2. Que se entiende por contrato
laboral?
Es el acuerdo o relación que existe entre los trabajadores y empleadores,
que puede presentarse en diversas modalides y con variadas condiciones.
3. Contrato de Servicios Vs Contrato
realidad
En términos generales existen dos especificaciones de contrato el
contrato de real y el contrato de servicios, se diferencian uno del otro
por un solo elemento llamado subordinación.
5. Que sabemos de subordinación?
La subordinación es la potestad de mando que tiene el empleador sobre el
trabajador sin violar las condiciones mínimas de los derechos humanos y sin
recaer en la explotación laboral, entre estas facultades esta la de delegar
tareas y funciones, estipular horarios y otras ordenes especificas de la labor.
6. Que es el IUS VARIANDI
Es la facultad que tiene el empleador de modificar las condiciones de
trabajo del empleado sin desmejorarlas en ningún momento.
7. Clases de IUS VARIANDI
IUS VARIANDI LOCATIVO
IUS VARIANDI TIEMPO
IUS VARIANDI JERARQUICO
8. Contrato de Prestación de Servicios
El contrato de prestación de servicios es una forma de contrato en la
cual el empleador contrata al trabajador por una función específica
dentro de la empresa o compañía y recibe por su trabajo una
remuneración su única condición es que no se cuenta con el elemento
de subordinación es decir el trabajador es autónomo de presentar su
forma de trabajo y horarios. Si en el contrato de prestación de servicios
se viola el elemento de la subordinación no importa si ya esta firmado
el contrato o el tiempo de regulación que automáticamente se
configurara a un contrato de realidad.
9. Contratos de Realidad
Son todos aquellos tipos de contratos donde el empleador contrata al
trabajador para cualquier función requerida en la empresa debe contar
con tres elementos fundamentales para su validez:
La actividad Personal
La Subordinación
La Remuneración
Reunidas las tres condiciones se puede afirmar que existe un contrato real
el elemento esencial de este contrato es la subordinación que lo diferencia
del de prestación de servicios.
10. Que es la remuneración
Es la recompensa por el trabajo realizado por parte del trabajador,
puede presentarse efectivo, acciones y especies
12. Modalidades del Contrato Laboral
El contrato laboral puede presentarse de diversas maneras y hay que
hacer claridad en cada una de las formas para no caer en errores:
Puede presentarse de manera verbal o escrita
Puede ser fijo o a termino indefinido
La forma verbal solamente se presenta para el contrato indefinido
13. Tipos de Contratos:
Fijo
Indefinido
Por Obra o Tarea Contratada
Contrato Labor gestacional
14. Existen Contratos Especiales?
Contrato de aprendizaje, contratos de salario integral, contratos de talleres
de obra civil, contratos de domicilio. Cooperativa de trabajo asociado
15. Mitos y dudas respecto a la temática
de contratación
Existe contrato laboral sin subordinación?
Se puede configurar contrato de prestación a un contrato laboral?
Contrato puede variar de termino fijo a termino indefinido?
Intermediación laboral
Empresas de servicios temporales
Contratistas Independientes
Cadena dependiente
16. Jornada Laboral
Tiempo permitido por la legislación colombiana para que un trabajador
realice determinada función dentro de una empresa.
17. Condiciones de la Jornada Laboral
Las condiciones de la legislación colombiana para la jornada laboral es
de máximo 48 horas semanales, generalmente distribuidas en 8 diarias
como mínimo y como máximo 10 horas.
Excepciones: Ente las excepciones encontramos las jornadas que se
llevan a cabo mediante:
Condiciones Insalubres
Jornada para Menores de Edad
Duración de la jornada:
Diurna: 06:00 am a 10:00 pm
Nocturna: 10:00 pm a 06:00 am
18. Otras Especificaciones:
Jornada ordinaria: 08 horas diarias máximo 48 semanales
Jornada extraordinaria: Máxima 2 horas diarias doce semanales
Jornadas Discontinuas – Jornadas especiales (6 horas) – Trabajadores
de dirección, manejo y confianza.
Jornada de Menores
1. De 12 a 14: Máximo 24 horas Semanales
2. De 14 a 16: Máximo 36 horas Semanales
3. De 16 a 18: Máximo 48 horas Semanales
20. Horas Extras
1) Valor de la Hora: salario/240
2) Hora Extra Diurna: hora*1.25
3) Hora Extra Nocturna: hora*1.75
4) Recargo nocturno: Hora*0.35
5) Hora Extra Diurna Dominical: hora*2.0
6) Hora Extra Nocturna Dominical: hora*2.5
7) Recargo Nocturno Dominical: hora*2.1
21. Explotación Laboral
Generalmente se reconoce por el maltrato que hay por parte del empleador
hacia el trabajador, generalmente por condiciones de tiempo y salario
23. 1) Calzado y vestido de labor
Tienen derecho a esta prestación social todos los trabajadores de una
empresa que maneje mas de dos trabajadores dentro de su estructura,
requisitos:
1. Llevar mas de 3 meses laborando en la empresa
2. Devengar máximo dos salarios mínimos mensuales
3. Trabajar tiempo completo es decir (8-10 horas diarias)
4. Se debe generar el pago de esta prestación social abril 30 – agosto 31
y diciembre 20
5. No generan intereses moratorios
24. 2) Prima de Servicios
Es el reconocimiento de un salario mínimo por año trabajado por parte
del empleado, se generan en dos pagos uno a 30 de junio y uno a
diciembre 30, están obligados a pagar todos los empleadores con mas de
1 trabajador.
Excepciones: El contrato de labor ocasional
Hallar Prima de Servicios:
Valor de la prima= salario/2
Para salarios discontinuos se hace la siguiente formula:
Mes 1 + mes 2 + mes … + mes 6/ numero de meses evaluados
En caso de contrataciones inferiores a 6 meses:
Valor de la prima * días trabajados / 180
25. 3) Cesantías
Es el reconocimiento de un salario mínimo por año trabajado por parte
del empleado deben ser consignados a un fondo de cesantías en casos de
contratación posteriores a 1991, antes de 1991 el valor de la cesantía es
cancelada anualmente.
Excepciones: Salarios integrales
Para pagos inferiores a un año: salario * días trabajados / 360
Indemnización Moratoria: Este pago de cesantías debe hacerse hasta el
15 de febrero de cada año si se pasa se formara un interés moratorio que
equivale a 1 día de retraso = 1 día de salario
26. En que caso puedo retirar mis
Cesantías?
Cambio de jefe
Muerte del trabajador (Familiares)
Cambio de Fondo
Prestación del Servicio Militar
Compra o mejora de Vivienda
Educación
27. Cual es el salario base para calcular
las prestaciones sociales?
Salario + AUX de transporte + comisiones
Se toma el ultimo salario siempre y cuando no se modifico en los últimos
3 meses sino por le contrario se hallaría el promedio base
28. 4) Interés de Cesantías
Son el pago del 12% anual por concepto de intereses de cesantías
generados; es igual al valor de las cesantías * días laborados * 0.12 / 360
29. Cuando pierdo mis Cesantías?
Cuando se comete delito en contra del empleador o familiares de
hasta segundo grado de consanguinidad (incluyendo conyugue y
suegros)
Cometer daños intencionales a la empresa
Revelar secretos de la empresa
30. 5) Vacaciones
Se pagan de manera anual son 15 días de trabajo remunerado se puede
generar en tiempo y/o dinero:
Vacaciones = salario * # días a liquidar / 30
Dinero = Salario * # de días trabajados / 720
Vacaciones Colectivas
31. 6) Aux de Transporte
Derecho que tienen todos los trabajadores que ganen hasta 2 salarios
minimos salarios mensuales, valor variante.