Discrimen por orientacion sexual o identidad de genero
1. Discrimen por Orientación Sexual e
Identidad de Género
Lcdo. Kelvindranath Pérez Gutiérrez
Attorney and Counselor at Law
2021
2. • Un estudio realizado por The Williams Institute
refleja que un cuarenta y tres porciento (43%)
de las personas homosexuales y transgéneros
experimentaron algún tipo de discrimen en su
trabajo.
• Lo que significa que de un ocho a un diecisiete
porciento (8%-17%) de ellos fueron despedidos
debido a su orientación sexual e identidad de
género.
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3. Definiciones
• Orientación sexual
– La capacidad de cada persona de sentir una atracción
emocional, afectiva o sexual por personas de un género
diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de
un género
– Ser heterosexual, homosexual o bisexual
4. Definiciones
• Identidad de género
– La manera en la que la persona se identifica; cómo se
reconoce a sí misma en cuanto al género
– El sentido interno de la persona sobre ser hombre o mujer
– Puede corresponder o no al sexo asignado en su nacimiento
5. Definiciones
• Expresión de género
– La manera en que la persona comunica su identidad de
género a los demás, a través de su comportamiento,
vestimenta, apariencia, voz y lenguaje corporal
6. Definiciones
• Transexual (transgender)
– Cuando hay discordancia entre el sexo de nacimiento y la
identidad de género, o
– Cuando hay discordancia entre el sexo de nacimiento y la
expresión de género
• Travestismo
– Puede conllevar o no un proceso de reasignación de sexo
(transition)
7. Elementos del Discrimen Ilegal
• Trato desigual
• Que conlleva acción adversa o efecto adverso
• Por pertenecer a un grupo o categoría protegida por
ley
• Más de 30 categorías protegidas
8. Discrimen por orientación sexual
• Prohibido en todo los E.U. como discrimen por sexo bajo el Título
VII por decisión del Tribunal Supremo Federal.
• Prohibido en todos los estados de Europa Occidental y en ocho
de Europa Oriental
• Prohibido en Canadá
• Prohibido por la Constitución de Colombia, Sudáfrica y Ecuador
9. Discrimen prohibido en
• Sur África
• Costa Rica
• El Salvador
• Guatemala
• Nicaragua
• México
• Bolivia
• Venezuela
• Colombia
• Ecuador
• Perú
• Uruguay
• Mozambique
• Israel
• Australia
• Nueva Zelandia
• Guadalupe
• Martinica
11. • Nuestra Constitución en su artículo II,
sección 1 dispone que: ”la dignidad del ser
humano es inviolable. Todos los hombres
son iguales ante la Ley"
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12. • La Ley Núm. 22-2013 establece la política
pública del Gobierno de Puerto Rico en
contra del discrimen por orientación
sexual o identidad de género en el
empleo, público o privado.
• La Ley pretende alcanzar la igualdad en el
ámbito laboral para toda persona
independientemente, de su orientación
sexual o identidad de género.
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13. • La Ley Núm. 22, en su exposición de motivos establece que la
política pública del gobierno actual es erradicar el trato desigual
para garantizar el derecho de igualdad que nos brinda nuestra
Constitución.
• La misma ley define la orientación sexual como: "la capacidad de
cada persona de sentir una atracción emocional, afectiva o sexual
por personas de un género diferente al suyo o de su mismo género,
o de más de un género.
• Por otro lado, la Ley Núm. 22 define que el término de identidad de
género constituye: "la manera en que se identifica la persona, cómo
se reconoce a sí misma en cuanto al género que puede
corresponder o no a su sexo biológico.
– Apreciación que una persona tiene sobre sí misma en cuanto a cómo
se percibe, como hombre o mujer, y esto será independientemente de
su sexo, orientación sexual, edad o nivel socio-económico
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14. • Dentro de la identidad de género, existen tres categorías que son
las más vulnerabilizadas: el travesti, el transgénero y el transexual.
El concepto de travesti se refiere a que es un hombre o una mujer
que ocasionalmente o en situaciones particulares se viste y
comporta como una persona del género contrario.
• Por su parte, el transgénero es un hombre o mujer (que está
conforme con su sexo biológico), pero que se comporta y viste de
forma permanente como una persona del género contrario, siendo
esto parte de su estilo de vida.
• Finalmente, el transexual es un hombre o mujer (que no está
conforme con su sexo biológico) y que se viste y comporta de forma
permanente como una persona del género contrario, formando esto
parte de su estilo de vida.
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15. • La Ley Núm.22 requiere que se le de el mismo trato tanto a
personas con orientación sexual e identidad de género diferentes
tanto como a las personas heterosexuals.
• Tanto la discriminación en el empleo como las reclamaciones de
represalias son una demostración clara de una acción adversa en el
empleo.
• Una acción adversa es definida como un cambio material adverso
en los términos y condiciones del empleo demandante.
• Sin embargo, el tener el ego herido, o un mero inconveniente en
cuanto a la alteración de las responsabilidades impuestas, no son
razones suficientes para constituir el discrimen.
• Algunos ejemplos de acción adversa son: despido, no conceder un
ascenso, relocalización de departamento con responsabilidades
diferentes, suspensiones del trabajo, pérdida de beneficios, y
cualquier otra situación única y/o particular.
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16. • Un discrimen previsible donde puede manifestarse una
acción adversa es a la hora de reclutar.
• Por ejemplo: un patrono puede estar en medio de una
entrevista y puede ser que el candidato mencione a su
pareja del mismo sexo. Ese comentario podría ocasionar
que el patrono deje de contratar a una persona para una
posición que requiera interacción con clientes por el
mero hecho de una posible incomodidad por parte del
cliente.
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17. Ley Núm. 22: Protocolo
• Artículo 18
• Ordena a la Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos
Laborales y de Administración de Recursos Humanos y al Departamento
del Trabajo
• Elaborar un protocolo de cumplimiento, educación y capacitación
• El cual será aplicado a todos los patronos en la esfera privada
19. Estereotipo sexual
• Protección contra estereotipo sexual
– El Título VII prohíbe penalizar a empleados por no actuar conforme a
los estereotipos de género asociados con su sexo
20. • Smith v. City of Salem, 378 F.3d 566 (2004): El caso nos expone como un
bombero del Salem Fire Department fue discriminado por el mismo
Departamento de Bomberos por considerarse un transexual. Smith llevaba
trabajando por siete años en el cuerpo de bomberos sin haber tenido
ningún tipo de incidente. Luego de haber sido diagnosticado con el Gender
Identity Disorder (GID).
• Smith comenzó a manifestar una apariencia más femenina, incluso en el
trabajo. Como consecuencia de su nuevas manifestaciones, los
compañeros de trabajo, comenzaron a comentar que sus manerismos y
nueva apariencia no eran lo suficientemente masculino.
• Posteriormente, Smith fue suspendido por veinticuatro horas.La suspensión
estuvo basada en una supuesta infracción a causa de su transexualidad y
sus manifestaciones a una politica obsoleta del Fire Department.
• Como resultado, Smith instó demanda en el tribunal de distrito federal por
discrimen de sexo, ya que según su patrono, su comportamiento y
apariencia no iban conformes con las normas asociadas con su sexo. El
Tribunal decidió que Smith tenia causa de acción bajo el Titulo VII, sin
importar si el discrimen fue por sexo o género.
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21. Agenda del EEOC: estereotipo sexual
• El Tribunal Supremo Federal recientemente determinó que el
discrimen por orientación u identidad sexual esta prohibido
como parte del discrimen por sexo en el Titulo VII de la Ley
Federal de Derechos Civiles.
• EEOC asumirá posición de que ambos están prohibidos bajo
la sombrilla de “estereotipo sexual”
22. Hostigamiento Sexual
• Protección contra el hostigamiento sexual aunque el agresor y la
víctima sean del mismo género
– Tribunal Supremo de EE.UU.
Oncale v. Sundowner Offshore Services
523 U.S. 75 (1998): Supreme Court held that nothing in Title VII
necessarily bars a sex discrimination claim merely because the plaintiff
and the defendant are of the same sex
23. Hostigamiento
• Protección bajo término “sexo” de Título VII
– Rene v. MGM Grand Hotel, 255 F.ed 1069 (9no Cir. 2001): Medina
Rene, a butler who worked serving high-profile guests at the MGM
Grand Hotel in Las Vegas, was subjected to offensive comments
and physically harassed on a regular basis by members of the all-
male workforce -- who grabbed his crotch and poked their fingers in
his anus through his clothing on numerous occasions.
– la orientación sexual del querellante es irrelevante bajo el Título VII
– Basta con que el hostigador lo haya sometido a conducta física no
deseada de naturaleza sexual que sea severa y “pervasive”
– Pero es en contexto de hostigamiento