¿que necesitan los niños para potenciar su desarrollo y aprendizaje?GabyReyes05
El currículo inicial conjuga los aspectos señalados en las diapositivas para propiciar y hacer efectiva el desarrollo y el aprendizaje de los niños de 0 a 5 años.
¿que necesitan los niños para potenciar su desarrollo y aprendizaje?GabyReyes05
El currículo inicial conjuga los aspectos señalados en las diapositivas para propiciar y hacer efectiva el desarrollo y el aprendizaje de los niños de 0 a 5 años.
Concepción de la Infancia a través del tiempo.Jocelin Pazzos
Línea del tiempo sobre las concepciones de la Infancia a través de los siglos, desde la antigua Grecia hasta el siglo XXI. Así como personajes y sus contribuciones sobre ésta concepción.
Concepción de la Infancia a través del tiempo.Jocelin Pazzos
Línea del tiempo sobre las concepciones de la Infancia a través de los siglos, desde la antigua Grecia hasta el siglo XXI. Así como personajes y sus contribuciones sobre ésta concepción.
El discurso de la culpa, el odio y el miedo practicado por muchos de los líderes mundiales, está socavando gravemente todo lo logrado hasta ahora en materia de derechos humanos.
Las personas con discapacidad necesitan recursos específicos y apoyos para poder participar en pie de igualdad como el resto de universitarios, ya sean docentes, alumnos o personal de administración y servicios.
Las nuerofibromatosis son un grupo de enfermedades de origen genético que afectan principalmente al desarrollo y crecimiento de los tejidos de las células nerviosas.
Ayudas prestaciones y servicios. personas con discapacidad.José María
Las personas con discapacidad cuentan con ayudas, prestaciones y servicios de las administraciones públicas, que les permiten afrontar en mejores condiciones las exigencias del día día.
Educación inclusiva versus cohesión social.José María
Las Administraciones públicas deben garantizar una educación inclusiva de calidad, con equidad y excelencia, haciendo efectivos los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal, como principios irrenunciables, complementarios e inseparables.
Para que exista inclusión necesitamos interactuar. Al tratar la educación inclusiva mediante las TIC, la misión que tiene estas en este ámbito facilitar la interacción del niño con su entorno con objeto de fortalecer su proceso educativo. Una tecnología “integradora” no es suficiente. Se requiere sumergir, de modo no intrusivo, tecnología en el aula o en el contexto educativo correspondiente capaz de ayudar al niño, al profesional y a sus padres a extraer lo mejor para el niño conforme a su momento de desarrollo y a los objetivos curriculares. La tecnología para la educación inclusiva tiene una fuerte exigencia: ser concebida, construida e integrada desde un enfoque primordialmente centrado en el proceso educativo del niño, en sus necesidades entendidas en sentido global y en las posibilidades del contexto de aprendizaje. Si no hay interacción, no hay aprendizaje.
Ya no hay que hacer diferencia en la formación de docentes. ¡ No más
maestros de educación especial, sino más maestros formados para atender
en la escuela normal a todos los niños con sus diferencias y peculiaridades!
Más maestros capacitados para atender a la diversidad y para que los niños
aprendan entre la diversidad!
Foro de investigación en educación inclusiva..pdfJosé María
La UNESCO (2009) considera a la Educación Inclusiva como una estrategia clave para alcanzar la Educación para Todos (declaración que se aprobó desde 1990), partiendo del hecho de que la educación es un derecho humano básico y fundamental de una sociedad más justa e igualitaria. En este sentido, el propósito de la Educación Inclusiva es permitir que los maestros, maestras y estudiantes se sientan cómodos ante la diversidad y la perciban no como un problema, sino como un desafío y una oportunidad para enriquecer las formas de enseñar y aprender.
La educación inclusiva es un proceso de identificación y respuesta a las necesidades diversas de todos los alumnos, propiciando una mayor participación en el aprendizaje.
Seguridad y salud en en trabajo. Discapacidad..pdfJosé María
La creación de empleo para personas con discapacidad es la máxima prioridad de la Fundación ONCE. Desde el convencimiento de que la mejor forma de conseguir la normalización de las personas con discapacidad es por medio de su inserción laboral, la Fundación ONCE destina el 60% de su presupuesto a su plan de empleo y formación.
Derechos de las personas con discapacidad. Análisis documental..pdfJosé María
El Real Patronato sobre Discapacidad es un organismo autónomo que tiene entre otros fines la promoción de la aplicación de los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos técnicos para el perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre discapacidad.
Igualdad de oportunidades y no discriminación. Personas con discapacidad..pdfJosé María
Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón reconoce a las personas con discapacidad derechos específicos respecto de los que son sujetos activos y reorienta las actuaciones públicas desde un modelo biosanitario y rehabilitador, centrado en la enfermedad o en las deficiencias, a un modelo social, basado en las capacidades y en la interacción con el entorno.
Estado de la pobreza en España. 2024..pdfJosé María
La Comisión Europea señala que un ciudadano está en riesgo de exclusión social y pobreza cuando se encuentra en dos de estas tres situaciones:
personas que tienen ingresos inferiores al 60% de la media, quienes sufren de privación
material severa o que viven en familias donde la tasa de empleo es baja.
Exoesqueleto pediátrico.. Atrofia muscular espinal.José María
El exoesqueleto Atlas 2030 (antes 2020) es el primer exoesqueleto pediátrico portátil orientado a facilitar la marcha a niños de hasta 14 años con Atrofia Muscular Espinal y Parálisis Cerebral.
Portal de Transparencia. Carta de servicios.pdfJosé María
Los países con mayores niveles en materia de transparencia y normas de buen gobierno cuentan con instituciones más fuertes, que favorecen el crecimiento económico y el desarrollo social. En estos países, los ciudadanos pueden juzgar mejor y con más criterio la capacidad de sus responsables públicos y
decidir en consecuencia.
Incorpración de criterios soiales en la contratación pública..pdfJosé María
A través de la contratación pública socialmente responsable o la contratación pública estratégica de carácter social, las autoridades públicas pueden promover oportunidades de empleo, trabajos dignos, inclusión social, accesibilidad, diseño para todos, comercio justo, el cumplimiento de los derechos laborales y sociales de los trabajadores, la más amplia aplicación de las normas sociales, así como compromisos voluntarios más exigentes en el ámbito de la responsabilidad social de las empresas.
Erradicar las desigualdades. Igualdad de oportunidades..pdfJosé María
La vivencia de las desigualdades no cabe en una base de datos, pero deja una marca profunda en las personas: en su salud, en
sus oportunidades, en sus miedos, en su capacidad de ser y de vivir con dignidad.
Movilidad inclusiva y sostenible. Movilidad para todos..pdfJosé María
La movilidad inclusiva es parte de las prioridades políticas definidas por numerosos
países europeos para referirse a la dimensión social del transporte o las políticas de movilidad cotidiana. De forma general, la inclusión se refiere a la cohesión social, que ha sido uno de los objetivos declarados
de la Unión Europea desde el inicio de los años 2000.
Derechos de las personas con discapacidad. Principales retos estratégicos..pdfJosé María
En relación con las personas con discapacidad, es necesario seguir profundizando en aspectos como la ciudadanía activa y los derechos humanos, la inclusión y participación social, la autonomía personal y la vida independiente, la igualdad y la diversidad y la accesibilidad universal, teniendo siempre especialmente en cuenta la perspectiva de género, la ruralidad o a las personas con grandes necesidades de apoyo.
Mercado de trabajo y discapacidad. Inclusión laboral.José María
Siendo el empleo un elemento esencial para garantizar la igualdad de oportunidades, el desarrollo personal y la participación plena en la vida económica, cultural y social, la política de empleo, en este ámbito, deber buscar la integración de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo o, si no es posible, mediante la fórmula especial de trabajo protegido.
Universidad y discapacidad. Medidas y recursos para la atención académica..pdfJosé María
Es necesario entender la inclusión y la accesibilidad en el contexto académico de la universidad como una entidad compleja y viva. Más allá de unas características de
productos, entornos, servicios y personas es necesario identificar y actuar en las
interacciones entre toda la comunidad universitaria y las actividades académicas.
Derecho a la capacidad jurídica. Personas con discapacidad..pdfJosé María
Las personas con discapacidad tienen derecho a todas las garantías sustantivas y procesales reconocidas en el derecho internacional en igualdad de condiciones con las demás, y los Estados deben proporcionar los ajustes necesarios para garantizar el debido proceso.
Personajes con discapacidad. Kanya Sesser. 133..pdfJosé María
Patinadora, practicante de snowboard, actriz y modelo sin piernas, Kanya Sesser ha demostrado que ni siquiera los comienzos más humildes
pueden impedir disfrutar de una vida plena.
Cultura y estigma, la experiencia moral..pdfJosé María
El estigma social es una etiqueta que dificulta la vida de las personas discriminadas por sus rasgos físicos, su origen o su comportamiento. Combatir los estereotipos y las creencias arraigadas con educación e información contribuye a derribar esta lacra. Fomentar campañas de sensibilización para quienes estigmatizan y reforzar la autoestima de aquellas personas discriminadas ayudará a romper con los estereotipos.
Derechos humanos. Nuevas tecnologías. Unión Europea..pdfJosé María
Las tecnologías digitales han de centrarse en la persona y deben respetar los derechos humanos. Las nuevas tecnologías pueden contribuir significativamente a la protección y promoción de los derechos humanos y la democracia, especialmente haciendo que la participación pública sea más fácil y eficaz, haciendo más accesibles los servicios públicos, facilitando la documentación de los casos de violación y abuso y apoyando el activismo en línea.
El Estigma social. Enfermedad mental..pdfJosé María
Una de las consecuencias del estigma es el propio autorrechazo o autoestigma de las personas con enfermedad mental. Los prejuicios en muchos casos afectan a la persona con enfermedad mental hasta el punto que los asumen como verdaderos y pierden la confianza en su recuperación y en sus capacidades para llevar una vida normalizada.
Estereotipos y prejuicios acaban por instalarse en la persona, que asume esas actitudes marginadoras y se autodiscrimina. Se generan así reacciones emocionales negativas, se pierde la sensación de dominio sobre su situación personal, incapaz de buscar trabajo o vivir de forma independiente, y es posible que ni siquiera lo intente.
ACERTIJO DE CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS. Por JAVIER SOLIS NOYOLAJAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA, crea y desarrolla ACERTIJO: «CARRERA OLÍMPICA DE SUMA DE LABERINTOS». Esta actividad de aprendizaje lúdico que implica de cálculo aritmético y motricidad fina, promueve los pensamientos lógico y creativo; ya que contempla procesos mentales de: PERCEPCIÓN, ATENCIÓN, MEMORIA, IMAGINACIÓN, PERSPICACIA, LÓGICA LINGUISTICA, VISO-ESPACIAL, INFERENCIA, ETCÉTERA. Didácticamente, es una actividad de aprendizaje transversal que integra áreas de: Matemáticas, Neurociencias, Arte, Lenguaje y comunicación, etcétera.
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
1. José María Olayo olayo.blogspot.com
El derecho a una
educación inclusiva
2. José María Olayo olayo.blogspot.com
El derecho a la educación es mundialmente
Reconocido, desde que en 1948 se proclamara
la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Además, la Convención sobre derechos del niño
(ratificada por 193 estados), reconoce este
derecho a todos los niños y las niñas.
En el año 2000, un informe de la UNESCO,
establecía que la inclusión de la infancia con
necesidades especiales o pertenecientes a
minorías étnicas desfavorecidas, poblaciones
migrantes, comunidades remotas y aisladas o
barrios urbanos marginales, así como de otros
excluidos de la educación, deberá ser parte
integrante de las estrategias para lograr la
educación para todos antes del 2015.
3. José María Olayo olayo.blogspot.com
Tradicionalmente se ha usado el término
“integración”, para aludir a la inclusión de las
personas con Necesidades Educativas Especiales
(NEE) en el sistema educativo.
Sin embargo, Booth y Ainscow (2002), autores
del Index for Inclusion (Guía para la Evaluación
y Mejora de la Educación Inclusiva, en versión
española), prefieren el término de “Educación
Inclusiva” frente al de “Integración del Alumnado
con Necesidades Educativas Especiales”, por ser
menos restrictivo.
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Paralelamente, advierten de que al etiquetar
a un alumno con NEE, se generan expectativas
más bajas por parte de los docentes para estos
alumnos y se corre el riesgo de desatender
las dificultades experimentadas por el
resto del alumnado.
En vez de NEE, estos autores recomiendan el
uso de “Barreras para el aprendizaje”.
5. José María Olayo olayo.blogspot.com
Actualmente, existe entre la comunidad
internacional una voluntad unánime de
fomentar un modelo de educación de
calidad, intercultural e inclusivo.
Los argumentos que avalan este modelo pueden
encontrarse en distintas investigaciones e
informes. La OCDE (2007), por ejemplo, afirmaba
en su informe No More Failures: Ten steps to
Equity in Education, que el excluir a ciertas
personas de una educación de calidad,
tiene altos costes sociales y económicos.
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Este libro ofrece una perspectiva comparativa valiosa sobre cómo los
diferentes países han manejado la equidad en la educación.
Temas que explora:
- seguimiento, streaming y la selección académica la elección de escuela
- estructuras de educación secundaria y programas de segunda oportunidad la repetición de grado
- vínculos entre la escuela y el hogar
- educación de la primera infancia
- la asignación de recursos
- objetivos para la equidad
- las necesidades especiales de los migrantes y las minorías
El libro identifica tres áreas clave para lograr la equidad en la educación: el diseño de
los sistemas educativos, las prácticas de aula y la dotación de recursos. Se proponen
diez medidas políticas concretas, respaldadas por pruebas, sobre la manera de reducir
el fracaso escolar y deserción. Será de especial interés para los responsables políticos,
líderes escolares, profesores y padres.
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Los autores de la investigación Actuaciones de
Éxito en Escuelas Europeas, publicada por el
Ministerio de Educación (2011), sostienen que
el éxito en educación está relacionado con la
inclusión social y con el acceso a todos los
ámbitos sociales y los recursos (empleo,
vivienda, salud, política, etc.); y que la
inclusión social permite la contribución de
un mayor número de personas al desarrollo
de una economía del conocimiento competitiva
y dinámica, y una mayor cohesión social.
Gracias a la Educación Inclusiva, alumnos con alto
riesgo de exclusión podrán mejorar su aprendizaje
y, por tanto, su calidad de vida. Pero la educación
inclusiva no bene!cia sólo al alumnado más
vulnerable, sino a toda la comunidad educativa.
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Eliminar las barreras que impiden el
aprendizaje y la participación en
el centro es la base de la
educación inclusiva.
Para ello, en primer lugar, habría que hacer
más accesible el centro a toda la comunidad
educativa mediante la adaptación de sus
entornos, programas y herramientas.
Esto implica olvidarse del currículo rígido e
inaccesible que, bajo la perspectiva de la
integración, tenía que ser alcanzado por
todos los estudiantes, con demasiado esfuerzo
y poco provecho signi!cativo para la mayoría.
La perspectiva de la inclusión, sin embargo,
apuesta por una adaptación curricular accesible.
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El currículo inclusivo puede ser completado
por todos los estudiantes con apoyo adicional
o seguimiento individualizado cuando sea preciso.
En caso de existir optativad en el centro, ésta
no ha de reducir las oportunidades educativas y
sociales del alumno en el futuro. Así, la elección
de materias optativas ha de llevarse a cabo en
función de las preferencias del alumno, no
de su rendimiento.
Otra opción para hacer más accesible el centro
es ampliar el tiempo de aprendizaje realizando
actividades académicas extraescolares para
alumnos y familias.
10. José María Olayo olayo.blogspot.com
Para la UNESCO, la educación inclusiva y de
calidad se basa en el derecho de todos los
alumnos a recibir una educación de calidad
que satisfaga sus necesidades básicas de
aprendizaje y enriquezca sus vidas.
Al prestar especial atención a los grupos marginados
y vulnerables, la educación integradora y de calidad
procura desarrollar todo el potencial de cada persona.
Su objetivo final es terminar con todas las modalidades
de discriminación y fomentar la cohesión social.
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La educación inclusiva tiene como propósito
prestar una atención educativa que favorezca el
máximo desarrollo posible de todo el alumnado y
la cohesión de todos los miembros de la comunidad.
La comunidad educativa está integrada por todas
las personas relacionadas con el centro: alumnos,
profesores, familias, otros profesionales que trabajan
en el centro, administración educativa, administración
local, instituciones y organizaciones sociales.
12. José María Olayo olayo.blogspot.com
Todos los componentes de la comunidad educativa colaboran para ofrecer una educación
de calidad y garantizar la igualdad de oportunidades a todo el alumnado para participar
en un proceso de aprendizaje permanente. La inclusión educativa se guía por los
siguientes principios fundamentales:
- La escuela debe educar en el respeto de los Derechos Humanos y, para hacerlo, organizarse
y funcionar de acuerdo con los valores y principios democráticos.
- Todos los miembros de la comunidad colaboran para facilitar el crecimiento y desarrollo personal
y profesional individual, a la vez que el desarrollo y la cohesión entre los iguales y con los otros
miembros de la comunidad.
- La diversidad de todas las personas que componen la comunidad educativa se considera un hecho
valioso que contribuye a enriquecer a todo el grupo y favorecer la interdependencia y la cohesión social.
13. José María Olayo olayo.blogspot.com
- Se busca la equidad y la excelencia para todos los alumnos y se reconoce su derecho a compartir
un entorno educativo común en el que cada persona sea valorada por igual.
- La atención educativa va dirigida a la mejora del aprendizaje de todo el alumnado, por lo que
ha de estar adaptada a las características individuales.
- La necesidad educativa se produce cuando la oferta educativa no satisface las necesidades
individuales. Consecuentemente, la inclusión implica identificar y minimizar las dificultades de
aprendizaje y la participación y maximizar los recursos de atención educativa en ambos procesos.
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La Convención de la Organización de Naciones Unidas
sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
(ONU, 2006), supuso el primer tratado de derecho
internacional negociado y firmado en el siglo XXI,
suscrito por España en el año 2008.
El artículo nº 24 de la Convención señala que los
Estados Partes deberán garantizar un sistema de
educación inclusivo en todos los niveles en el que
tengan cabida los estudiantes con discapacidad,
en igualdad de condiciones que los demás, sin
importar su condición. La Convención obliga a
aquellos países que la hayan firmado a poner
en marcha los mecanismos oportunos para hacer
efectivos los derechos que en ella se recogen.
15. José María Olayo olayo.blogspot.com
En cuanto al derecho a la educación inclusiva,
recientemente, la ONU ha publicado el documento
“Comentario General Nº4 sobre la Convención”,
en el que detallan explícitamente las diferentes
implicaciones, que para los Estados Partes,
supone el artículo nº24 de la Convención.
Así, los Estados Partes deben procurar una
transformación de la política pública para hacer
este derecho a la educación inclusiva efectivo.
Dicha transformación exige el diseño e
implementación de políticas públicas educativas
basadas en indicadores que garanticen el acceso,
permanencia y promoción, dentro de un sistema
educativo inclusivo y en todas las etapas, al
alumnado con cualquier discapacidad, en igualdad
de condiciones que sus pares sin discapacidad.
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Operativamente, esto implica el desarrollo de política
estatal y regional, con capacidad de impacto inmediato
en la cultura organizativa de las entidades educativas
que garanticen este derecho y en las prácticas
profesionales. No obstante, los Estados Parte se
enfrentan a barreras para hacer efectivo este derecho.
En concreto, estos Estados deben situar la educación de
los estudiantes con discapacidad bajo el amparo de los
Ministerios de Educación y garantizar coordinación
interministerial y con otras comisiones responsables
de la inclusión educativa (párrafos 58 y 59 del CG4).
Además, es necesario garantizar que el desarrollo de
esta política pública vaya en consonancia de los modelos
de derechos humanos de la discapacidad (párrafo 60),
para fomentar actitudes positivas y reducir la exclusión.
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La tradición legislativa en materia educativa en
España, hace que estos desafíos sean mayores, pues
la tendencia de cambio, atravesando por diferentes
Leyes Estatales de Educación, con las concreciones
regionales, en lo que va de milenio, ha procurado
estancamiento en los desarrollos legislativos para
garantizar el derecho a la educación inclusiva.
Por aportar algunos datos, en nuestro estado, tan
sólo 6 CCAA elaboran normativa reciente que dé
continuidad a los diferentes procesos implicados
en la detección y provisión de atención al alumnado
con discapacidad; 4 CCAA aluden a la Convención
(0% al derecho a la educación inclusiva); y solo 2
CCAA incluyen indicadores para la atención a la
diversidad, de las cuales sólo 1 articula un protocolo.
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Por otra parte, en el caso español, la legislación
tiene desarrollos desiguales y existe diferente
nivel de formación para garantizar apoyos y
ajustes, dependiendo de la discapacidad de
origen del alumnado.
Así, el CG4 reconoce como uno de los colectivos
de mayor riesgo de exclusión educativa y social
al alumnado con discapacidad intelectual y,
en nuestro país, tan solo existe un Equipo de
Orientación Educativa y Psicopedagógica
Específico en esta condición, poco más del 50%
de las CCAA utilizan el término apropiado para
referirse a este alumnado y solamente 4 regiones
conceden importancia a la conducta adaptativa.
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En cuanto a la determinación y provisión de apoyos y
ajustes, la legislación española es difusa, generalista
y no proporciona indicadores de coordinación entre
las diferentes consejerías y miembros de la
comunidad educativa para ello. Igualmente, los
desarrollos legislativos no recogen las competencias
actitudinales, conceptuales y procedimentales que
han de tener los diferentes actores de la comunidad
educativa y, en especial, los docentes y demás
personal que trabaje en los centros educativos,
para hacer efectivo el derecho a la educación.
Así, en lo que va de año, sólo se ha publicado un
estudio con prácticas basadas en la evidencia
para promover la inclusión de estudiantes
con discapacidad en entornos inclusivos.
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Además, en nuestro país, también hay carencia de legislación
que regule la aplicación el principio del Diseño Universal y del
Diseño Universal para el Aprendizaje, en todas las etapas
educativas, proveyendo de estrategias y adaptaciones
concretas para cada tipo de discapacidad.
Por último, es manifiesta también la carencia
de legislación que concrete la transferencia
progresiva de recursos desde los centros de
educación especial a centros ordinarios para
promover la inclusión, así como la elaboración
de política educativa que cree indicadores para
evaluar el proceso de educación inclusiva.
Vistas las implicaciones que tiene el CG4 para
la política educativa de los Estados Miembros
y reconocido el anquilosamiento de nuestra
política educativa, a continuación se recogen
brevemente diferentes necesidades de desarrollo de política educativa
que urge en nuestro país, para garantizar y hacer efectivo este
derecho. Se proporcionan referencias al CG4.
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Las administraciones educativas, en el nivel estatal y regional de los Estados Partes,
han de desarrollar políticas precisas que brinden indicadores y guías a los diferentes
actores del mundo educativo en la consecución de la inclusión. Estas políticas han
de regular precisamente y garantizar:
a) La participación e implicación de toda la comunidad educativa en los procesos de
atención temprana y detección precoz de las necesidades de este alumnado.
De acorde a los párrafos: 53, 61(j) y 65.
b) La implicación de la comunidad educativa en los procesos de evaluación y
determinación de las necesidades de apoyo de cualquier tipo del alumnado, así como
en la provisión de apoyos individualizados (e.g., planes educativos individualizados)
y ajustes razonables que el alumnado con discapacidad requiera (e.g., dispositivos
de salida de voz, aumento de tamaño del texto impreso, etc.) en todos los niveles
del sistema educativo. En línea con los párrafos: 12(c), 17, 27, 32, 48, 54 y 60.
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c) El desarrollo de actitudes positivas hacia la diversidad por parte de la comunidad
educativa y del personal de los centros educativos. Según artículo 46.
d) La formación inicial y permanente en competencias de los docentes para garantizar
la educación inclusiva de su alumnado, así como la formación en el modelo de
derechos de discapacidad. Sostenido en los párrafos: 31, 35 y 69.
e) El diseño de entornos educativos accesibles según los principios del Diseño Universal
y del Diseño Universal para el Aprendizaje. Conforme los párrafos: 21, 22, 23 y 25.
f) La coordinación intersectorial para garantizar la inclusión del alumnado con
discapacidad en los diferentes niveles del sistema educativo. Tal y como se recoge
en el párrafo 52.
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g) La participación de la comunidad educativa y la participación del alumnado con
discapacidad en sus comunidades de referencia. Párrafos: 18, 26, 42 y 50.
h) La transferencia progresiva de recursos desde los entornos segregados y de
educación especial hacia los entornos inclusivos. En los párrafos 29 y 68.
i) La elaboración de indicadores estructurales, de progreso y de resultados que
permitan valorar el proceso de educación inclusiva, desde un enfoque comprehensivo
e inclusivo, implicando a las personas con discapacidad y sus comunidades. Según se
recoge en los párrafos 73 y 12(1)).
24. José María Olayo olayo.blogspot.com
Sólo se hará efectivo este derecho si la política
pública estatal que se centre en los aspectos
anteriores tiene sus concreciones en las políticas
regionales, en los documentos de los centros que
hagan efectiva el derecho y se alinean con las
prácticas profesionales para promover una
inclusión de todos, con todos y para todos.
Igualmente, estas políticas, deberán ir acompañadas
de calendarios sobre su implementación en los
diferentes niveles, así como de periodos de tiempo
para derogar cuantas disposiciones no cumplan con
lo expuesto en el artículo nº 24 de la Convención.
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Convención Internacional sobre los derechos de
las personas con discapacidad.
Artículo 24
Educación
Todas las personas con discapacidad tienen derecho a la educación, en igualdad
de oportunidades que los demás.
Los Países asegurarán la educación en todos los niveles y a lo largo de toda la
vida de las personas.
Para lograr esto, crearán un sistema educativo para que las personas con
discapacidad desarrollen
- Su talento y creatividad.
- Su dignidad y personalidad y autoestima.
- Sus aptitudes mentales y físicas.
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Los Países asegurarán que las personas con discapacidad:
- Estén incluidas en el sistema general de educación.
- Estudien la enseñanza obligatoria y gratuita, tanto primaria como secundaria,
en igualdad de condiciones que los demás.
- Tengan los apoyos necesarios para facilitar su formación real.
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Los Países harán que las personas con discapacidad puedan aprender las habilidades
que les permita desarrollarse socialmente, aprender y vivir en comunidad.
Para lograr esto, los Países
- Facilitarán el aprendizaje del Braille y otros sistemas de comunicación alternativos,
tales como la lengua de señas, lenguaje natural de las personas sordas.
- Impartirán la educación en los lenguajes que sean adecuados para las personas
con discapacidad.
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Los Países emplearán profesores que conozcan la lengua de señas o el sistema
Braille y formaran a profesores que conozcan estos sistemas. Entre los
profesores contratados habrá profesores con discapacidad.
Los Países garantizarán que las personas con discapacidad
- Accedan a la educación superior y a la educación profesional.
- Accedan a la educación para adultos y al aprendizaje durante toda la vida,
sin discriminación y en igualdad de condiciones con los demás.
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http://sid.usal.es/idocs/F1/ACT56067/DerechoalaEducacionInclusivaArt24.pdf
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http://sid.usal.es/idocs/F8/FDO20286/facil%20_lectura.pdf
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https://sede.educacion.gob.es/publiventa/PdfServlet?pdf=VP14963.pdf&area=E