Este documento presenta un cuadro comparativo de cuatro delitos contra la propiedad: robo, extorsión, secuestro y estafa. Define cada delito, describe sus elementos constitutivos, clasificaciones y tipificación legal según el Código Penal venezolano. Explica que estos delitos atentan contra el patrimonio de las personas y que su importancia radica en la protección de la propiedad y los bienes de las víctimas.
1. República bolivariana de Venezuela
Vicerrectorado académico
Universidad Fermín toro
Barquisimeto- estado- Lara
Cuadro comparativo
Tema 12, 13, 14, y 15
Integrante: Valeria Colmenarez
Cedula: 2788293
2. Cuadro comparativo
Delitos contra la
propiedad
El robo La extorsión
y el secuestro
La estafa
Concepto Es una categoría
de delitos que
atentan contra el
patrimonio de las
personas. Se trata,
entonces, de toda
acción típica que
afecta o lesiona el
derecho de
propiedad de una
persona sobre su
patrimonio, como
por ejemplo, el
hurto.
es la
apropiación de
una
pertenencia o
propiedad que
pertenece a un
tercero
indebidamente.
Este es
considerado un
delito
patrimonial,
debido a que
su ocurrencia
afecta al
patrimonio que
es un bien
jurídico.
Extorción:
consiste en
obligar con
violencia o
intimidación a
otra persona a
realizar u
omitir un acto
o negocio
jurídico en
perjuicio de su
patrimonio o
del de un
tercero.
Secuestro:
Privación de
libertad
ambulatoria a
una persona o
grupo de
personas,
exigiendo, a
cambio de su
consiste en
engañar a otro
con ánimo de
lucro,
induciéndolo a
realizar un acto
de disposición
en perjuicio
propio o ajeno.
3. liberación, el
cumplimiento
de alguna
condición,
como puede
ser el pago de
un rescate.
Tipificación Artículo 453 del
Código Penal:
“Todo el que se
apodere de algún
objeto mueble,
perteneciente a
otro para
aprovecharse de él,
quitándolo, sin el
consentimiento de
su dueño, del lugar
donde se hallaba,
será penado con
prisión de seis
meses a tres
años…”
El Robo se
encuentra
tipificados en el
Libro Segundo,
Título X, De los
Delitos Contra
la Propiedad,
Capítulo II, Del
robo, de la
extorsión y del
secuestro,
artículos del
456 al 458, de
la extorsión y
del secuestro
en los términos
siguientes:
Artículo 455.
Extorsión y
secuestro:
artículo 455-
460 del código
penal
venezolano
Artículo 462 del
código penal
venezolano
Clasificación Giuriati distingue
dos clases de
delitos contra la
Robo simple. De acuerdo
con el artículo
390 del
Estafa simple y
estafa agravada
4. propiedad: los que
ofenden
prevalecientemente
la propiedad
mobiliaria (el hurto,
la rapiña, la
extorsión, el
rescate, las trufas,
las apropiaciones
indebidas y la
receptación) y los
que ofenden
prevalecientemente
la propiedad
inmobiliaria (las
usurpaciones y los
daños)
Robo simple
son aquellos
que aunque
reúnen todos
los elementos
indispensables
para constituir
el delito, no
están
acompañados
de ninguna
circunstancia
agravante
especial. Tal es
el caso de las
fullerías y las
raterías.
Robo calificado
o agravado.
El robo es
calificado y se
convierte en
crimen cuando
concurren
circunstancias
que aumentan
Código Penal
Federal, la
extorsión,
considerada
como un delito
de alto
impacto, la
comete “quien
sin derecho
obligue a otro
a dar, hacer,
dejar de hacer
o tolerar algo,
para obtener
un lucro para
sí o para otro,
o causando a
alguien un
perjuicio
patrimonial
5. su gravedad.
Los robos se
agravan en
razón de la
calidad de la
gente; en razón
del tiempo en
que son
cometidos; en
razón del lugar
de su
ejecución, y en
razón de las
circunstancias
que han
acompañado
su ejecución.
Elementos La acción de
apoderarse de
un bien.
El
Apoderamiento
ilegítimo
mediante el
uso de la
fuerza o
amenaza.
Elementos de
la extorsión:
Violencia
(inmovilización
durante un
lapso de
tiempo
escaso) o
intimidación
(amenaza con
un mal
Comportamiento
engañoso.
Constituye el
desvalor de
acción del delito
y se puede llevar
a cabo de
innumerables
formas.
6. Sobre cosa
mueble.
La Ajenidad de
la cosa.
El Valor de la
cosa.
inmediato
grave y
posible).
Elementos del
secuestro:
Normativos:
Libertad,
privación,
daño,
perjuicio,
beneficio
económico.
Error producido
a causa del
daño.
Acto de
disposición
emprendido por
el engañado.
Perjuicio
patrimonial.
Elemento
subjetivo.
Importancia Su importancia
gira entorno a que
asemejan atribuir
más importancia a
la propiedad que a
la libertad o la vida
Su importancia
gira entorno a
que es un delito
contra el
patrimonio,
consistente en
el
apoderamiento
de bienes
ajenos de otras
personas de
manera
fraudulenta,
empleando
Ambos giran en
torno a que su
protección se
previene
mediante la
denuncia para
garantizar la
protección de la
integridad física
de las víctimas
y sus bienes
Gira su
importancia
entorno a que
es un delito
contra la
propiedad o el
patrimonio. En
ocasiones se
asimila al
fraude, el timo y
el engaño (dolo)
7. para ello fuerza
en las cosas o
bien violencia o
intimidación en
las personas.
8. Referencias bibliográficas
Martínez Ribón, J. G. T. (2011) Propuesta de metodología para la
implementación de la filosofía Lean (construcción esbelta) en proyectos de
construcción [Tesis de Maestría, Universidad Nacional Central de Venezuela].
Herrera Cáceres, C. y Rosillo Peña, M. (2019). Derecho Penal. Universidad
del Valle.