El procedimiento abreviado se aplica a delitos flagrantes sin importar la pena. Su finalidad es evitar la fase preparatoria y juzgar directamente al acusado por el tribunal de juicio. Existen tres tipos de flagrancia: presunta, real y cuasi-flagrancia. El procedimiento para delitos flagrantes establece que el aprehensor debe notificar al ministerio público en 12 horas, quien presentará al acusado ante el juez de control en 36 horas para solicitar su puesta a orden del tribunal de juicio.