Este trabajo se realizo con la finalidad para saber mas sobre la justicia venezolanas. Jueces, denunciantes, resultado de la investigación que el Ministerio Público le ha practicado a alguien, el cual puede traducirse en tres formas: Archivo Fiscal, Sobreseimiento y acusación
CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRAB...
Face intermedia
1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Estudiante:
Ashly Gonzalez
CI: 26.732.502
Sección: SAIA A
•ACTOS CONCLUSIVOS.
•EL ARCHIVO FISCAL.
• FACULTAD DE LA VICTIMA.
•SOBRESEIMIENTO.
•REQUISITOS.
•FASE INTERMEDIA. AUDIENCIA PRELIMINAR.
FACULTAD Y CARGAS DE LAS PARTES.
2. Es el resultado de la
investigación que el
Ministerio Público le ha
practicado a alguien, el
cual puede traducirse
en tres formas: Archivo
Fiscal, Sobreseimiento
y acusación
El archivo
fiscal
Es una suerte de salida procesal
para suspender el proceso al
estimar que el resultado de la
investigación resulta
insuficiente para imputar o
solicitar la desestimación, no
es necesario ahondar en
cuestiones básicas y
conocidas sobre este instituto,
más bien, centrarse en explicar
por qué el archivo
3. FACULTAD DE LA VICTIMA Sobreseimiento
La víctima tiene la facultad de
hacer justicia a través de los
distintos instrumentos que le
otorga la ley para que se
establezca el delito y se
castigue al culpable. Por otra
parte, la sociedad, al admitirle
como sujeto procesal, se
descarga un tanto de
responsabilidad colectiva
respecto a las posibles
impunidades
Es una figura procesal que tiene
como característica principal que
da por terminado el juicio, sin
embargo es necesario aclarar que
pone fin, sin resolver la
controversia de fondo, por lo que
no determina si el acto reclamado
contraviene lo establecido en la
Constitución, por lo tanto, no
aclara si los derechos el quejoso
fueron violentados.
4. FACULTAD Y CARGAS
DE LAS PARTES
Cuando nos encontramos en
presencia de esta situación, el
Ministerio Público presentará la
acusación plenamente
fundamentada ante el Juez de
control, este una vez presentada la
acusación convocara a las partes a
una audiencia oral (art. 309) y
hasta cinco días antes del
vencimiento del plazo fijado para la
celebración de la audiencia
preliminar las partes tiene
facultades y cargas (art. 311) y el
día señalado se celebrara la
audiencia oral en la cual las partes
expondrán brevemente los
fundamentos de sus peticiones
(art.312).
Antes del vencimiento del plazo fijado para
la audiencia oral, el fiscal, el querellante y el
imputado, podrán realizar por escrito los
actos siguientes:
Oponer excepciones
Pedir la imposición o revocación de una
medida cautelar.
Solicitar la aplicación del procedimiento por
admisión de hechos.
Proponer acuerdos reparatorios.
Indicar la prueba que el imputado
producirá en el juicio oral (COPP, Art 31
Audiencia
preliminar
El día señalado, se realizará
la audiencia oral, en la cual
las partes expondrán
brevemente los fundamentos
de sus peticiones. El
imputado podrá solicitar que
se le reciba su declaración, la
cual será rendida con las
formalidades previstas en el
COPP. Asimismo, el juez
informará a las partes sobre
las medidas alternativas a la
prosecución del proceso.
5. FASE INTERMEDIA
Procedimiento penal es
aquella parte
del proceso que
discurre entre la
finalización de
la fase de investigación
y el acto del juicio oral
Desarrolla la etapa intermedia?
Proceso penal del CNPP: etapa
intermedia. La etapa que se identifica
como intermedia inicia desde que el
MP presenta la acusación ante el juez
de control, y abarca la
audiencia intermedia. ... El Juez de
Control declara cerrada la
audiencia intermedia y envía el auto
de apertura al Tribunal de
Enjuiciamiento.
Esta compuesto por
cuatro fases:
Fase Preparatoria
Fase Intermedia
fase juicio Oral
fase de ejecución.
finalidad de la etapa
intermedia, no obstante
podemos decir que es el control
de la acusación y la delimitación,
en su caso, de los hechos que
serán debatidos en el Juicio Oral,
así como de las pruebas que
deban desahogarse ..