LA SUPREMACÍALA SUPREMACÍA
CONSTITUCIONAL Y LOSCONSTITUCIONAL Y LOS
SISTEMA DE CONTROLSISTEMA DE CONTROL
CONSTITUCIONALCONSTITUCIONAL
Dra. Silvia Carolina CarolinaDra. Silvia Carolina Carolina
Aguilar Krugg.Aguilar Krugg.
TEORIA CONSTITUCIONALTEORIA CONSTITUCIONAL
MODERNAMODERNA
TEORIA CONSTITUCIONAL
SUPREMACÍA
CONSTITUCIONAL
CONTROL
CONSTITUCIONAL
ESTADO CONSTITUCIONALESTADO CONSTITUCIONAL
DEMOCRATICODEMOCRATICO
ESTADO CONSTITUCIONAL
DEMOCRATICO
SUPREMACÍA JURIDICA
CONSTITUCIONAL
PRINCIPIO POLITICO
DEMOCRATICO
Primacía y eficacia jurídica constitucional
Sistema Democracia -Representativa
EXISTENCIA Y JUSTIFICACION DELEXISTENCIA Y JUSTIFICACION DEL
TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:
Existencia y Justificación.
GARANTIA DEL RESPETO DEL PRINCIPIO
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
SOBERANIA POPULAR O
DEMOCRATICA
SUPREMACÍA CONSTITUCIONALSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
 El artículo 51º de la Constitución Peruana señala que:El artículo 51º de la Constitución Peruana señala que:
“La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la“La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la
ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y asíley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así
sucesivamente.” En tal sentido se impone a todos lossucesivamente.” En tal sentido se impone a todos los
peruanos, como principio constitucional, la primacía deperuanos, como principio constitucional, la primacía de
la Constitución y la ley, según el cual debemosla Constitución y la ley, según el cual debemos
obediencia plena a la Constitución Política del Estado.obediencia plena a la Constitución Política del Estado.
ANTECEDENTESANTECEDENTES
EDAD ANTIGUA: GRECIA:
Pueblo soberano por encima de la soberanía ley.
FINALIDAD: Dotar de estabilidad a
las normas
Graphe paranomon
Ciudadano griego: defensor de la ley, acusador
y persigue al autor de moción ilegal.
Presidente de Ecklesia
Ordenaba suspensión del decreto hasta sentencia.
Sanción al autor:
Llegaba hasta la pena de muerte.
ANTECEDENTESANTECEDENTES
EDAD MEDIA:EL JUSTICIA DE ARAGON
Jurisdicción destinada a proteger los derechos
de la persona frente a la arbitrariedad.
Juez Supremo: “El Justicia”
Garantías propias de juez y correlativa
responsabilidad ante las Cortes.
Rey le debía obediencia en los mismos
Términos que sus súbditos.
ANTECEDENTES:ANTECEDENTES:
EDAD MODERNA: Pacto Popular(1647)
Instrumento de Gobierno( 1653)
Características básicas de la Constitución
Formal.
Elaborado por el Consejo de Oficiales.
Establece separación entre Poder
Constituyente y Poder Legislativo.
ANTECEDENTESANTECEDENTES
AD MODERNA:Constitución Federal de
EEUU 1787.
Valor del principio de
soberanía popular.
Ningún acto legislativo contrario
a la Constitución puede ser válido.
SUPREMACÍA CONSTITUCIONALSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
SUPREMACÍA
CONSITUCIONAL
SENTIDO FACTICO:
contenido
SENTIDO FORMAL:
Escala normativa.
Constitución material
Base de todo el orden jurídico –político E°
Constitución Formal-superlegalidad
Ser congruente con la Const.
SUPREMACÍA MATERIALSUPREMACÍA MATERIAL
SUPREMACÍA MATERIAL
La Constitución organiza y establece las
competencias de los órganos del poder público
Asegura para todas las personas
un refuerzo de la legalidad
Siendo nulos todas los actos que emanen de
los gobernantes así como nulas todas las leyes
contrarias a la Constitución .
CONSECUENCIAS ESENCIALESCONSECUENCIAS ESENCIALES
DE LA SUPREMACÍA MATERIALDE LA SUPREMACÍA MATERIAL
CONSECUENCIAS ESENCIALES
DE LA
SUPREMACÍA MATERIAL
CONTROL DE LA
CONSTITUCIONALIDAD.
IMPOSIBILIDAD JURIDICA DE QUE
LOS ORGANOS DELEGUEN
EJERCICIO DE COMPETENCIAS.
SUPREMACÍA FORMAL DE LASUPREMACÍA FORMAL DE LA
CONSTITUCIONCONSTITUCION
SUPREMACÍA FORMAL DE
LA CONSTITUCION
Es fruto de la voluntad suprema,
extraordinaria y directa del poder constitu
La modificación de sus normas
exigen procedimientos especiales
CONSECUENCIAS DE LACONSECUENCIAS DE LA
SUPREMACÍA FORMALSUPREMACÍA FORMAL
CONSECUENCIAS DE LA SUPREMACÍA
FORMAL
La rigidez constitucional
El establecimiento de un proceso legislativo al que deben
ajustarse los órganos competentes para dictar las leyes
La promulgación solemne de la Constitución
Estilo peculiar de las fórmulas y expresiones gramaticales
que acusan el valor básico de los principios proclamados
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:GRADACIONSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:GRADACION
JERARQUICO DEL ORDEN JURIDICO DERIVADO.JERARQUICO DEL ORDEN JURIDICO DERIVADO.
 . Los más altos. Los más altos
subordinan a lossubordinan a los
inferiores,inferiores,
 Todo el conjunto se debeTodo el conjunto se debe
subordinar a lasubordinar a la
constitución.constitución.
 Cuando esa relación deCuando esa relación de
coherencia se rompe, haycoherencia se rompe, hay
un vicio o defecto , queun vicio o defecto , que
llamamosllamamos
“inconstitucionalidad” o“inconstitucionalidad” o
“anti-constitucionalidad”.“anti-constitucionalidad”.
PRINCIPIO DE SUPREMACIAPRINCIPIO DE SUPREMACIA
CONSTITUCIONALCONSTITUCIONAL
PRINCIPIO DE SUPREMACÍA
CONSTITUCIONAL
TEORIA DEL PODER
CONSTITUYENTE
TIPOLOGIA DE LA
CONSITUCION ESCRITA O RIGIDA
FUNDAMENTOS DE LAFUNDAMENTOS DE LA
SUPREMACÍA CONSTITUCIONALSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
FUNDAMENTOS
ES FUENTE DE FUENTES
Es fundante, porque crea el orden jurídico y estatal
Limita, encuadra y orienta los actos, la conducta y gestión de los gobernantes y gobernados
Garantiza el equilibrio en el ejercicio del poder político
. Protege y desarrolla los derechos fundamentales de la persona
. Legaliza y legitima el sistema político
Es permanente
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL
FINALIDAD
FINALIDAD
UNIDAD
PLENA CONSTITUCIONALIDAD
SISTEMA JURÍDICO.
PLENA VIGENCIA DE LOS DERECHOS
FUNDAMENTALES.
SUPREMACÍA
CONSTITUCIONAL:TC.
CONTROLA
ASEGURA
LA GARANTIA JURISDICCIONAL
Es inherente a su condición de norma
suprema.200
EQUILIBRIO NECESARIO:38,45,51
Impedir que los otros órganos
constitucionales esten exentos.
CONTROLAR LA CONSTITUCIONALIDAD DE SU
PRODUCCIÓN NORMATIVA.
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:SEPARACION DE
PODERES. en la consolidación de la fuerza
normativa de la Constitución
SEPARACION DE PODERES:
(Art.43. Const.)
Todos ejercen una función complementaria
Poderes constituídos-principio de
corrección funcional.
Sin interferir en las competencias de otro.
PRINCIPIO DE SUPREMACÍA
CONSTITUCIONAL Y PRINCIPIO
DE LEGALIDAD.
PRIORIZAR
Contenido el principio de supremacía de la
Constitución.
,
Así como el de su fuerza normativa
Fundamentos mismos del Estado
constitucional y democrático
CONTROL DE LACONTROL DE LA
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
 ““Cuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra deCuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra de
inferior jerarquía, el Juez debe preferir la primera, siempre que ello seainferior jerarquía, el Juez debe preferir la primera, siempre que ello sea
relevante para resolver la controversia y no sea posible obtener unarelevante para resolver la controversia y no sea posible obtener una
interpretación conforme a la Constitución. Los Jueces no pueden dejar deinterpretación conforme a la Constitución. Los Jueces no pueden dejar de
aplicar una norma cuya constitucionalidad haya sido confirmada en unaplicar una norma cuya constitucionalidad haya sido confirmada en un
proceso de inconstitucionalidad o en un proceso de acción popular. Losproceso de inconstitucionalidad o en un proceso de acción popular. Los
Jueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y losJueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y los
reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme areglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a
la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas porla interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por
el Tribunal Constitucional”. Esta norma sobre control difuso deel Tribunal Constitucional”. Esta norma sobre control difuso de
constitucionalidad se encuentra en el Código Procesal Constitucionalconstitucionalidad se encuentra en el Código Procesal Constitucional
peruano (art. VI)peruano (art. VI)
SISTEMA DE CONTROLSISTEMA DE CONTROL
CONSTITUCIONAL:CONSTITUCIONAL:
AMERICA:
CORTE DE CADIZ 1812
NO EXISTIA MECANISMO ESPECIFICO
SOLO EXISTIA PROCEDIMIENTO DE
CONTROL INFRACCIONES EN LA CONST.
SISTEMA DE CONTROLSISTEMA DE CONTROL
CONSTITUCIONALCONSTITUCIONAL
PERU
Carta de 1856, en el artículo 10° señalaba que
toda ley era nula si era contraria a la Constitución
un principio inconcluso que no significaba la institución de
ningún control constitucional, pero esa Carta
fue derogada y dejada sin efecto por la Constitución de 1920
1920 se plante en el Gob de Prado el control a traves del
Poder Judicial, fue denegado.
SISTEMA DE CONTROLSISTEMA DE CONTROL
CONSTITUCIONAL.CONSTITUCIONAL.
PERU
En 1922, en la Comisión Reformadora del Código Civil
que en caso de conflicto entre una norma constitucional
y una legal, los jueces debían preferir la primera.
CC.1936 Y LOPJ 1963
Constitución de 1979, donde se habla de un control difuso y en el
Código Civil de 1936 y se incorporó como novedad el
Tribunal de Garantías Constitucionales
Constitución Vigente de 1993:
Judicial, Difuso y Concentrado.
SISTEMAS DE CONTROL DESISTEMAS DE CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
SISTEMA DE CONTROL
EN CUANTO AL ORGANO
VIA PROCESAL
POR SUS EFECTOS
SISTEMA POLITICO SISTEMA JUDICIAL DIFUSO
DIRECTA O DE ACCION
INDIRECTA O DE
EXCEPCION
ELEVACION DEL CASO
POR EL JUEZ
LIMITADO O
INTERPARTES
ERGA OMNES O
EXTRA PARTES
CONCENTRADO
SISTEMAS DE CONTROL DESISTEMAS DE CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
CONCEPTO
Mecanismo mediante el cual se invalidan aquellas
normas o actos que atentan contra la Constitución
vía de eliminar la inconstitucionalidad, previniéndola
o erradicándola después de que se ha producido
SISTEMA DE CONTROLSISTEMA DE CONTROL
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
CLASIFICACION
MODELOS CLASICOS
MODELOS
CONTEMPORANEOS
DIFUSO O
AMERICANO
CONCENTRADO O
EUROPEO
MIXTO MULTIPLE
SISTEMA DE CONTROL DESISTEMA DE CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
DIFUSO O AMERICANO
INAPLICACION DE LA NORMA QUE VIOLA
LA CONSTITUCION.
LA EJERCEN LOS JUECES Y AUTORIDAD
ADMINISTRATIVA. CONCENTRACION DE PODER
SISTEMA DE CONTROL DESISTEMA DE CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
CONCENTRADO O EUROPEO
Control a través de un órgano especial de
Carácter político.
Tiene facultad de dejar sin efecto la
normativa constitucional.
Es garantía de decisiones ponderadas.
Concentrado,derogatoria y abstracto.
Legislador negativo
Se acuerda vía acción.
SISTEMA DE CONTROL DESISTEMA DE CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDAD.CONSTITUCIONALIDAD.
SISTEMA MIXTO
OTORGA CONTROL A UN TRIBUNAL DE
JUSTICIA ORDINARIA.
SE FUSIONAN EL CONCENTRADO Y
DIFUSO.
SISTEMA DE CONTROL DESISTEMA DE CONTROL DE
CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD
SISTEMA MULTIPLE
CADA TRIBUNAL DE JUSTICIA SE ENCUENTRA EN
LA OBLIGACION DE APLICAR LA CONSTITUCION
SE CREA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
DECIDE INCONSTITUCIONALIDAD.
COEXISTE CON EL SISTEMA
CONCENTRADO Y DIFUSO
TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL:
Art.201 y 202.
CONSTITUCIONAL:
JURISDICCIONAL
POLITICO
TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Supremacía de la Constitución.
Respeto de los Derechos
Fundamentales
CONTROL CONSTITUCIONALCONTROL CONSTITUCIONAL
CONTROL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
PODER JUDICIAL
ORGANOS ADMINISTRATIVOS
ORGANOS PARTICULARES
CIUDADANOS
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
ART. 201. CONST.
FUNCION:
201 y 202 Const.
Es independiente y autónomo”
en el ejercicio de sus competencias,
Intérprete supremo de la Constitución
Pleno respeto por los límites que de la propia
Norma Fundamental deriven
Organo de control de la Constitución
Goza de un amplio margen en la determinación de los
métodos interpretativos e integrativos .
CONTROL CONSTITUCIONAL Y
EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD:
Nuevo concepto.
La ejecución y el cumplimiento de lo que
establece una ley
Su compatibilidad con el orden objetivo de
principios y valores constitucionales
RAZONABILIDAD
RACONALIDAD
PROPORCIONALIDAD

Semana 7

  • 1.
    LA SUPREMACÍALA SUPREMACÍA CONSTITUCIONALY LOSCONSTITUCIONAL Y LOS SISTEMA DE CONTROLSISTEMA DE CONTROL CONSTITUCIONALCONSTITUCIONAL Dra. Silvia Carolina CarolinaDra. Silvia Carolina Carolina Aguilar Krugg.Aguilar Krugg.
  • 2.
    TEORIA CONSTITUCIONALTEORIA CONSTITUCIONAL MODERNAMODERNA TEORIACONSTITUCIONAL SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL CONTROL CONSTITUCIONAL
  • 3.
    ESTADO CONSTITUCIONALESTADO CONSTITUCIONAL DEMOCRATICODEMOCRATICO ESTADOCONSTITUCIONAL DEMOCRATICO SUPREMACÍA JURIDICA CONSTITUCIONAL PRINCIPIO POLITICO DEMOCRATICO Primacía y eficacia jurídica constitucional Sistema Democracia -Representativa
  • 4.
    EXISTENCIA Y JUSTIFICACIONDELEXISTENCIA Y JUSTIFICACION DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: Existencia y Justificación. GARANTIA DEL RESPETO DEL PRINCIPIO SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL SOBERANIA POPULAR O DEMOCRATICA
  • 5.
    SUPREMACÍA CONSTITUCIONALSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL El artículo 51º de la Constitución Peruana señala que:El artículo 51º de la Constitución Peruana señala que: “La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la“La Constitución prevalece sobre toda norma legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y asíley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente.” En tal sentido se impone a todos lossucesivamente.” En tal sentido se impone a todos los peruanos, como principio constitucional, la primacía deperuanos, como principio constitucional, la primacía de la Constitución y la ley, según el cual debemosla Constitución y la ley, según el cual debemos obediencia plena a la Constitución Política del Estado.obediencia plena a la Constitución Política del Estado.
  • 6.
    ANTECEDENTESANTECEDENTES EDAD ANTIGUA: GRECIA: Pueblosoberano por encima de la soberanía ley. FINALIDAD: Dotar de estabilidad a las normas Graphe paranomon Ciudadano griego: defensor de la ley, acusador y persigue al autor de moción ilegal. Presidente de Ecklesia Ordenaba suspensión del decreto hasta sentencia. Sanción al autor: Llegaba hasta la pena de muerte.
  • 7.
    ANTECEDENTESANTECEDENTES EDAD MEDIA:EL JUSTICIADE ARAGON Jurisdicción destinada a proteger los derechos de la persona frente a la arbitrariedad. Juez Supremo: “El Justicia” Garantías propias de juez y correlativa responsabilidad ante las Cortes. Rey le debía obediencia en los mismos Términos que sus súbditos.
  • 8.
    ANTECEDENTES:ANTECEDENTES: EDAD MODERNA: PactoPopular(1647) Instrumento de Gobierno( 1653) Características básicas de la Constitución Formal. Elaborado por el Consejo de Oficiales. Establece separación entre Poder Constituyente y Poder Legislativo.
  • 9.
    ANTECEDENTESANTECEDENTES AD MODERNA:Constitución Federalde EEUU 1787. Valor del principio de soberanía popular. Ningún acto legislativo contrario a la Constitución puede ser válido.
  • 10.
    SUPREMACÍA CONSTITUCIONALSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL SUPREMACÍA CONSITUCIONAL SENTIDOFACTICO: contenido SENTIDO FORMAL: Escala normativa. Constitución material Base de todo el orden jurídico –político E° Constitución Formal-superlegalidad Ser congruente con la Const.
  • 11.
    SUPREMACÍA MATERIALSUPREMACÍA MATERIAL SUPREMACÍAMATERIAL La Constitución organiza y establece las competencias de los órganos del poder público Asegura para todas las personas un refuerzo de la legalidad Siendo nulos todas los actos que emanen de los gobernantes así como nulas todas las leyes contrarias a la Constitución .
  • 12.
    CONSECUENCIAS ESENCIALESCONSECUENCIAS ESENCIALES DELA SUPREMACÍA MATERIALDE LA SUPREMACÍA MATERIAL CONSECUENCIAS ESENCIALES DE LA SUPREMACÍA MATERIAL CONTROL DE LA CONSTITUCIONALIDAD. IMPOSIBILIDAD JURIDICA DE QUE LOS ORGANOS DELEGUEN EJERCICIO DE COMPETENCIAS.
  • 13.
    SUPREMACÍA FORMAL DELASUPREMACÍA FORMAL DE LA CONSTITUCIONCONSTITUCION SUPREMACÍA FORMAL DE LA CONSTITUCION Es fruto de la voluntad suprema, extraordinaria y directa del poder constitu La modificación de sus normas exigen procedimientos especiales
  • 14.
    CONSECUENCIAS DE LACONSECUENCIASDE LA SUPREMACÍA FORMALSUPREMACÍA FORMAL CONSECUENCIAS DE LA SUPREMACÍA FORMAL La rigidez constitucional El establecimiento de un proceso legislativo al que deben ajustarse los órganos competentes para dictar las leyes La promulgación solemne de la Constitución Estilo peculiar de las fórmulas y expresiones gramaticales que acusan el valor básico de los principios proclamados
  • 15.
    SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:GRADACIONSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:GRADACION JERARQUICODEL ORDEN JURIDICO DERIVADO.JERARQUICO DEL ORDEN JURIDICO DERIVADO.  . Los más altos. Los más altos subordinan a lossubordinan a los inferiores,inferiores,  Todo el conjunto se debeTodo el conjunto se debe subordinar a lasubordinar a la constitución.constitución.  Cuando esa relación deCuando esa relación de coherencia se rompe, haycoherencia se rompe, hay un vicio o defecto , queun vicio o defecto , que llamamosllamamos “inconstitucionalidad” o“inconstitucionalidad” o “anti-constitucionalidad”.“anti-constitucionalidad”.
  • 16.
    PRINCIPIO DE SUPREMACIAPRINCIPIODE SUPREMACIA CONSTITUCIONALCONSTITUCIONAL PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL TEORIA DEL PODER CONSTITUYENTE TIPOLOGIA DE LA CONSITUCION ESCRITA O RIGIDA
  • 17.
    FUNDAMENTOS DE LAFUNDAMENTOSDE LA SUPREMACÍA CONSTITUCIONALSUPREMACÍA CONSTITUCIONAL FUNDAMENTOS ES FUENTE DE FUENTES Es fundante, porque crea el orden jurídico y estatal Limita, encuadra y orienta los actos, la conducta y gestión de los gobernantes y gobernados Garantiza el equilibrio en el ejercicio del poder político . Protege y desarrolla los derechos fundamentales de la persona . Legaliza y legitima el sistema político Es permanente
  • 18.
  • 19.
    SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:TC. CONTROLA ASEGURA LA GARANTIA JURISDICCIONAL Esinherente a su condición de norma suprema.200 EQUILIBRIO NECESARIO:38,45,51 Impedir que los otros órganos constitucionales esten exentos. CONTROLAR LA CONSTITUCIONALIDAD DE SU PRODUCCIÓN NORMATIVA.
  • 20.
    SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL:SEPARACION DE PODERES.en la consolidación de la fuerza normativa de la Constitución SEPARACION DE PODERES: (Art.43. Const.) Todos ejercen una función complementaria Poderes constituídos-principio de corrección funcional. Sin interferir en las competencias de otro.
  • 21.
    PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONALY PRINCIPIO DE LEGALIDAD. PRIORIZAR Contenido el principio de supremacía de la Constitución. , Así como el de su fuerza normativa Fundamentos mismos del Estado constitucional y democrático
  • 22.
    CONTROL DE LACONTROLDE LA CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD  ““Cuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra deCuando exista incompatibilidad entre una norma constitucional y otra de inferior jerarquía, el Juez debe preferir la primera, siempre que ello seainferior jerarquía, el Juez debe preferir la primera, siempre que ello sea relevante para resolver la controversia y no sea posible obtener unarelevante para resolver la controversia y no sea posible obtener una interpretación conforme a la Constitución. Los Jueces no pueden dejar deinterpretación conforme a la Constitución. Los Jueces no pueden dejar de aplicar una norma cuya constitucionalidad haya sido confirmada en unaplicar una norma cuya constitucionalidad haya sido confirmada en un proceso de inconstitucionalidad o en un proceso de acción popular. Losproceso de inconstitucionalidad o en un proceso de acción popular. Los Jueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y losJueces interpretan y aplican las leyes o toda norma con rango de ley y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme areglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas porla interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional”. Esta norma sobre control difuso deel Tribunal Constitucional”. Esta norma sobre control difuso de constitucionalidad se encuentra en el Código Procesal Constitucionalconstitucionalidad se encuentra en el Código Procesal Constitucional peruano (art. VI)peruano (art. VI)
  • 23.
    SISTEMA DE CONTROLSISTEMADE CONTROL CONSTITUCIONAL:CONSTITUCIONAL: AMERICA: CORTE DE CADIZ 1812 NO EXISTIA MECANISMO ESPECIFICO SOLO EXISTIA PROCEDIMIENTO DE CONTROL INFRACCIONES EN LA CONST.
  • 24.
    SISTEMA DE CONTROLSISTEMADE CONTROL CONSTITUCIONALCONSTITUCIONAL PERU Carta de 1856, en el artículo 10° señalaba que toda ley era nula si era contraria a la Constitución un principio inconcluso que no significaba la institución de ningún control constitucional, pero esa Carta fue derogada y dejada sin efecto por la Constitución de 1920 1920 se plante en el Gob de Prado el control a traves del Poder Judicial, fue denegado.
  • 25.
    SISTEMA DE CONTROLSISTEMADE CONTROL CONSTITUCIONAL.CONSTITUCIONAL. PERU En 1922, en la Comisión Reformadora del Código Civil que en caso de conflicto entre una norma constitucional y una legal, los jueces debían preferir la primera. CC.1936 Y LOPJ 1963 Constitución de 1979, donde se habla de un control difuso y en el Código Civil de 1936 y se incorporó como novedad el Tribunal de Garantías Constitucionales Constitución Vigente de 1993: Judicial, Difuso y Concentrado.
  • 26.
    SISTEMAS DE CONTROLDESISTEMAS DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD SISTEMA DE CONTROL EN CUANTO AL ORGANO VIA PROCESAL POR SUS EFECTOS SISTEMA POLITICO SISTEMA JUDICIAL DIFUSO DIRECTA O DE ACCION INDIRECTA O DE EXCEPCION ELEVACION DEL CASO POR EL JUEZ LIMITADO O INTERPARTES ERGA OMNES O EXTRA PARTES CONCENTRADO
  • 27.
    SISTEMAS DE CONTROLDESISTEMAS DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD CONCEPTO Mecanismo mediante el cual se invalidan aquellas normas o actos que atentan contra la Constitución vía de eliminar la inconstitucionalidad, previniéndola o erradicándola después de que se ha producido
  • 28.
    SISTEMA DE CONTROLSISTEMADE CONTROL CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD CLASIFICACION MODELOS CLASICOS MODELOS CONTEMPORANEOS DIFUSO O AMERICANO CONCENTRADO O EUROPEO MIXTO MULTIPLE
  • 29.
    SISTEMA DE CONTROLDESISTEMA DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD DIFUSO O AMERICANO INAPLICACION DE LA NORMA QUE VIOLA LA CONSTITUCION. LA EJERCEN LOS JUECES Y AUTORIDAD ADMINISTRATIVA. CONCENTRACION DE PODER
  • 30.
    SISTEMA DE CONTROLDESISTEMA DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD CONCENTRADO O EUROPEO Control a través de un órgano especial de Carácter político. Tiene facultad de dejar sin efecto la normativa constitucional. Es garantía de decisiones ponderadas. Concentrado,derogatoria y abstracto. Legislador negativo Se acuerda vía acción.
  • 31.
    SISTEMA DE CONTROLDESISTEMA DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD.CONSTITUCIONALIDAD. SISTEMA MIXTO OTORGA CONTROL A UN TRIBUNAL DE JUSTICIA ORDINARIA. SE FUSIONAN EL CONCENTRADO Y DIFUSO.
  • 32.
    SISTEMA DE CONTROLDESISTEMA DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDADCONSTITUCIONALIDAD SISTEMA MULTIPLE CADA TRIBUNAL DE JUSTICIA SE ENCUENTRA EN LA OBLIGACION DE APLICAR LA CONSTITUCION SE CREA EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECIDE INCONSTITUCIONALIDAD. COEXISTE CON EL SISTEMA CONCENTRADO Y DIFUSO
  • 33.
    TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL TRIBUNALCONSTITUCIONAL: Art.201 y 202. CONSTITUCIONAL: JURISDICCIONAL POLITICO
  • 34.
    TRIBUNAL CONSTITUCIONALTRIBUNAL CONSTITUCIONAL TRIBUNALCONSTITUCIONAL Supremacía de la Constitución. Respeto de los Derechos Fundamentales
  • 35.
    CONTROL CONSTITUCIONALCONTROL CONSTITUCIONAL CONTROLCONSTITUCIONAL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PODER JUDICIAL ORGANOS ADMINISTRATIVOS ORGANOS PARTICULARES CIUDADANOS
  • 36.
    TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ART. 201.CONST. FUNCION: 201 y 202 Const. Es independiente y autónomo” en el ejercicio de sus competencias, Intérprete supremo de la Constitución Pleno respeto por los límites que de la propia Norma Fundamental deriven Organo de control de la Constitución Goza de un amplio margen en la determinación de los métodos interpretativos e integrativos .
  • 37.
    CONTROL CONSTITUCIONAL Y ELPRINCIPIO DE LEGALIDAD. PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Nuevo concepto. La ejecución y el cumplimiento de lo que establece una ley Su compatibilidad con el orden objetivo de principios y valores constitucionales RAZONABILIDAD RACONALIDAD PROPORCIONALIDAD