesarios para cubrir los gastos públicos. Luego, enumera las fuentes del derecho tributario y financiero según la ley peruana y venezolana. Finalmente, define conceptos como impuestos, tasas y principios constitucionales del derecho tributario como la legalidad, igualdad y no confiscación.
1. Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Barquisimeto – Estado Lara
Integrante:
Armando Pulido C.I.: 20.015.565
Barquisimeto, Septiembre de 2015
2. Actividad Financiera Del Estado Venezolano
Es la gestión que realiza el Estado y
los demás entes públicos secundarios,
para proveerse de los medios
económicos suficientes para cubrir los
gastos de los servicios públicos y
también la ejecución de esos mismos
gastos.
3. Fuentes del Derecho Tributario
El código tributario peruano de 1999 establece en la
norma III de su título preliminar que son fuentes del
derecho tributario:
a) Las disposiciones constitucionales.
b) Los tratados internacionales aprobados por el Congreso y
ratificados por el Presidente de la República.
c) Las leyes tributarias y las normas de rango equivalente.
d) Las leyes orgánicas o especiales que norman la creación
de tributos regionales o municipales.
e) Los decretos supremos y las normas reglamentarias.
f) La jurisprudencia.
g) Las resoluciones de carácter general emitidas por la
Administración Tributaria.
h) La doctrina jurídica
4. Fuentes del Derecho Financiero
Constitución
Tratados Internacionales
La Ley
Normas con Rango de Ley
Decretos Legislativo
Decreto Ley
Normas Municipales
5. ¿Qué es el Derecho Tributario?
Es la rama del derecho administrativo que estudia todo lo
relativo a los tributos y, como consecuencia de ello, las
relaciones jurídicas entre el Estado y los contribuyentes.
Es una rama del derecho público que estudia las normas
jurídicas a través de las cuales el estado ejerce su poder
tributario con el propósito de obtener de los particulares
ingresos que sirvan para sufragar el gasto público en aras de
la consecución del bien común. La analogía es admisible para
colmar los vacíos legales, pero en virtud de ella no pueden
crearse tributos, exenciones, exoneraciones ni otros
beneficios, tampoco tipificar ilícitos ni establecer sanciones.
6. ¿Cuántos tipos de tributos hay?
El tributo es de tres clases, tipos o
variedades, por lo cual corresponde
determinar cuales son los mismos. El
mismo puede ser impuesto, contribución o
tasa. Por lo cual podemos afirmar que el
género es el tributo, y las especies son
tres las cuales son el impuesto,
contribución y tasa. Es decir, el término
genérico en derecho tributario es el tributo
el cual tiene tres variedades.
7. Impuestos
Conforman una categoría de los recursos
tributarios. Constituyen una prestación
pecuniaria obtenida por el Estado en
forma coactiva (forzosa) y pagada por los
particulares con carácter definitivo (sin
devolución), sin una contrapartida
determinada y destinada a la atención de
los gastos públicos y a la intervención del
Estado en la economía.
8. Tasas
Son prestaciones obligatorias, no
facultativas, establecidas por la ley. En
consecuencia, son tributos exigidos por el
Estado, destinados a compensar
determinados servicios divisibles, cuyos
costos son prorrateables entre los
usuarios de los servicios. Pueden ser
exigidas a los particulares que lo utilicen
efectivamente o, incluso potencialmente.
Puede ser que se cobre una tasa a aquel
que no hace uso efectivo del servicio.
9. Principios Constitucionales del Derecho Tributario
Principio De Legalidad
"Los tributos se debe establecer por medio de
leyes, tanto desde el punto de vista material
como formal, es decir, por medio de
disposiciones de carácter general, abstracta,
impersonales y emanadas del poder
legislativo«
Principio De Igualdad
Señala que no debe excluirse a ningún sector
de la población para el pago del tributo.
10. Principio De Progresividad
Este principio describe que a mayor
capacidad económica mayor será el pago
producido ya que habrá un alto nivel de vida
de la población dando paso a la obtención
de un sistema tributario eficiente para la
recaudación de los tributos.
Principio De No Confiscación
Establece que no debe cobrarse el tributo de
manera personal, s decir, ninguna persona
podrá ser sometida a esclavitud o
servidumbre ya que el trato con las personas
y en particular con las de niños, mujeres y
adolescentes en todas sus formas estarán
sujetas a las normas previstas en la ley.