Este documento describe los requisitos para ser corredor público en México de acuerdo con la Ley Federal de Correduría Pública. Los corredores desempeñan funciones de mediación, peritaje y fedatario en negocios mercantiles. Para ser corredor, se requiere ser ciudadano mexicano, tener título de abogado, no tener condenas penales, aprobar exámenes de aspirante y definitivo ante la Secretaría de Economía, y tener experiencia profesional como abogado y en el despacho de un corredor.
1. Se define al corredor público titulado como el agente auxiliar del
comercio con cuya intervención se proponen y ajusta los actos,
contratos y convenios y se certifican los hechos mercantiles, el
artículo citado fue derogado, junto con él título 3 del libro primero
del código de comercio.
Por lo que se rigen por la Ley de correduría de carácter Federal.
2. Los corredores desempeñan meramente funciones de mediación en
negocios mercantiles, desde 1970, por reforma al Código de
Comercio en su artículo 51 agregaron a esta las funciones de perito
y fedatario. La ley federal de correduría pública agrega a las
anteriores las funciones de asesor jurídico y de árbitro artículo 6°
LFCP. De acuerdo con la ley, corresponde a los corredores públicos.
3. ALGUNOS REQUISITOS PARA SER CORREDOR
Ser ciudadano mexicano, en pleno uso y ejercicio de sus derechos civiles.
Contar con título profesional de licenciado en derecho y la cedula
correspondiente.
No haber sido condenado, mediante sentencia ejecutoria, por delito
intencional que merezca pena corporal.
Solicitar, presentar y aprobar el examen para aspirante y el examen
definitivo, habiendo obtenido la habilitación correspondiente, por parte o
ante la secretaría de economía.
4. La ley establece examen de aspirante y examen definitivo, para
presentar el examen de aspirante se requiere título de
licenciado en derecho y acreditar una práctica profesional de
por lo menos dos años: en la misma plaza a la que se aspira
para el examen definitivo, además de haber obtenido la calidad
de aspirante a corredor, acreditar la práctica de por lo menos un
año en el despacho de algún corredor o notario público de la
misma plaza.