El documento habla sobre el derecho concursal. Explica que es un conjunto de normas jurídicas que regulan los procedimientos y relaciones entre un deudor con problemas de insolvencia financiera y sus acreedores. Describe el estado de atraso como una figura jurídica que permite a un comerciante solicitar al tribunal diferir pagos por hasta 12 meses si su situación financiera lo amerita. Finalmente, explica que todos los bienes de un deudor responden como prenda común de los acreedores, pero existen bienes excluidos de esta garant
2. DERECHO CONCURSAL
conjunto
es un
problemas
se encuentran
facilita resolver
insolvencia financiera
situación
López
sistema
regulan
procedimientos
normas
de
que
los
de
según
es un
de
que
la
en que
deudor y sus
acreedores
el
y la
relaciones
jurídicas
graziebile
conjunto
atañen
normas jurídicas
que le
se
practica busca
sido sancionada
mandato constitucional
regular
Efectos
de
que por
han
para
los
del
Concurso
patrimonial
acreedores
Instrumentos
necesario
compromisos
deudor honre
Y los
En su
que un
sus
Con los
alguna contratación
pago
esperan
que
el
por
3. Procedimiento judicial de atraso conforme a el
Código de Comercio
figura jurídica
mercantil
compromisos
mercantiles
Código de
Comercio
Venezolano
el legislador
concede un
privilegio
Liquidación
amigable
comerciante
se le
considera
Estado de
atraso
Normativa legal
pedir al
Tribunal de
Comercio
ha podido
cumplir
retardar
pagos
autoriza
Tiempo no menos
de 12 meses
es una
En donde
de
al
que no
con sus
A este
en
y podrá
que
la
en un
Que el diferimiento sea por causa
excusable, es decir, por causa
ajena a la voluntad y a los
intereses del comerciante
Que exista un retardo o
aplazamiento del pago de las
deudas en la fecha en que se
deban efectuar por falta de
liquidez.
Que el activo exceda
positivamente el pasivo.
Comerciante solvente pero sin
liquidez.
Estado de atraso
Art. 898 hasta
913 del CCo
ser admitido
Que la solicitud sea hecha por un
comerciante. Son comerciantes los
que teniendo capacidad para contratar
regularmente llevados (notoriedad
mercantil). Hacen del comercio su
profesión habitual, y las sociedades
mercantiles (Artículo 10 del Código de
Comercio).
Sus
Para
en
Deben
requisitos
los
Solicitud De Atraso (art
899 CCo)
Para la
Libros de comercio
Balance comercial
donde se exprese con
claridad el activo y el
pasivo del solicitante.
Una lista de las deudas o
pasivos.
Opinión favorable de por lo
menos tres acreedores
principales
Inventario practicado a lo
más 30 días antes de la
solicitud con la finalidad de
que tanto los acreedores
como el juez conozcan con
claridad la verdadera
situación del comerciante.
Patente de industria y
comercio, si la hubiere.
Un estado nominativo de
sus acreedores, con
indicación de su domicilio
o residencia.
4. Procedimiento judicial de atraso conforme a el
Código de Comercio
Juez competente
comerciante solicitante
domicilio
envía la solicitud
estado de
atraso
Juez de Primera
Instancia en lo
Civil y Mercantil
el
es el
del
del
del
O se
a un
que se
Tribunal Distribuidor
procedimiento
entrega
Tribunal de Primera
Instancia en lo Civil y
mercantil
tribunal verificara la
presentación de los
documentos
Liquidación amigable
de los negocios
encargará de remitirla al
tribunal competente
el
se
al
la
Con ella
dictar la medida de
vigilancia necesaria
la documentación
prevista en el Art.899
del CCo
verificarse en el octavo
día a la hora que se fije
convocara a unos y otros
por la prensa a una
reunión
nombrara un síndico y
una comisión de tres de
los principales
acreedores residentes
una vez entregada la
documentación
que figuren en el
balance del peticionario
el
para luego
se
de los
y
Que debe
reunión
en la
el síndico y la comisión de
acreedores, manifestaran su
opinión sobre los documentos
que acompañaron la solicitud,
el
Allí se
debatirá
Sobre la verdad de cada uno de los
documentos.
La admisión o negativa de la
solicitud.
Plazo que puede acordarse.
Las medidas conservativas que
convenga tomar modo de liquidación.
Personas que deban componer una
comisión de consulta y vigilancia
durante la liquidación.
5. Patrimonio como prenda común de los
acreedores
fundamenta
Varias formas pero de
forma tacita
Privilegiados: son aquellos
que tienen privilegio –dado
por la ley- de ser pagados
con preferencia, es decir,
antes que otros
acreedores.
Art.505 Inc.3: cuando permite al
acreedor obtener del deudor las
indemnizaciones correspondientes
cobrarse del producido de
éstos
deudores podrán
ejecutar sus bienes
deudor no cumple
deudas que él
tenga
todos los bienes del deudor
responden
Todos
Por las
si el
los
y
se
con
Puede distinguir
varios tipos de
acreedores
Art. 2312 del cual fluye el
propio significado de
“patrimonio”
Art.961 cuando permite pedir
la revocación de los actos del
deudor realizados en perjuicio
o fraude de sus derechos
se
bienes excluidos de
la garantía común
Con Derecho Real de
Garantía (prenda o hipoteca):
tienen afectada una cosa
(mueble o inmueble) al
cumplimiento de su crédito.
Quirografarios (o
comunes): son los que
carecen de toda
preferencia y por lo tanto,
cobran después de que
hayan cobrado los
acreedores con privilegio
o con derecho real de
garantía. Si el patrimonio
del deudor no alcanza,
ellos cobran “a prorrata”
de sus créditos.
hay
justo que no se prive
a ningún hombre de
lo que necesita para
subsistir
subsistencia del
deudor o de su
familia
se les considera
indispensables
pueden ser
embargados ni
ejecutados
que no
Porque
para la
y es