2. Responsabilidad Civil
Es la obligación que incumbe a una
persona de reparar el daño causado a otra
por su propio hecho, o por el hecho de las
personas o cosas dependientes de ella.
Responsabilidad Civil Profesional
Es la obligación que contrae una persona
de reparar el daño causado a otra, en
virtud del ejercicio de su profesión.
3. Art.1.185 del Código Civil
El que con intención, o por negligencia, o por imprudencia, ha
causado un daño a otro, está obligado a repararlo.
Debe igualmente reparación quien haya causado un daño a otro,
excediendo en el ejercicio de su derecho…
4. Culpa
Cuando el daño es causado por
imprudencia, negligencia, impericia; o por
inobservancia de la ley.
"SIN INTENCIÓN"
Dolo
Cuando existe voluntad consciente,
encaminada u orientada a causar el daño.
"CON INTENCIÓN"
LA DIFERENCIA ENTRE EL DOLO Y LA CULPA
ES LA MALA FE.
5. • Daño
• Culpa (Culpa y Dolo)
• Relación de Causalidad
• Reparar
• Indemnizar
• Compensar
• Restituir
POR ESO SE DICE...
"NO EXISTE DAÑO SIN CULPA"