1. Investigaciones Clínicas con Productos
Sanitarios. Marco regulatorio
Mª Concepción Rodríguez Mateos
Departamento de Productos Sanitarios
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS)
Mesa redonda: perspectivas en la investigación con productos sanitarios
9 de mayo de 2019
30 Reunión anual sección de hemodinámica y cardiología intervencionista
2. Base legislativa
● Real Decreto 1591/2009 de 16 de octubre, relativo a los PS
(Directiva 93/42/CEE).
● Real Decreto 1616/2009 de 26 de octubre, relativo a los PS implantables
activos (Directiva 90/385/CEE).
● Real Decreto 1090/2015 de 4 de diciembre por el que se regulan los ensayos
clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con
medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos.
● Circular 07/2004 sobre investigaciones clínicas con PS.
Reglamentos:
● Reglamento 2017/745, de 5 de abril, sobre los productos sanitarios
● Reglamento 2017/746, de 5 de abril, sobre los productos sanitarios para
diagnóstico in vitro
3. Base legislativa
● Meddev 2.7/1. Rev 4. (Jun. 2016) Clinical Evaluation: a guide for
manufacturers and notified bodies.
- Meddev 2.7/1. Appendix 1 (Dec. 2008) Clinical evaluation of coronary
stents.
● Meddev 2.7/2. Rev. 2 (Sep. 2015) Guide for competent authorities for making a
validation/assessment of a clinical investigation application under Directives
93/42/EEC and 90/385/EEC.
● Meddev 2.7/3. Rev. 3 (May. 2015) Clinical Investigations: Serious adverse
event reporting under Directives 90/385/EEC and 93/42/EEC.
● Meddev 2.7/4. (Dec. 2010) Guidelines on Clinical Investigations: A guide for
manufacturers and notified bodies.
● Meddev 2.12/2 rev 2 (Jan 2012) Post market clinical follow-up studies.
4. Base legislativa
● EN ISO 14155:2011 Clinical investigation of Medical Devices for human
subjects. Good clinical practice; Second edition 2011-02-01.
● Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial. (59ª Asamblea,
2008) y revisiones.
5. ● Investigaciones clínicas sometidas a autorización previa por la AEMPS:
Investigaciones clínicas con productos sanitarios sin marcado CE o con productos
sanitarios con marcado CE cuando se pretende evaluar una finalidad prevista
diferente de la contemplada en el procedimiento pertinente de evaluación de la
conformidad para la obtención del marcado CE.
● Investigaciones clínicas no sometidas a autorización previa por la AEMPS:
Investigaciones clínicas con productos sanitarios con marcado CE utilizados según la
finalidad prevista contemplada en la obtención del marcado CE.
1.- Si hay cambios en la práctica clínica habitual (aleatorización, más
pruebas a los pacientes etc.): se requiere notificación del inicio del estudio clínico a la
AEMPS.
2.- Si no hay cambios en la práctica clínica habitual: no se requiere la
notificación del inicio del estudio a la AEMPS.
Se requiere dictamen favorable único y vinculante del Comité de Ética de la
Investigación con medicamentos (CEIm) en todos los casos.
6. Procedimiento de autorización investigaciones clínicas por la
AEMPS:
1. Solicitud autorización a la AEMPS junto con la documentación pertinente.
2. Validación: 10 días y si procede admisión a trámite.
3. La AEMPS evaluará la documentación y resolverá
Podrán iniciarse las investigaciones, siempre que se cuente con el informe
favorable del CEIm acreditado y la conformidad de la Dirección del centro donde vaya a
realizarse la investigación:
.- En el caso de productos de clase III o implantables o invasivos a
largo plazo de las clases IIa y IIb: si transcurridos 60 días desde la notificación de
admisión a trámite de la solicitud, la AEMPS no hubiese comunicado objeciones
motivadas al solicitante.
.- En el resto de los productos: un mes tras la admisión a trámite.
4. Las modificaciones deberán comunicarse según el procedimiento anterior.
7. Documentación a presentar
1.- Documentación Básica General
● Datos básicos de la investigación clínica con identificación del promotor,
representante y persona de contacto, si es la primera notificación y referencias si no
es el caso, países que participan …
● Declaración del fabricante de que el producto cumple los requisitos esenciales
● Declaración del promotor relativa a los productos destinados a investigaciones
clínicas
● Información sobre investigadores y centros: CV principales y Compromisos
● Dictamen favorable del CEIm único y vinculante
● Conformidad de la Dirección de los centros participantes
● Consentimiento informado del paciente
● Seguro de responsabilidad civil
8. 2.- Manual del investigador
● Identificación del producto, clasificación, descripción y diseño del mismo,
experiencia, las características clínicas previstas
● Análisis beneficio/riesgo
● Resumen y análisis de las pruebas preclínicas y datos experimentales
● Descripción de los materiales que entren en contacto con el cuerpo
● Descripción de cómo se ha estudiado la biocompatibilidad y la seguridad
biológica, método esterilización y validación
● Identificación de cualquier componente farmacológico, sustancia derivada de la
sangre humana, tejido de origen animal y la información pertinente
● Listas de normas aplicadas
● Instrucciones de uso y etiquetado
● Información sobre lo dispuesto para la recuperación del producto y prevención de
su uso no autorizado
9. 3.- Plan de Investigación Clínica
● Datos básicos de la investigación
● Justificación de la investigación clínica, resumen de los antecedentes, pruebas
preclínicas y revisión de la experiencia clínica, análisis de riesgos del producto y la
investigación
● Objetivos y diseño de la investigación, criterios de valoración, variables que se va a
usar, métodos y programación de las evaluaciones, duración de la investigación
● Justificación del número de sujetos, criterios de inclusión y exclusión, criterios de
retirada, peligros por procedimientos invasivos que no se requieran, métodos de
diagnóstico o tratamiento de la condición médica para los que se propone la
investigación, monitorización, diseño estadístico, recogida de datos, desviaciones,
enmiendas, archivo de documentación, contabilidad de productos, política publicaciones
y cuaderno de recogida de datos
● Acontecimientos adversos y notificación, terminación temprana o suspensión de la
investigación, informe final
10. Reglamento 2017/745. Principales aspectos a resaltar
• Reforzar evaluación clínica detallando mucho más todos los aspectos e incluyendo
muchos de los requerimientos de doc. MEDDEV y guías.
• Revisión ética (comités éticos) y técnica (autoridades competentes) de las
investigaciones clínicas (I.C.).
• Consideraciones éticas, poblaciones vulnerables etc. tomados del Reglamento de
ensayos clínicos con medicamentos.
• Plazos modificados para la evaluación de las I.C. por las autoridades competentes.
• Procedimiento coordinado en las I.C. para estudios multinacionales (voluntario al inicio y
obligatorio tras 7 años (revisable)).
• Plataforma informática: EUDAMED
• Se establecen requerimientos para otro tipo de IC o estudios:
– I. C. con productos con marcado CE utilizados según su finalidad prevista.
– Otros estudios (académicos….)
11. Reglamento 2017/746. Principales aspectos a resaltar
● Requisitos adicionales para ciertos estudios:
Los estudios de evaluación de funcionamiento, además de cumplir lo dispuesto de forma
general para los mismos, deberán cumplir disposiciones muy similares a lo requerido
para las investigaciones clínicas con los productos sanitarios cubiertos por el reglamento
2017/745 si se dan una o varias de las condiciones siguientes :
- se efectúa una toma de muestras quirúrgicamente invasiva únicamente a
efectos del estudio;
- se trate de un estudio intervencionista del funcionamiento clínico;
- la realización del estudio implique procedimientos invasivos adicionales u
otros riesgos para los sujetos de ensayo de los estudios;
- incluya pruebas diagnósticas para selección terapéutica (“companion
diagnostics”). No aplicará cuando se utilicen sólo muestras sobrantes (“left-over”), aunque
sí se deberá notificar el estudio a la autoridad competente)