el poder ciudadano.
*A qué se refiere la autonomía de todos los órganos que integran el Consejo Moral Republicano para el buen funcionamiento de los administración del poder ciudadano.
2. El Poder Ciudadano se ejerce por el
Consejo Moral Republicano integrado por
el Defensor del Pueblo, el fiscal General y
el Contralor General de la Republica. Los
órganos que ejercen el Poder Ciudadano
son la Defensoría del Pueblo, el Ministerio
Público y la Contraloría General de la
República. Estos tienen a su cargo,
prevenir, investigar y sancionar los hechos
que atenten contra la ética pública y la
moral administrativa; velar por la
buena gestión y la legalidad en el uso
del patrimonio público, el cumplimiento y
la aplicación del principio de la legalidad
en toda la actividad administrativa del
Estado, e igualmente, promover la
educación como proceso creador de
la ciudadanía, así como la solidaridad,
la libertad, la democracia,
la responsabilidad social y el trabajo.
Esta conformado por el Consejo Moral
Republicano, órgano ejecutor del Poder
Ciudadano este a su vez está conformado
por: la Fiscalía General de la República; de
la constitución de la Republica Bolivariana
de Venezuela. Por otra parte,
La Ley Orgánica del Poder Ciudadano
señala que el Consejo Moral Republicano
es el órgano de expresión del Poder
Ciudadano y estará integrado por
el Defensor o Defensora del Pueblo, el
Fiscal o la Fiscal General de la República, y
el Contralor o Contralora General de la
República. Dentro de las competencias
que tiene el Consejo Moral Republicano
previstas el la Ley están las de: Prevenir,
investigar y sancionar los hechos que
atenten contra la ética pública y la moral
administrativa.
3. Entendiendo estos como los principios de
honestidad, equidad, decoro, lealtad,
vocación de servicio, disciplina, eficacia,
responsabilidad, transparencia y
pulcritud; así como a la obligación que
tienen los funcionarios públicos y
obreros, de los organismos públicos, a
actuar dando preeminencia a los
intereses del Estado por encima de los
intereses de naturaleza particular.
De igual forma, el Consejo Moral
Republicano tiene dentro de sus
competencias promover la educación
como proceso creador de la ciudadanía,
así como las actividades pedagógicas
dirigidas al conocimiento y estudio de la
Constitución Bolivariana de Venezuela.
También, está la de promover el amor a la
patria, las virtudes cívicas y democráticas
y los valores trascendentales de la
República.
Asi mismo, este órgano del Poder
Ciudadano podrá formular a las
autoridades y funcionarios o funcionarias
de la Administración Pública las
advertencias sobre las faltas en el
cumplimiento de sus obligaciones
y además impondría a las autoridades y
funcionarios públicos las sanciones
establecidas en la Ley Orgánica del Poder
Ciudadano si hubiere lugar.
El Consejo Moral Republicano está en la
obligación de velar por la buena gestión y
legalidad en el uso del patrimonio público,
el cumplimiento de los principios
constitucionales del debido proceso y de la
legalidad, en toda la administración del
Estado.
4. Una de sus principales funciones como
órgano que integra el consejo moral
republicano, El Art. 275 establece, que los
representantes del CMR formularan a las
autoridades, funcionarios de la
administración publica, las advertencias
sobre las faltas en el cumplimiento de sus
obligaciones legales. De no acatarse estas
advertencias, el CMR podrá imponer las
sanciones establecidas en la ley. En caso
de contumacia, el presidente del CMR
presentara un informe al órgano o
dependencia al cual este adscrito el
funcionario publico, para que esta
instancia tome los correctivos de acuerdo
con el caso sin perjuicio de las sanciones a
que hubiere lugar en conformidad con la
ley.
Por lo tanto, el presidente del CMR como
los titulares de los órganos del poder
ciudadano presentaran un informe anual
ante la AN en sesión plenaria y están
obligados a presentar los informes que en
cualquier momento le sean solicitados por
la AN; y conforme a lo previsto en la
normativa constitucional dichos informes
bien sean ordinarios o extraordinarios
deberán ser publicados en la gaceta oficial
de la republica, ya que, El CMR como
cuerpo colegiado, esta diri8gido por uno
cualesquiera de los titulares de los
mismos, quien ha de desempeñarse como
presidente del mismo, por el periodo de
un año y podrá ser reelegido.
5. Por otra parte, Esta conformado por el
Consejo Moral Republicano, órgano
ejecutor del Poder Ciudadano y Sus
atribuciones del Ministerio Público:
1. Garantizar en los procesos judiciales el
respeto de los derechos y garantías
constitucionales, así como de los tratados,
convenios y acuerdos internacionales
suscritos por la República.
2. Garantizar la celeridad y buena marcha
de la administración de justicia, el juicio
previo y el debido proceso.
3. Ordenar y dirigir la investigación penal
de la perpetración de los hechos punibles
para hacer constar su comisión con todas
las circunstancias que puedan influir en la
calificación y responsabilidad de los
autores o las autoras y demás
participantes, así como el aseguramiento
de los objetos activos y pasivos
relacionados con la perpetración.
.
4. Ejercer en nombre del Estado la acción
penal en los casos en que para intentarla o
proseguirla no fuere necesario instancia
de parte, salvo las excepciones
establecidas en la ley.
5. Intentar las acciones a que hubiere lugar
para hacer efectiva la responsabilidad civil,
laboral, militar, penal, administrativa o
disciplinaria en que hubieren incurrido los
funcionarios o funcionarias del sector
público, con motivo del ejercicio de sus
funciones.