4. «Ustedes saben que los gobernantes de las naciones
actúan como dictadores y los que ocupan cargos
abusan de su autoridad. Pero no será así entre ustedes.
Al contrario, el que de ustedes quiera ser grande, que
se haga el servidor de ustedes, y si alguno de ustedes
quiere ser el primero entre ustedes, que se haga el
esclavo de todos. Hagan como el Hijo del Hombre,
que no vino a ser servido, sino a servir y dar su vida
como rescate por muchos.»
La Biblia - Mateo 20:25
5. Brinda soporte legal
durante el proceso
de contratación
JURÍDICA
Resuelve
controversias,
supervisa procesos de
selección y emite
opiniones
OSCE
Fiscaliza la legalidad
de los procesos de
compra, directamente
o a través de las OCI
CONTRALORÍA
COMPRA EFICIENTE Y EFICAZ
NORMATIVA
De obligatorio
cumplimiento para
las Entidades
LINEAMIENTOS
Que incidan en
aspectos críticos como
exoneraciones,
ampliaciones,
adicionales, y/o nulidad
ESPECIALIZACIÓN
Personal especializado
y capacitado en
materia de logística,
abastecimiento
6. ÁMBITO DE APLICACIÓN:
Las Entidades (1) aplican la norma de CE para contratar bienes, servicios y
obras, que son brindados por terceros contra pago de Fondos Públicos
No es aplicable a las contrataciones que realiza la Entidad por montos
iguales o inferiores a 3 UIT (2)
No es aplicable a las contrataciones de personal mediante CAS
No es aplicable a las contrataciones efectuadas bajo procedimientos de
organismos internacionales, estados o entidades cooperantes cuyas
donaciones representen por lo menos 25% del monto total.
(1) Siempre que cuenten con autonomía administrativa, económica y presupuestal
(2) Lo cual no enerva la responsabilidad de la Entidad de cuidar el uso de los recurso públicos
(3) En todos los supuestos de inaplicación de la norma de CE intervendrá la CGR, salvo las contrataciones de
organismos internacionales, estados o entidades cooperantes (endeudamiento externo y/o donaciones)
7. PRINCIPIOS
• Trato Justo e Igualitario, Moralidad,
Imparcialidad y Transparencia,
Publicidad
• Eficiencia, Economía, Libre
Competencia y Concurrencia,
Razonabilidad y Equidad
• Vigencia Tecnológica, Promoción del
Desarrollo Humano, Sostenibilidad
8. ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS
PRINCIPIOS
El art. 11° de la LCE amplia la prohibición de prácticas restrictivas en
los procesos de selección a prácticas que afecten la mayor
concurrencia y/o competencia de los procesos de contratación
El art. 19° de la LCE incluye como fraccionamiento a la inaplicación de
la LCE para dar lugar a la contrataciones menores a 3 UITs
La exoneración por causal de servicios personalísimos, además de
cumplir con los requisitos previstos en la norma, sólo podrá llevarse a
cabo con personas naturales y no con personas jurídicas y, la
exoneración por desabastecimiento inminente sólo podrá llevarse
para bienes y servicios y no para obras, la contratación de Publicidad
con medios de comunicación pasa como supuesto de Exoneración de
Proveedor Único que no Admite Sustituto
10. Quiénes pueden incurrir en
responsabilidad
•
•
•
•
•
•
Proveedores
Participantes
Postores
Contratistas
Árbitros
Entidades
11. Cuáles son las infracciones administrativas
1.
No mantengan su oferta; no suscriban el contrato o convenio; o
no reciban la O/C u O/S, injustificadamente.
2.
Por resolución del contrato, O/C u O/S.
3.
Por la existencia de vicios ocultos, previa sentencia judicial
firme o laudo arbitral.
4.
Contratar con el Estado estando impedido.
5.
Se registren como participantes, presenten propuestas o
contraten sin contar con inscripción vigente en RNP.
6.
Contratar por montos mayores a su capacidad libre de
contratación o en especialidades distintas.
7.
Subcontratar sin autorización o por un porcentaje mayor al
permitido.
12. Cuáles son las infracciones administrativas
6. Incurran en transgresión de la prohibición contenida en el
artículo 11° de la Ley, y, ante el supuesto de socios comunes.
7. Presentación de documentos falsos o inexactos a las Entidades
o al OSCE.
10. Apelar actos inimpugnables.
11. Constatar que ejecutaron prestación sin cumplir obligaciones
previstas en el contrato.
12. Suscriban contratos a pesar de haber sido notificados de la
suspensión o nulidad de la contratación dispuesta por el OSCE
15. Etapas de la contratación Clásica
1
PREPARACIÓN
2
SELECCIÓN
3
EJECUCIÓN
16. PREPARACIÓN
El Área
Usuaria
solicita la
compra
según el
PAC
El OEC efectúa
el Estudio de
Mercado y
determina el
Valor
Referencial
Efectúa el
requerimiento
considerando
lo planificado
en el PAC
Las principales
fuentes son las
cotizaciones,
precios
históricos y
estructuras de
costos
Presupuesto
certifica
presupuesto
En función al
valor
referencial
determinado
por el OEC
El
Funcionario
competente
aprueba el
Expediente de
Contratación
El Comité
elabora las
Bases y
funcionario
competente las
aprueba
El Expediente
se entrega al
Comité
designado
Se utiliza las
Bases Estándar
aprobadas por el
OSCE y se
aprueba según
la delegación de
facultades
17. PROCESO DE SELECCIÓN
CONVOCATORIA
OTORGAMIENTO
DE LA BUENA PRO
Presentación de
Propuestas
Consultas y
Observaciones y
su
Absolución
Elevación de
observaciones e
integración de
Bases
Apelación
(ENTIDAD) o el
(OSCE)
Consentimiento
de la Buena Pro
Actos Pre
Contractuales
CONTRATACIÓN
18. ASPECTOS RELACIONADOS CON EL
PROCESO DE SELECCIÓN
El Registro de participantes es electrónico, gratuito y se llevará a
cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio
de la presentación de propuesta
La elevación de observaciones será objeto de pronunciamiento solo
del OSCE
La presentación de documentos referidos a RTMs o factores se
podrán presentar con traducción oficial o certificada, efectuada por
traductor publico juramentado o traductor colegiado certificado
No será exigible la presentación de la garantía de seriedad de oferta
19. ASPECTOS RELACIONADOS CON EL
PROCESO DE SELECCIÓN II
Se podrá subsanar documentos que acrediten RTM, siempre hayan
sido emitidos por autoridad publica o un privado y que hayan sido
obtenidos por el postor con anterioridad
El Recurso de Apelación se presentará ante el Tribunal del OSCE en
casos de LP, CP y ADP y, ante la Entidad en casos de ADS y AMC
Se incluye como causales de sanción a: i) La suscripción del contrato
pese haber sido notificado con la suspensión o nulidad del proceso
dispuesto por el OSCE y ii) A los que incurran en
prácticas que afecten la mayor concurrencia y/o competencia de los
procesos de contratación
20. 3. EJECUCIÓN
Suscripción
Modificación del Contrato
Ejecución dentro del
plazo contractual y a
satisfacción
Adicionales o Reducciones
Conformidad
Penalidades
Pago
Ampliaciones
Resolución o Nulidad
Complementario
21. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA
EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Se incluye como requisito para la firma del contrato el CCI y la
traducción oficial por traductor público juramentado de todos los
documentos presentados en idioma extranjero acompañados de
traducción certificada
Se establece un plazo de 7 dh siguientes al consentimiento para que
el postor remita los documentos para la firma del contrato y 3 dh
siguientes para que se acerque a firmar el contrato, en el caso de
ordenes de compra o servicios se establece un plazo de 3 dh
siguientes al consentimiento para presentar documentos y 4 dh
siguientes para que la Entidad notifique la orden
Se elimina el pago por lucro cesante al postor ganador en caso que la
Entidad no cumpla con firmar el contrato luego de requerirla
22. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA
EJECUCIÓN CONTRACTUAL II
No será necesario la convocatoria del proceso de selección para los
casos donde la contratación complementaria agote la necesidad de la
Entidad
Se incluye como causal de nulidad de contrato: i) Cuando no se haya
cumplido con las condiciones y/o requisitos para configurar una
exoneración y ii) Cuando no se haya utilizado los procedimientos
previstos en la norma, pese a estar bajo su ámbito de aplicación
Los laudos se notificarán a través del SEACE
Las Entidades estarán obligadas a registrar mensualmente en el
SEACE, sus contrataciones por montos de 1 a 3 UITs