1. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
LA PRUEBA
Carlos Alberto Quispe Montesinos
2. FUNDAMENTOS DEL
PROCESO LABORAL
Deberes del Juez Laboral:
Evitar que la desigualdad entre las partes afecte el
desarrollo o resultado del proceso.
Procurar alcanzar la igualdad real de las partes
Privilegiar el fondo sobre la forma
Interpretar los requisitos y presupuestos procesales
en sentido favorable a la continuidad del proceso
Observar el debido proceso, la tutela jurisdiccional y
el principio de razonabilidad
Art. III TP NLPT
3. LA PRUEBA
La prueba como actividad de comprobación.
La prueba como resultado de la actividad de
comprobación.
Prueba como medios de prueba.
Prueba como argumento.
Para probar es necesario llevar a cabo una actividad
de comprobación y su objetivo es siempre generar
convicción en el juzgador.
4. FINALIDAD DE LA PRUEBA
Establecer en el proceso la verdad de los hechos
(¿Cómo acceder a la verdad de las cosas?)
Se prueba para fijar los hechos en la sentencia (¿no
interesa la verdad material o formal?)
Se prueba para obtener la certeza del juez de la
ocurrencia, existencia o verdad de un hecho.
Procurar al juez la certeza de la verdad o falsedad,
existencia o inexistencia, ocurrencia o no de los
hechos afirmados, descritos en la hipótesis de
incidencia de la norma jurídica.
5. MEDIOS PROBATORIOS
Representación del hecho cuya
veracidad es alegada por alguna de las
partes dentro del proceso y tiene como
objetivo que el juzgador pueda
acercarse a ese hecho y formarse sobre
él la convicción de su certeza o
falsedad.
Medios probatorios admitidos en el
proceso laboral: Sistema de Prueba
Libre.
6. OPORTUNIDAD DE LA
PRUEBA
Ofrecidos únicamente en la demanda y
en la contestación
Extraordinariamente hasta antes de la
actuación probatoria ¿si se conocen
luego de ello?
Las partes concurren con sus medios de
prueba a la Audiencia
La presentación extemporánea de la
prueba no puede acarrear la nulidad de
la sentencia apelada
7. CARGA DE LA PRUEBA
Carga de la prueba como poder procesal que
puede ser ejercido libremente por las partes
Carga de la prueba como situación jurídica de
desventaja que recae sobre alguna de las
partes
Carga de la prueba no como obligación o
facultad de probar, sino como existencia de
un interés de hacerlo.
8. CARGA DE LA PRUEBA
Carga de la prueba como “Regla de
Juicio”. Imposición al Juez de fallar
contra la parte que debe aportar la
prueba, cuando esta no ha generado
convicción respecto del hecho alegado.
Tendrá, entonces, la carga de la prueba
aquella parte cuyo defecto de pobranza
deberá acarrear un fallo en su contra
9. CARGA DE LA PRUEBA
La carga de la prueba corresponde a quien afirma
hechos que configuran su pretensión. Reglas
especiales de distribución
Prestador de servicios: Existencia de prestación
personal de servicios
Demandante Trabajador:
Fuente normativa de los derechos alegados de origen
distinto al constitucional o legal
El motivo de la nulidad invocado y el acto de hostilidad
padecido
La existencia del daño alegado
¿El despido?
10. CARGA DE LA PRUEBA
Demandado Empleador:
El pago, el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales, su
extinción o inexigibilidad
La existencia de un motivo razonable distinto al hecho lesivo alegado
El estado del vínculo laboral y la causa del despido
Inversión de carga de la prueba
Expresión del principio protector.
Las presunciones liberan al trabajador de la carga de probar
que originalmente debió habérsele asignado e impidiendo
que las reglas de juicio jueguen en su contra
Art. 29 LPCL literal e)
11. PRUEBA DE OFICIO
Excepcionalmente ordenada por el juez
¿También el de segunda instancia?
Decisión inimpugnable
La omisión de esta facultad no acarrea
la nulidad de la sentencia
No puede llevarse a cabo
encontrándose el proceso en casación
12. ACTUACIÓN PROBATORIA
El Juez enuncia los hechos que no necesitan actuación
probatoria así como los medios probatorios dejados de
lado
El Juez enuncia las pruebas admitidas respecto de los
hechos necesitados de actuación probatoria
Propuesta de cuestiones probatorias sólo respecto de
las pruebas admitidas ¿en qué momento se resuelven?
Toma de juramento a quienes intervienen en la etapa
Actuación de todos los medios probatorios
Excepcionalmente la actuación probatoria puede
continuar dentro de los cinco días siguientes
13. ORDEN DE ACTUACIÒN DE
LOS MEDIOS DE PRUEBA
Declaración de parte
Testigos
Pericia
Reconocimiento y Exhibición de Documentos
Inspección Judicial
¿Y los medios probatorios atípicos?
¿Puede alterarse este orden legalmente previsto?
¿En qué momento se hace ejercicio de las
facultades probatorias de oficio?
14. FORMA DE LOS
INTERROGATORIOS
Litigación Oral:
Teoría del caso
Interrogatorio
Contrainterrogatorio
Objeción de preguntas
Formulación de alegatos
15. FORMA DE LOS
INTERROGATORIOS
Dirigidos a las partes, testigos, peritos y ¿otros?
Dirección por el juez de manera libre concreta y clara
Sin empleo de ningún ritualismo ni fórmula preconstituida
No se requiere la presentación de pliegos de preguntas
No se permite leer las respuestas pero sí consultar
documentos de apoyo
Los abogados de las partes también pueden preguntar o
solicitar aclaraciones
Deber de sancionar conductas temerarias, dilatorias,
obstructivas o contrarias al deber de veracidad
16. DECLARACIÓN DE PARTE
Declaración personal de la parte ¿Puede el
demandante delegar facultades para
declarar?
Las personas jurídicas prestan
declaraciones a través de sus
representantes
¿Puede el abogado interrogar a su
defendido?
¿Puede la parte sin abogado formular
interrogantes?
17. DECLARACIÓN DE TESTIGOS
No presencia desarrollo de la audiencia
El secretario del juzgado expide al testigo una
constancia de asistencia
Pago de remuneración en el centro de trabajo por el
tiempo de su ausencia
No se requiere resolución citando al testigo
¿Si el empleador no autoriza la asistencia?
¿Se remunera si el medio de prueba no es
admitido?
18. EXHIBICIÓN DE PLANILLAS
Planillas manuales: Copias legalizadas ¿el
revisor adscrito a los Juzgados
Laborales?
Planillas electrónicas: Funcionario del
MINTRA. Improcedencia de la tacha.
¿Boletas de pago? D.S. 001 – 98 – TR
19. PERICIA
No presencian el desarrollo de la Audiencia
Los informes contables practicados por los
peritos adscritos a los Juzgados de Trabajo
no se ofrecen ni actúan como medios de
prueba
¿El que cada parte deba concurrir con sus
peritos, favorece la igualdad real?
20. INSPECCIÓN JUDICIAL
Agotada la actuación de los otros medios
probatorios
Se suspende la audiencia y se señala día, hora y
lugar para su realización
Puede citarse a las partes, testigos o peritos que
correspondan
Subsistencia de circunstancias materiales materia
de constatación
Puede ser grabada en audio o video o recogida en
acta
¿Delegación a Inspección Laboral del MINTRA?
21. PRESUNCIONES LEGALES
Habiéndose probado un hecho, se tiene
por probado otro a partir de una
construcción lógica. Habiéndose
probado “x” se tiene por cierto “y”.
LPT Art. 40º
NLPT Art. 23º numeral 23. 2
¿Son presunciones legales las
contenidas en el art. 29 NLPT?
22. PRESUNCIONES JUDICIALES
No se encuentran contenidas en una
norma, sino que son construidas por el
juzgador en función a su propia
experiencia.
Presuponen una regla de experiencia.
23. EL INDICIO
El medio que demuestra el hecho “X” a
partir del cual puede sostenerse que es
también cierto el hecho “Y”.
Actos, circunstancias o signos
suficientemente acreditados a través de
los medios probatorios, adquieren
significación en su conjunto.
LPT. Art. 41º
NLPT. Art. 23.5
24. CUESTIONES PROBATORIAS
Tacha. Contra testigos y documentos
Documentos: Nulidad o Falsedad
Oposición. Contra declaración de parte,
exhibición de documentos, pericia o
inspección judicial.
Actuación innecesaria o imposible
25. NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO
LA PRUEBA
Carlos Alberto Quispe Montesinos