SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 49
Descargar para leer sin conexión
Dr. Julio Raggio Villanueva
Abril - 2022
CAMBIOS NORMATIVOS
✓ Claramente orientados a cerrar brechas.
✓ Normas antielusivas y que buscan impedir evasión tributaria.
✓ Nuevas reglas, nuevas obligaciones, nuevas restricciones.
✓ Creación de nuevas categorías de contribuyentes que buscan facilitar
las acciones de fiscalización para con los contribuyentes.
INTRODUCCIÓN
CAMBIOS NORMATIVOS
✓ Nueva clasificación administrativa en base a cumplimiento y
comportamiento tributario.
✓ Mayor nivel de riesgo para contribuyentes incumplidos.
INTRODUCCIÓN
✓ Cambios profundos.
✓ Nuevas facultades
✓ Nuevos criterios
✓ Nuevas reglas para inscripción de oficio
Decreto Legislativo 1524
Ley del RUC
Art. 2; Sujeto obligados a inscribirse en el RUC aquellos que:
✓ por el tipo, cantidad o valor de los bienes de su propiedad
✓ por el tipo o valor de los servicios que consumen la Sunat considere
necesaria su inscripción al registro.
NUEVOS SUJETOS OBLIGADOS A INSCRIBIRSE
patrimonio consumos
Ley del RUC
Art. 3; Del número de RUC
El número del RUC debe ser
✓ Consignado en toda documentación en la que se
oferten bienes y/o servicios, incluso por
plataformas digitales de comercio electrónico,
redes sociales, páginas web, correos
publicitarios, apps móviles, etc.
✓ Se debe consignar RUC + nombre o razón social
USO OBLIGATORIO DEL RUC
Ley del RUC
Art. 4; Exigencia del RUC
El número del RUC debe ser
✓ Exigido cuando existan documentos con lo que se inicien procedimientos,
actos u operaciones en donde se pida identificar a los sujetos que
participan en ellos
Ley del RUC
Art. 6; Facultad de la SUNAT para el funcionamiento del RUC
Sunat puede
✓ Señalar los bienes o servicios que sustentan la obligación de inscribirse
en el RUC
✓ Establecer su valor, fecha en que se fija el valor, y forma como se
valorizan, y cantidad de bienes
Nuevas facultades de Sunat
Sunat, a su
discreción
Fijar parámetros
Ley del RUC
Art. 6; Facultad de la SUNAT para el funcionamiento del RUC
Esta facultad incluye la de establecer que determinados terceros puedan
realizar, conforme al procedimiento que establezca la SUNAT, la inscripción
en el RUC de aquellos sujetos obligados con los que tengan contacto por las
funciones o actividades que desempeñan. El procedimiento que se regule
para dicho efecto debe asegurar la correcta identificación del sujeto cuyo
trámite de inscripción realiza el tercero.
Mediante RS de sunat
Ley del RUC
Nuevas facultades de Sunat
Art. 7; Normas especiales
✓ Los actos administrativos para la inscripción de oficio se notifican por la web
de la Sunat.
✓ La impugnación de la inscripción de oficio, o de la exclusión del RUC, o de la
modificación de datos se rige por la LPAG.
Segunda DF
Las entidades públicas tienen 60 dh, contados desde la vigencia del D.LEG. 1524,
para adecuar sus TUPA.
Ley del RUC
Se modifica el Art. 173 del CT
✓ Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de inscribirse,
actualizar o acreditar la inscripción en los registros de la Administración
Tributaria, o de solicitar que se acredite dicha inscripción o de publicitar
el número de registro asignado:
8. No solicitar o no verificar el número de RUC en los procedimientos, actos u
operaciones que la normativa tributaria establezca.
9. No consignar el número de RUC en la documentación mediante la cual se oferte
bienes y/o servicios conforme a lo que la normativa tributaria establezca
Ley del RUC
Se modifica el Art. 173 del CT
Decreto Legislativo 1524
TABLA I
Numeral 8 1 UIT
Numeral 9 30% UIT
TABLA II
Numeral 8 50% UIT
Numeral 9 15% UIT
TABLA III
Numeral 8
Numeral 9 0.2% de I
Ley del RUC
INCLUSIÓN DE OFICIO AL REGIMEN GENERAL
✓ Los que no se encuentran inscritos en el RUC o están con baja, procede
de oficio a inscribirlos o a reactivar el RUC y a afectarlos al Régimen
General del Impuesto a la Renta.
✓ La afectación operará a partir de la fecha de generación de los hechos
imponibles determinados por la SUNAT, la que podrá ser incluso anterior
a la fecha de la detección, inscripción o reactivación de oficio.
✓ Para los que si estén inscritos, pero no estén afectos al R.Gral, se les dará
de alta en dicho régimen.
Ley del RUC
INCLUSIÓN DE OFICIO AL REGIMEN GENERAL
Excepcionalmente,
• RUS
• RER
• RMT
• Si cumplen condiciones
• Se acogen hasta la fecha de vencimiento del
mes en que se notificó la inscripción o
reactivación de oficio.
Notificación via publicación en
web de Sunat….
Ley del RUC
✓ NUEVOS MONTOS
Desde el 1 de abril de 2022
• 2, 000 soles
• 500 Dólares
Aun cuando haya pagos parciales
Art. 4, modificado por D.Leg. 1529
Ley de Bancarización
RECORDAR:
Siempre se debe usar medios de pago,
sin monto mínimo, cuando:
a) Cuando se entregue o devuelva montos de dinero por mutuos, sea cual fuere
el monto del referido contrato.
b) Cuando exista obligación de pagar las remuneraciones y beneficios sociales a
través de las entidades del sistema financiero, conforme a lo señalado en el
Artículo 20 del Decreto Legislativo 1499
Aun no vigente, pero ojo
a lo que se publique
Art. 3, modificado por D.Leg. 1529
Ley de Bancarización
IMPORTANTE
SE REDUCE DE 3 A 1 UIT la bancarización obligatoria
en los casos de:
a) La constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes
inmuebles;
b) la transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre
vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; y,
c) la adquisición, aumento y reducción de participación en el capital
social de una persona jurídica.
Art. 3, modificado por D.Leg. 1529
Ley de Bancarización
NUEVAS REGLAS PARA PAGOS A NO DOMICILIADOS
El pago de obligaciones a personas naturales y/o jurídicas no domiciliadas que
deba realizarse con los Medios de Pago a que se refiere el artículo 5, puede
canalizarse a través de empresas del Sistema Financiero o de empresas
bancarias o financieras no domiciliadas, en los casos que el obligado realice
operaciones de comercio exterior, incluidas las originadas por la adquisición de
predios y derechos relativos a los mismos, acciones y otros valores mobiliarios,
así como las operaciones previstas en el artículo 3-A.
Art. 4, modificado por D.Leg. 1529
ERROR
Ley de Bancarización
• El pago a personas naturales y/o jurídicas no domiciliadas,
• que deba realizarse con los Medios de Pago
• puede canalizarse a través de ESF (peruano) o de empresas bancarias o
financieras no domiciliadas,
• en los casos que el obligado realice operaciones de comercio exterior, incluidas
las originadas por la adquisición de predios y derechos relativos a los mismos,
acciones y otros valores mobiliarios, así como las operaciones previstas en el
artículo 3-A.
Art. 3, modificado por D.Le. 1529
NO EXISTE
NUEVAS REGLAS PARA PAGOS A NO DOMICILIADOS
Ley de Bancarización
Art. 3, modificado por D.Le. 1529
DCF Tercera. Uso de medios de pago a través de empresas
bancarias o financieras no domiciliadas
En ningún caso se considera cumplida la obligación de utilizar
Medios de Pago a que se refiere la Ley, cuando los pagos se
canalicen a través de empresas bancarias o financieras que
sean residentes de países o territorios no cooperantes o de
baja o nula imposición o establecimientos permanentes
situados o establecidos en tales países o territorios.
Norma
antielusiva
vigente
desde el
01/01/2023
NUEVAS REGLAS PARA PAGOS A NO DOMICILIADOS
Ley de Bancarización
Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529
Artículo 5-A.- Uso de Medios de Pago
El uso de Medios de Pago establecido en esta Ley se tiene por cumplido solo si el pago
se efectúa directamente al acreedor, proveedor del bien y/o prestador del servicio, o
cuando dicho pago se realice a un tercero designado por aquel, siempre que tal
designación se comunique a la SUNAT con anterioridad al pago, en la forma y
condiciones que esta señale mediante resolución de superintendencia.
?
¿Qué significa
esta norma?
NUEVO REQUISITO PARA PAGOS
Ley de Bancarización
Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529
¿Solo puede pagar el
cliente?
¿Solo se puede pagar a las
cuentas del proveedor?
Si esto fuese así, ya no
podrían a ver las empresas
administradoras de pago, ni
vales alimenticios, ni pagos
por agente de aduanas, ni…
ASI ES!
La nueva reglas señala que los pagos solo
SE DEBEN abonar a una cuenta cuyo
titular es el proveedor .
POR EXCEPCION
Se puede pagar a un tercero, previa
comunicación a la SUNAT.
NUEVO REQUISITO PARA PAGOS
Ley de Bancarización
Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529
DCF Cuarta. Designación de tercero
para el pago
En tanto no se señale la forma y
condiciones en las que se efectuará la
comunicación a que se refiere el artículo
5-A de la Ley, dicha comunicación deberá
presentarse en las dependencias de la
SUNAT o a través de la Mesa de Partes
Virtual de esta.
LA COMUNICACIÓN LA PRESENTA
EL PROVEEDOR
• “A quien corresponda”
• Número de su factura o RHE
• Importe a pagar
• RUC e Identificación del tercero
• Cuenta Bancaria del tercero.
Desde el 01/04/2022
NUEVAS REQUISITO PARA PAGOS
Ley de Bancarización
Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529
1. Carta a su cliente, con la
instrucción de pago irrevocable,
indicando el nombre del
tercero a quien pagar.
2. Adjuntar la carta enviada a la
Sunat, más la constancia de
presentación.
Después que el
proveedor ha
presentado la
comunicación a
la Sunat…
Ley de Bancarización
• Decreto Legislativo 1520
• Notarios deben requerir que se acredite el pago del
• Impuesto a la Propiedad Predial
• Impuesto de Alcabala
• Impuesto Vehicular.
• Para la formalización e inscripción de transferencias de inmuebles y
vehículos.
• Los municipios pueden emitir “Constancia de No adeudos”
Ley de Tributación Municipal
• Decreto Legislativo 1520
• Impuesto Vehicular, desde el 2022
• Incluye a los Tracto Camiones,
• Inafectación al pago, para los bienes propiedad de una Persona
Jurídica que no formen parte de su activo fijo, con excepción de
transferencias con reserva de propiedad
• Tasa del 0% para los casos de vehículos robados, hurtados o
siniestrados y cuyo valor disminuyó más del 50%
Ley de Tributación Municipal
Decreto Legislativo 1519
• Hasta el 31 de diciembre de 2024
• Decreto Legislativo N° 783 sobre devolución de impuestos que gravan
las adquisiciones con donaciones e importaciones de misiones
diplomáticas. APCI – Restitución del fondo de donaciones.
• Exoneración del IGV en la emisión de dinero electrónico de la Ley 29985
• Hasta el 31 de diciembre de 2022
• Exoneración de bienes de Canasta Básica (Apéndice I) y servicios
(Apéndice II)
Ley del IGV e ISC
✓ Cambios vigentes desde el 27/03/2022 (D.Leg. 1540)
• Simplificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes
teniendo en cuenta el uso de herramientas tecnológicas
Pero en realidad:
Ley del IGV e ISC
Incrementa las facultades
de Sunat para determinar
deuda
Establece la creación de un
R/Ventas “oficial” que tiene más
valor que el del contribuyente
✓ Cambios vigentes desde el 27/03/2022 (D.Leg. 1540)
Ley del IGV e ISC
Art. 19°
a) Que el impuesto general esté consignado por separado en el
comprobante de pago que acredite la compra del bien, el servicio afecto, el
contrato de construcción o, de ser el caso, en la nota de débito, o en la
copia autenticada por el Agente de Aduanas o por el fedatario de la Aduana
de los documentos emitidos por la SUNAT, que acrediten el pago del
impuesto en la importación de bienes. Los comprobantes de pago y
documentos, a que se hace referencia en el presente inciso, son aquellos
que, de acuerdo con las normas pertinentes, sustentan el crédito fiscal.
✓ Cambios vigentes desde el 27/03/2022 (D.Leg. 1540)
Ley del IGV e ISC
Art. 19°
a) Que el impuesto esté consignado por separado en el comprobante de
pago que acredite la compra del bien, el servicio afecto, el contrato de
construcción o, de ser el caso, en la nota de débito, o en los documentos
emitidos por la SUNAT que acrediten el pago del impuesto en la
importación de bienes. (…)
Ya no servirán las
copias
Sólo los originales
emitidos por
Sunat
Amplía la gama de
documentos que pueden
sustentar el Crédito Fiscal
✓ Cambios vigentes desde el 01/07/2024 (D.Leg. 1540)
Ley del IGV e ISC
Art. 37°.- DE LOS REGISTROS Y OTROS MEDIOS DE CONTROL
La SUNAT podrá, por el contribuyente, generar
el Registro de Ventas e Ingresos y/o anotar las
operaciones que correspondan con la
información de los CPE, N/Cr y N/Db u otros que
el contribuyente hubiere emitido en alguno de
los SEE o que hubieran sido informados a la
SUNAT.
sin perjuicio de los
ajustes posteriores
que el contribuyente
✓ Cambios vigentes desde el 01/07/2024 (D.Leg. 1540)
Ley del IGV e ISC
Art. 37°.- DE LOS REGISTROS Y OTROS MEDIOS DE CONTROL
La generación del R/Ventas e Ingresos y/o la
anotación de operaciones que realice la SUNAT
por el contribuyente se considera como
efectuada por este para todos los efectos legales
y no lo exime de las infracciones que se
configuren por haber incumplido las
obligaciones vinculadas a dicho registro ni limita
las facultades de fiscalización de la SUNAT.
NO OLVIDAR
NO ENVIAR EL REGISTRO
IMPLICA NO TENER LIBRO
ELECTRÓNICO
✓ Modificación de tipos penales.
✓ Precisiones en relación a la mercadería comisada.
✓ Recompensas.
✓ Cambios vigentes a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto Supremo
que adecúa el Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 121-2003-EF
Ley de Delitos Aduaneros
CONTRABANDO
✓ Pasamos de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan
las modalidades del tipo penal.
Ley de Delitos Aduaneros
a) Interna mercancías
del extranjero al
territorio nacional
sustrayendo,
eludiendo o
burlando el control
aduanero.
b) Extrae mercancías
del territorio
nacional
sustrayendo,
eludiendo o
burlando el control
aduanero.
c) No presenta las
mercancías para la
verificación,
reconocimiento físico u
otra acción de control
aduanero dentro del
proceso de despacho
aduanero.
CONTRABANDO
✓ Pasamos de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan
las modalidades del tipo penal.
Ley de Delitos Aduaneros
d) Extrae, consume,
dispone o utiliza las
mercancías que se
encuentran en la zona
primaria delimitada por
la LGA, sin que se haya
otorgado el levante o
autorizado el retiro.
e) Consume, almacena, dispone o
utiliza las mercancías durante el
traslado, autorizado, de una zona
primaria a otra, para su
reconocimiento físico u otra
acción de control aduanero, sin el
pago previo de los tributos o
gravámenes
CONTRABANDO
✓ Pasamos de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan
las modalidades del tipo penal.
Ley de Delitos Aduaneros
f) Interna mercancías de una zona franca,
zona de tratamiento aduanero especial o
zona de tributación especial y sujeta a un
régimen especial arancelario hacia el resto
del territorio nacional sin contar con la
autorización, el pago previo de los tributos
diferenciales o sin el cumplimiento de otros
requisitos de ley.
g) Conduce en cualquier medio
de transporte, hace circular,
embarca, desembarca o
transborda mercancías
dentro del territorio nacional,
sin que hayan sido
sometidas al control
aduanero
CONTRABANDO
Ley de Delitos Aduaneros
?
¿esto significa que únicamente es
contrabando las conductas o acciones que
“encajan” en las definiciones dadas?
Monto mínimo de
4UIT
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS
✓ Igualmente se pasa de una definición genérica a otra en donde se precisan
y detallan las modalidades del tipo penal.
Ley de Delitos Aduaneros
… el que, mediante trámite aduanero, valiéndose de artificio, engaño, astucia u
otra forma fraudulenta:
✓ Deja de pagar en todo o en parte los tributos, recargos o cualquier otro
importe a consecuencia de la utilización de documentación o información
falsa, adulterada, indebida o incompleta, con relación al valor, calidad,
cantidad, peso, especie, antigüedad, estado, origen, marca, código, serie,
modelo, rotulado, etiquetado, u otra información de las mercancías, así
como de la indebida asignación de la subpartida nacional.
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS
✓ Igualmente se pasa de una definición genérica a otra en donde se precisan
y detallan las modalidades del tipo penal.
Ley de Delitos Aduaneros
… el que, mediante trámite aduanero, valiéndose de artificio, engaño, astucia u
otra forma fraudulenta:
✓ Obtiene o aprovecha ilícitamente
una exoneración, inafectación,
incentivo, devolución, beneficio
tributario, beneficio aduanero u
otro beneficio de cualquier índole
indebidamente obtenido.
i. Uso de información falsa, adulterada…
ii. Simulación total o parcial de una operación.
iii. Sobrevaloración o subvaluación de las mercancías.
iv. Alteración de las características de las mercancías.
v. Indebida asignación de subpartida nacional u origen
vi. Utilización o disposición indebida de las mercancías
inafectas, exoneradas o con suspensión del pago
de tributos
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS
✓ Igualmente se pasa de una definición genérica a otra en donde se precisan
y detallan las modalidades del tipo penal.
Ley de Delitos Aduaneros
… el que, mediante trámite aduanero, valiéndose de artificio, engaño, astucia u
otra forma fraudulenta:
c) Consume, almacena, utiliza, sustrae o
dispone de las mercancías en tránsito,
transbordo, reembarque o durante su traslado
a una zona franca, zona de tratamiento
aduanero especial o zona de tributación
especial, incumpliendo la legislación nacional.
Ley de Delitos Aduaneros
?
¿esto significa que únicamente es
defraudación de rentas las conductas o
acciones que “encajan” en las definiciones
dadas?
Monto mínimo de
1UIT
DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS
Conclusión de procesos penales
con montos menores a 1 UIT
Ley de Delitos Aduaneros
OTRAS DISPOSICIONES
✓ Se precisan lo que puede hacer la SUNAT con la mercadería vinculada a
delitos aduaneros, cuando es decomisada.
✓ Se establece el pago de recompensas a quien denuncie con pruebas, la
comisión de delitos tributarios.
✓ Se indica que las tipificaciones de esta norma se aplicarán a los procesos
penales en trámite.
Facebook: Tributación Práctica
FIN DE LA SESION

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Regimen De Percepciones New
Regimen De Percepciones NewRegimen De Percepciones New
Regimen De Percepciones New
guesta02dcf
 
Clase n° 12 obligación tributaria aduanera
Clase n° 12   obligación tributaria aduaneraClase n° 12   obligación tributaria aduanera
Clase n° 12 obligación tributaria aduanera
Fede1963
 
Planificación fiscal i.v.a Grupo 3
Planificación fiscal i.v.a  Grupo 3Planificación fiscal i.v.a  Grupo 3
Planificación fiscal i.v.a Grupo 3
17lucia0587
 
Codigo tributario neumann
Codigo tributario   neumannCodigo tributario   neumann
Codigo tributario neumann
German Gomez
 

La actualidad más candente (20)

ADMINISTRACION TRIBUTARIA | EXENCIONES Y DEDUCCIONES DE IMPUESTO A LA RENTA
ADMINISTRACION TRIBUTARIA |  EXENCIONES Y DEDUCCIONES DE IMPUESTO A LA RENTAADMINISTRACION TRIBUTARIA |  EXENCIONES Y DEDUCCIONES DE IMPUESTO A LA RENTA
ADMINISTRACION TRIBUTARIA | EXENCIONES Y DEDUCCIONES DE IMPUESTO A LA RENTA
 
Responsabilidades Y Sanciones De Rf
Responsabilidades Y Sanciones De RfResponsabilidades Y Sanciones De Rf
Responsabilidades Y Sanciones De Rf
 
Pagos a cuenta del impuesto a la renta a partir de 2013 juan daniel davila ...
Pagos a cuenta del impuesto a la renta a partir de 2013   juan daniel davila ...Pagos a cuenta del impuesto a la renta a partir de 2013   juan daniel davila ...
Pagos a cuenta del impuesto a la renta a partir de 2013 juan daniel davila ...
 
Regimen De Percepciones New
Regimen De Percepciones NewRegimen De Percepciones New
Regimen De Percepciones New
 
Clase n° 12 obligación tributaria aduanera
Clase n° 12   obligación tributaria aduaneraClase n° 12   obligación tributaria aduanera
Clase n° 12 obligación tributaria aduanera
 
PRINCIPIO DE CAUSALIDAD.pptx
PRINCIPIO DE CAUSALIDAD.pptxPRINCIPIO DE CAUSALIDAD.pptx
PRINCIPIO DE CAUSALIDAD.pptx
 
Providencia 0257 vs 071
Providencia 0257 vs 071Providencia 0257 vs 071
Providencia 0257 vs 071
 
Los tributos en_colombia
Los tributos en_colombiaLos tributos en_colombia
Los tributos en_colombia
 
Planificación fiscal i.v.a Grupo 3
Planificación fiscal i.v.a  Grupo 3Planificación fiscal i.v.a  Grupo 3
Planificación fiscal i.v.a Grupo 3
 
Nic 36
Nic 36Nic 36
Nic 36
 
Nic 12 impuesto a las ganancias. casos practicos. sep. 2010 (9)
Nic 12 impuesto a las ganancias. casos practicos. sep. 2010 (9)Nic 12 impuesto a las ganancias. casos practicos. sep. 2010 (9)
Nic 12 impuesto a las ganancias. casos practicos. sep. 2010 (9)
 
Impuesto a la Renta Perú
Impuesto a la Renta PerúImpuesto a la Renta Perú
Impuesto a la Renta Perú
 
Tributaria
TributariaTributaria
Tributaria
 
Preaviso
PreavisoPreaviso
Preaviso
 
Codigo tributario neumann
Codigo tributario   neumannCodigo tributario   neumann
Codigo tributario neumann
 
Renta de cuarta categoria
Renta de cuarta categoriaRenta de cuarta categoria
Renta de cuarta categoria
 
Iva powerpoint
Iva powerpoint Iva powerpoint
Iva powerpoint
 
PPT-NIIF 15.pptx
PPT-NIIF 15.pptxPPT-NIIF 15.pptx
PPT-NIIF 15.pptx
 
Art 37 38 lisr
Art 37 38 lisrArt 37 38 lisr
Art 37 38 lisr
 
Modelos de revaluacion
Modelos de revaluacionModelos de revaluacion
Modelos de revaluacion
 

Similar a S1 ANALISIS DE LA REFORMA TRIBUTARIA 2022 - 06042022.pdf

Principales modificaciones tributarias
Principales modificaciones tributariasPrincipales modificaciones tributarias
Principales modificaciones tributarias
Lima Innova
 

Similar a S1 ANALISIS DE LA REFORMA TRIBUTARIA 2022 - 06042022.pdf (20)

Igv no domiciliado aplicacion
Igv no domiciliado  aplicacionIgv no domiciliado  aplicacion
Igv no domiciliado aplicacion
 
CODIGO TRIBUTARIO 2022.pdf
CODIGO TRIBUTARIO 2022.pdfCODIGO TRIBUTARIO 2022.pdf
CODIGO TRIBUTARIO 2022.pdf
 
LEGISLACION EMPRESARIAL CLASE # 1 Y #2 L-M OBLIG CONTRIBY.pptx
LEGISLACION EMPRESARIAL CLASE # 1 Y #2 L-M OBLIG CONTRIBY.pptxLEGISLACION EMPRESARIAL CLASE # 1 Y #2 L-M OBLIG CONTRIBY.pptx
LEGISLACION EMPRESARIAL CLASE # 1 Y #2 L-M OBLIG CONTRIBY.pptx
 
Pdf 0030 derecho de peticion cifin convertido
Pdf 0030 derecho de peticion cifin convertidoPdf 0030 derecho de peticion cifin convertido
Pdf 0030 derecho de peticion cifin convertido
 
Resumen Reforma Legal 2018
Resumen Reforma Legal 2018Resumen Reforma Legal 2018
Resumen Reforma Legal 2018
 
El Proceso Fiscalización Tributaria
El Proceso Fiscalización TributariaEl Proceso Fiscalización Tributaria
El Proceso Fiscalización Tributaria
 
30 puntos graves de la reforma fiscal aef
30 puntos graves de la reforma fiscal aef30 puntos graves de la reforma fiscal aef
30 puntos graves de la reforma fiscal aef
 
Portafolio insolvencia f
Portafolio insolvencia fPortafolio insolvencia f
Portafolio insolvencia f
 
Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.
Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.
Informe analítico de la Potestad Tributaria, La Extinción y su Determinación.
 
IMPUESTOS2.pptx
IMPUESTOS2.pptxIMPUESTOS2.pptx
IMPUESTOS2.pptx
 
Reformas al cff 2014
Reformas al cff 2014Reformas al cff 2014
Reformas al cff 2014
 
1422
14221422
1422
 
Semana 6 (1).pptx
Semana 6 (1).pptxSemana 6 (1).pptx
Semana 6 (1).pptx
 
La prescripción en materia tributaria
La prescripción en materia tributariaLa prescripción en materia tributaria
La prescripción en materia tributaria
 
Principales modificaciones tributarias
Principales modificaciones tributariasPrincipales modificaciones tributarias
Principales modificaciones tributarias
 
Multas Fiscales Mexico Exposicion
Multas Fiscales Mexico ExposicionMultas Fiscales Mexico Exposicion
Multas Fiscales Mexico Exposicion
 
Decreto supremo n° 3050  de enero 2017
Decreto supremo n° 3050  de enero 2017Decreto supremo n° 3050  de enero 2017
Decreto supremo n° 3050  de enero 2017
 
Rosibel angulo 26.836.272[1]
Rosibel angulo 26.836.272[1]Rosibel angulo 26.836.272[1]
Rosibel angulo 26.836.272[1]
 
Rosibel angulo 26.836.272[1]
Rosibel angulo 26.836.272[1]Rosibel angulo 26.836.272[1]
Rosibel angulo 26.836.272[1]
 
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
La clausura preventiva aplicada por arba y la violación de los derechos del c...
 

Último

Informe_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docx
Informe_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docxInforme_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docx
Informe_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docx
CandoCuya1
 
CV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas Duran
CV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas DuranCV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas Duran
CV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas Duran
MayliRD
 
Fundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdf
Fundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdfFundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdf
Fundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdf
schicaizas
 

Último (20)

DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdfDOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
DOC-20240503-WA0003. cadena de valor.pdf
 
BPM-N_Administración Servicio y Calidad.pdf
BPM-N_Administración Servicio y Calidad.pdfBPM-N_Administración Servicio y Calidad.pdf
BPM-N_Administración Servicio y Calidad.pdf
 
Informe_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docx
Informe_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docxInforme_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docx
Informe_Técnico_-_PPLA_Marzo_2024,_Area_Electricidad_Rev_3.docx
 
proyecto gastronomico comidas tradicionales
proyecto gastronomico comidas tradicionalesproyecto gastronomico comidas tradicionales
proyecto gastronomico comidas tradicionales
 
OBRAS QUE NO NECESITAN PERMISO DE CONSTRUCCIÓN
OBRAS QUE NO NECESITAN PERMISO DE CONSTRUCCIÓNOBRAS QUE NO NECESITAN PERMISO DE CONSTRUCCIÓN
OBRAS QUE NO NECESITAN PERMISO DE CONSTRUCCIÓN
 
catalogo de rodamientos nks linea pesada
catalogo de rodamientos nks linea pesadacatalogo de rodamientos nks linea pesada
catalogo de rodamientos nks linea pesada
 
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdfPresentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
Presentación Gestión Corporativa Azul_20240511_200743_0000.pdf
 
CV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas Duran
CV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas DuranCV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas Duran
CV MAYLI cv_Mayli Rojas Duran cv_Mayli Rojas Duran
 
MANUAL PROCEDIMIENTOS BOMBEROS SOPO CUNDI
MANUAL PROCEDIMIENTOS BOMBEROS SOPO CUNDIMANUAL PROCEDIMIENTOS BOMBEROS SOPO CUNDI
MANUAL PROCEDIMIENTOS BOMBEROS SOPO CUNDI
 
CURRICULUM VITAE-MARIELENA ANGIE SOPAN VIGO.pdf
CURRICULUM VITAE-MARIELENA ANGIE SOPAN VIGO.pdfCURRICULUM VITAE-MARIELENA ANGIE SOPAN VIGO.pdf
CURRICULUM VITAE-MARIELENA ANGIE SOPAN VIGO.pdf
 
NGANGAS_pdf.pdf9uhrg9hrg8hre8rg8rg4tg45g4
NGANGAS_pdf.pdf9uhrg9hrg8hre8rg8rg4tg45g4NGANGAS_pdf.pdf9uhrg9hrg8hre8rg8rg4tg45g4
NGANGAS_pdf.pdf9uhrg9hrg8hre8rg8rg4tg45g4
 
CURRICULUM VITAEMOISES PIZANGOTAPULLIMA .pdf
CURRICULUM VITAEMOISES PIZANGOTAPULLIMA .pdfCURRICULUM VITAEMOISES PIZANGOTAPULLIMA .pdf
CURRICULUM VITAEMOISES PIZANGOTAPULLIMA .pdf
 
CONTRATO DE TRABAJO EN COLOMBIA PPT.pptx
CONTRATO DE TRABAJO  EN COLOMBIA PPT.pptxCONTRATO DE TRABAJO  EN COLOMBIA PPT.pptx
CONTRATO DE TRABAJO EN COLOMBIA PPT.pptx
 
mi Curriculum vitaebreendamaldonadosilvapdf
mi Curriculum vitaebreendamaldonadosilvapdfmi Curriculum vitaebreendamaldonadosilvapdf
mi Curriculum vitaebreendamaldonadosilvapdf
 
GRUPO 14-DIAPOSITIVAS DEL PROYECTO.pptx,
GRUPO 14-DIAPOSITIVAS DEL PROYECTO.pptx,GRUPO 14-DIAPOSITIVAS DEL PROYECTO.pptx,
GRUPO 14-DIAPOSITIVAS DEL PROYECTO.pptx,
 
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1500 actualizada 2023.pptx
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1500 actualizada 2023.pptxNORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1500 actualizada 2023.pptx
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 1500 actualizada 2023.pptx
 
Dinamica del plan contable general empresarial.pptx
Dinamica del plan contable general empresarial.pptxDinamica del plan contable general empresarial.pptx
Dinamica del plan contable general empresarial.pptx
 
Fundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdf
Fundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdfFundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdf
Fundamentos_de_ADMINISTRACION_CONCEPTOS.pdf
 
Operación y Apilador electrico en el trabajo
Operación y Apilador electrico en el trabajoOperación y Apilador electrico en el trabajo
Operación y Apilador electrico en el trabajo
 
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE  INCERTIDUMBREDISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE  INCERTIDUMBRE
DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN MOMENTOS DE INCERTIDUMBRE
 

S1 ANALISIS DE LA REFORMA TRIBUTARIA 2022 - 06042022.pdf

  • 1. Dr. Julio Raggio Villanueva Abril - 2022
  • 2.
  • 3. CAMBIOS NORMATIVOS ✓ Claramente orientados a cerrar brechas. ✓ Normas antielusivas y que buscan impedir evasión tributaria. ✓ Nuevas reglas, nuevas obligaciones, nuevas restricciones. ✓ Creación de nuevas categorías de contribuyentes que buscan facilitar las acciones de fiscalización para con los contribuyentes. INTRODUCCIÓN
  • 4. CAMBIOS NORMATIVOS ✓ Nueva clasificación administrativa en base a cumplimiento y comportamiento tributario. ✓ Mayor nivel de riesgo para contribuyentes incumplidos. INTRODUCCIÓN
  • 5.
  • 6. ✓ Cambios profundos. ✓ Nuevas facultades ✓ Nuevos criterios ✓ Nuevas reglas para inscripción de oficio Decreto Legislativo 1524 Ley del RUC
  • 7. Art. 2; Sujeto obligados a inscribirse en el RUC aquellos que: ✓ por el tipo, cantidad o valor de los bienes de su propiedad ✓ por el tipo o valor de los servicios que consumen la Sunat considere necesaria su inscripción al registro. NUEVOS SUJETOS OBLIGADOS A INSCRIBIRSE patrimonio consumos Ley del RUC
  • 8. Art. 3; Del número de RUC El número del RUC debe ser ✓ Consignado en toda documentación en la que se oferten bienes y/o servicios, incluso por plataformas digitales de comercio electrónico, redes sociales, páginas web, correos publicitarios, apps móviles, etc. ✓ Se debe consignar RUC + nombre o razón social USO OBLIGATORIO DEL RUC Ley del RUC
  • 9. Art. 4; Exigencia del RUC El número del RUC debe ser ✓ Exigido cuando existan documentos con lo que se inicien procedimientos, actos u operaciones en donde se pida identificar a los sujetos que participan en ellos Ley del RUC
  • 10. Art. 6; Facultad de la SUNAT para el funcionamiento del RUC Sunat puede ✓ Señalar los bienes o servicios que sustentan la obligación de inscribirse en el RUC ✓ Establecer su valor, fecha en que se fija el valor, y forma como se valorizan, y cantidad de bienes Nuevas facultades de Sunat Sunat, a su discreción Fijar parámetros Ley del RUC
  • 11. Art. 6; Facultad de la SUNAT para el funcionamiento del RUC Esta facultad incluye la de establecer que determinados terceros puedan realizar, conforme al procedimiento que establezca la SUNAT, la inscripción en el RUC de aquellos sujetos obligados con los que tengan contacto por las funciones o actividades que desempeñan. El procedimiento que se regule para dicho efecto debe asegurar la correcta identificación del sujeto cuyo trámite de inscripción realiza el tercero. Mediante RS de sunat Ley del RUC Nuevas facultades de Sunat
  • 12. Art. 7; Normas especiales ✓ Los actos administrativos para la inscripción de oficio se notifican por la web de la Sunat. ✓ La impugnación de la inscripción de oficio, o de la exclusión del RUC, o de la modificación de datos se rige por la LPAG. Segunda DF Las entidades públicas tienen 60 dh, contados desde la vigencia del D.LEG. 1524, para adecuar sus TUPA. Ley del RUC
  • 13. Se modifica el Art. 173 del CT ✓ Constituyen infracciones relacionadas con la obligación de inscribirse, actualizar o acreditar la inscripción en los registros de la Administración Tributaria, o de solicitar que se acredite dicha inscripción o de publicitar el número de registro asignado: 8. No solicitar o no verificar el número de RUC en los procedimientos, actos u operaciones que la normativa tributaria establezca. 9. No consignar el número de RUC en la documentación mediante la cual se oferte bienes y/o servicios conforme a lo que la normativa tributaria establezca Ley del RUC
  • 14. Se modifica el Art. 173 del CT Decreto Legislativo 1524 TABLA I Numeral 8 1 UIT Numeral 9 30% UIT TABLA II Numeral 8 50% UIT Numeral 9 15% UIT TABLA III Numeral 8 Numeral 9 0.2% de I Ley del RUC
  • 15. INCLUSIÓN DE OFICIO AL REGIMEN GENERAL ✓ Los que no se encuentran inscritos en el RUC o están con baja, procede de oficio a inscribirlos o a reactivar el RUC y a afectarlos al Régimen General del Impuesto a la Renta. ✓ La afectación operará a partir de la fecha de generación de los hechos imponibles determinados por la SUNAT, la que podrá ser incluso anterior a la fecha de la detección, inscripción o reactivación de oficio. ✓ Para los que si estén inscritos, pero no estén afectos al R.Gral, se les dará de alta en dicho régimen. Ley del RUC
  • 16. INCLUSIÓN DE OFICIO AL REGIMEN GENERAL Excepcionalmente, • RUS • RER • RMT • Si cumplen condiciones • Se acogen hasta la fecha de vencimiento del mes en que se notificó la inscripción o reactivación de oficio. Notificación via publicación en web de Sunat…. Ley del RUC
  • 17.
  • 18. ✓ NUEVOS MONTOS Desde el 1 de abril de 2022 • 2, 000 soles • 500 Dólares Aun cuando haya pagos parciales Art. 4, modificado por D.Leg. 1529 Ley de Bancarización
  • 19. RECORDAR: Siempre se debe usar medios de pago, sin monto mínimo, cuando: a) Cuando se entregue o devuelva montos de dinero por mutuos, sea cual fuere el monto del referido contrato. b) Cuando exista obligación de pagar las remuneraciones y beneficios sociales a través de las entidades del sistema financiero, conforme a lo señalado en el Artículo 20 del Decreto Legislativo 1499 Aun no vigente, pero ojo a lo que se publique Art. 3, modificado por D.Leg. 1529 Ley de Bancarización
  • 20. IMPORTANTE SE REDUCE DE 3 A 1 UIT la bancarización obligatoria en los casos de: a) La constitución o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles; b) la transferencia de propiedad o constitución de derechos reales sobre vehículos, nuevos o usados, ya sean aéreos, marítimos o terrestres; y, c) la adquisición, aumento y reducción de participación en el capital social de una persona jurídica. Art. 3, modificado por D.Leg. 1529 Ley de Bancarización
  • 21. NUEVAS REGLAS PARA PAGOS A NO DOMICILIADOS El pago de obligaciones a personas naturales y/o jurídicas no domiciliadas que deba realizarse con los Medios de Pago a que se refiere el artículo 5, puede canalizarse a través de empresas del Sistema Financiero o de empresas bancarias o financieras no domiciliadas, en los casos que el obligado realice operaciones de comercio exterior, incluidas las originadas por la adquisición de predios y derechos relativos a los mismos, acciones y otros valores mobiliarios, así como las operaciones previstas en el artículo 3-A. Art. 4, modificado por D.Leg. 1529 ERROR Ley de Bancarización
  • 22. • El pago a personas naturales y/o jurídicas no domiciliadas, • que deba realizarse con los Medios de Pago • puede canalizarse a través de ESF (peruano) o de empresas bancarias o financieras no domiciliadas, • en los casos que el obligado realice operaciones de comercio exterior, incluidas las originadas por la adquisición de predios y derechos relativos a los mismos, acciones y otros valores mobiliarios, así como las operaciones previstas en el artículo 3-A. Art. 3, modificado por D.Le. 1529 NO EXISTE NUEVAS REGLAS PARA PAGOS A NO DOMICILIADOS Ley de Bancarización
  • 23. Art. 3, modificado por D.Le. 1529 DCF Tercera. Uso de medios de pago a través de empresas bancarias o financieras no domiciliadas En ningún caso se considera cumplida la obligación de utilizar Medios de Pago a que se refiere la Ley, cuando los pagos se canalicen a través de empresas bancarias o financieras que sean residentes de países o territorios no cooperantes o de baja o nula imposición o establecimientos permanentes situados o establecidos en tales países o territorios. Norma antielusiva vigente desde el 01/01/2023 NUEVAS REGLAS PARA PAGOS A NO DOMICILIADOS Ley de Bancarización
  • 24. Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529 Artículo 5-A.- Uso de Medios de Pago El uso de Medios de Pago establecido en esta Ley se tiene por cumplido solo si el pago se efectúa directamente al acreedor, proveedor del bien y/o prestador del servicio, o cuando dicho pago se realice a un tercero designado por aquel, siempre que tal designación se comunique a la SUNAT con anterioridad al pago, en la forma y condiciones que esta señale mediante resolución de superintendencia. ? ¿Qué significa esta norma? NUEVO REQUISITO PARA PAGOS Ley de Bancarización
  • 25. Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529 ¿Solo puede pagar el cliente? ¿Solo se puede pagar a las cuentas del proveedor? Si esto fuese así, ya no podrían a ver las empresas administradoras de pago, ni vales alimenticios, ni pagos por agente de aduanas, ni… ASI ES! La nueva reglas señala que los pagos solo SE DEBEN abonar a una cuenta cuyo titular es el proveedor . POR EXCEPCION Se puede pagar a un tercero, previa comunicación a la SUNAT. NUEVO REQUISITO PARA PAGOS Ley de Bancarización
  • 26. Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529 DCF Cuarta. Designación de tercero para el pago En tanto no se señale la forma y condiciones en las que se efectuará la comunicación a que se refiere el artículo 5-A de la Ley, dicha comunicación deberá presentarse en las dependencias de la SUNAT o a través de la Mesa de Partes Virtual de esta. LA COMUNICACIÓN LA PRESENTA EL PROVEEDOR • “A quien corresponda” • Número de su factura o RHE • Importe a pagar • RUC e Identificación del tercero • Cuenta Bancaria del tercero. Desde el 01/04/2022 NUEVAS REQUISITO PARA PAGOS Ley de Bancarización
  • 27. Art. NUEVO, incorporado por D.Leg. 1529 1. Carta a su cliente, con la instrucción de pago irrevocable, indicando el nombre del tercero a quien pagar. 2. Adjuntar la carta enviada a la Sunat, más la constancia de presentación. Después que el proveedor ha presentado la comunicación a la Sunat… Ley de Bancarización
  • 28.
  • 29. • Decreto Legislativo 1520 • Notarios deben requerir que se acredite el pago del • Impuesto a la Propiedad Predial • Impuesto de Alcabala • Impuesto Vehicular. • Para la formalización e inscripción de transferencias de inmuebles y vehículos. • Los municipios pueden emitir “Constancia de No adeudos” Ley de Tributación Municipal
  • 30. • Decreto Legislativo 1520 • Impuesto Vehicular, desde el 2022 • Incluye a los Tracto Camiones, • Inafectación al pago, para los bienes propiedad de una Persona Jurídica que no formen parte de su activo fijo, con excepción de transferencias con reserva de propiedad • Tasa del 0% para los casos de vehículos robados, hurtados o siniestrados y cuyo valor disminuyó más del 50% Ley de Tributación Municipal
  • 31.
  • 32. Decreto Legislativo 1519 • Hasta el 31 de diciembre de 2024 • Decreto Legislativo N° 783 sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones e importaciones de misiones diplomáticas. APCI – Restitución del fondo de donaciones. • Exoneración del IGV en la emisión de dinero electrónico de la Ley 29985 • Hasta el 31 de diciembre de 2022 • Exoneración de bienes de Canasta Básica (Apéndice I) y servicios (Apéndice II) Ley del IGV e ISC
  • 33. ✓ Cambios vigentes desde el 27/03/2022 (D.Leg. 1540) • Simplificar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes teniendo en cuenta el uso de herramientas tecnológicas Pero en realidad: Ley del IGV e ISC Incrementa las facultades de Sunat para determinar deuda Establece la creación de un R/Ventas “oficial” que tiene más valor que el del contribuyente
  • 34. ✓ Cambios vigentes desde el 27/03/2022 (D.Leg. 1540) Ley del IGV e ISC Art. 19° a) Que el impuesto general esté consignado por separado en el comprobante de pago que acredite la compra del bien, el servicio afecto, el contrato de construcción o, de ser el caso, en la nota de débito, o en la copia autenticada por el Agente de Aduanas o por el fedatario de la Aduana de los documentos emitidos por la SUNAT, que acrediten el pago del impuesto en la importación de bienes. Los comprobantes de pago y documentos, a que se hace referencia en el presente inciso, son aquellos que, de acuerdo con las normas pertinentes, sustentan el crédito fiscal.
  • 35. ✓ Cambios vigentes desde el 27/03/2022 (D.Leg. 1540) Ley del IGV e ISC Art. 19° a) Que el impuesto esté consignado por separado en el comprobante de pago que acredite la compra del bien, el servicio afecto, el contrato de construcción o, de ser el caso, en la nota de débito, o en los documentos emitidos por la SUNAT que acrediten el pago del impuesto en la importación de bienes. (…) Ya no servirán las copias Sólo los originales emitidos por Sunat Amplía la gama de documentos que pueden sustentar el Crédito Fiscal
  • 36. ✓ Cambios vigentes desde el 01/07/2024 (D.Leg. 1540) Ley del IGV e ISC Art. 37°.- DE LOS REGISTROS Y OTROS MEDIOS DE CONTROL La SUNAT podrá, por el contribuyente, generar el Registro de Ventas e Ingresos y/o anotar las operaciones que correspondan con la información de los CPE, N/Cr y N/Db u otros que el contribuyente hubiere emitido en alguno de los SEE o que hubieran sido informados a la SUNAT. sin perjuicio de los ajustes posteriores que el contribuyente
  • 37. ✓ Cambios vigentes desde el 01/07/2024 (D.Leg. 1540) Ley del IGV e ISC Art. 37°.- DE LOS REGISTROS Y OTROS MEDIOS DE CONTROL La generación del R/Ventas e Ingresos y/o la anotación de operaciones que realice la SUNAT por el contribuyente se considera como efectuada por este para todos los efectos legales y no lo exime de las infracciones que se configuren por haber incumplido las obligaciones vinculadas a dicho registro ni limita las facultades de fiscalización de la SUNAT. NO OLVIDAR NO ENVIAR EL REGISTRO IMPLICA NO TENER LIBRO ELECTRÓNICO
  • 38.
  • 39. ✓ Modificación de tipos penales. ✓ Precisiones en relación a la mercadería comisada. ✓ Recompensas. ✓ Cambios vigentes a partir de la fecha de entrada en vigor del Decreto Supremo que adecúa el Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 121-2003-EF Ley de Delitos Aduaneros
  • 40. CONTRABANDO ✓ Pasamos de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan las modalidades del tipo penal. Ley de Delitos Aduaneros a) Interna mercancías del extranjero al territorio nacional sustrayendo, eludiendo o burlando el control aduanero. b) Extrae mercancías del territorio nacional sustrayendo, eludiendo o burlando el control aduanero. c) No presenta las mercancías para la verificación, reconocimiento físico u otra acción de control aduanero dentro del proceso de despacho aduanero.
  • 41. CONTRABANDO ✓ Pasamos de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan las modalidades del tipo penal. Ley de Delitos Aduaneros d) Extrae, consume, dispone o utiliza las mercancías que se encuentran en la zona primaria delimitada por la LGA, sin que se haya otorgado el levante o autorizado el retiro. e) Consume, almacena, dispone o utiliza las mercancías durante el traslado, autorizado, de una zona primaria a otra, para su reconocimiento físico u otra acción de control aduanero, sin el pago previo de los tributos o gravámenes
  • 42. CONTRABANDO ✓ Pasamos de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan las modalidades del tipo penal. Ley de Delitos Aduaneros f) Interna mercancías de una zona franca, zona de tratamiento aduanero especial o zona de tributación especial y sujeta a un régimen especial arancelario hacia el resto del territorio nacional sin contar con la autorización, el pago previo de los tributos diferenciales o sin el cumplimiento de otros requisitos de ley. g) Conduce en cualquier medio de transporte, hace circular, embarca, desembarca o transborda mercancías dentro del territorio nacional, sin que hayan sido sometidas al control aduanero
  • 43. CONTRABANDO Ley de Delitos Aduaneros ? ¿esto significa que únicamente es contrabando las conductas o acciones que “encajan” en las definiciones dadas? Monto mínimo de 4UIT
  • 44. DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS ✓ Igualmente se pasa de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan las modalidades del tipo penal. Ley de Delitos Aduaneros … el que, mediante trámite aduanero, valiéndose de artificio, engaño, astucia u otra forma fraudulenta: ✓ Deja de pagar en todo o en parte los tributos, recargos o cualquier otro importe a consecuencia de la utilización de documentación o información falsa, adulterada, indebida o incompleta, con relación al valor, calidad, cantidad, peso, especie, antigüedad, estado, origen, marca, código, serie, modelo, rotulado, etiquetado, u otra información de las mercancías, así como de la indebida asignación de la subpartida nacional.
  • 45. DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS ✓ Igualmente se pasa de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan las modalidades del tipo penal. Ley de Delitos Aduaneros … el que, mediante trámite aduanero, valiéndose de artificio, engaño, astucia u otra forma fraudulenta: ✓ Obtiene o aprovecha ilícitamente una exoneración, inafectación, incentivo, devolución, beneficio tributario, beneficio aduanero u otro beneficio de cualquier índole indebidamente obtenido. i. Uso de información falsa, adulterada… ii. Simulación total o parcial de una operación. iii. Sobrevaloración o subvaluación de las mercancías. iv. Alteración de las características de las mercancías. v. Indebida asignación de subpartida nacional u origen vi. Utilización o disposición indebida de las mercancías inafectas, exoneradas o con suspensión del pago de tributos
  • 46. DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS ✓ Igualmente se pasa de una definición genérica a otra en donde se precisan y detallan las modalidades del tipo penal. Ley de Delitos Aduaneros … el que, mediante trámite aduanero, valiéndose de artificio, engaño, astucia u otra forma fraudulenta: c) Consume, almacena, utiliza, sustrae o dispone de las mercancías en tránsito, transbordo, reembarque o durante su traslado a una zona franca, zona de tratamiento aduanero especial o zona de tributación especial, incumpliendo la legislación nacional.
  • 47. Ley de Delitos Aduaneros ? ¿esto significa que únicamente es defraudación de rentas las conductas o acciones que “encajan” en las definiciones dadas? Monto mínimo de 1UIT DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANAS Conclusión de procesos penales con montos menores a 1 UIT
  • 48. Ley de Delitos Aduaneros OTRAS DISPOSICIONES ✓ Se precisan lo que puede hacer la SUNAT con la mercadería vinculada a delitos aduaneros, cuando es decomisada. ✓ Se establece el pago de recompensas a quien denuncie con pruebas, la comisión de delitos tributarios. ✓ Se indica que las tipificaciones de esta norma se aplicarán a los procesos penales en trámite.