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HACIENDA PÚBLICA ESTADAL:
Este instrumentoLegal,vadirigido hacia la búsqueda de la Autonomía Fiscal necesaria en un
Estado que regulariza los bienes, los ingresos y obligaciones de los Estados, que lleva a la
descentralización, establecida por su puesto los rubros tributarios que corresponden a los
Estados lo cual podemos encontrar descritos en Nuestra Carta magna, para un efectivo
desenvolvimientode Obtención de RecursosPropiosnecesarios de losEstados y así responder
a las necesidades colectivas.
Los tributos forman parte de la economía del país, estos son prestaciones de dinero , que el
estadoexige en virtud de una ley , con el propósito de cobrar los gastos públicos o los gastos
que realizael gobiernoatravésde inversionespublicas,porloque unalzaen mismo producirá
un aumento en el nivel de renta nacional y en caso de disminución tendrá efecto contrario.
Permitiendolaparticipación,que nosonmasque la esencia de la clasificación de los tributos.
IMPUESTO A LAS VENTAS MINORISTAS: Deberá ser soportado por el consumidor que sea el
comprador o Usuario Final. El minorista ubicado en la penúltima fase de la cadena de
comercialización ,que transfierabienesopreste serviciosaconsumidoresfinalesubicadosen
la última fase.
HECHO IMPONIBLE: El hecho imponible lo constituyen las ventas de bienes muebles
corporales así como la prestaciónatitulo oneroso de servicios independientes ejecutados o
aprovechados en el Territorio del Estado.
LA BASE IMPONIBLE: Para el calculoesel preciode Ventaal Publicode losproductosy el valor
de los Servicios prestados, al precio facturado del bien.
En el caso de LOS IMPUESTOS SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS
DOCUMENTADOS.
El Impuesto sobre transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados El Hecho
imponible, estará constituido por la celebración de negocios jurídicos con carácter oneroso,
que se tengan que autenticar en las Notarias, protocolizarse ante oficinas subalternas de
Registro Y Registros Mercantiles .Cuando se refiera a transacciones inmobiliarias, será
recaudado y controlado por el respectivo municipio dentro de la jurisdicción estatal sujeto
activo del tributo. En las instituciones financieras lo referente a las letras de cambio que
emitanoaceptenlospagareso letrasde cambio, abonaran encuentadel estadoenel que este
el domiciliofiscal del librado, los bancos serán solidarios y responsables de aplicar y recaudar
el monto que corresponda.
IMPUESTOA A LA EXPLORACION Y EXPLOTACION DE MINERALES NO METALICOS NO
RESERVADOS POR LA CONSTITUCION AL PODER NACIONAL:
Estos dan derecho al cobro de un impuesto en base a la producción, los sujetos son los
concesionariosde derechosparalaexplotación, la base imponible esta dada por la extensión
de territorio concedido en exploración, sobre el valor comercial del recurso explotado.
Los tributos forman parte de la economía del país, estos son prestaciones de dinero, que el
estado exige en virtud de una ley, con el propósito de cobrar los gastos
CONTRIBUCIONES ESPECIALES:
Sujeto a ellos personas Naturales y Jurídicas beneficiadas por la prestación de un
servicio, estando el estado facultado para levantar un plano parcelario de las
propiedades colindantes o inmediatas de la obra o servicio. La base imponible de las
contribuciones especiales se repartirá entre los sujetos y pasivos beneficiados,
teniendo en cuenta la clase y naturaleza de las obras y servicios, para determinar la
cuota correspondiente a cada contribuyente el Estado levantar un plano parcelario de
las propiedades colindantes o inmediatas a la obra o servicio, tasando los inmuebles
que según tal determinación sean susceptibles de la aplicación de la contribución de la
que será afectado favorablemente , como consecuencia de la obra o servicios
financiados Estatalmente.
Estas contribuciones especiales a las que hace mención la ley , son tributos
importados de naciones de legislaciones de países desarrollados , se cobra un tributo
al contribuyente por supuestas alzas en el valor de sus bienes generadas por obras o
servicios de los Estados, en un país como Venezuela , donde no hay una estabilidad
prolongada del signo monetario que permita distinguir el incremento de precio
resultante de la devaluación o inflación , por el elevado índice de pobreza presente en
nuestro país, muchos de los supuestamente beneficiados carecen de fondos para
compensar y mucho menos anticipar fondos a los estados para obras que
supuestamente van a beneficiarlos ( de mejoras o de seguridad social).
LOS TIMBRES FISCALES:
Son móviles que sirven de cobro de las contribuciones a que se refiere la ley. Se
clasifican en estampillas Nacionales y Regionales.

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  • 2. Los tributos forman parte de la economía del país, estos son prestaciones de dinero, que el estado exige en virtud de una ley, con el propósito de cobrar los gastos CONTRIBUCIONES ESPECIALES: Sujeto a ellos personas Naturales y Jurídicas beneficiadas por la prestación de un servicio, estando el estado facultado para levantar un plano parcelario de las propiedades colindantes o inmediatas de la obra o servicio. La base imponible de las contribuciones especiales se repartirá entre los sujetos y pasivos beneficiados, teniendo en cuenta la clase y naturaleza de las obras y servicios, para determinar la cuota correspondiente a cada contribuyente el Estado levantar un plano parcelario de las propiedades colindantes o inmediatas a la obra o servicio, tasando los inmuebles que según tal determinación sean susceptibles de la aplicación de la contribución de la que será afectado favorablemente , como consecuencia de la obra o servicios financiados Estatalmente. Estas contribuciones especiales a las que hace mención la ley , son tributos importados de naciones de legislaciones de países desarrollados , se cobra un tributo al contribuyente por supuestas alzas en el valor de sus bienes generadas por obras o servicios de los Estados, en un país como Venezuela , donde no hay una estabilidad prolongada del signo monetario que permita distinguir el incremento de precio resultante de la devaluación o inflación , por el elevado índice de pobreza presente en nuestro país, muchos de los supuestamente beneficiados carecen de fondos para compensar y mucho menos anticipar fondos a los estados para obras que supuestamente van a beneficiarlos ( de mejoras o de seguridad social). LOS TIMBRES FISCALES: Son móviles que sirven de cobro de las contribuciones a que se refiere la ley. Se clasifican en estampillas Nacionales y Regionales.