Es conveniente referirnos a lo que algunos penalistas contemporáneos han dedicado especial importancia sobre la confusión de lenguaje empleado respecto a tres conceptos diferentes que sin embargo se usan indistintamente. Los tres conceptos se relacionan con la coercitividad jurídico-penal y cada uno de ellos da margen a problemas diferentes.
Relacion de la criminologia con otras ciencias_IAFJSRMauri Rojas
Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
“LIDER EN EDUCACION VIRTUAL JURIDICA”
El IAFJSR es una institución de Educación de Adultos, que germino legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notariasy ante los órganos educativos del Estado Venezolano,entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación continua de profesionales en el derecho, preparándolos para entender, comprender y desarrollar exitosamente su ejercicio jurídico.
EL IAFJSR; ofrece su programa de Educación, formación y Capacitación Jurídica actualizado y permanente (TALLERES ò CURSOS DE CONTINUACIÒN, CURSOS AVANZADOS ò DE PERFECCIONAMIENTO, CURSOS DE ESPECIALIZACION, DIPLOMADOS, SEMINARIOS CONFERENCIAS y JORNADAS), en las modalidades presencial y OnLine (E-LEARNIG), que permitirán el beneficio para toda la comunidad estudiantil y profesional necesitada del mismo y de la población jurídica interesada en su consolidación en el ejercicio a través de la mejora continua.
EL IAFJSR; a través de la Dirección de Desarrollo de Sistemas, en aras de cumplir con la misión de formar integralmente a la población venezolana y de otros países del mundo y considerando los principios esbozados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela ha adelantado esfuerzos en la Construcción del Sistema de Educación a Distancia, completamente virtualizada en la modalidad en línea a través del sistema de comunicación internet y canales electrónicos pertinentes, útiles y necesarios en materia de derecho público y privado permitiéndoles a las comunidades adquirir o actualizar, según el caso, conocimientos, habilidades y destrezas en función de su crecimiento individual y el mejoramiento de su comunidad.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela. www.iafjsr.com.ve
Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
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Estas pequeñas láminas tienen objeto adentrarnos al análisis del estudio de la teoría del delito, dentro de sus diferentes aspectos, es decir, positivos y negativos. Se estudia a partir de un punto la conducta, la tipicidad, la antijuricidad, la culpabilidad, así como la puniblidad, además se exponen, la ausencia de conducta, la atipicidad, las causas de justificación, la inculpabilidad y la excusas absolutorias.
Los delitos que sólo pueden ser enjuiciados previo requerimiento o instancia de la víctima se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública. La parte podrá desistir de la acción propuesta en cualquier estado del proceso, y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal”.
Esta norma se refiere concretamente a aquellos delitos que siendo de acción privada, su persecución puede iniciarla el Ministerio Público cuando sea requerido por la víctima o sus representantes legales, con la particularidad de que se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública y que la víctima sin haber propuesto querella se le faculta para desistir en cualquier grado y estado del proceso de la acción propuesta y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal.
Las Escuelas del Derecho Penal son un conjunto de doctrinas y principios que a través de un método tienen por objeto investigar la filosofía del derecho de penar, la legitimidad del Jus Puniendi la naturaleza del delito y los fines de la pena.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
Los delitos que sólo pueden ser enjuiciados previo requerimiento o instancia de la víctima se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública. La parte podrá desistir de la acción propuesta en cualquier estado del proceso, y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal”.
Esta norma se refiere concretamente a aquellos delitos que siendo de acción privada, su persecución puede iniciarla el Ministerio Público cuando sea requerido por la víctima o sus representantes legales, con la particularidad de que se tramitarán de acuerdo con las normas generales relativas a los delitos de acción pública y que la víctima sin haber propuesto querella se le faculta para desistir en cualquier grado y estado del proceso de la acción propuesta y en tal caso se extinguirá la respectiva acción penal.
Las Escuelas del Derecho Penal son un conjunto de doctrinas y principios que a través de un método tienen por objeto investigar la filosofía del derecho de penar, la legitimidad del Jus Puniendi la naturaleza del delito y los fines de la pena.
Se denomina imputación objetiva a aquella que delimita la responsabilidad penal por un resultado ya en el tipo objetivo.
La fórmula básica que utiliza la imputación objetiva es la siguiente:
"Un resultado es objetivamente imputable, cuando el autor ha creado un riesgo no permitido, el cual se realiza en el resultado típico en su configuración concreta y se encuentra dentro del ámbito de protección de la norma".
El Sistema Causalista aborda la teoría del delito desde una perspectiva distinta, lo que resulta interesante a efectos de distinguir con la teoría Finalista de Welzel
ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL DE MÉXICO (RESUMEN)CUT
RESUMEN DE LAS PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL ARTICULO 123 CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO OBLIGACIONES Y DERECHOS QUE CONTRAE UNA EMPRESA AL CONTRATAR UN SUBORDINADO, Y LOS DERECHOS A LOS QUE SE HACE ACREEDOR UN EMPLEADO CUANDO FIRMA UN CONTRATO O TRABAJA EN UNA EMPRESA.
ADN es la abreviatura del ácido desoxirribonucleico (en inglés, DNA). Constituye el material genético de los organismos. Es el componente químico primario de los cromosomas y el material del que los genes están formados.
Penologia y derecho penitenciario_IAFJSRMauri Rojas
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El consumo de sustancias tóxicas legales o ilegales, sigue representando para la sociedad un problema que lejos de disminuir se acrecienta, no es solo el consumo de dichas sustancias, sino todo lo que ello implica, siembra, trasiego, compra, venta, etc. Aunado a ello se derivan conductas antisociales y otros delitos secundarios, como robos, violencia intrafamiliar, delitos sexuales entre otros, sin embargo, esta no es la raíz del problema antes de iniciarse en el consumo de las mismas, se identifican una serie de factores endógenos y exógenos que derivaron en una adicción, en toda conducta antisocial es primordial encontrar la verdadera raíz.
El presente artículo expone el estado del arte en relación a la criminología forense, abordando dos cuestiones básicas: por un lado, el concepto de la misma, partiendo de definiciones provenientes de otros países hasta aquellas que han sido elaboradas en México; y, por el otro, las posibles aplicaciones que esta ciencia puede tener, particularmente en el sistema de justicia penal, desde la perfilación criminal, la valoración del riesgo de violencia y el análisis de vinculación de casos, hasta la autopsia psicológica y la valoración del riesgo o exposición victimal.
La actuación policial es fundamental para las tareas de seguridad pública, los policías municipales tienen tareas de prevención y apoyo-coordinación con las corporaciones estatales y federales. Es en el municipio en donde se encuentra la actuación más cotidiana de la función de seguridad pública, cuyos principios son legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, mismos que son violentados por los elementos policíacos del municipio de Zapopan, Jalisco, al tener en promedio de alrededor de 50 quejas por año ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Jalisco y acumular al mismo tiempo un promedio de 200 actos y/o omisiones registradas ante la propia Comisaría General de Seguridad Pública del municipio de Zapopan, Jalisco, que constituyen violaciones a los derechos humanos y/o constitutivos de delito. Además de que sólo el 42% de los elementos tienen capacitación en derechos humanos, por lo que hay muchos desafíos para la corporación al corto, mediano y largo plazo en el respeto, protección, promoción y tutela de los derechos humanos de los ciudadanos en el municipio aludido.
En este artículo se analizará de forma general la información sobre los factores biopsicosociales que son predisponentes en agresores del delito de pederastia siendo estos factores un riesgo que va aumentando cada vez más a que las personas agredan sexualmente a un niño, se analizara en base a modelos teóricos de acuerdo a los factores antes mencionados y asi poder responder a la gran interrogante el por qué los agresores de abuso sexual infantil delinquen.
La seguridad pública se encuentra en la necesidad de evolucionar de manera constante, las condiciones institucionales de elementos de procuración de justicia son un eje central para enfrentar la criminalidad que se presenta actualmente en México y abonar a la seguridad. El objetivo de este estudio fue explorar las condiciones de las y los elementos que forman parte de las instituciones que se encargan de la procuración de justicia en México. Se hizo una investigación utilizando metodología cuantitativa, con alcance descriptivo, corte transversal y de diseño no experimental; se realizó una encuesta en formularios de Google compuesta por seis áreas de exploración: contexto institucional, desarrollo institucional, uso del sistema 911, participación en los procesos, percepción institucional y autocuidado. Esta encuesta fue enviada a 145 personas vinculadas a las instituciones de procuración de justicia. A través de los resultados obtenidos se interpreta que la labor realizada desde la perspectiva de quienes se encuestaron se realiza de manera adecuada y que realmente no hay eventualidades que sean significativas para delimitar el problema o problemas reales de las condiciones institucionales que se presentan en elementos que tienen relación con la procuración de justicia. Se concluye con que el objetivo fue cumplido y que deben estudiarse estas condiciones institucionales más a fondo en investigaciones posteriores.
La praxis funcional de la documentoscopia, aborda un espectro muy amplio en la lucha de ciertos entramados delincuenciales. Por ende, creemos oportuno la necesidad de crear un nuevo neologismo científico llamado “documentoscopia vial”, con el objetivo de aunar conocimientos y métodos lo suficientemente eficaces para detectar un documento espurio, que sirva de antesala para el descubrimiento de otros delitos de mayor envergadura: delitos contra la seguridad vial o los delitos relacionados con el tráfico ilícito de vehículos. Además, la profesionalización en la documentoscopia vial, conseguiría una disminución en las cifras de siniestralidad vial, al detectar falsificaciones en el permiso de conducción, así, como, en los documentos relacionados con los vehículos. Por último señalar que, este trabajo de investigación se pone a disposición de técnicas prácticas (herramientas virtuales) de verificación operativa con los que, a pie de calle, poder detectar un documento apócrifo en todo lo relativo al transporte viario.
Los niños, niñas y adolescentes que inevitablemente se ven en la necesidad de denunciar un hecho del cual fueron víctimas, deben saber que ser escuchados y participar en los procesos de justicia es un derecho que les asiste y es importante hacer valer, sirve además como mecanismo de protección e inhibidor del delito logrando con ello el cese de las violencias, aporta un sentido de dignificación y re-significación importante para su recuperación, señalando que el camino del silencio nunca será la opción ante el delito y la re-victimización jamás será el costo de la justicia.
En el presente artículo se proporcionará información con respecto a los programas que se han implementado en pro de la atención a víctimas indirectas del delito de Feminicidio, específicamente en el Estado de Jalisco, lo cual ayuda a comprender la intervención de las instancias de gobierno, las cuales buscan brindar apoyo intentando gestionar una reparación integral, pues están sujetas a procedimientos legales por demás desconocidos y donde el papel de la Victimología será de suma importancia para establecer un Modelo Integral de Atención que pueda favorecer y dar la posibilidad de recuperar un proyecto de vida, tras haber sufrido del hecho victimizante.
El presente artículo presenta parte de los resultados de una investigación de grado que se desarrolló al aplicar lo establecido por la NOM-035 (Norma Oficial Mexicana) referente a “factores de riesgo psicosocial en ambientes laborales” en un cuerpo de policía municipal de Jalisco, México. Los resultados obtenidos abonan a la comprensión del fenómeno de estrés dentro de los grupos policiales al mismo tiempo que se desarrolla un contexto sociodemográfico de violencia creciente y una percepción ciudadana deficiente. Parte de los resultados relevantes muestran la existencia de un factor protector para el manejo de estrés, el sentido de pertenencia. Resultado coincidente con lo encontrado por otras investigaciones.
El presente escrito tiene como objetivo principal hacer un breve análisis reflexivo sobre la influencia familiar en la conducta delictiva; especialmente en el delincuente sexual. Se abordaran los conceptos más relevantes de Familia, desde la concepción tradicional y general, hasta conceptos desde algunas disciplinas, con la finalidad de identificar que dicho concepto varía en función del tiempo y desde la perspectiva desde la cual se aborda; que es un concepto dinámico y evolutivo. Así mismo se identifican los factores criminológicos que son determinantes para la delincuencia sexual y se concluye con la contribución de la criminología a la delincuencia sexual: La prevención.
El presente trabajo tiene como objeto principal el análisis del desarrollo de los Diálogos de Paz en Colombia, del cual se pretende deducir que la construcción de la paz se ha realizado en nuestro país de manera meramente discursiva. Para esto, nos dedicaremos a estudiar la manera cómo el discurso le permite al hombre tanto modificar la realidad social existente como crear nuevas realidades completamente distintas, al igual que la influencia que el análisis del discurso ejerce en el campo político respecto de la conceptualización del poder.
Un escrito destinado a profundizar la importancia de la intervención del profesionista en Criminología en el ámbito escolar, para atender la problemática actual en las redes sociales, como lo son el Ciberbullying, Grooming y Sexting. Todo esto en relación a una campaña de prevención del delito llevada a cabo en la escuela Cesuver (Centro de Estudios Superiores de Veracruz) a nivel secundaria, para conocer la vulnerabilidad de los adolescentes ante esta problemática.
El presente trabajo tiene el objetivo de abordar dos problemáticas que existen en las escuelas y que hacen necesario la intervención del criminólogo escolar. Las problemáticas que se presentan en este trabajo son dos: la violencia escolar y el bullyng; y las conductas antisociales y delictivas de los adolescentes. Las estadísticas indican una alta prevalencia de estas problemáticas en las escuelas y aunque existen leyes que indican quiénes y cómo se debe proceder en los casos de violencia; es el criminólogo quien debe demostrar con sus conocimientos y formación que es competente para realizar con éxito estrategias que permitan a las escuelas prevenir la violencia y el delito.
Este articulo tiene como objetivo identificar que drogas son consumidas por los adolescentes que delinquen en la ciudad mexicana de Hermosillo, Sonora y como estas influyen en su comportamiento delictivo, para esto, se utilizó un enfoque cualitativo y la herramienta empleada para la metodología, fue la entrevista de opinión, que se le aplico a 3 trabajadores de la Fiscalía Especializada en la Procuración de la justicia para Adolescentes y Corrupción de Menores del Estado de Sonora, México, la cual consistió en 10 preguntas previamente estructuradas para obtener la información relevante para la investigación y al final contrastar las diferentes respuestas otorgadas por los expertos, los cuales coinciden principalmente en que es muy frecuente que los adolescentes que son detenidos por algún delitos tengan un consumo frecuente de drogas o que incluso se les detenga bajo el influjo de estas mismas.
La seguridad resulta un aspecto fundamental en la vida de los seres humanos. Estos, con frecuencia, buscan escenarios que elevan su nivel de certidumbre. La inseguridad extrae a la mayor parte de las personas y organizaciones de su zona de confort. Esta deriva de la aparición o materialización de potenciales riesgos y amenazas que provocan crisis de magnitudes diversas. Por ello, deben desarrollarse capacidades de prevención, respuesta y reacción y fomentar la resiliencia ante posibles eventos críticos.
El Segundo Congreso Internacional de Análisis Criminológico Análisis de la Criminalidad, Aspectos Psicobiológicos y Sociales, Causas e Impacto Social y Políticas Criminales, llevado a cabo los días 27 y 28 de septiembre del 2021, de manera virtual, y organizado por los grupos y Cuerpos Académicos de investigación especializados y multidisciplinarios denominados “Problemas sociales multidisciplinarios y multifactoriales” (Centro Universitario de los Altos, Universidad de Guadalajara), “Estado Constitucional y Derechos Emergentes” (Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí); “Derechos Humanos y Estado de Derecho” (Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades, Universidad de Guadalajara); “El Sistema Penal Acusatorio y Adversarial y sus Paradigmas” (Centro Universitario de los Valles, Universidad de Guadalajara); Sociedad Mexicana de Criminología, capítulo Nuevo León, A.C; Universidad de Ciencias de la Seguridad del Estado de Nuevo León; Criminología y Ciencias Forenses (Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí) y otros.
El objetivo del presente artículo se basó en explorar el panorama sobre la violencia de género en el ámbito familiar que se presentó durante el confinamiento SARS-COV2 (Covid-19) en la ciudad mexicana llamada Hermosillo, ubicada al norte de México. Este estudio forma parte de una investigación cuantitativa de tipo cuasiexperimental, siendo realizada con una muestra representativa de 69 de mujeres entre 15 y 45 años de edad, con base a una encuesta online. Entre los resultados generales obtenidos evidencian que durante el confinamiento más del 80% de las mujeres encuestadas han experimentado estados de estrés, tensión o ansiedad por preocupaciones tanto sociales, económicas o emocionales. Sin embargo, no se observan altos índices de aumento de violencia doméstica o familiar durante la pandemia.
En este artículo veremos la evolución histórica de la idea del delito y su fundamento para la aplicación del castigo, abordando las teorías más relevantes que aparecieron durante el transcurso del tiempo, como lo son: la teoría de los derechos subjetivos, la teoría del bien jurídico, la teoría jurídico-constitucional, la teoría funcionalista y la teoría personalista; cabe destacar que según fueron surgiendo las líneas de pensamiento, no se puede considerar que desplazaran plenamente a la anterior, más bien en cada una de estas etapas subsistía la convivencia de ideas opuestas.
Los términos seguridad pública, políticas públicas, políticas criminológicas han estado transformándose dentro del espectro de la seguridad ciudadana, ahora recientemente esta atiende a todas estas y más necesidades de seguridad al interior de un país. En particular esta tiende a la prevención de conductas y hechos delictuosos, criminales y violentos que impactan en el seno de la sociedad. En México estas acciones no han mitigado los escenarios de violencia, han tenido poca eficacia e impacto, ahora cada vez, son más frecuentes los delitos de alto impacto y que, por otro lado, a su vez, se desensibiliza a la población, la opinión pública dista mucho de interesarle directamente el tema y de sorprenderse con los hechos acontecidos. Existen alternativas que se trabajan desde la seguridad ciudadana que atienden a estos y otros retos.
El objetivo del presente tema de investigación se enfoca en analizar los problemas por los que está pasando el sistema penitenciario mexicano, para finalizar con una reflexión final de los detallado en este artículo, además, se analizará en qué consiste el tratamiento penitenciario y se abordará el tema de la reincidencia delictiva y sus posibles causas. El tipo de investigación que se llevó a cabo para este artículo es de tipo mixto, de forma que utilizo el método cualitativo Y cuantitativo, debido a que se realizó un análisis y explico el comportamiento de las personas que participan en actividades ilícitas y que continuamente se ingresan a los centros de reinserción social, obteniendo como resultado emitidos por medio del INEGI que en el año 2019, 112 811 personas ingresaron a un centro penitenciario mientras que 102 799 personas egresaron detonando más ingresos que egresos.
Más de Archivos de Criminología, Seguridad Privada y Criminalística (20)
Instrucciones del procedimiento para la oferta y la gestión conjunta del proceso de admisión a los centros públicos de primer ciclo de educación infantil de Pamplona para el curso 2024-2025.
Punibilidad, punición y pena/Punishability, punitive and punish
1. Año 3, vol. VI enero-julio 2011/Year 3, vol. VI January-july 2011
www.somecrimnl.es.tl 1
Fecha de recepción: 08/01/2011
Fecha de aceptación: 15/01/2011
PUNIBILIDAD, PUNICIÓN Y PENA
PUNISHABILITY, PUNITIVE AND PUNISH
Dr. José Adolfo Reyes Calderón
Universidad Mariano Gálvez
adolfo.reyescalderon@gmail.com
Guatemala
RESUMEN
Es conveniente referirnos a lo que algunos penalistas contemporáneos han dedicado
especial importancia sobre la confusión de lenguaje empleado respecto a tres conceptos
diferentes que sin embargo se usan indistintamente. Los tres conceptos se relacionan
con la coercitividad jurídico-penal y cada uno de ellos da margen a problemas
diferentes.
PALABRAS CLAVE: Castigo, Prevención, Ley penal, Estudio de caso.
ABSTRACT
It is convenient to refer to what some contemporary criminal defence has devoted
special importance on the confusion of language used on three different concepts which
are however used interchangeably. The three concepts are related to the coercivity of
penal law and each one of them gives margin to different problems.
KEY WORDS: Punishment, Prevention, Penal law, Case study.
2. 2
PUNIBILIDAD
Se refiere a la conminación de privación o restricción de bienes del autor del delito,
formulada por el legislador para la prevención general y determinada
cualitativamente por la clase del bien tutelado y cuantitativamente por la magnitud
del bien y del ataque a éste.
Corresponde al legislador describir y señalar cuál es la sensación que
corresponde, conforme a la importancia del bien jurídico tutelado y al interés que se
tenga en intimidar a quienes va dirigida la prohibición. Luis de la Barreda, afirma;
“La punibilidad no es ni retribución ni privación de un bien. Es tan sólo una
advertencia que lanza el legislador sin saber a quién va a aplicarse”.
La Doctora Islas, respecto a la punibilidad, señala:
Es una descripción general y abstracta.
Es elaborada exclusivamente por el legislador.
Es tan sólo conminación de privación o restricción de bienes.
La legitimación del legislador en orden a la punibilidad, está basada en la
necesidad social.
La punibilidad es el medio que determina la inhibición de los objetos
imputables.
La punibilidad está dada sólo para sujetos imputables. Este enunciamiento se
critica dado que pareciera que confunde punibilidad con pena, ya que la
punibilidad abarca también la inimputable.
La función de la punibilidad es protección de bienes a través de la prevención
general.
La punibilidad depende de la clase del bien tutelado.
Cuantitativamente la punibilidad depende del valor del bien tutelado, del dolo o
de la culpa y de la lesión o puesta en peligro del bien tutelado.
No hay delito si la existencia previa de punibilidad.
La punibilidad es fundamento de la punición.
PUNICIÓN
Es la actividad de aplicar la coercitividad Jurídico-Penal; es más que la fijación de la
particular y concreta privación o restricción de bienes del autor del delito, realizada
por el juez para reafirmar la prevención general y determinada cuantitativamente por
la magnitud de la culpabilidad.
Se dice que la punición se funda en la punibilidad porque el legislador al
crearla, establece un mínimo y un máximo dentro del cual el juzgador está obligado a
fijar el punto justo a imponer al sentenciado por la comisión del hecho delictuoso.
Insisten los penalistas que el juzgador se debe basar en la culpabilidad
consistente en el juicio de reprobación por la ejecución de un hecho contrario a lo
mandado por la ley, por lo que al momento de fijarla, el juez deberá tomar en cuenta
toda serie de circunstancias que influyeron en el individuo para la comisión del delito.
Para evitar que el juez actúe arbitrariamente, en las últimas décadas se ha
insistido en el estudio de personalidad o estudio clínico-criminológico, que deberá
practicarse a todo individuo sujeto a proceso y hacerse llegar al juzgador antes de
dictar sentencia.
3. 3
Respecto a la punición el juez no puede llevarla más allá de la potestad
punitiva o excederse de la que humana y legalmente merezca el responsable de un
delito, dentro del marco señalado por la punibilidad.
En conclusión se puede afirmar respecto a la punición:
Es un mandato particular concreto.
Es dictada exclusivamente por el órgano judicial en una sentencia penal.
La punición es fijada de la particular y concreta privación o restricción de
bienes del autor del delito.
La legitimación de la punición deriva de la comisión del delito plenamente
probado.
La punición debe dictarse solo contra sujetos imputables.
La punición debe ser proporcional a la magnitud de la culpabilidad y por tanto
el juzgado no debe rechazar el límite que le trae la culpabilidad.
La punición debe darse en relación al delito cometido.
La función de la punición es reafirmar la prevención general.
La punición es fundamento de la pena.
Los elementos constitutivos en los que el juez debe fundar sus razones para
dictar la “pena” que le corresponda al sentenciado son:
Circunstancias exteriores de ejecución: ¿Qué hizo? ¿Cómo lo hizo? ¿Cuándo? Y
¿Dónde lo hizo?
(Criminalística y Medicina Forense)
Peculiaridades del delincuente: ¿Qué es?
(Examen médico, psicológico, social y criminológico)
Naturaleza de la acción (El delito en su análisis dinámico y que corresponde al
Derecho Penal)
Naturaleza de la omisión
Naturaleza de los medios
Empleados en la ejecución: ¿Con qué lo hizo? (Criminalística y estudio de la
Psicodinámica)
Naturaleza de las causas
De la omisión: ¿Por qué fue la omisión? (estudio de la Psicodinámica)
Extensión del daño causado (estudios periciales)
Extensión del peligro corrido (estudio analítico de la conducta predelictiva)
4. 4
Edad, diagnóstico Médico-Forense de las etapas evolutivas (Medicina Forense)
Educación (diagnostico pedagógico que debe realizar el maestro o profesor de la
Institución)
Costumbre (diagnostico socio-económico)
Conducta precedente (análisis de la conducta predelictiva)
Motivos que lo impulsaron a delinquir ¿Por qué? (dinámica de las Motivaciones,
Criminología)
Motivos que lo determinaron a delinquir (estudio dinámico del delito)
Condiciones económicas (diagnóstico socio-¿económico)
Condiciones especiales en que se encontraba en el momento de cometer el
delito (Estudio integral de la personalidad)
Antecedentes personales (síntesis de la personalidad familiar, escolar, laboral y
económica )
Condiciones personales (diagnóstico sintético en el momento del delito)
Vínculos de parentesco con la víctima (análisis de la interrelación)
Vínculos de amistad con la victima
Vínculos nacidos de otras relaciones sociales
Calidad de la persona o personas ofendidas (diagnóstico psicosociales y
socioeconómicos)
Circunstancias de tiempo que demuestran su mayor o menor temibilidad
(análisis dinámico del delito y de la personalidad)
Circunstancias del lugar que demuestren su mayor o menor temibilidad.
Circunstancias de modo que demuestran su mayor o menor temibilidad.
Circunstancias del hecho que demuestren su mayor o menor temibilidad.
El propio César Beccaria recomendaba a los jueces: “El juez debe hacer en todo
delito un silogismo perfecto: La premisa mayor de este silogismo debe ser la ley
general, la premisa menor será la acción conforme o no a la ley, la
consecuencia tendrá que ser la libertad o la pena.
Si el juez se ve obligado o pretende hacer, en lugar de uno, dos silogismos, se
abre la puerta a la incertidumbre”.
5. 5
Para fines didácticos, explico con un ejemplo muy sencillo:
El señor A dispara con el señor B y, a consecuencia de esto, el señor B muere
(El hecho).
La ley dice: Cuando diese muerte a otra persona, será sancionando a X (equis)
cantidad de años.
Luego: El señor A quitó la vida al señor B; por lo tanto, es condenado.
Los elementos del sentenciado que se han desarrollado en esta exposición
constituye por si mismos un dictamen criminológico, que debe utilizarse en la etapa de
la punición.
PENA
El cumplimiento de lo determinado en una sentencia penal. Es la real privación o
restricción de bienes del autor del delito, que lleva a cabo el órgano ejecutivo para la
prevención especial y determinada en su máximo por la culpabilidad y en su mínimo
por la repersonalizacion. Esta definición surgida y empleada por los penalistas
contemporáneos, cambia totalmente la idea que dio nacimiento al concepto de pena
que era castigo o sufrimiento, pues al hablarse de “repersonalizacion” es indudable que
se están guiando conforme a las ideas modernas imperantes sobre la pena de prisión
cuando se afirma que la finalidad de las mismas, ya no es castigo, sino readaptación o
rehabilitación del delincuente. Juan Manuel Ramírez Delgado, opina: “No es pena la
que se padece voluntariamente”, en el sentido de que es utópico hablar de un
tratamiento de “repersonalidad” y por ende, tratar de quitarle la esencia del castigo a
la pena conforme lo plantean las falsas ideas de penalistas modernos.
Por ello él se inclina por el concepto de Cuello Calón, quien afirma: “Pena es el
sufrimiento impuesto por el Estado en ejecución de una sentencia al culpable de una
infracción penal”.
El estudio de la personalidad es el dictamen criminológico en la etapa de la
pena.
EL ESTUDIO DE PERSONALIDAD
La idea del estudio de personalidad del delincuente surgió con los positivistas, que
planteaban la inquietud de conocer el por qué el hombre llega a delinquir para
determinar un tratamiento más que un castigo. Fue en Argentina en 1907, donde Don
José Ingenieros creó en la Penitenciaría Nacional de ese país, el Instituto de
Criminología con el objeto de practicar el estudio psico-orgánico de los delincuentes. A
partir de esa fecha, las propuestas fueron cobrando mayor fuerza hasta 1955 cuando se
celebró el Primer Congreso de Naciones Unidas para la Prevención del Delito y
Tratamiento del Delincuente en que se aprobaron las Reglas Mínimas para los
Sentenciados, quedando incorporado con carácter obligatorio, la realización del estudio
de personalidad a todo individuo sujeto a prisión.
Con este estudio de personalidad se pretende determinar los factores que
influyeron en su conducta delictuosa; el grado de peligrosidad que puede presentar; su
grado de peligrosidad que pueda presentar; su estado anímico y físico antes y durante
el delito, con el objeto de realizar un diagnóstico, un pronóstico y el tratamiento que se
deberá aplicar al sentenciado.
6. 6
Este estudio debe comprender los siguientes elementos:
Examen Médico
El estado físico del sujeto al momento de cometer el delito es fundamental
porque revela datos de mucha importancia en relación a su estado de salud (física y
psíquica), situación que de no detectarse a tiempo puede traer males posteriores. Han
sido frecuentes los casos de personas que han fallecido al poco tiempo luego de su
internamiento debido a algún problema de salud que les aqueja y, que al momento de
ser privados de su libertad, se agrava y las autoridades encargadas de la custodia no
fueron capaces de evitarlo.
Se recomienda en este examen revisar; sistema nervioso, órganos, aparato
respiratorio, cardiovascular y digestivo, en caso necesario análisis clínicos,
padecimiento o enfermedades graves anteriores, etc.
Examen Psicológico
Los psicólogos consideran la compleja resolución de problemas, como una serie
de destrezas (verbal, creadora, social, etc.) que una persona puede o no adquirir.
El fracaso en la adquisición de esas destrezas puede deberse a la ausencia de
entrenamiento adecuado, las características de diversas situaciones sociales o las
limitaciones relacionadas con un mal funcionamiento neurológico. El problema
consiste en determinar qué son esas destrezas, en qué grado las ha adquirido
determinado individuo y por qué razón ha fallado al usarlas en situaciones específicas.
Esta es el área más compleja que puede presentar al momento de cometer una
conducta delictuosa, la influencia psicológica llega a ser determinante en una
excluyente de responsabilidad, verbigracia, el miedo grave o el temor fundado.
Las pruebas psicológicas se utilizarán para tener conocimiento acerca del
funcionamiento de los procesos psíquicos del interno y son a saber:
- Test proyectivos gráficos:
Test gestáltico viso-perceptual motor de Bender
Test del dibujo de dos persona de Karen Machover
- Test proyectivos verbales:
Test de frases incompletas de Sacks
Test de apercepción temática (TAT)
- Test de personalidad:
Inventario multifacético de la personalidad (MMPI)
- Pruebas de inteligencia:
Escala de inteligencia para adultos (WAIS)
En el diagnostico se mencionarán las diferencias psicopatologías que nos
arrojan los resultados del análisis del pasado histórico del entrevistado y la
información psicológica reportada por los instrumentos psicométricos. Dependiendo
del cuadro psicopatológico que manifieste el entrevistado, será el tratamiento
recomendado.
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- Examen psiquiátrico
Este examen se practicará cuando ya el psicólogo ha realizado su examen y
detecte el problema grave del estado mental del entrevistado. El psicólogo no es
médico, y en consecuencia, nunca deberá prescribir ningún medicamento; por ello, su
función se debe concretar a canalizar ante el médico psiquiatría a la persona y que sea
éste, mediante una profunda exploración, quien determine el tipo de enfermedad y el
tratamiento médico a seguir.
La prisión es un medio que provoca fácilmente una neurosis (de angustia,
depresiva, fóbica, etcétera) por lo que estos profesioncales, psicólogos y psiquiatras,
deberán trabajar coordinadamente por el bien de los allí recluidos.
- Trabajo social
Este examen es el de mayor trascendencia dentro de la institución
penitenciaria, ya que no sólo se concreta en ocasiones a la entrevista con el interno, sin
que se deben hacer visitas al medio familiar. Es frecuente que esta entrevista sea la
primera que se realiza al momento de quedar recluida la persona. Si la trabajadora
social es hábil y profesional, puede detectar inmediatamente muchas cosas; si el sujeto
miente, si tiene algún padecimiento o lleva huellas de tortura, etc., que debe canalizar
inmediatamente ante el médico o dar parte a la autoridad superior.
En este examen es importante analizar al interno desde su etapa infantil,
adolescencia, medio familiar, escolar, laboral, etc., que permitirá detectar ciertos
factores criminógenos de carácter exógeno y que pueden ser determinantes en la
conducta delictuosa.
- Examen pedagógico
Con este estudio se conoce la historia escolar de la infancia del interno, su
avance, grado de escolaridad alcanzado, juicio sobre lectura, escritura y alcance de sus
conocimientos, aficiones culturales, artísticas y recreativas.
Para cumplir con esto, se recomienda contar con un lugar adecuado como
escuela o aula, y que los encargados de esta área sean verdaderos maestros que
sientan y amen su profesión.
- Examen laboral
Detecta la capacidad y la actividad a la que se dedicaba en su vida en libertad
el interno. Conforme a ello puede ser de gran utilidad colaborando con la institución e
incluso le dará mayor beneficio de la remisión parcial de la pena y si no tiene ninguna
capacitación allí se le debe impartir en alguno de los talleres de la propia institución.
Es la mejor terapia que se puede dar dentro de una institución penitenciaria;
pero la sobrepoblación existente ha rebasado las posibilidades de darle ocupación a
todos los internos, además que no es factible proporcionar cualquier actividad
ocupacional. Se debe ser cauto con los objetos o productos que requieran material
tóxico como inhalantes o incendiarios, materiales de los que se puede improvisar un
arma blanca, o bien cordeles o sogas, etc.
El jefe de talleres será quien solicite personal para determinada actividad y el
departamento de trabajo social quien los selección y canalice ante él. Éste deberá
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llevar el cómputo de días laborados para el momento en que se pida opinión para tener
un control del avance en la progresividad o bien para otorgarle algún beneficio, como
la remisión parcial de la pena.
- Dictamen de conducta
Es la opinión emitida por el jefe de vigilancia de la institución. El objeto se concreta
en vigilar el comportamiento del interno durante el tiempo que ha permanecido en la
institución. Se debe registrar en su expediente toda anotación respecto a la conducta,
que tanto para la libertad preparatoria como la remisión parcial de la pena es
fundamental el observar buena conducta durante su internación o internamiento.
- Dictamen jurídico
Corresponde al asesor jurídico emitir este dictamen y contendrá: Situación legal
que guarde el interno; cuándo empezó a cumplir la pena y cuál es el cómputo
actualizado; si es o no reincidente y qué tipo de antecedentes tiene en su caso; si no
tiene algún proceso pendiente en otro juzgado o tribunal que haya sido requerido por
autoridad judicial en razón de algún amparo, o por algún recurso pendiente.
Reunidos todos esos estudios o dictámenes, se analizará y se estudiará caso por
caso aplicado así un tratamiento individualizado.
Para efectos de una mejor comprensión de las tres acepciones expuestas,
incluimos un cuadro sinóptico:
COERCITIVIDAD JURIDICO-PENAL
Punibilidad, Punición y Pena
-Silogismo Jurídico-
Punibilidad
(premisa
mayor)
Punición
(premisa menor)
Pena
(consecuencia)
Prevención o
descripción
general y
abstracta de la
ley penal.
Reafirmación de la
prevención general
Real privación o
restricción de
bienes del autor,
cumplimiento de
la sentencia.
Amenazada de
lo que puede
suceder si se
delinque.
Fijación concreta de la
privatización de bienes
del autor del delito,
realizada por el Juez.
Ejecución de la
punición.
Comisión de un hecho
delictivo
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CONCLUSIONES
Pena es un hecho particular y concreto;
Su instancia jurídica es la ejecutiva;
Es real privación o restricción de bienes del autor del delito;
Su legitimación emerge de la existencia del delito plenamente probado;
Su función es la prevención especial, y
Es tan sólo para sujetos imputables.
BIBLIOGRAFÍA
Reyes Calderón, J.A. (2007). Tratado de Criminología. México: Cárdenas Velasco
editor y distribuidor.
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_______ (s.f.). Imputabilidad e inimputabilidad. Guatemala: S.E.
_______ (s.f.). Derecho Penal. Parte General. Guatemala: S.E.