Este documento explica los conceptos de potestad tributaria, competencia tributaria y su relación con el poder del Estado para establecer impuestos. Define la potestad tributaria como la facultad que emana de la soberanía del Estado para crear normas que determinen los deberes tributarios de las personas. Explica que la competencia tributaria se refiere a la capacidad legal para distribuir la autoridad tributaria entre los diferentes poderes estatales, como la nación, estados y municipios. Finalmente, destaca la importancia de distinguir pero también relacionar el poder, la potest
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quilesfabianaquileshey
La potestad tributaria es la facultad del Estado para establecer y cobrar impuestos. Puede ser originaria, directamente de la constitución, o derivada, mediante leyes regionales. La competencia tributaria se refiere a la capacidad legal de los diferentes poderes públicos para crear estrategias impositivas. La constitución venezolana distribuye competencias tributarias entre los municipios, estados y entes nacionales.
Este documento resume los conceptos clave de potestad tributaria, competencia tributaria e ingresos tributarios según la Constitución de Venezuela. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos, y puede ser originaria o derivada. La competencia tributaria es la autoridad que la ley concede a los órganos estatales para ejecutar mandatos legales y obligar a pagar tributos. Los ingresos tributarios incluyen los provenientes del patrimonio estatal, tasas, multas, venta de especies fiscales y
La potestad tributaria se refiere a la facultad del Estado para crear tributos con el fin de recaudar recursos para cubrir el gasto público. En Venezuela, la Constitución establece que solo el Estado tiene la capacidad de ejercer la potestad tributaria a nivel nacional, estadal y municipal. La potestad tributaria se clasifica en originaria, que emana directamente de la Constitución, y derivada, que proviene de una ley pero no directamente de la Constitución. Los municipios en Venezuela tienen una potestad tributaria derivada que les perm
El documento define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos de manera unilateral. Explica que esta potestad es abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. Además, señala que la potestad tributaria a nivel nacional pertenece a la Asamblea Nacional de acuerdo con la Constitución venezolana. Finalmente, distingue entre la potestad tributaria, que crea los tributos, y la competencia tributaria, que exige el pago de las obligaciones tributarias.
El documento describe la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos con el fin de recaudar recursos para cubrir el gasto público. Explica que según la Constitución de Venezuela, la nación, los estados y los municipios tienen potestad tributaria. También define la autonomía municipal como la capacidad de los municipios para elegir sus autoridades, gestionar competencias, y crear, recaudar e invertir sus ingresos, incluyendo la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones especiales.
Poder potestad y competencia tributariaGregory Vegas
La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado para crear, regular y establecer tributos a los particulares con el fin de obtener recursos para cubrir el gasto público. La potestad tributaria se divide en originaria, otorgada directamente por la constitución, y derivada, otorgada por delegación. La competencia tributaria es la facultad de exigir el cumplimiento de obligaciones tributarias que se otorga a la nación, estados y municipios.
Este documento resume la potestad tributaria del Estado. Define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos de forma unilateral y exigir su pago a las personas bajo su jurisdicción. Explora los conceptos, características, clasificaciones y limitaciones de la potestad tributaria, así como la competencia tributaria del Estado a nivel nacional, estadal y municipal según la Constitución venezolana. Finalmente, analiza brevemente el régimen presupuestario y la presentación anual del presupuesto nacional a la Asamblea Nacional para su a
Ensayo sobre la Potestad Tributaria. María Fabiana Quilesfabianaquileshey
La potestad tributaria es la facultad del Estado para establecer y cobrar impuestos. Puede ser originaria, directamente de la constitución, o derivada, mediante leyes regionales. La competencia tributaria se refiere a la capacidad legal de los diferentes poderes públicos para crear estrategias impositivas. La constitución venezolana distribuye competencias tributarias entre los municipios, estados y entes nacionales.
Este documento resume los conceptos clave de potestad tributaria, competencia tributaria e ingresos tributarios según la Constitución de Venezuela. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos, y puede ser originaria o derivada. La competencia tributaria es la autoridad que la ley concede a los órganos estatales para ejecutar mandatos legales y obligar a pagar tributos. Los ingresos tributarios incluyen los provenientes del patrimonio estatal, tasas, multas, venta de especies fiscales y
La potestad tributaria se refiere a la facultad del Estado para crear tributos con el fin de recaudar recursos para cubrir el gasto público. En Venezuela, la Constitución establece que solo el Estado tiene la capacidad de ejercer la potestad tributaria a nivel nacional, estadal y municipal. La potestad tributaria se clasifica en originaria, que emana directamente de la Constitución, y derivada, que proviene de una ley pero no directamente de la Constitución. Los municipios en Venezuela tienen una potestad tributaria derivada que les perm
El documento define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos de manera unilateral. Explica que esta potestad es abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. Además, señala que la potestad tributaria a nivel nacional pertenece a la Asamblea Nacional de acuerdo con la Constitución venezolana. Finalmente, distingue entre la potestad tributaria, que crea los tributos, y la competencia tributaria, que exige el pago de las obligaciones tributarias.
El documento describe la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos con el fin de recaudar recursos para cubrir el gasto público. Explica que según la Constitución de Venezuela, la nación, los estados y los municipios tienen potestad tributaria. También define la autonomía municipal como la capacidad de los municipios para elegir sus autoridades, gestionar competencias, y crear, recaudar e invertir sus ingresos, incluyendo la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones especiales.
Poder potestad y competencia tributariaGregory Vegas
La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado para crear, regular y establecer tributos a los particulares con el fin de obtener recursos para cubrir el gasto público. La potestad tributaria se divide en originaria, otorgada directamente por la constitución, y derivada, otorgada por delegación. La competencia tributaria es la facultad de exigir el cumplimiento de obligaciones tributarias que se otorga a la nación, estados y municipios.
Este documento resume la potestad tributaria del Estado. Define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos de forma unilateral y exigir su pago a las personas bajo su jurisdicción. Explora los conceptos, características, clasificaciones y limitaciones de la potestad tributaria, así como la competencia tributaria del Estado a nivel nacional, estadal y municipal según la Constitución venezolana. Finalmente, analiza brevemente el régimen presupuestario y la presentación anual del presupuesto nacional a la Asamblea Nacional para su a
Este documento describe la potestad tributaria en Venezuela. Define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos y obligar a las personas a pagarlos. Explica que la potestad tributaria proviene de la Constitución y puede ser originaria o delegada a otros niveles del gobierno. También analiza las características, límites y clasificación de la competencia tributaria entre los diferentes niveles del gobierno en Venezuela.
El documento describe la potestad tributaria como la autoridad del Estado para establecer impuestos y recaudar recursos de los ciudadanos. Explica que la potestad tributaria puede ser originaria, emanando directamente de la constitución, o derivada, cuando otros entes como municipios o estados crean impuestos con autorización legal. También define la competencia tributaria como la capacidad legal de los órganos estatales para administrar e implementar los impuestos establecidos.
El documento define la potestad tributaria como la facultad que el ordenamiento jurídico le reconoce al Estado para imponer, modificar o suprimir obligaciones tributarias mediante una ley. Explica que la potestad tributaria emana de la constitución y se ejerce a través de los órganos del estado. También describe los ingresos del estado, distinguiendo entre ingresos tributarios y financieros, y explica la autonomía tributaria de los municipios reconocida en la constitución.
El documento describe la potestad tributaria como la autoridad del poder ejecutivo para establecer contribuciones de acuerdo con las leyes creadas por el poder legislativo. Explica que la potestad tributaria es abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. También clasifica la potestad tributaria en originaria, que emana directamente de la constitución, y derivada, que proviene de leyes creadas por entes regionales o locales. Finalmente, discute que la potestad tributaria municipal debe cumplir con principios constitucionales y que
El documento describe la potestad tributaria del Estado y los municipios en Venezuela. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y exigir su pago a los contribuyentes. Los municipios tienen autonomía tributaria dentro de los límites constitucionales. Entre los tributos municipales se encuentran los impuestos a actividades económicas, inmuebles, vehículos y espectáculos públicos.
El documento describe la potestad tributaria del Estado venezolano. Explica que solo el Estado puede establecer obligaciones tributarias y recaudar impuestos de acuerdo a la constitución. También define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos con el fin de recaudar recursos para cubrir gastos públicos. Finalmente, distingue entre la potestad tributaria originaria que emana directamente de la constitución y la potestad tributaria derivada que proviene de leyes regionales o locales.
La potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y exigir su pago a las personas sometidas a su jurisdicción. Se clasifica en originaria, que emana de la constitución, y derivada, mediante ley. Tiene límites como los principios de legalidad, capacidad de pago y no confiscatoriedad. Corresponde al Estado regular las leyes tributarias y su aplicación administrativa, mientras que la creación y modificación de tributos es potestad del poder legislativo. Las competencias pueden ser concurrentes, ejercidas por todos los nive
La potestad tributaria se refiere a la facultad del Estado de crear tributos de manera unilateral. Tiene su origen en la Constitución y se divide en potestad tributaria originaria, que emana directamente de la Constitución, y potestad tributaria derivada, que proviene de leyes dictadas por entes regionales o locales. La competencia tributaria es la facultad del Estado de aplicar los mandatos legales para obligar a los contribuyentes a pagar tributos. Los estados tienen diferentes fuentes de ingresos como su patrimonio, tasas, multas, y
La potestad tributaria la ejerce el Estado de acuerdo a la constitución, permitiendo establecer obligaciones pecuniarias a los contribuyentes. Tanto la nación, estados y municipios poseen potestad tributaria. Esta potestad es delegada a los municipios por el poder nacional y les permite crear, recaudar y fiscalizar sus propios tributos de acuerdo a la ley. Existen limitaciones a la potestad tributaria municipal establecidas en la constitución para evitar interferencia de otros entes del poder público en las decisiones tributarias municipales
El documento define y explica la potestad tributaria del Estado. Indica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos de manera unilateral y exigir su pago a las personas bajo su jurisdicción. Señala que esta facultad emana de la constitución y que existe potestad tributaria originaria directa de la constitución y potestad tributaria derivada otorgada a entidades locales. Finalmente, distingue entre la potestad tributaria, el poder tributario y la competencia tributaria.
Potestad y competencia tributaria yoxmary tovaryoxmarytovar
1) El documento discute la potestad tributaria, que es la autoridad del Estado para establecer impuestos. 2) La potestad tributaria emana de la constitución y pertenece al poder legislativo, pero es ejercida por el poder ejecutivo de acuerdo con la ley. 3) A nivel nacional, la potestad tributaria le pertenece a la Asamblea Nacional, mientras que la competencia tributaria, o la facultad de recaudar impuestos, le corresponde al poder ejecutivo nacional.
Este documento resume la potestad tributaria del Estado y de los municipios según la Constitución venezolana. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y que debe ajustarse a principios como legalidad y no confiscación. También describe las competencias tributarias del poder nacional, estadal y municipal, así como las características e ingresos de cada uno. Finalmente, analiza conceptos como la determinación de la obligación tributaria municipal y los límites de la potestad tributaria.
El documento explica los conceptos de potestad tributaria y competencia tributaria. Indica que la potestad tributaria es la facultad del Estado de establecer impuestos y que solo el Estado puede ejercer esta potestad de acuerdo a la constitución. La competencia tributaria se refiere a la capacidad legal de los órganos del Estado para aplicar los mandatos legales sobre impuestos. También analiza las fuentes y limitaciones de ambos conceptos según la constitución y leyes venezolanas.
La potestad tributaria se refiere a la facultad que tiene el Estado de crear tributos de forma unilateral y obligar a las personas a pagarlos. Existen dos tipos de potestad tributaria: originaria, que emana directamente de la constitución, y derivada, que es delegada a entidades como municipios. La potestad tributaria del Estado está limitada por principios constitucionales como la legalidad, capacidad contributiva e igualdad. Los municipios también tienen una potestad tributaria derivada para crear y recaudar tributos locales, aunque con límites establecidos en
Este documento resume los conceptos clave de la competencia tributaria. Explica que la competencia tributaria establece quién puede crear normas sobre impuestos, cómo y dónde deben ser creadas, sobre qué pueden incidir los impuestos, y los límites y normas generales de la tributación. El propósito de la competencia tributaria es definir los límites entre la tributación legítima y la ilegítima.
La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer y recaudar impuestos. Esta potestad emana de la Constitución y se distribuye entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. El poder legislativo crea las leyes tributarias, el ejecutivo las aplica y administra, y el judicial sanciona su incumplimiento. Los impuestos se utilizan para satisfacer las necesidades del Estado y cuidar los intereses de la sociedad.
La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer y recaudar impuestos. Esta potestad emana de la Constitución y se distribuye entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo crea las leyes tributarias, el ejecutivo las aplica y administra, y el judicial sanciona su incumplimiento. Los impuestos se utilizan para satisfacer las necesidades del Estado y cuidar los intereses de la sociedad.
Cannabis como planta medicinal y no como drogaManu Molina
El documento describe cómo los científicos han estado investigando el cannabidiol durante los últimos 20 años y han encontrado que puede ayudar a reducir las convulsiones en niños con epilepsia infantil. El proyecto busca crear conciencia sobre los beneficios médicos del cannabis y la importancia de legalizar su uso médico para tratar enfermedades como el cáncer, el Alzheimer y la epilepsia.
Con motivo del Día Internacional de las Familias, celebrado el 15 de mayo, te facilitamos las aplicaciones que puedes utilizar para localizar remotamente tu dispositivo móvil (smartphones y tablets) caso de pérdida o robo. Nuestra recomendación es que, antes de nada, te pongas en contacto con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Comparte estas recomendaciones e información con tus familiares ya que puede serles de utilidad a cualquiera de ellos.
Enfermedad de Alzheimer conociendo la enfermedad que llegó para quedarseNEUROCONSULTAS
Este documento presenta una introducción a la enfermedad de Alzheimer. Explica que la probabilidad de desarrollar demencia aumenta con la edad y que la enfermedad de Alzheimer se está convirtiendo en un problema de salud pública. También describe los síntomas cognitivos, psicológicos y conductuales de la enfermedad, así como las etapas clínicas. Finalmente, enfatiza la importancia del diagnóstico temprano y la necesidad de una adecuada evaluación para determinar el tipo de demencia.
Este documento describe la potestad tributaria en Venezuela. Define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos y obligar a las personas a pagarlos. Explica que la potestad tributaria proviene de la Constitución y puede ser originaria o delegada a otros niveles del gobierno. También analiza las características, límites y clasificación de la competencia tributaria entre los diferentes niveles del gobierno en Venezuela.
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El documento describe la potestad tributaria del Estado y los municipios en Venezuela. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y exigir su pago a los contribuyentes. Los municipios tienen autonomía tributaria dentro de los límites constitucionales. Entre los tributos municipales se encuentran los impuestos a actividades económicas, inmuebles, vehículos y espectáculos públicos.
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La potestad tributaria se refiere a la facultad del Estado de crear tributos de manera unilateral. Tiene su origen en la Constitución y se divide en potestad tributaria originaria, que emana directamente de la Constitución, y potestad tributaria derivada, que proviene de leyes dictadas por entes regionales o locales. La competencia tributaria es la facultad del Estado de aplicar los mandatos legales para obligar a los contribuyentes a pagar tributos. Los estados tienen diferentes fuentes de ingresos como su patrimonio, tasas, multas, y
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El documento define y explica la potestad tributaria del Estado. Indica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos de manera unilateral y exigir su pago a las personas bajo su jurisdicción. Señala que esta facultad emana de la constitución y que existe potestad tributaria originaria directa de la constitución y potestad tributaria derivada otorgada a entidades locales. Finalmente, distingue entre la potestad tributaria, el poder tributario y la competencia tributaria.
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1) El documento discute la potestad tributaria, que es la autoridad del Estado para establecer impuestos. 2) La potestad tributaria emana de la constitución y pertenece al poder legislativo, pero es ejercida por el poder ejecutivo de acuerdo con la ley. 3) A nivel nacional, la potestad tributaria le pertenece a la Asamblea Nacional, mientras que la competencia tributaria, o la facultad de recaudar impuestos, le corresponde al poder ejecutivo nacional.
Este documento resume la potestad tributaria del Estado y de los municipios según la Constitución venezolana. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y que debe ajustarse a principios como legalidad y no confiscación. También describe las competencias tributarias del poder nacional, estadal y municipal, así como las características e ingresos de cada uno. Finalmente, analiza conceptos como la determinación de la obligación tributaria municipal y los límites de la potestad tributaria.
El documento explica los conceptos de potestad tributaria y competencia tributaria. Indica que la potestad tributaria es la facultad del Estado de establecer impuestos y que solo el Estado puede ejercer esta potestad de acuerdo a la constitución. La competencia tributaria se refiere a la capacidad legal de los órganos del Estado para aplicar los mandatos legales sobre impuestos. También analiza las fuentes y limitaciones de ambos conceptos según la constitución y leyes venezolanas.
La potestad tributaria se refiere a la facultad que tiene el Estado de crear tributos de forma unilateral y obligar a las personas a pagarlos. Existen dos tipos de potestad tributaria: originaria, que emana directamente de la constitución, y derivada, que es delegada a entidades como municipios. La potestad tributaria del Estado está limitada por principios constitucionales como la legalidad, capacidad contributiva e igualdad. Los municipios también tienen una potestad tributaria derivada para crear y recaudar tributos locales, aunque con límites establecidos en
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La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer y recaudar impuestos. Esta potestad emana de la Constitución y se distribuye entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo crea las leyes tributarias, el ejecutivo las aplica y administra, y el judicial sanciona su incumplimiento. Los impuestos se utilizan para satisfacer las necesidades del Estado y cuidar los intereses de la sociedad.
Cannabis como planta medicinal y no como drogaManu Molina
El documento describe cómo los científicos han estado investigando el cannabidiol durante los últimos 20 años y han encontrado que puede ayudar a reducir las convulsiones en niños con epilepsia infantil. El proyecto busca crear conciencia sobre los beneficios médicos del cannabis y la importancia de legalizar su uso médico para tratar enfermedades como el cáncer, el Alzheimer y la epilepsia.
Con motivo del Día Internacional de las Familias, celebrado el 15 de mayo, te facilitamos las aplicaciones que puedes utilizar para localizar remotamente tu dispositivo móvil (smartphones y tablets) caso de pérdida o robo. Nuestra recomendación es que, antes de nada, te pongas en contacto con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Comparte estas recomendaciones e información con tus familiares ya que puede serles de utilidad a cualquiera de ellos.
Enfermedad de Alzheimer conociendo la enfermedad que llegó para quedarseNEUROCONSULTAS
Este documento presenta una introducción a la enfermedad de Alzheimer. Explica que la probabilidad de desarrollar demencia aumenta con la edad y que la enfermedad de Alzheimer se está convirtiendo en un problema de salud pública. También describe los síntomas cognitivos, psicológicos y conductuales de la enfermedad, así como las etapas clínicas. Finalmente, enfatiza la importancia del diagnóstico temprano y la necesidad de una adecuada evaluación para determinar el tipo de demencia.
Aspectos Epidemiológicos de las Demencias. Enfoque desde los países en Desarr...NEUROCONSULTAS
El documento resume varios estudios sobre demencia y deterioro cognitivo leve en Latinoamérica. Reporta tasas de prevalencia de demencia en la región que van de 5% a más de 7%. También describe estudios peruanos que encuentran una prevalencia de demencia de 6.85% en Lima y factores de riesgo como la edad, el sexo femenino y bajos niveles educativos. Finalmente, discute la importancia de factores vasculares como principal riesgo de demencia.
EPOC se caracteriza por una limitación del flujo de aire no completamente reversible. Es la tercera causa de muerte a nivel mundial y está causada principalmente por el tabaquismo. Presenta hiperinsuflación, daño en las vías respiratorias pequeñas y destrucción del parénquima pulmonar. La espirometría es fundamental para el diagnóstico. El manejo incluye dejar de fumar, terapia farmacológica y rehabilitación. Las comorbilidades más comunes son enfermedades cardiovasculares, ansiedad
PREPARANDONOS PARA NUESTRA ENCUESTA DE CLIMA LABORAL 2015Margarita Brenes
La encuesta de clima laboral de 2015 invitó a los empleados a expresar su opinión a través de la campaña "Exprésate", ya que su opinión es importante para mejorar el ambiente laboral.
El documento resume la historia y fundamentos de la criminalística. Hans Gross estableció los métodos de investigación criminal en 1892 y es considerado el fundador de la criminalística. La criminalística se refiere al conjunto de conocimientos necesarios para aquellos involucrados en la justicia penal. Incluye técnicas como la dermatología, balística y fotografía forense, así como disciplinas como biología, química y física. Busca descubrir evidencia externa de delitos para identificar a los responsables.
an overview of the ascending tract of the spinal cord....an anatomical approach to understand the somato-sensory pathway.
Prepared as a class presentation .
The document provides guidance on developing self-learning materials (SLM), which are learner-centered materials used in open and distance learning. It outlines the key characteristics and components of effective SLM, including that they should be self-explanatory, self-contained, and include objectives, introductions, content divided into sections and sub-sections, activities, and summaries. The document also provides examples of how to write learning objectives and the different parts of an SLM unit.
La hipercolesterolemia es una enfermedad causada por niveles elevados de colesterol en la sangre sobre 200 mg/dl. Puede ser primaria debido a factores genéticos o secundaria asociada a otras enfermedades. Los síntomas incluyen arterosclerosis prematura, xantomas y xantelasmas. El riesgo cardiovascular aumenta de forma gradual a partir de 180 mg/dl, por lo que la modificación de estilo de vida es fundamental para prevenir enfermedades.
The document discusses guidelines for handling psychiatric emergencies, noting that physical causes should always be ruled out first and that patients exhibiting disturbing behavior may have conditions like anxiety, depression, bipolar disorder, or schizophrenia. It provides tips for assessment, emphasizing safety, calm communication, and restraint only when necessary to prevent harm. Proper management includes addressing any medical issues and transporting patients to an appropriate facility for further evaluation and treatment.
This document discusses issues and problems in nursing based on two articles. The first article explores problems nurses face from working extended hours like high turnover rates, injuries, fatigue, and effects on patient care. The second article examines occupational health and safety issues among nurses in the Philippines, finding that around 40% experienced work-related injuries/illnesses in the past year and reporting is low. Stress, overwork, and back pain are major concerns.
This document discusses major trends and issues influencing nursing education. It identifies several key trends, including an aging population requiring increased cultural learning; rapid knowledge expansion and increased technology; a focus on competency-based outcomes and evidence-based practice; and performance-based assessment methods. Issues addressed include shortages of nurses and faculty, ethical concerns, and preparing for disasters. The document provides details on how each of these trends and issues affects nursing education, research, management, services, and the nursing profession overall.
Este documento analiza la potestad y competencia tributaria en Venezuela. Explica que la potestad tributaria es el poder del Estado para crear y aplicar tributos de acuerdo a la constitución. Se divide en potestad tributaria originaria, que emana directamente de la constitución, y potestad tributaria derivada, que proviene de leyes regionales. También define la competencia tributaria como la capacidad legal del Estado para distribuir la autoridad tributaria entre diferentes poderes públicos como municipios y estados. Finalmente, discute las competencias concurrentes entre los diferentes niveles
La potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y exigir su pago a los contribuyentes. Según la Constitución venezolana, la potestad tributaria puede ser originaria o derivada. Los municipios tienen competencia tributaria para crear e imponer tributos locales de acuerdo con los principios constitucionales.
La potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos y exigir su pago a los contribuyentes. Según la Constitución venezolana, la potestad tributaria puede ser originaria o derivada. Los municipios tienen competencia tributaria para crear e imponer tributos locales de acuerdo con los principios constitucionales.
El documento explica la potestad tributaria del Estado venezolano. Define la potestad tributaria como la facultad del Estado para crear tributos y exigir su pago. La potestad puede ser originaria o derivada. También discute las limitaciones de la potestad tributaria y la competencia tributaria de entidades como municipios y estados.
El documento trata sobre la potestad tributaria en Venezuela. Explica que la Constitución otorga al Estado la potestad de crear tributos para recaudar fondos y cubrir gastos públicos. La potestad tributaria puede ser originaria, derivada del Estado o municipal. Los municipios pueden crear sus propios impuestos siguiendo principios constitucionales como la capacidad contributiva y legalidad tributaria.
La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado de crear tributos y exigir su pago a los contribuyentes. Según la Constitución venezolana, solo el Estado a nivel nacional, estadal y municipal puede ejercer esta potestad de manera originaria o derivada. La potestad tributaria se caracteriza por ser abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable, aunque no es ilimitada y está sujeta a principios constitucionales como la legalidad, capacidad contributiva e igualdad. Cada nivel de gobierno tiene competencias tribut
La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado de crear tributos de manera unilateral y exigir su pago a los sujetos sometidos a su jurisdicción. Solo el Estado puede ejercer esta potestad de manera permanente, irrenunciable e indelegable. La potestad tributaria municipal se encuentra limitada por la Constitución y debe desarrollarse sobre la base de principios como la capacidad contributiva y la igualdad. Los municipios tienen autonomía para crear, modificar y suprimir tributos dentro de su ámbito de competencia.
El documento define la potestad tributaria como la facultad que el Estado tiene para imponer, modificar o suprimir obligaciones tributarias mediante una ley. Reconoce que esta potestad emana de la Constitución y se ejerce a través de los órganos designados, como el Congreso al establecer contribuciones. También describe que la potestad tributaria es abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable, y está limitada por principios como la legalidad y la capacidad contributiva. Finalmente, explica que los ingresos del Estado provienen de fu
La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado de crear tributos de forma unilateral y exigir su pago. Puede ser originaria o derivada. Presenta caracteres como ser abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. Está limitada por la Constitución a través de principios como legalidad, capacidad contributiva e igualdad. La competencia tributaria es la facultad legal del Estado para ejecutar los mandatos tributarios y obligar a los contribuyentes a pagar. Puede ser residual o concurrente. Los estados poseen competencia concurrente sobre ingresos como vent
La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer y recaudar impuestos. Esta potestad emana de la Constitución y se distribuye entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. El poder legislativo crea las leyes tributarias, el ejecutivo las aplica y administra, y el judicial sanciona su incumplimiento. Los impuestos municipales, como el impuesto sobre bienes inmuebles, son establecidos por las ordenanzas locales y ayudan a financiar el desarrollo de las comun
La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer obligaciones de pago a los contribuyentes. Según la Constitución venezolana, la nación, los estados y los municipios tienen potestad tributaria. La potestad tributaria es un poder jurídico del Estado derivado de su poder de imperio, que le faculta a crear, modificar y suprimir tributos. Las características de la potestad tributaria incluyen que es abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable.
La potestad tributaria se refiere a la autoridad del Estado para establecer impuestos. El poder legislativo crea las leyes tributarias, mientras que el poder ejecutivo administra y aplica los impuestos. La potestad tributaria emana de la constitución y permite al Estado gravar a los ciudadanos para recaudar fondos para el bien público. Esta potestad se delega también a entidades subnacionales como estados y municipios, aunque con algunas limitaciones establecidas en la constitución.
El documento trata sobre la potestad tributaria. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos de manera unilateral y exigir su pago. El poder legislativo es el titular de esta potestad y crea las leyes tributarias, mientras que el poder ejecutivo aplica las leyes y el poder judicial controla su constitucionalidad. La potestad tributaria tiene límites como los principios de legalidad, igualdad y capacidad contributiva.
Este documento describe la potestad tributaria del estado venezolano. Explica que la potestad tributaria es el poder del estado para establecer y exigir el pago de impuestos según la Constitución de Venezuela. También discute que la potestad tributaria puede ser originaria o derivada, y tiene características como ser abstracta, permanente, irrenunciable e indelegable. Además, está limitada por principios constitucionales como la legalidad, capacidad contributiva e igualdad.
El documento describe la potestad tributaria del Estado. Explica que la potestad tributaria es la facultad del Estado para crear tributos de acuerdo con la ley. El poder legislativo es el titular de la potestad tributaria y crea las leyes tributarias, mientras que el poder ejecutivo recauda los tributos y el poder judicial controla la constitucionalidad de los mismos. La potestad tributaria permite al Estado recaudar fondos de los ciudadanos para cubrir gastos públicos.
La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado de crear tributos de forma unilateral y exigir su pago a las personas sometidas a su jurisdicción. Esta potestad emana de la constitución y permite al Estado obtener recursos de forma coercitiva para financiar sus funciones. La potestad tributaria puede ser originaria, cuando surge directamente de la constitución, o derivada, cuando otros entes como municipios o estados la ejercen en virtud de una ley. La constitución limita esta potestad a través de principios como legalidad, capacidad contributiva
Este documento trata sobre la potestad tributaria en Venezuela. En 3 oraciones:
1) La potestad tributaria es la facultad que tiene el Estado de crear tributos de manera unilateral cuyo pago es exigido a las personas sometidas a su competencia tributaria.
2) Se diferencia entre el poder tributario, que es la facultad de aplicar contribuciones o establecer exenciones, y la potestad tributaria que se refiere a las facultades y deberes de la administración para recaudar tributos.
3) La potestad tributaria del
El documento describe la potestad tributaria del Estado y los municipios. Explica que la potestad tributaria se origina en la Constitución y que el Estado puede imponer contribuciones a los ciudadanos. También indica que los municipios gozan de autonomía limitada en la recaudación e inversión de sus ingresos tributarios propios como impuestos a la propiedad, vehículos y actividades económicas, así como tasas por servicios específicos.
Este documento describe las obligaciones tributarias y las tasas de retención de impuestos sobre la renta para personas naturales residentes y no residentes en Venezuela. Explica que los residentes son aquellos que permanecen en el país por más de 180 días, mientras que los no residentes permanecen menos tiempo. Luego detalla las diferentes tasas de retención que se aplican a pagos como sueldos, honorarios profesionales, intereses y regalías para residentes (generalmente 3%) y no residentes (generalmente 34%). Finalmente presenta un caso práctico sobre un prof
Este documento resume los medios de extinción de la relación jurídica tributaria como el pago, la compensación, la remisión y la condonación. Explica conceptos como créditos fiscales imputables y la procedencia para compensar créditos fiscales. Finalmente, cita varias fuentes en línea sobre estos temas tributarios.
Este documento presenta los principios y procedimientos del derecho tributario procesal en Venezuela. Explica las diferentes etapas de un proceso tributario, incluyendo la notificación del acto administrativo, la interposición del recurso administrativo, los plazos probatorios, la resolución administrativa, la interposición del recurso contencioso-administrativo, los plazos de prueba en esta sede, la sentencia, y la ejecución de la sentencia. También distingue entre la sede administrativa y la sede judicial para la impugnación de
El documento define el tributo como prestaciones en dinero que el Estado exige para cubrir sus gastos de acuerdo con la ley. Explica que en Venezuela las bases legales del tributo son la Constitución, el Código Orgánico Tributario y su Reglamento. Además, establece que el Código Tributario define el tributo como impuestos, contribuciones y tasas.
Este documento discute el gasto público e ingreso público en Venezuela. Explica que el gasto y el ingreso público forman parte de la actividad financiera del estado y deben equilibrarse para maximizar el bienestar de la sociedad. Define el ingreso público como los recursos que el estado obtiene de forma coactiva o voluntaria de los particulares para financiar los servicios públicos. También clasifica los gastos públicos en ordinarios y extraordinarios, y productivos y de transferencia. Concluye enfatizando la importancia de conceptos como el superávit y
Este documento describe la organización y competencias de los tribunales laborales en Venezuela. Explica que existen tribunales de primera y segunda instancia, así como el Tribunal Supremo de Justicia. Los tribunales laborales conocen asuntos contenciosos laborales, solicitudes de despido, amparos constitucionales y asuntos colectivos. También menciona la defensoría pública de trabajadores y el arbitraje laboral como medio alternativo de resolución de conflictos.
La actividad financiera del Estado busca organizar los ingresos y administrar los recursos a través de los gastos y ingresos públicos para maximizar el bienestar de la sociedad desde perspectivas políticas, sociales, económicas, jurídicas y administrativas.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
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Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
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REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
Bancarrotas y estafas.docx en republica Dominicana
Ensayo
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
PODER, POTESTAD Y COMPETENCIA TRIBUTARIA
SECCIÓN: SAIA-B
DERECHO TRIBUTARIO
Docente.: Abg. Emily Ramírez
INTEGRANTES:
Colmenárez, María
BARQUISIMETO, JUNIO 2016.
2. PODER, POTESTAD Y COMPETENCIA TRIBUTARIA
Cuando se refiere a la potestad se hace alusión de la autoridad
práctica y abstracta como poder para exigir el cumplimiento de un hecho o
norma. Se le atribuye el término Potestad Tributaria a la fuerza que emana
de la propia soberanía del Estado.
En los tiempos de guerra, los impuestos eran exacciones destinadas a
cubrir los gastos demandados por los soberanos, con el tiempo se
transformaron en contribuciones regulares que ingresan a la Hacienda
Pública. En nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
está establecido que quien tiene la capacidad para ejercer la potestad
tributaria es únicamente el Estado, el cual igualmente es quien establece las
obligaciones pecuniarias a sus contribuyentes, esto incluye la nación, los
estados y los municipios.
Esta facultad permite que se ejecuten los mandatos legales y se
ejerza la fuerza coercitiva para el acto de pagar la deuda tributaria, obligación
establecida en nuestra Carta Magna en el artículo 133, que permite también
a dicha institución el poder de crear, modificar o suprimir unilateralmente los
tributos y de esta forma lograr que se cubra el gasto público del país y las
necesidades del colectivo.
La Potestad Tributaria es entonces, la fuerza que obliga al pago por
las personas sometidas a su competencia y permite que se generen las
normas que determinen el deber de las personas de entregar el porcentaje
respectivo de las rentas o patrimonios a fin de cumplir con el pago del hecho
imponible y así el Estado logre satisfacer necesidades internas de su
sociedad.
3. Tenemos que la Potestad Tributaria puede expresarse de dos formas,
de allí deriva su clasificación como Potestad Tributaria Originaria y Potestad
Tributaria Derivada
Originaria, la cual se refiere a que en su origen, que es la Constitución
de la República, la Potestad Tributaria emana natural y directamente del
Estado, y de forma inminente es obligación de cumplirla por encontrarse
establecida en la norma escrita.
Por otro lado, la derivada, es expresada como la facultad de
imposición que tiene el ente Municipal o Estadal para crear tributos mediante
derivación, por una ley que no es directamente la Constitución sino que son
dictadas por entes regionales según su aplicación y poder de imposición,
aunque las mismas se encuentren bajo el mandamiento primordial y principal
de la Carta Magna.
Para entender mejor la definición de la Potestad Tributaria, se facilitan
los principales caracteres de esta, como los indica Moya, como síntesis del
concepto planteado anteriormente, son los siguientes:
La Potestad Tributaria hace cumplir una obligación directamente
dirigida a los particulares.Le confiere al Estado la libertad de manejar la
deuda tributaria y su pago. Además satisface las necesidades sociales y del
bien colectivo.
Es abstracta, si se ejerce o no la facultad de aplicar los tributos y su
cobro, el poder tributario existe radicado en el Estado aún antes de que se
materialice su ejercicio.
Es permanente, o también llamado connatural, por la existencia del
Estado y no desaparece por caducidad, prescripción u otro motivo.
4. Es irrenunciable, porque el poder de imponer tributos se utiliza para
fines del bien común, como lo es cumplir con las necesidades de la
población.
Es indelegable, lo que quiere decir que solo por ley se pueden
establecer tributos.
La Potestad Tributaria se encuentra bajo las únicas limitaciones de la
Constitución por ello no debe extra ponerse a los principios constitucionales
que la misma establece, como por ejemplo, lo son: el principio de legalidad o
reserva legal, el principio de capacidad contributiva, el principio de
generalidad, el principio de igualdad y otro es el principio de no
confiscatoriedad.
Aun así podemos destacar que las limitaciones de la potestad
tributaria pueden dividirse en dos, por una parte explícitas o directas, las
cuales vienen a ser aquellas derivadas de la propia Constitución y de las
leyes que le sirven de ejecución, y por otra, las limitaciones implícitas o
indirectas, las cuales constituyen tal como lo asevera Romero-Muci (1997)
como los principios constitucionales que regulan la Hacienda pública,
aplicables a la tributación municipal, representadas fundamentalmente en las
garantías de legalidad, no confiscación y proporcionalidad del tributo y la
prohibición de retroactividad de la ley tributaria.
Una vez que entendemos lo que involucra la Potestad Tributaria,
pasamos a conceptualizar la Competencia Tributaria como elemento que
complementa a la autoridad del Estado en cuanto al cumplimiento de los
Tributos.
Anteriormente, los gobiernos disponían de mayor libertad para asignar
los valores de los impuestos, puesto que el mayor obstáculo era la inversión
en la mano de obra y la competitividad de la nación, dejando a la
5. transferencia en materia económica y personal como una preocupación
secundaria.
La Competencia Tributaria es también conocida como Competencia
Fiscal y tiene la capacidad legal de crear estrategias en el Estado para
gestionar y repartir la autoridad en diferentes poderes, en el caso de
Venezuela, en los diferentes poderes públicos. De esta manera puede
lograrse que los países extranjeros inviertan en nuestra economía y se
reducen las limitaciones de la circulación de los niveles impositivos fiscales.
Su evolución se debe a la globalización, esto permite que exista mayor
movimiento del capital y mayor flujo de producción, generando empleos en el
país y bienestar económico
El autor Torres (2005), la define a la Competencia Tributaria como la
facultad de derecho que tiene el sujeto activo de ejecutar los mandatos
legales y compeler al contribuyente a pagar y realizar todos los actos
instrumentales tendientes al cobro.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla
un sistema de distribución de competencias tributaria basado en un concepto
anómalo de Estado Federal. A consecuencia de esto se generan
contradicciones y dificultades al momento de establecer una relación entre el
modelo de competencia tributaria y el concepto de descentralización y
federalismo que desarrolla la Ley fundamental. La Constitución de 1999 trajo
consigo un mayor deslinde de las competencias de los entes territoriales
menores en diferentes ámbitos.
Así mismo amplió el conjunto de potestades tributarias para los
municipios, a los que atribuyó aquellos impuestos que por autorización de la
ley, ya le había asignado. De esta forma los impuestos sobre juegos y
apuestas lícitas, propagandas y publicidad comercial que le habían conferido
6. a los municipios mediante el artículo 113 de la Ley Orgánica de Régimen
Municipal, en el texto Constitucionales, le son otorgados como tributos
propios, al igual que el nuevo impuesto sobre predios rurales.
El actual sistema impositivo concentra la competencia tributaria en los
municipios y sus entes recaudadores, y en los entes nacionales con
competencia tributaria dejando relegados a los Estados en cuanto su
capacidad para crear y recaudar tributos.En términos generales, la
competencia tributaria de los entes municipales debe ser entendida como la
realización de la actividad fiscalizadora y recaudadora de los tributos, según
la ley fundamental.
La distinción y al mismo tiempo fusión entre el poder, la potestad y la
competencia que le competen al Estado en su actividad financiera y
tributaria, radica en comprobar la autonomía de los entes locales, contenido
de las ordenanzas y entender que son complementarias para hacer cumplir
las facultades del Estado como autoridad soberana.
Las competencias concurrentes pueden resultar de que dos poderes,
el Municipal y el Estadal, concurran en una misma función porque
corresponda realmente a ambas y haya que delimitar la competencia de
cada una, o bien porque se trate de que ambas potestades pretendan tener
competencia exclusiva sobre alguna materia. En cuanto a los Municipios,
este artículo trae dos disposiciones:
1.- Que los estados deben transferir a los municipios los servicios que
estos estén en capacidad de prestar
2.- Estas transferencias estarán reguladas por el propio estado.
Según el artículo 165 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, las materias objeto de competencias concurrentes serán
7. reguladas mediante leyes de bases dictadas por el Poder Nacional, y leyes
de desarrollo aprobadas por los Estados. Esta legislación estará orientada
por los principios de la interdependencia, coordinación, cooperación,
corresponsabilidad y subsidiariedad. Los Estados descentralizarán y
transferirán a los Municipios los servicios y competencias que gestionen y
que éstos estén en capacidad de prestar, así como la administración de los
respectivos recursos, dentro de las áreas de competencias concurrentes
entre ambos niveles del Poder Público. Los mecanismos de transferencia
estarán regulados por el ordenamiento jurídico estadal.
8. IMPORTANCIA
La importancia de la misma, recae en los ingresos sin tener en cuenta
la parte de los ingresos de las finanzas públicas. A su vez, la potestad
tributaria es el Poder jurídico que tiene el Estado para establecer las
contribuciones forzadas, recaudarlas y destinarlas a expensar los gastos
públicos. Para diferenciar el poder tributario y la potestad tributaria, el poder
tributario se refiere a la facultad del estado para crear tributos
fundamentados en su soberanía, mientras que la potestad tributaria es la
manifestación constitucional del Estado para crear tributos, estos conceptos
se relacionan pero son distintos, ya que al plasmarse en la constitución, el
poder tributario se transforma en potestad tributaria.
9. REFERENCIAS
Hernández, L. (2012). El Poder Tributario Nacional. Poder, Potestad y
Competencia Tributaria. [Documento en línea] Disponible:
https://temasdederecho.wordpress.com/tag/potestad-tributaria/
Universidad Rafael Urdaneta. (2008). Análisis de la Distribución de la
Competencia Tributaria en la República Bolivariana de Venezuela.
[Documento en línea]
Disponible:http://200.35.84.131/portal/bases/marc/texto/3501-08-02517.pdf
Universidad Católica Andrés Bello. (2005). Derechos y Garantías
Constitucionales de los Contribuyentes frene a ordenanzas sobre la
Actividades Económica. [Documento en línea]
Disponible:http://biblioteca2.ucab.edu.ve/anexos/biblioteca/marc/texto/AAQ46
16.pdf