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COMPETENCIA.pptx
1. COMPETENCIA
• En cuanto al proceso abreviado
laboral puede ser iniciado ante el
juez especializado de trabajo o
ante el juez de Paz Letrado
Laboral. En el primer caso, esto
dependerá de un criterio
puramente material y, en el
segundo, se tendrá en cuenta un
criterio cuantitativo.
2. Proceso Abreviado
Laboral Ley N°
29497
Ante el Juez
Especializado de
Trabajo
Ante el Juez de
Paz Letrado
Laboral
Se da la reposición
cuando esta se
plantea como
pretensión principal
y única
Las pretensiones
relativas a la
vulneración de la
libertad sindical
Pretensiones referidas al cumplimiento
de obligaciones de dar, no superiores a
50 URP, originadas con ocasión de la
prestación personal de servicio de
naturaleza laboral, formativa o
cooperativista, referidas a aspectos
sustanciales o conexos, incluso previos o
posteriores a la prestación efectiva de
servicio
Estructura de la competencia en el Proceso Abreviado Laboral diseñado por la NLPT - Ley N 29497