SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 7
Descargar para leer sin conexión
G. 342. XXVI.
RECURSO DE HECHO
Giroldi, Horacio David y otro s/
recurso de casación -causa N° 32/93.
Buenos Aires, 7 de abril de 1995.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por
Osvaldo Iuspa (defensor oficial) en la causa Giroldi,
Horacio David y otro s/ recurso de casación -causa N°
32/93", para decidir sobre su procedencia.
Considerando
1°) Que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de
la Capital Federal condenó a Horacio David Giroldi a la
pena de un mes de prisión en suspenso, como autor
penalmente responsable del delito de robo simple en grado
de tentativa. Contra dicho pronunciamiento, la defensora
oficial interpuso recurso de casación.
Sostuvo, en cuanto al fondo del litigio, que la
sentencia del tribunal oral violaba la garantía de la
defensa en juicio. Consideró, además, a fin de fundar la
admisibilidad del mencionado recurso, que era
inconstitucional el límite impuesto por el artículo 459,
inc. 2°, del Código Procesal Penal de la Nación, por
contrariar lo dispuesto en el artículo 8°, inc. 2°, ap. h)
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que
otorga a toda persona inculpada de delito el derecho "...de
recurrir del fallo ante juez o tribunal superior".
2°) Que la Cámara Nacional de Casación Penal
(Sala I) rechazó el planteo de inconstitucionalidad y, en
consecuencia, declaró inadmisible el recurso de casación.
Para llegar a ese resultado, el a quo invocó, en lo que
interesa, el caso "Jáuregui" (Fallos: 311:274), en el que
esta Corte resolvió que el requisito de la doble instancia
judicial en
-//-
-//-materia penal quedaba satisfecho con la posibilidad de
interponer el recurso extraordinario previsto en el artículo
14 de la ley 48. Contra el pronunciamiento de la Cámara de
Casación, la defensa interpuso recurso extraordinario, cuya
denegación dio origen a la presente queja.
3°) Que el recurso es admisible en tanto se ha
puesto en tela de juicio la validez de una ley nacional por
ser contraria a normas de la Constitución Nacional y de un
tratado internacional al que ella hace referencia, y la de-
cisión ha sido adversa al derecho fundado en estas últimas
(artículo 14, inciso 3°, de la ley 48).
4°) Que el a quo sostuvo que: "Por virtud de los
límites objetivos fijados en los arts. 458 a 462 del Código
Procesal Penal no hay posibilidad de recursos de casación ni
inconstitucionalidad... y la causa ha fenecido en instancia
única, por lo que su sentencia es final y contra ella cabe el
recurso extraordinario de apelación".
5°) Que la reforma constitucional de 1994 ha confe-
rido jerarquía constitucional a varios acuerdos internaciona-
les (artículo 75, inciso 22, segundo párrafo), entre ellos la
Convención Americana sobre Derechos Humanos que, en su ya
recordado artículo 8°, párrafo 2°, inciso h, dispone que toda
persona inculpada de delito tiene derecho "de recurrir del
fallo ante juez o tribunal superior".
6°) Que en virtud de lo expuesto corresponde deter-
minar si dentro del ordenamiento procesal penal existen el
órgano y los procedimientos para dar adecuada satisfacción a
la garantía constitucional antes invocada. En ese sentido,
-//-
2 G. 342. XXVI.
RECURSO DE HECHO
Giroldi, Horacio David y otro s/
recurso de casación -causa N° 32/93.
-//-la inexistencia de recursos en la ley de rito ha
conducido al a quo a sostener que la sentencia del tribunal
oral era susceptible del recurso extraordinario ante esta
Corte, sobre la base del precedente "Jáuregui" (cit.).
7°) Que en el caso antedicho, el Tribunal
consideró que el requisito previsto en el ya señalado
artículo 8°, párrafo 2°, inciso h, de la Convención se
hallaba satisfecho por la existencia del recurso
extraordinario federal ante este Tribunal (Fallos: 311:274,
considerando 6° del voto de la mayoría, 7° del voto del
juez Caballero y 6° del voto del juez Petracchi).
Sin embargo, las reglas y excepciones que en
aquella época determinaban la competencia apelada de la
Corte Suprema sufrieron modificaciones a partir de la
reforma introducida en el año 1990 por la ley 23.774, que
otorgó al Tribunal la facultad de rechazar, por la sola
aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación, recursos extraordinarios por falta
de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones
planteadas resultaren insustanciales o carentes de
trascendencia.
8°) Que en tales condiciones puede sostenerse hoy
con nuevos fundamentos que, en hipótesis como la de autos,
el recurso extraordinario no constituye un remedio eficaz
para la salvaguarda de la garantía de la doble instancia
que debe observarse dentro del marco del proceso penal como
"garantía mínima" para "toda persona inculpada de delito"
(artículo 8°, párrafo 2°, apartado h, de la Convención).
-//-
-//- 9°) Que, asimismo, las reformas introducidas por
las leyes 23.984 y 24.050 respecto de los distintos órganos
judiciales que conforman los "tribunales inferiores" de la
justicia nacional (artículo 75, inciso 20, de la Ley Funda-
mental), incluyeron la creación de la Cámara Nacional de
Casación Penal.
Esta circunstancia modificó la organización del Po-
der Judicial de la Nación existente para la época en que fue
fallado el caso "Jáuregui" -que no contemplaba un "tribunal
intermedio" entre la Corte Suprema y las Cámaras Nacionales o
Federales de Apelación-. La Cámara Nacional de Casación Penal
ha sido creada, precisamente, para conocer, por vía de los
recursos de casación e inconstitucionalidad -y aún de re-
visión- de las sentencias que dicten, sobre los puntos que
hacen a su competencia, tanto los tribunales orales en lo
criminal como los juzgados en lo correccional.
10) Que lo expuesto determina que la forma más ade-
cuada para asegurar la garantía de la doble instancia en ma-
teria penal prevista en la Convención Americana sobre Dere-
chos Humanos (artículo 8°, inc. 2°, ap. h), es declarar la
invalidez constitucional de la limitación establecida en el
artículo 459, inc. 2, del Código Procesal Penal de la Nación,
en cuanto veda la admisibilidad del recurso de casación
contra las sentencias de los tribunales en lo criminal en
razón del monto de la pena.
11) Que la ya recordada "jerarquía constitucional"
de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conside-
rando 5°) ha sido establecida por voluntad expresa del cons
-//-
3 G. 342. XXVI.
RECURSO DE HECHO
Giroldi, Horacio David y otro s/
recurso de casación -causa N° 32/93.
-//-tituyente, "en las condiciones de su vigencia"
(artículo 75, inc. 22, 2° párrafo), esto es, tal como la
Convención citada efectivamente rige en el ámbito
internacional y considerando particularmente su efectiva
aplicación jurisprudencial por los tribunales
internacionales competentes para su interpretación y
aplicación.
De ahí que la aludida jurisprudencia deba servir
de guía para la interpretación de los preceptos
convencionales en la medida en que el Estado Argentino
reconoció la competencia de la Corte Interamericana para
conocer en todos los casos relativos a la interpretación y
aplicación de la Convención Americana (confr. arts. 75 de
la Constitución Nacional, 62 y 64 Convención Americana y
artículo 2° ley 23.054).
12) Que, en consecuencia, a esta Corte, como
órgano supremo de uno de los poderes del Gobierno Federal,
le corresponde -en la medida de su jurisdicción- aplicar
los tratados internacionales a que el país está vinculado
en los términos anteriormente expuestos, ya que lo
contrario podría implicar responsabilidad de la Nación
frente a la comunidad internacional. En tal sentido, la
Corte Interamericana precisó el alcance del artículo 1 de
la Convención, en cuanto los Estados parte deben no
solamente "respetar los derechos y libertades reconocidos
en ella", sino además "garantizar su libre y pleno
ejercicio a toda persona sujeta a su juridicción". Según
dicha Corte, "garantizar" implica el deber del Estado de
tomar todas las medidas necesarias para remover los
obstáculos que puedan existir para que los individuos
-//-
-//-puedan disfrutar de los derechos que la Convención reco-
noce. Por consiguiente, la tolerancia del Estado a circuns-
tancias o condiciones que impidan a los individuos acceder a
los recursos internos adecuados para proteger sus derechos,
constituye una violación del artículo 1.1 de la Convención
(opinión consultiva n° 11/90 del 10 de agosto de 1990 -"Ex-
cepciones al agotamiento de los recursos internos"- parráfo
34). Garantizar entraña, asimismo, "el deber de los estados
parte de organizar todo el aparato gubernamental y, en gene-
ral, todas las estructuras a través de las cuales se mani-
fiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean
capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio
de los derechos humanos" (íd., parágrafo 23 ).
13) Que síguese de lo expresado, que la solución
que aquí se adopta permite, desde el punto de vista de las
garantías del proceso penal, cumplir acabadamente los compro-
misos asumidos en materia de derechos humanos por el Estado
Nacional a la vez que salvaguarda la inserción institucional
de la Cámara Nacional de Casación Penal en el ámbito de la
justicia federal y respeta el sentido del establecimiento de
órganos judiciales "intermedios" en esa esfera, creados para
cimentar las condiciones necesarias para que el Tribunal
satisfaga el alto ministerio que le ha sido confiado sea
porque ante ellos pueden encontrar las partes la reparación
de los perjuicios irrogados en instancias anteriores, sin ne-
cesidad de recurrir ante la Corte Suprema, sea porque el ob-
jeto a revisar por ésta ya sería un producto seguramente más
elaborado (Fallos: 308:490, considerando 5°, con cita del
-//-
4 G. 342. XXVI.
RECURSO DE HECHO
Giroldi, Horacio David y otro s/
recurso de casación -causa N° 32/93.
-//-Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores, período
de 1901, Congreso Nacional, Buenos Aires, 1961).
Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador
General, se declara procedente la queja y el recurso
extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento
apelado. Hágase saber, acumúlese al principal y devuélvase
al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda,
se dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto en el
presente. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR -
CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO.
ES COPIA

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Habeas corpus 09-12-14
Habeas corpus 09-12-14Habeas corpus 09-12-14
Habeas corpus 09-12-14Caso Belsunce
 
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...Carlos Carnevale
 
Fallo de Casación 2016
Fallo de Casación 2016Fallo de Casación 2016
Fallo de Casación 2016Caso Belsunce
 
Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...
Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...
Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...casobelsunce
 
Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...
Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...
Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...Carlos Carnevale
 
Denegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacionDenegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacionMalu Falsetti
 
Inadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentados
Inadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentadosInadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentados
Inadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentadosMalu Falsetti
 
Sobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimiento
Sobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimientoSobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimiento
Sobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimientoCaso Belsunce
 
Rechazo excarcelación Baez
Rechazo excarcelación BaezRechazo excarcelación Baez
Rechazo excarcelación Baezcravanzini
 
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...Carlos Carnevale
 
Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso BelsunceResolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso BelsunceCasos Policiales
 
OC 01-82 Corte IDH
OC 01-82 Corte IDHOC 01-82 Corte IDH
OC 01-82 Corte IDHdpptrelew
 
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia Gustavo A.
 
La Corte ratificó fallo de destitución de Wickström
La Corte ratificó fallo de destitución de WickströmLa Corte ratificó fallo de destitución de Wickström
La Corte ratificó fallo de destitución de WickströmEconomis
 
Adj 0.361397001375817502
Adj 0.361397001375817502Adj 0.361397001375817502
Adj 0.361397001375817502Lawyer
 

La actualidad más candente (20)

Fallo gongora
Fallo gongoraFallo gongora
Fallo gongora
 
Habeas corpus 09-12-14
Habeas corpus 09-12-14Habeas corpus 09-12-14
Habeas corpus 09-12-14
 
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...
La Cámara de Apelación y Garantías de Azul revocó la resolución del Juez Carl...
 
Fallo de Casación 2016
Fallo de Casación 2016Fallo de Casación 2016
Fallo de Casación 2016
 
Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...
Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...
Recurso de Casación de la defensa de Bartoli contra la sentencia del Tribunal...
 
Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...
Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...
Cuestión de competencia. Nulidad por falta de notificación personal al imputa...
 
Denegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacionDenegatoria de excarcelacion
Denegatoria de excarcelacion
 
Inadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentados
Inadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentadosInadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentados
Inadmisibilidad de los recursos de habeas corpus presentados
 
Sobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimiento
Sobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimientoSobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimiento
Sobreseimiento por prescripción de la causa de encubrimiento
 
Rechazo excarcelación Baez
Rechazo excarcelación BaezRechazo excarcelación Baez
Rechazo excarcelación Baez
 
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
Rechazo de renuncia a juicio por jurados. Temporaneidad. Falta de notificació...
 
Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso BelsunceResolución del Juez Costa - Caso Belsunce
Resolución del Juez Costa - Caso Belsunce
 
OC 01-82 Corte IDH
OC 01-82 Corte IDHOC 01-82 Corte IDH
OC 01-82 Corte IDH
 
Corte per saltum
Corte per saltumCorte per saltum
Corte per saltum
 
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
Juicio Ordinario de Menor y Minima Cuantia
 
FALLO Romero feris (BOLILLA 4)
FALLO Romero feris (BOLILLA 4)FALLO Romero feris (BOLILLA 4)
FALLO Romero feris (BOLILLA 4)
 
Santillan
SantillanSantillan
Santillan
 
Dictamen 5564
Dictamen 5564Dictamen 5564
Dictamen 5564
 
La Corte ratificó fallo de destitución de Wickström
La Corte ratificó fallo de destitución de WickströmLa Corte ratificó fallo de destitución de Wickström
La Corte ratificó fallo de destitución de Wickström
 
Adj 0.361397001375817502
Adj 0.361397001375817502Adj 0.361397001375817502
Adj 0.361397001375817502
 

Destacado (7)

Casal matias-eugenio.-pgn-y-csjn
Casal matias-eugenio.-pgn-y-csjnCasal matias-eugenio.-pgn-y-csjn
Casal matias-eugenio.-pgn-y-csjn
 
Power Point: Bolillas 1,2 y 3
Power Point: Bolillas 1,2 y 3Power Point: Bolillas 1,2 y 3
Power Point: Bolillas 1,2 y 3
 
Power Point Bolilla 4
Power Point Bolilla 4Power Point Bolilla 4
Power Point Bolilla 4
 
Modelo de Promueve Acción de Amparo contra Obra social con Medida Cautelar
Modelo de Promueve Acción de Amparo contra Obra social con Medida CautelarModelo de Promueve Acción de Amparo contra Obra social con Medida Cautelar
Modelo de Promueve Acción de Amparo contra Obra social con Medida Cautelar
 
MODELO DE DEMANDA DE AMPARO CONTRA SENTENCIA - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
MODELO DE DEMANDA DE AMPARO CONTRA SENTENCIA - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARIMODELO DE DEMANDA DE AMPARO CONTRA SENTENCIA - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
MODELO DE DEMANDA DE AMPARO CONTRA SENTENCIA - AUTOR JOSÉ MARÍA PACORI CARI
 
Unidad 2. fuentes
Unidad 2. fuentesUnidad 2. fuentes
Unidad 2. fuentes
 
Amparo Constitucional Ministerio de la Salud
Amparo Constitucional  Ministerio de la Salud Amparo Constitucional  Ministerio de la Salud
Amparo Constitucional Ministerio de la Salud
 

Similar a Giroldi

Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008
Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008
Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008Departamento de Derecho UNS
 
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...Sebastián R. Narvaja
 
Los recursos en el DPC_IAFJSR
Los recursos en el DPC_IAFJSRLos recursos en el DPC_IAFJSR
Los recursos en el DPC_IAFJSRMauri Rojas
 
La Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionales
La Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionalesLa Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionales
La Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionalesMendoza Post
 
Corte Suprema: fallo por jubilación
Corte Suprema: fallo por jubilaciónCorte Suprema: fallo por jubilación
Corte Suprema: fallo por jubilacióncravanzini
 
La Corte anuló el decreto de los conjueces del Ejecutivo
La Corte anuló el decreto de los conjueces del EjecutivoLa Corte anuló el decreto de los conjueces del Ejecutivo
La Corte anuló el decreto de los conjueces del Ejecutivocravanzini
 
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellencLlibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellencDiarideSabadell
 
Fallo Ley de Medios a la Corte
Fallo Ley de Medios a la Corte Fallo Ley de Medios a la Corte
Fallo Ley de Medios a la Corte Foro Blog
 
Presentación. lucía torres dávila
Presentación.  lucía torres dávilaPresentación.  lucía torres dávila
Presentación. lucía torres dávilanegritaltd
 
Material derecho internacional_publico_dig
Material derecho internacional_publico_digMaterial derecho internacional_publico_dig
Material derecho internacional_publico_digJesica Perez
 
Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...
Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...
Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...Jerónimo Trebucq
 
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...Andrés Oliva
 
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...Dcho Constitucional Dra Grillo
 

Similar a Giroldi (20)

FALLO FAYT
FALLO FAYTFALLO FAYT
FALLO FAYT
 
Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008
Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008
Ledesma Ángela - Derecho al Recurso de Casación - 2008
 
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...
Fallo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sobre Autonomía e Independe...
 
FALLO Polino (BOLILLA 4)
FALLO Polino (BOLILLA 4)FALLO Polino (BOLILLA 4)
FALLO Polino (BOLILLA 4)
 
Santillan
SantillanSantillan
Santillan
 
Los recursos en el DPC_IAFJSR
Los recursos en el DPC_IAFJSRLos recursos en el DPC_IAFJSR
Los recursos en el DPC_IAFJSR
 
La Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionales
La Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionalesLa Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionales
La Corte Suprema por mayor reconocimiento de las facultades constitucionales
 
Fallo schiffrin (BOLILLA 7)
Fallo schiffrin (BOLILLA 7)Fallo schiffrin (BOLILLA 7)
Fallo schiffrin (BOLILLA 7)
 
Corte Suprema: fallo por jubilación
Corte Suprema: fallo por jubilaciónCorte Suprema: fallo por jubilación
Corte Suprema: fallo por jubilación
 
Inaplicación
InaplicaciónInaplicación
Inaplicación
 
FALLO Soria de guerrero
FALLO Soria de guerreroFALLO Soria de guerrero
FALLO Soria de guerrero
 
La Corte anuló el decreto de los conjueces del Ejecutivo
La Corte anuló el decreto de los conjueces del EjecutivoLa Corte anuló el decreto de los conjueces del Ejecutivo
La Corte anuló el decreto de los conjueces del Ejecutivo
 
Bloque
BloqueBloque
Bloque
 
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellencLlibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
Llibertat per Xavier Duch, CDR sabadellenc
 
Fallo Ley de Medios a la Corte
Fallo Ley de Medios a la Corte Fallo Ley de Medios a la Corte
Fallo Ley de Medios a la Corte
 
Presentación. lucía torres dávila
Presentación.  lucía torres dávilaPresentación.  lucía torres dávila
Presentación. lucía torres dávila
 
Material derecho internacional_publico_dig
Material derecho internacional_publico_digMaterial derecho internacional_publico_dig
Material derecho internacional_publico_dig
 
Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...
Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...
Influencia de la ampliación del requerimiento fiscal en la integración con ju...
 
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...
Fallo del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre protocolo de aborto ...
 
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
Control de Constitucionalidad Y CONVENCIONALIDAD DE OFICIO - Andrés Gil Domin...
 

Más de Dcho Constitucional Dra Grillo

Más de Dcho Constitucional Dra Grillo (20)

U. XIV - SEGURIDAD JURÍDICA
U. XIV - SEGURIDAD JURÍDICAU. XIV - SEGURIDAD JURÍDICA
U. XIV - SEGURIDAD JURÍDICA
 
UNIDAD IX. PODER DE POLICIA
UNIDAD IX. PODER DE POLICIAUNIDAD IX. PODER DE POLICIA
UNIDAD IX. PODER DE POLICIA
 
Arriola resumido
Arriola resumidoArriola resumido
Arriola resumido
 
Tp arriola
Tp arriolaTp arriola
Tp arriola
 
Csjn resumen barrick
Csjn resumen barrickCsjn resumen barrick
Csjn resumen barrick
 
El control de convencionalidad2019
El control de convencionalidad2019El control de convencionalidad2019
El control de convencionalidad2019
 
Recurso extraordinario federal
Recurso extraordinario federalRecurso extraordinario federal
Recurso extraordinario federal
 
El control de convencionalidad
El control de convencionalidadEl control de convencionalidad
El control de convencionalidad
 
Unidad 7
Unidad 7Unidad 7
Unidad 7
 
Diario la ley del 28 de marzo de 2019
Diario la ley del 28 de marzo de 2019Diario la ley del 28 de marzo de 2019
Diario la ley del 28 de marzo de 2019
 
Unidad 6 - 2da parte
Unidad 6 -  2da parteUnidad 6 -  2da parte
Unidad 6 - 2da parte
 
Reforma constitucional
Reforma constitucional Reforma constitucional
Reforma constitucional
 
Bolilla 1 2 - 3 - curso de derecho constitucional
Bolilla 1  2 - 3 - curso de derecho constitucional Bolilla 1  2 - 3 - curso de derecho constitucional
Bolilla 1 2 - 3 - curso de derecho constitucional
 
Clase dnu
Clase dnuClase dnu
Clase dnu
 
Xxiii poder ejecutivo
Xxiii  poder ejecutivoXxiii  poder ejecutivo
Xxiii poder ejecutivo
 
Unidad IX poder de policía 2018
Unidad IX   poder de policía 2018Unidad IX   poder de policía 2018
Unidad IX poder de policía 2018
 
Derecho constitucional unidad XI
Derecho constitucional  unidad XIDerecho constitucional  unidad XI
Derecho constitucional unidad XI
 
Unidad VI 2018
Unidad VI 2018Unidad VI 2018
Unidad VI 2018
 
Unidad v 2018
Unidad v 2018Unidad v 2018
Unidad v 2018
 
Bolilla 4 derecho constitucional 2018
Bolilla 4   derecho constitucional 2018Bolilla 4   derecho constitucional 2018
Bolilla 4 derecho constitucional 2018
 

Último

DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptELENA GALLARDO PAÚLS
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxinformacionasapespu
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxOscarEduardoSanchezC
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfMARIAPAULAMAHECHAMOR
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticosisabeltrejoros
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFlor Idalia Espinoza Ortega
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscaeliseo91
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para eventoDiegoMtsS
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxAleParedes11
 

Último (20)

DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.pptDE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
DE LAS OLIMPIADAS GRIEGAS A LAS DEL MUNDO MODERNO.ppt
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
 
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdfHerramientas de Inteligencia Artificial.pdf
Herramientas de Inteligencia Artificial.pdf
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
Razonamiento Matemático 1. Deta del año 2020
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamicaFactores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
Factores ecosistemas: interacciones, energia y dinamica
 
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fiscala unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
la unidad de s sesion edussssssssssssssscacio fisca
 
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
programa dia de las madres 10 de mayo  para eventoprograma dia de las madres 10 de mayo  para evento
programa dia de las madres 10 de mayo para evento
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
 

Giroldi

  • 1. G. 342. XXVI. RECURSO DE HECHO Giroldi, Horacio David y otro s/ recurso de casación -causa N° 32/93. Buenos Aires, 7 de abril de 1995. Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Osvaldo Iuspa (defensor oficial) en la causa Giroldi, Horacio David y otro s/ recurso de casación -causa N° 32/93", para decidir sobre su procedencia. Considerando 1°) Que el Tribunal Oral en lo Criminal N° 6 de la Capital Federal condenó a Horacio David Giroldi a la pena de un mes de prisión en suspenso, como autor penalmente responsable del delito de robo simple en grado de tentativa. Contra dicho pronunciamiento, la defensora oficial interpuso recurso de casación. Sostuvo, en cuanto al fondo del litigio, que la sentencia del tribunal oral violaba la garantía de la defensa en juicio. Consideró, además, a fin de fundar la admisibilidad del mencionado recurso, que era inconstitucional el límite impuesto por el artículo 459, inc. 2°, del Código Procesal Penal de la Nación, por contrariar lo dispuesto en el artículo 8°, inc. 2°, ap. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que otorga a toda persona inculpada de delito el derecho "...de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior". 2°) Que la Cámara Nacional de Casación Penal (Sala I) rechazó el planteo de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declaró inadmisible el recurso de casación. Para llegar a ese resultado, el a quo invocó, en lo que interesa, el caso "Jáuregui" (Fallos: 311:274), en el que esta Corte resolvió que el requisito de la doble instancia judicial en -//-
  • 2. -//-materia penal quedaba satisfecho con la posibilidad de interponer el recurso extraordinario previsto en el artículo 14 de la ley 48. Contra el pronunciamiento de la Cámara de Casación, la defensa interpuso recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja. 3°) Que el recurso es admisible en tanto se ha puesto en tela de juicio la validez de una ley nacional por ser contraria a normas de la Constitución Nacional y de un tratado internacional al que ella hace referencia, y la de- cisión ha sido adversa al derecho fundado en estas últimas (artículo 14, inciso 3°, de la ley 48). 4°) Que el a quo sostuvo que: "Por virtud de los límites objetivos fijados en los arts. 458 a 462 del Código Procesal Penal no hay posibilidad de recursos de casación ni inconstitucionalidad... y la causa ha fenecido en instancia única, por lo que su sentencia es final y contra ella cabe el recurso extraordinario de apelación". 5°) Que la reforma constitucional de 1994 ha confe- rido jerarquía constitucional a varios acuerdos internaciona- les (artículo 75, inciso 22, segundo párrafo), entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos que, en su ya recordado artículo 8°, párrafo 2°, inciso h, dispone que toda persona inculpada de delito tiene derecho "de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior". 6°) Que en virtud de lo expuesto corresponde deter- minar si dentro del ordenamiento procesal penal existen el órgano y los procedimientos para dar adecuada satisfacción a la garantía constitucional antes invocada. En ese sentido, -//-
  • 3. 2 G. 342. XXVI. RECURSO DE HECHO Giroldi, Horacio David y otro s/ recurso de casación -causa N° 32/93. -//-la inexistencia de recursos en la ley de rito ha conducido al a quo a sostener que la sentencia del tribunal oral era susceptible del recurso extraordinario ante esta Corte, sobre la base del precedente "Jáuregui" (cit.). 7°) Que en el caso antedicho, el Tribunal consideró que el requisito previsto en el ya señalado artículo 8°, párrafo 2°, inciso h, de la Convención se hallaba satisfecho por la existencia del recurso extraordinario federal ante este Tribunal (Fallos: 311:274, considerando 6° del voto de la mayoría, 7° del voto del juez Caballero y 6° del voto del juez Petracchi). Sin embargo, las reglas y excepciones que en aquella época determinaban la competencia apelada de la Corte Suprema sufrieron modificaciones a partir de la reforma introducida en el año 1990 por la ley 23.774, que otorgó al Tribunal la facultad de rechazar, por la sola aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, recursos extraordinarios por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia. 8°) Que en tales condiciones puede sostenerse hoy con nuevos fundamentos que, en hipótesis como la de autos, el recurso extraordinario no constituye un remedio eficaz para la salvaguarda de la garantía de la doble instancia que debe observarse dentro del marco del proceso penal como "garantía mínima" para "toda persona inculpada de delito" (artículo 8°, párrafo 2°, apartado h, de la Convención). -//-
  • 4. -//- 9°) Que, asimismo, las reformas introducidas por las leyes 23.984 y 24.050 respecto de los distintos órganos judiciales que conforman los "tribunales inferiores" de la justicia nacional (artículo 75, inciso 20, de la Ley Funda- mental), incluyeron la creación de la Cámara Nacional de Casación Penal. Esta circunstancia modificó la organización del Po- der Judicial de la Nación existente para la época en que fue fallado el caso "Jáuregui" -que no contemplaba un "tribunal intermedio" entre la Corte Suprema y las Cámaras Nacionales o Federales de Apelación-. La Cámara Nacional de Casación Penal ha sido creada, precisamente, para conocer, por vía de los recursos de casación e inconstitucionalidad -y aún de re- visión- de las sentencias que dicten, sobre los puntos que hacen a su competencia, tanto los tribunales orales en lo criminal como los juzgados en lo correccional. 10) Que lo expuesto determina que la forma más ade- cuada para asegurar la garantía de la doble instancia en ma- teria penal prevista en la Convención Americana sobre Dere- chos Humanos (artículo 8°, inc. 2°, ap. h), es declarar la invalidez constitucional de la limitación establecida en el artículo 459, inc. 2, del Código Procesal Penal de la Nación, en cuanto veda la admisibilidad del recurso de casación contra las sentencias de los tribunales en lo criminal en razón del monto de la pena. 11) Que la ya recordada "jerarquía constitucional" de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conside- rando 5°) ha sido establecida por voluntad expresa del cons -//-
  • 5. 3 G. 342. XXVI. RECURSO DE HECHO Giroldi, Horacio David y otro s/ recurso de casación -causa N° 32/93. -//-tituyente, "en las condiciones de su vigencia" (artículo 75, inc. 22, 2° párrafo), esto es, tal como la Convención citada efectivamente rige en el ámbito internacional y considerando particularmente su efectiva aplicación jurisprudencial por los tribunales internacionales competentes para su interpretación y aplicación. De ahí que la aludida jurisprudencia deba servir de guía para la interpretación de los preceptos convencionales en la medida en que el Estado Argentino reconoció la competencia de la Corte Interamericana para conocer en todos los casos relativos a la interpretación y aplicación de la Convención Americana (confr. arts. 75 de la Constitución Nacional, 62 y 64 Convención Americana y artículo 2° ley 23.054). 12) Que, en consecuencia, a esta Corte, como órgano supremo de uno de los poderes del Gobierno Federal, le corresponde -en la medida de su jurisdicción- aplicar los tratados internacionales a que el país está vinculado en los términos anteriormente expuestos, ya que lo contrario podría implicar responsabilidad de la Nación frente a la comunidad internacional. En tal sentido, la Corte Interamericana precisó el alcance del artículo 1 de la Convención, en cuanto los Estados parte deben no solamente "respetar los derechos y libertades reconocidos en ella", sino además "garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona sujeta a su juridicción". Según dicha Corte, "garantizar" implica el deber del Estado de tomar todas las medidas necesarias para remover los obstáculos que puedan existir para que los individuos -//-
  • 6. -//-puedan disfrutar de los derechos que la Convención reco- noce. Por consiguiente, la tolerancia del Estado a circuns- tancias o condiciones que impidan a los individuos acceder a los recursos internos adecuados para proteger sus derechos, constituye una violación del artículo 1.1 de la Convención (opinión consultiva n° 11/90 del 10 de agosto de 1990 -"Ex- cepciones al agotamiento de los recursos internos"- parráfo 34). Garantizar entraña, asimismo, "el deber de los estados parte de organizar todo el aparato gubernamental y, en gene- ral, todas las estructuras a través de las cuales se mani- fiesta el ejercicio del poder público, de manera tal que sean capaces de asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos" (íd., parágrafo 23 ). 13) Que síguese de lo expresado, que la solución que aquí se adopta permite, desde el punto de vista de las garantías del proceso penal, cumplir acabadamente los compro- misos asumidos en materia de derechos humanos por el Estado Nacional a la vez que salvaguarda la inserción institucional de la Cámara Nacional de Casación Penal en el ámbito de la justicia federal y respeta el sentido del establecimiento de órganos judiciales "intermedios" en esa esfera, creados para cimentar las condiciones necesarias para que el Tribunal satisfaga el alto ministerio que le ha sido confiado sea porque ante ellos pueden encontrar las partes la reparación de los perjuicios irrogados en instancias anteriores, sin ne- cesidad de recurrir ante la Corte Suprema, sea porque el ob- jeto a revisar por ésta ya sería un producto seguramente más elaborado (Fallos: 308:490, considerando 5°, con cita del -//-
  • 7. 4 G. 342. XXVI. RECURSO DE HECHO Giroldi, Horacio David y otro s/ recurso de casación -causa N° 32/93. -//-Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores, período de 1901, Congreso Nacional, Buenos Aires, 1961). Por ello, habiendo dictaminado el señor Procurador General, se declara procedente la queja y el recurso extraordinario y se deja sin efecto el pronunciamiento apelado. Hágase saber, acumúlese al principal y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo conforme a lo resuelto en el presente. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO. ES COPIA