3. ¿Qué cambios se han instaurado en los últimos años en
el ámbito del Derecho Notarial y Registral?
4. Carrera : Derecho
Asignatura: Derecho Notarial y
Registral
LOGRO DE LA SESIÓN: Explica los
elementos básicos del Derecho Notarial,
con asertividad
5. ¿Qué es el Derecho Notarial
“Principios y normas que regulan la
función notarial y la organización
del notariado”
Gunther Hernán Gonzáles Barrón
6. ¿Qué es el Derecho Notarial?
“Es el conjunto de doctrinas o normas
jurídicas que regulan la función del
notario y la teoría formal del instrumento
público”
Jimenez Arnau
7. Naturaleza Jurídica del Derecho Notarial
• Generalmente, el Derecho Notarial se considera dentro de las ramas del
Derecho Público, puesto que el notario ejerce función pública por delegación
del Estado.
• El notario es el profesional del derecho que está autorizado para dar fe
de los actos y contratos que ante él se celebran. Para ello formaliza la
voluntad de los otorgantes, redactando los instrumentos a los
que
confiere autenticidad, conserva los originales y expide los traslados
correspondientes. Su función también comprende la comprobación
de
hechos y la tramitación de asuntos no contenciosos previstos en las
leyes de la materia. (Artículo 2 D. Leg. 1049).
• En nuestro caso el reglamento del Decreto Leg. 1049 delimita que el
notario no es funcionario público para ningún efecto legal. Art. 4.
D.S. N° 010-2010-jus.
8. Sistema Notariales
Sistemas Totalitarios: Marco de países
socialistas. El Notario ejerce una función de tipo
pública y esta vinculado al gobierno local.
Ejemplo: Cuba
Sistema Latino : Delimita sus fuentes en el
derecho romano. El Notario se caracteriza por
ejercer sus funciones con independencia
administrativa.
Sistema Anglosajón: El Notario es sólo un
testigo calificado el cual sólo da fe, no redacta ni
revisa el documento bajo cánones de legalidad.
9. Sistema Notarial Anglosajón y Sistema
Notarial Latino
No cabe una comparación entre sistemas
de notariados; la distinción radica en el
fundamento de ambos sistemas
jurídicos.
En el Sistema Anglosajón la fe pública no
existe.
Jose Ma. De Prada
10. Características del Derecho Notarial
1.- Rama del Derecho Público.
2.- Derecho Adjetivo.
3.- Derecho Formal.
4.- Derecho Instrumental.
11. Principios del Derecho Notarial
Principio de Fe Pública
En si la fe pública es la presunción
de
veracidaden los actos autorizados porun
Notario.
“Ante el hechoel notario tiene como
misión la autenticación, es decir, dar fe de
lo que ve, oye y percibe con los sentidos”
Gunther Gonzáles Barrón.
12. Principios del Derecho Notarial
Principio de Matricidad
El instrumento público ofrece una
garantía superior, entreotros
fundamentos, porque el acto se
contiene en un documento matriz que
el notario conserva adecuadamente.
13. Principios del Derecho Notarial
Principio de La Forma
El Derecho Notarial regula
el procedimiento para lograr el
instrumento público
14. Principios del Derecho Notarial
Principio de inmediación
Los otorgantes del acto deben
comparecer en forma directa ante el
notario, o en caso de testimonios de
exhibición, deben presentarse las
cosas al notario.
15. Principios del Derecho Notarial
Principio de consentimiento
El Notario interviene en el ámbito de
la libertad individual, de la
autonomía privada; pero no en el
conflicto.
16. Principios del Derecho Notarial
Principio de legalidad: El Notario ha
de atenerse a las normas que
regulan el procedimiento o formas
del instrumento y, asimismo, deberá
cuidar que la voluntad de las partes
se adapte a los parámetros de las
normas sustantivas.
17. Principios del Derecho Notarial
PRINCIPIO DE AUTENTICACION:
Mediante la firma y el sello se establece que
un hecho o acto ha sido comprobado y
declarado por un Notario.
18. Principios del Derecho Notarial
PRINCIPIO DE ROGACION:
La intervención del notario siempre es
solicitada, no puede actuar por sí mismo o de
oficio.
19. Principios del Derecho Notarial
PRINCIPIO DE UNIDAD DEL ACTO
Este principio se basa en que el instrumento
público debe perfeccionarse en un solo acto.
20. Principios del Derecho Notarial
PRINCIPIO DE PROTOCOLO
Al considerarlo como principio, se le tiene como
un elemento de necesidad por las ventajas
que
reportaa las garantías de seguridad jurídica,
eficacia y fe pública
21. Principios del Derecho Notarial
PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA
Este principio se basa en la fe pública que tiene el
Notario, por lo tanto, los actos que
legaliza son
ciertos, existe certidumbre o certeza.
22. Principios del Derecho Notarial
PRINCIPIO DE PUBLICIDAD
Los actos que autoriza el Notario son públicos; por medio de
la autorización notarial se hace pública la voluntad de la
personal. Este principio de publicidad, tiene una excepción, y
se refiere a los actos de última voluntad, testamentos y
donaciones por causa de muerte
23. ASPECTOS
INTERNACIONALES
La Unión Internacional del Notariado (UINL)
Es una organización no gubernamental instituida para
promover,
coordinar y desarrollar la función y la actividad de los más de
200.000 notarios que hay en el mundo.
Está compuesta por la mayoría de los países de la Unión Europea
(22 de sus 27 miembros) y de Latinoamérica; todos los países del
Este de Europa, y otros tan lejanos a nuestra cultura como Japón
y China, así como por muchos otros de Asia y África.
Actualmente forman parte de la misma 86 estados: 21 de América,
19 de África, 9 de Asia y 37 de Europa. 15 de los 19 miembros del
G-20 están adscritos a esta institución, que representa al 70 por
ciento de la población del planeta.
En los últimos tiempos se ha producido una masiva incorporación de
países que han adoptado este modelo en lugar del
sistema
anglosajón del ‘common-law’, como los antiguos Estados del bloque
comunista, China o Indonesia.
24. MARCO LEGAL
NACIONAL
Normas de carácter general
• Ley del Notariado. Decreto Legislativo N°1049.
• Día del Notariado Peruano Instituyen el día 2 de octubre de cada año como “Día del Notariado Peruano” RESOLUCION
SUPREMA Nº 345-88-JUS.
• Aprueban el Código de Ética del Notariado Peruano DECRETO SUPREMO N.º 015-85-JUS.
Normas sobre Competencia Notarial
• Ley Nº 29560 – Ley que amplía la Ley Nº 26662, Ley de competencia notarial en asuntos no contenciosos, y la Ley Nº 26887,
Ley General de Sociedades.
• Ley Nº 29227, Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las
Municipalilades y Notarias.
• Reglamento de la Ley que regula el procedimiento no contencioso de la separación convencional y divorcio ulterior en las
Municipalidades y Notarías, aprobado por DECRETO SUPREMO Nº 009-2008-JUS
• Ley de Competencia Notarial en Asuntos no Contenciosos LEY Nº 26662.
• Ley Complementaria a la Ley Nº 26662, la Ley de Asuntos No Contenciosos de Competencia Notarial, para la Regularización
de Edificaciones LEY Nº 27333.
25. EVIDENCIA DE
APRENDIZAJE
Informe Legal sobre los tópicos más relevantes,
con sus respectivas Conclusiones por grupos y
exposición aleatoria.
El producto- Informe de Resultado será integrado
en el Campus Virtual.