2. ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA TERMINACIÓN
ANTICIPADA
La Terminación Anticipada es un Proceso Especial previsto en el Nuevo
Código Procesal Penal desde el año 2004, su implementación responde a una
necesidad con carácter Político-Criminal, debido a que era deplorable, ver con
el anterior sistema de aplicación Penal, reos en cárcel- sin tener sentencia
firme- generando un gran porcentaje de hacinamiento en el país, por lo que
era inminente el desbordamiento del sistema de impartición de justicia, siendo
claramente criticado.
3. TRAMITE DE TERMINACIÓN ANTICIPADA
El trámite se da de la siguiente forma: una de las partes va a
solicitar la aplicación de la terminación anticipada al juez, este
le correrá traslado a la otra parte, de aceptar se instalará una
audiencia donde negociarán la pena y la reparación civil. En
este punto se ha dado un tema muy relevante en atención a la
oportunidad en la cual se puede aplicar la terminación
anticipada.
4. DEFINICIÓN DE TERMINACIÓN ANTICIPADA
Se puede definir a la Terminación Anticipada, como un instrumento jurídico
en materia penal, que permite llegar al fin de un proceso, mediante la
colaboración del imputado asumiendo responsabilidad en todos los extremos
de lo que se le imputa, todo esto gracias al acuerdo previo que llevan a cabo
el abogado defensor y el representante del Ministerio Público, donde en
Audiencia Especial de Terminación Anticipada el Juez de Investigación
Preparatoria aprueba el Acuerdo al que arribaron la Defensa Técnica y el
Ministerio Público, ejerciendo posteriormente un Control de Ejecución de
Sentencia.
5. PRINCIPIOS APLICABLES AL PROCESO ESPECIAL DE
TERMINACIÓN ANTICIPADA
Los principios aplicables al instrumento jurídico de la Terminación
Anticipada son los siguientes:
1.- Principio de Postulación de Parte
2.- Principio de Consensualidad
3.- Sospecha Vehemente De Criminalidad
4.- Principio de Legalidad
6. TRATAMIENTO Y APLICACIÓN DE LA TERMINACION
ANTICIPADA EN EL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL
PERUANO.
La terminación anticipada, como instrumento jurídico penal se encuentra
regulado en el artículo 468° del código Adjetivo en materia Penal, donde se
prevé el tratamiento y procedimiento específico para la adecuación, aplicación
y beneficio de este instrumento jurídico
7. VENTAJAS DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA
1. Efectivo ejercicio del derecho de defensa
2. Cumplimiento de las funciones de la Etapa Intermedia
3. Beneficios para el Imputado
DESVENTAJAS DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA
1. No es un criterio de Oportunidad.
2. Afectación del derecho de Defensa
3. Reducción incierta de la Pena
8. A MODO DE CONCLUSION
La Terminación Anticipada, en la práctica del día a día, se ve aplicada
en casos donde los imputados tienen suficientes medios probatorios
que los incriminan, buscando obtener el beneficio de la reducción de la
Pena, siendo para ellos muy efectivo este instrumento jurídico. Pero,
debe tenerse en cuenta, en especial cuando son varios imputados, que
debe correr la misma suerte para todos, es decir si a un imputado lo
condenan como culpable por acogerse a este instrumento jurídico;
pero posteriormente se absuelve a los otros imputados, por su propia
manifestación de voluntad al renunciar al Derecho a la Presunción de
Inocencia no podrá revocársele la Sentencia firme; y por ende, tendrá
que cumplir la Pena, impuesta aun cuando sus coimputados hayan
sido absueltos