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ÍNDICE
Qué es? Situación
Área sanitaria
Algunos
datos...
Leyes
Planes de mejora
4. QUÉ ES
Rosa Pilar Sáez declara que: “El maltratador con esta acción se asegura que va a destruir
totalmente a la otra persona, que va a tener que vivir con la ausencia de sus hijos y con la carga de
si habrá sido responsable por sus actos de ese suceso.”
Es un tipo de violencia secundaria a la víctima principal, la mujer.
Es a ella a quien quiere dañarse y se realiza a través de terceros.
El maltratador sabe que al dañar a los/las hijos/hijas asegura el daño
más cruel para la mujer sin ningún tipo de control por parte de ésta.
5. Algunos datos...
Según el Ministerio de Sanidad (2013-23), 52 menores han sido víctimas mortales de
este tipo de violencia machista, cuyo asesino ha sido su propio padre.
Save The Children (SvTC) señala que la falta de
coordinación entre el sistema de protección de
la infancia como el de las mujeres víctimas de
violencia de género agrava esta problemática.
Falta de datos oficiales, que
reflejen la verdadera
dimensión del problema,
convierte a lxs niñxs en
víctimas invisibles.
Sólo el 3.1% de los casos de VG
acarrea una suspensión del régimen
de visitas a los padres.
Menos de un 5.2% de los jueces dicta retirar la guarda y custodia a los
agresores como medida cautelar de protección a los menores.
6. FUENTE: OMS
El análisis de atención a lxs niñxs expuestos a violencia de
género, revela dos conclusiones principales:
No se considera a los menores como víctimas de género y,
por ello, no hay medidas específicas para atenderlos
existiendo una falta de coordinación entre los distintos
recursos de protección a la mujer e infantil
Se trata a los menores como objetos de protección en lugar de sujetos de derecho.
Por ello, no se les informa, acompaña o escucha a los menores durante el proceso
judicial tomándose decisiones que afectarán a sus vidas sin evaluarlos
adecuadamente. Ausencia de recursos adaptados a varones mayores de 12 años,
niñxs con discapacidad, trastorno mental, etc
SITUACIÓN
7. FUENTE: OMS
SITUACIÓN
Por qué?
Atenta contra el convenio de Estambul (convenio del
consejo de Europa sobre prevención y lucha contra
la violencia contra las mujeres y la violencia
doméstica)y la convención internacional de los
derechos del niño: VV no aparece como tal en el
código penal.
El maltratador jamás será buen padre.
1.
Posible desenlace de VV.
2.
Más de la mitad de los hijos menores de las
mujeres VG sufren también malos tratos.
3.
La VG es otra manera de maltrato infantil.
4.
SvTC solicitó al Estado una
ley que prohibiera la guarda
compartida en casos de VG
A pesar de todo ello...
8. LEYES
Ley Orgánica 1/2004,
Medidas de Protección Integral contra la VG: Artículo 19, donde se reconoce el derecho
a la asistencia social integral de las mujeres víctimas de VG y de sus hijos/hijas.
Se resalta la importancia de contar con personal capacitado en los distintos servicios
para atender a esos menores. Sobre todo para prevenir de manera eficaz posibles
daños psíquicos y físicos.
9. LEYES
Ley Orgánica 8/2021
De protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, capítulo VI
Según el artículo 38, Actuaciones en el ámbito sanitario, para lograr este objetivo, es
esencial la cooperación, colaboración y coordinación entre servicios para elaborar
protocolos de actuación en el ámbito de sus competencias y teniendo en cuento las
especificidad de cada víctima para una adecuada asistencia y desarrollo.
10. Tanto los centros como sus
profesionales son cruciales en el
sistema de protección a la
infancia para la detección de
situaciones de riesgo y maltrato
infantil.
Es una responsabilidad principal
de los SS incluyendo la detección y
notificación de situaciones de
maltrato, el diagnóstico y
tratamiento, el aumento de
controles clínicos en niños en
riesgo o víctimas de maltrato.
Se dispone de un informe que hay
que cumplimentar como parte de
lesiones. No hay protocolos
específicos.
Enfermería es fundamental por ser
uno de los primeros recursos de la
mujer víctima de VG. Recordemos
nuestro deber de proteger a los
niños de cualquier forma de abuso
y de informar a las autoridades
competentes.
FUENTE: OMS
FUENTE: OMI (Salud)
ÁREA SANITARIA