1. Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
EL PODER MORAL
INTEGRANTE: YUNELSY SANCHEZ
C.I: 25.400.660
PROF:EMILY RAMIREZ
Barquisimeto, Septiembre del 2015
2. CONTENIDO
1. Estructura del consejo moral republicano. Objeto, organización, elección,
autonomía, funcionamiento.
2. Defensor del pueblo. Ministerio público: Objeto u organización. Fiscal
General de la República.
3. Contraloría General de la República: Objeto u organización.
4. Contraloría de la Fuerza Armada: atribuciones de los órganos del poder
ciudadano.
3. El Poder Moral o Ciudadano, es una de las innovaciones de la Constitución,
aunque el mismo ya había sido sugerido por el Libertador Simón Bolívar al
Congreso de Angostura de 1.819. Los antecedentes de este Poder se remontan al
Censor de la antigua Roma Republicana, el cual elaboraba una lista negra para
evitar que los indignos fueran nombrados para cargos públicos. Este órgano está
integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General. De
estos órganos, la Defensoría del Pueblo aparece por primera vez en una
Constitución venezolana. Cada uno de estos órganos es independiente y pueden
actuar sólo o en conjunto. Los ciudadanos que aspiran a ocupar esos cargos
serán postulados ante la Asamblea por el llamado Comité de Evaluación de
Postulaciones del Poder Ciudadano. La Asamblea Nacional escogerá a los 3
miembros con el voto favorable de las 2/3 partes de la Asamblea, y durarán en el
ejercicio de sus cargos por un periodo de 7 años. Estos órganos en conjunto
forman el llamado Consejo Moral Republicano el cual ejerce el Poder Ciudadano,
que goza de autonomía funcional y financiera. Dicho Poder tiene por objeto la
investigación y su respectiva sanción de los hechos de la Administración Pública
que atenten contra la ética. Estos órganos, actuando separadamente tienen sus
funciones bien delimitadas y cada una muy importante para la defensa de la Ley.
Las atribuciones de este Consejo Moral están establecidas en el Título V, Capitulo
IV Referido al Poder Ciudadano, Sección Tercera, artículo 275 de la Constitución.
Dentro de las competencias que tiene el Consejo Moral Republicano previstas en
la Ley están las de: Prevenir, investigar y sancionar los hechos que atenten contra
la ética pública y la moral administrativa, entendiendo estas como los principios de
honestidad, equidad, decoro, lealtad, vocación de servicio, disciplina, eficacia,
responsabilidad, transparencia y pulcritud; así como a la obligación que tienen los
funcionarios públicos y obreros, de los organismos públicos, a actuar dando
preeminencia a los intereses del Estado por encima de los intereses de
naturaleza particular.
De igual forma, el Consejo Moral Republicano tiene dentro de sus
competencias promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así
como las actividades pedagógicas dirigidas al conocimiento y estudio de la
4. Constitución Bolivariana de Venezuela. También, está la de promover el amor a la
patria, las virtudes cívicas y democráticas y los valores trascendentales de la
República. Promover la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad
social y el trabajo.Calificar las faltas graves que hubieren cometido los
Magistrados o Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia. Solicitar de los
funcionarios públicos la colaboración que requiera para el desempeño de sus
funciones, los cuales estarán obligados a prestarla con carácter preferente y
urgente. Asimismo, este órgano del Poder Ciudadano podrá formular a las
autoridades y funcionarios o funcionarias de la Administración Pública las
advertencias sobre las faltas en el cumplimiento de sus obligaciones y además
impondría a las autoridades y funcionarios públicos las sanciones establecidas en
la Ley Orgánica del Poder Ciudadano si hubiere lugar .El Consejo Moral
Republicano está en la obligación de velar por la buena gestión y legalidad en el
uso del patrimonio público, el cumplimiento de los principios constitucionales del
debido proceso y de la legalidad, en toda la administración del Estado.
La estructura del consejo moral republicano según Carlos Lugo (1998) está
constituida por Defensor del Pueblo, el Fiscal General y el Contralor General, en
cuanto a La Defensoría del Pueblo tiene una doble función, por un lado forma
parte del llamado Consejo Moral Republicano, que representa el Poder
Ciudadano; y por el otro actúa directamente en defensa de los ciudadanos por
medio de la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías que
establece la Constitución. Está representado por el Defensor (a) del Pueblo. Sus
atribuciones están establecidas en el artículo 281 de la Constitución. El Defensor
goza de inmunidad en el ejercicio de sus funciones. Y la ley determinará la
organización de esta institución en los Estados o Municipios. Así mismo el autor
señala que para ser Defensor del Pueblo se requiere: Ser venezolano por
nacimiento, y sin otra nacionalidad, Ser mayor de 30 años, Con experiencia
comprobable en la defensa de los Derechos Humanos.
De igual manera señala Carlos Lugo (1998) El Ministerio Público es otro de
los órganos del Poder Ciudadano ,es la institución de rango constitucional a la
cual ha sido conferida la atribución de: garantizar en los procesos judiciales el
5. respeto a los derechos y garantías constitucionales, así como a los tratados,
convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República; garantizar la
celeridad y buena marcha de la administración de justicia, el juicio previo y el
debido proceso; ordenar y dirigir la investigación penal de la perpetración de los
hechos punibles para hacer constar su comisión con todas las circunstancias que
puedan influir en la calificación y responsabilidad de los autores o las autoras y
demás participantes, así como el aseguramiento de los objetos activos y pasivos
relacionados con la perpetración; ejercer en nombre del Estado la acción penal en
los casos en que para intentarla o proseguirla no fuere necesaria instancia de
parte, salvo las excepciones establecidas en la ley; intentar las acciones a que
hubiere lugar para hacer efectiva la responsabilidad civil, laboral, militar, penal,
administrativa o disciplinaria en que hubieren incurrido los funcionarios,
y está bajo la dirección del Fiscal General de la República. Para ser Fiscal se
requieren los mismos requisitos que se les exigen a los Magistrados del Tribunal
Supremo de Justicia. Este funcionario es designado por la Asamblea Nacional
para un periodo de 7 años. Sus atribuciones están establecidas en el artículo 285
de la Constitución. La Contraloría General de la República es el tercer órgano que
compone el Poder Moral, y tiene por objeto el control, vigilancia y fiscalización de
todos los bienes de la República. Tiene autonomía funcional, administrativa y
organizativa. Tiene bajo observación constante a los órganos sujetos a su control.
Está bajo la dirección del Contralor General de la República, quien debe ser
venezolano por nacimiento, mayor de 30 años y comprobada experiencia para
ejercer el cargo. De igual forma es designado por la Asamblea Nacional, y su
periodo es de 7 años. Sus atribuciones están establecidas en el artículo 289 de la
Constitución.
En cuamto a la La Contraloría General de la Fuerza Armada Nacional Luis garcia
Lorca ( 2000) estableceque la misma ,es parte integrante del Sistema Nacional de
Control Fiscal. Tiene a su cargo la vigilancia, control en todas sus fases y
fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos afectos al sector defensa,
sus órganos, entes y demás dependencias adscritas, así como las operaciones
6. relativas a las mismas, sin menoscabo de las competencias de la Contraloría
General de la República, asi mismo señala que el Contralor General de la Fuerza
Armada Nacional es su máximo representante, quien ejerce la suprema dirección
y responsabilidad, el cual debe ser militar en servicio activo, con el grado de
General o su equivalente en la Armada, y haber obtenido la máxima calificación
resultante del concurso de oposición, la duracion de su cargo es un período de
tres años, pudiendo optar a su reelección en nuevo concursoy dentro de sus
atribuciones se encuentran: Ejercer la administración de su personal y la potestad
disciplinaria y jerárquica del mismo, Dirigir la Contraloría General de la Fuerza
Armada Nacional, Dictar los instrumentos jurídicos sobre la estructura,
organización, competencia y funcionamiento de la dependencia de la Contraloría,
Presentar cada año el proyecto de presupuesto de gasto de la Contraloría, Dictar
el Estatuto del Personal Civil de la Contraloría General de la Fuerza Armada
Nacional, contentivo de las disposiciones sobre derechos, deberes, ingresos,
nombramientos, remuneraciones, remociones, destituciones y jubilaciones, Dictar
los actos administrativos que le correspondan dentro del ámbito de sus
atribuciones, Ordenar la realización de auditorías, inspecciones, fiscalizaciones y
demás controles cuando lo considere pertinente Ordenar la apertura de las
averiguaciones administrativas y decidir sobre los resultados de las mismas, de
conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, esta
Ley y el Reglamento respectivo, Colaborar con todas las unidades de la Fuerza
Armada Nacional, sus órganos y dependencias adscritas, a fin de coadyuvar al
logro de sus objetivos generalesde igual forma las funciones de este organo son
inherentes a los sistemas de control interno y externo de los órganos, entes y
demás dependencias adscritas al sector defensa, para determinar si su
funcionamiento garantiza la salvaguarda de los recursos, la exactitud y veracidad
de información y administración; si promueve la eficiencia, eficacia, economía y
calidad de las operaciones, e igualmente si incentiva la observancia de los
requisitos legales y reglamentarios y el logro del cumplimiento de los objetivos y
metaprogramadas.
7. BIBLIOGRAFIA
NARANJO MESA, Vladimiro "Teoría Constitucional e Instituciones Políticas"
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
LUGO, Carlos la constitucion de 1999 y el Poder Moral otra concepcion (1998)