UD.9_LA PREVENCION DE RIESGOS LEGISLACIÓN Y ORGANIZACION.pptx
Actividad 8 (tema 6) esquema procemintal oscar castr opdf
1. Procedimiento de reenganche art 425 Lott
el empleado solicita por escrito luego 30
días del despido debe tener domicilio de
trabajo nombre y cargo , salario y fuero
sindical
El inspector revisa si la denuncia es
admisible en los 2 días siguientes
un funcionario del la inspectoria va a notificar
al patrono en compañía del trabajador para
reengancharlo y solicitar pago de salario.
Evacuación de pruebas , si el patrono no se
presenta le dan la razón al empleado , el
inspector dará la orden de reenganche
El patrono o algún vigilante , impiden que el
trabajador sea reenganchado se le pedirá
apoyo a las autoridades
Si el patrono o presentantes de la empresa
se oponen al reenganche serán puestos a
orden del ministerio publico .
Donde se compruebe que no hay relación de trabajo el
funcionario informa las partes y queda sin efecto la
acción
La decisión de inspector de
reenganche es inapelable salvo
que quieran acudir a los tribunales
Los tribunales de competencia laboral no le darán
curso ningún recurso de nulidad de reenganche , si la
insectoría no se ha pronunciado .
Oscar Castro :V-22.328.437
Profesora :Lorena Brizuela
Cátedra :Laboral Colectivo Saia B
2. Autorización de despido ante la inspectoria art 422 Lott
El patrono debe notificar por escrito a la
inspectoria donde indique domicilio del
solicitante , cargo función del trabajador a
quien se pretende despedir y las causas
motivas de despido
el inspector del trabajo
dentro los 3 días
siguientes hábiles
notificara a el empleado
que al 2 día se le citara
que haga descargos y se
concilié con el patrono , si
el patrono no asiste a
comparecencia queda sin
efecto y desistimiento por
parte del patrono .
De no haber conciliación entre las partes se ira a los 3
días para evacuación de pruebas en los 5 días para
promover pruebas si el trabajador no asiste se dará
rechazo a las causales de despido
Terminado la evacuación de las pruebas tendrán 2 días
para dar un decisión
Terminando los lapsos el inspector del trabajo solo tiene 10
días siguientes para dictar una decisión .quedando que
puede ser apelada en tribunales contencioso administrativo
Oscar Castro V-22.328437
Profesora :Lorena
Brizuela / Saia B
Cátedra :Laboral
Colectivo