ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS
AUTONOMÍA PEDAGÓGICA, ORGANIZATIVA Y DE GESTIÓN Planes de trabajo. Formas de organización. Agrupamientos del alumnado. Ampliación del horario escolar. Proyecto de innovación e investigación.
CONCRECIÓN DEL MODELO DE FUNCIONAMIENTO Proyecto educativo. Reglamento de organización y funcionamiento. Proyectos de gestión.
EL PLAN DE CENTRO 1. Lo constituyen: El proyecto educativo. El reglamento de organización y funcionamiento. Proyecto de gestión. 2. Carácter plurianual. 3. Obliga a todo el personal del Centro y erá público y se procurará su difusión.
EL PROYECTO EDUCATIVO 1. Abordará los siguientes aspectos: Líneas generales de actuación pedagógica. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares. Tratamiento transversal del las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. Formas de atención a la diversidad del alumnado.
EL PROYECTO EDUCATIVO Plan de orientación y acción tutorial. Plan de convivencia. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo. Plan de formación del profesorado.
EL PROYECTO EDUCATIVO Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar. Objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. Los procedimientos de evaluación interna. Cualesquiera otros que le sean atribuidos por la Administración educativa.
EL PROYECTO EDUCATIVO 2. Constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural hacen del centro un elemento dinamizador de la zona donde está ubicado. 3. Tanto en la elaboración de proyecto educativo como en su desarrollo posterior, se fomentará la implicación de toda la comunidad educativa.
EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Recogerá las normas organizativas y funcionales que garanticen un clima adecuado para el logro de los objetivos y el mantenimiento de un ambiente de confianza y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
R.O.F. 2. Partiendo de las características propias del centro, contemplará los siguientes aspectos: Los cauces de participación de todos los sectores. Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones de todos los órganos de gobierno y de coordinación docente.
R.O.F. La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro. Organización de la vigilancia en los recreos y periodos de entrada y salida de clase. Cualesquiera otros que le sean atribuidos por la Administración educativa. 3. Se fomentará la participación de toda la comunidad educativa, tanto en su elaboración como en su desarrollo.
EL PROYECTO DE GESTIÓN Recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos. Los centro gozarán de autonomía de gestión económica en los términos establecidos por la legislación vigente.
EL PROYECTO DE GESTIÓN 3. Los centro, además del dinero recibido de la Administración ed ucativa,  podrán obtener ingresos de otros entes públicos, privados o particulares que deberán recogerse en el proyecto de presupuesto del centro. 4. Las Consejerías de Hacienda y Educación determinarán la estructura y periodicidad para el control y registro de la actividad económica de los centros.
EL PROYECTO DE GESTIÓN 5. La aprobación del proyecto de presupuesto, así como la justificación de la cuenta de gestión, corresponde al Consejo Escolar del centro.
AUTOEVALUACIÓN DE LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS Y DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS Todos los centros realizarán una autoevaluación de: Su funcionamiento. Los programas que desarrollan. Los procesos de enseñanza y aprendizaje. Los resultados de su alumnado. Las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje
AUTOEVALUACIÓN DE LOS CENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS Y DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS En la memoria se recogerán los resultados y las propuestas de mejora cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar del centro. Se creará un equipo de evaluación formado al menos por: El equipo directivo. Representantes de los distintos sectores elegidos por el Consejo Escolar de entre sus representantes.
EL EQUIPO DIRECTIVO Órgano ejecutivo de gobierno formado por: El director/a. El jefe/a de estudios. El secretario/a. En su caso, vicedirector/a.
EL DIRECTOR O DIRECTORA Representa a la administración educativa en el centro. Ostenta la representación del mismo. Es responsable de la organización y el funcionamiento de todos los procesos que se lleven a cabo en él. Ejerce la jefatura del personal que presta servicio en el centro. Es el director pedagógico. Es el responsable de coordinar las competencia del equipo directivo. Podrá proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docentes del centro.
EL DIRECTOR O DIRECTORA Será competente para el ejercicio de la potestad disciplinaria respecto al personal de la Junta de Andalucía que presta servicio en el centro. Tendrán competencia para tomar decisiones en materia de sustituciones de las ausencias que se pudieran producir. Elaborará el proyecto de dirección del centro. Será retribuido de forma diferenciada. Será evaluado al final de su mandato. Al finalizar su mandato podrán optar a un cambio de centro.
ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN DOCENTE
CONSEJO ESCOLAR Es el órgano de gobierno a través del cual  participa la comunidad educativa en el gobierno de los centros. Aprobará y evaluará el Plan de Centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones que se realicen.
CLAUSTRO DE PROFESORADO Es el órgano de participación del profesorado en el gobierno del centro. Planifica, coordina y decide sobre todos los aspectos educativos del mismo. Está integrado por todos los profesore/as que prestan servicio en el centro y presidido por el director/a.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN Y ORIENTACIÓN Departamentos de coordinación didáctica y equipos de orientación en los centros de educación secundaria. Equipos de ciclo y equipos de orientación en los centro de infantil y primaria.
EQUIPOS DE CICLO  Encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo. Integrados por todos los maestro/as que imparten clase en él. Contarán con un coordinador/as nombrado por la dirección.
EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN Estará compuesto por al menos un miembro debidamente cualificado que se integrará en el claustro del profesorado. Asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y de acción tutorial. Colaborará  con los equipos de ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo. Asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares.
OTROS ÓRGANOS DE GOBIERNO Departamentos. Equipos de centro. Tutorías.
LEY DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA (LEA) Título IV. Centros docentes. Capítulo I Artículos 125, 126,  127, 128, 129 y 130.   Capítulo II Artículos 131, 132,133 y 134. Capítulo III Artículos 135, 136, 137, 138, 139,140 y 141.

Organizacion escolar

  • 1.
    ORGANIZACIÓN Y GESTIÓNDE LOS CENTROS EDUCATIVOS
  • 2.
    AUTONOMÍA PEDAGÓGICA, ORGANIZATIVAY DE GESTIÓN Planes de trabajo. Formas de organización. Agrupamientos del alumnado. Ampliación del horario escolar. Proyecto de innovación e investigación.
  • 3.
    CONCRECIÓN DEL MODELODE FUNCIONAMIENTO Proyecto educativo. Reglamento de organización y funcionamiento. Proyectos de gestión.
  • 4.
    EL PLAN DECENTRO 1. Lo constituyen: El proyecto educativo. El reglamento de organización y funcionamiento. Proyecto de gestión. 2. Carácter plurianual. 3. Obliga a todo el personal del Centro y erá público y se procurará su difusión.
  • 5.
    EL PROYECTO EDUCATIVO1. Abordará los siguientes aspectos: Líneas generales de actuación pedagógica. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares. Tratamiento transversal del las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. Formas de atención a la diversidad del alumnado.
  • 6.
    EL PROYECTO EDUCATIVOPlan de orientación y acción tutorial. Plan de convivencia. Objetivos propios para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo. Plan de formación del profesorado.
  • 7.
    EL PROYECTO EDUCATIVOLos criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar. Objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. Los procedimientos de evaluación interna. Cualesquiera otros que le sean atribuidos por la Administración educativa.
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    EL PROYECTO EDUCATIVO2. Constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación que desea y va a desarrollar en unas condiciones concretas, por lo que deberá contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no limitándose sólo a los aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural hacen del centro un elemento dinamizador de la zona donde está ubicado. 3. Tanto en la elaboración de proyecto educativo como en su desarrollo posterior, se fomentará la implicación de toda la comunidad educativa.
  • 9.
    EL REGLAMENTO DEORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Recogerá las normas organizativas y funcionales que garanticen un clima adecuado para el logro de los objetivos y el mantenimiento de un ambiente de confianza y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.
  • 10.
    R.O.F. 2. Partiendode las características propias del centro, contemplará los siguientes aspectos: Los cauces de participación de todos los sectores. Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones de todos los órganos de gobierno y de coordinación docente.
  • 11.
    R.O.F. La organizaciónde los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro. Organización de la vigilancia en los recreos y periodos de entrada y salida de clase. Cualesquiera otros que le sean atribuidos por la Administración educativa. 3. Se fomentará la participación de toda la comunidad educativa, tanto en su elaboración como en su desarrollo.
  • 12.
    EL PROYECTO DEGESTIÓN Recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos. Los centro gozarán de autonomía de gestión económica en los términos establecidos por la legislación vigente.
  • 13.
    EL PROYECTO DEGESTIÓN 3. Los centro, además del dinero recibido de la Administración ed ucativa, podrán obtener ingresos de otros entes públicos, privados o particulares que deberán recogerse en el proyecto de presupuesto del centro. 4. Las Consejerías de Hacienda y Educación determinarán la estructura y periodicidad para el control y registro de la actividad económica de los centros.
  • 14.
    EL PROYECTO DEGESTIÓN 5. La aprobación del proyecto de presupuesto, así como la justificación de la cuenta de gestión, corresponde al Consejo Escolar del centro.
  • 15.
    AUTOEVALUACIÓN DE LOSCENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS Y DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS Todos los centros realizarán una autoevaluación de: Su funcionamiento. Los programas que desarrollan. Los procesos de enseñanza y aprendizaje. Los resultados de su alumnado. Las medidas y actuaciones dirigidas a la prevención de las dificultades de aprendizaje
  • 16.
    AUTOEVALUACIÓN DE LOSCENTROS SOSTENIDOS CON FONDOS PÚBLICOS Y DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS En la memoria se recogerán los resultados y las propuestas de mejora cuya aprobación corresponderá al Consejo Escolar del centro. Se creará un equipo de evaluación formado al menos por: El equipo directivo. Representantes de los distintos sectores elegidos por el Consejo Escolar de entre sus representantes.
  • 17.
    EL EQUIPO DIRECTIVOÓrgano ejecutivo de gobierno formado por: El director/a. El jefe/a de estudios. El secretario/a. En su caso, vicedirector/a.
  • 18.
    EL DIRECTOR ODIRECTORA Representa a la administración educativa en el centro. Ostenta la representación del mismo. Es responsable de la organización y el funcionamiento de todos los procesos que se lleven a cabo en él. Ejerce la jefatura del personal que presta servicio en el centro. Es el director pedagógico. Es el responsable de coordinar las competencia del equipo directivo. Podrá proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docentes del centro.
  • 19.
    EL DIRECTOR ODIRECTORA Será competente para el ejercicio de la potestad disciplinaria respecto al personal de la Junta de Andalucía que presta servicio en el centro. Tendrán competencia para tomar decisiones en materia de sustituciones de las ausencias que se pudieran producir. Elaborará el proyecto de dirección del centro. Será retribuido de forma diferenciada. Será evaluado al final de su mandato. Al finalizar su mandato podrán optar a un cambio de centro.
  • 20.
    ÓRGANOS COLEGIADOS DEGOBIERNO Y COORDINACIÓN DOCENTE
  • 21.
    CONSEJO ESCOLAR Esel órgano de gobierno a través del cual participa la comunidad educativa en el gobierno de los centros. Aprobará y evaluará el Plan de Centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones que se realicen.
  • 22.
    CLAUSTRO DE PROFESORADOEs el órgano de participación del profesorado en el gobierno del centro. Planifica, coordina y decide sobre todos los aspectos educativos del mismo. Está integrado por todos los profesore/as que prestan servicio en el centro y presidido por el director/a.
  • 23.
    ÓRGANOS DE COORDINACIÓNY ORIENTACIÓN Departamentos de coordinación didáctica y equipos de orientación en los centros de educación secundaria. Equipos de ciclo y equipos de orientación en los centro de infantil y primaria.
  • 24.
    EQUIPOS DE CICLO Encargados de organizar y desarrollar las enseñanzas propias del ciclo. Integrados por todos los maestro/as que imparten clase en él. Contarán con un coordinador/as nombrado por la dirección.
  • 25.
    EL EQUIPO DEORIENTACIÓN Estará compuesto por al menos un miembro debidamente cualificado que se integrará en el claustro del profesorado. Asesorará sobre la elaboración del plan de orientación y de acción tutorial. Colaborará con los equipos de ciclo en el desarrollo del mismo, especialmente en la prevención y detección temprana de las necesidades específicas de apoyo educativo. Asesorará en la elaboración de las adaptaciones curriculares.
  • 26.
    OTROS ÓRGANOS DEGOBIERNO Departamentos. Equipos de centro. Tutorías.
  • 27.
    LEY DE EDUCACIÓNDE ANDALUCÍA (LEA) Título IV. Centros docentes. Capítulo I Artículos 125, 126, 127, 128, 129 y 130. Capítulo II Artículos 131, 132,133 y 134. Capítulo III Artículos 135, 136, 137, 138, 139,140 y 141.