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«Ustedes saben que los gobernantes de las naciones
actúan como dictadores y los que ocupan cargos
abusan de su autoridad. Pero no será así entre ustedes.
Al contrario, el que de ustedes quiera ser grande, que
se haga el servidor de ustedes, y si alguno de ustedes
quiere ser el primero entre ustedes, que se haga el
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que no vino a ser servido, sino a servir y dar su vida
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La Biblia - Mateo 20:25
Brinda soporte legal
durante el proceso
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COMPRA EFICIENTE Y EFICAZ

NORMATIVA
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las Entidades

LINEAMIENTOS
Que incidan en
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exoneraciones,
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ESPECIALIZACIÓN
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ÁMBITO DE APLICACIÓN:
Las Entidades (1) aplican la norma de CE para contratar bienes, servicios y
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No es aplicable a las contrataciones que realiza la Entidad por montos
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No es aplicable a las contrataciones efectuadas bajo procedimientos de
organismos internacionales, estados o entidades cooperantes cuyas
donaciones representen por lo menos 25% del monto total.
(1) Siempre que cuenten con autonomía administrativa, económica y presupuestal
(2) Lo cual no enerva la responsabilidad de la Entidad de cuidar el uso de los recurso públicos
(3) En todos los supuestos de inaplicación de la norma de CE intervendrá la CGR, salvo las contrataciones de
organismos internacionales, estados o entidades cooperantes (endeudamiento externo y/o donaciones)
PRINCIPIOS
• Trato Justo e Igualitario, Moralidad,
Imparcialidad y Transparencia,
Publicidad
• Eficiencia, Economía, Libre
Competencia y Concurrencia,
Razonabilidad y Equidad
• Vigencia Tecnológica, Promoción del
Desarrollo Humano, Sostenibilidad
ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS
PRINCIPIOS
El art. 11° de la LCE amplia la prohibición de prácticas restrictivas en
los procesos de selección a prácticas que afecten la mayor
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El art. 19° de la LCE incluye como fraccionamiento a la inaplicación de
la LCE para dar lugar a la contrataciones menores a 3 UITs
La exoneración por causal de servicios personalísimos, además de
cumplir con los requisitos previstos en la norma, sólo podrá llevarse a
cabo con personas naturales y no con personas jurídicas y, la
exoneración por desabastecimiento inminente sólo podrá llevarse
para bienes y servicios y no para obras, la contratación de Publicidad
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PREPARACIÓN
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El OEC efectúa
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Se utiliza las
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El Recurso de Apelación se presentará ante el Tribunal del OSCE en
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Se incluye como causales de sanción a: i) La suscripción del contrato
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prácticas que afecten la mayor concurrencia y/o competencia de los
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Ley de contrataciones del estado 2

  • 1. Qué tiene que ver Barney con las Contrataciones Públicas?
  • 2. Qué y para qué contratas?
  • 4. «Ustedes saben que los gobernantes de las naciones actúan como dictadores y los que ocupan cargos abusan de su autoridad. Pero no será así entre ustedes. Al contrario, el que de ustedes quiera ser grande, que se haga el servidor de ustedes, y si alguno de ustedes quiere ser el primero entre ustedes, que se haga el esclavo de todos. Hagan como el Hijo del Hombre, que no vino a ser servido, sino a servir y dar su vida como rescate por muchos.» La Biblia - Mateo 20:25
  • 5. Brinda soporte legal durante el proceso de contratación JURÍDICA Resuelve controversias, supervisa procesos de selección y emite opiniones OSCE Fiscaliza la legalidad de los procesos de compra, directamente o a través de las OCI CONTRALORÍA COMPRA EFICIENTE Y EFICAZ NORMATIVA De obligatorio cumplimiento para las Entidades LINEAMIENTOS Que incidan en aspectos críticos como exoneraciones, ampliaciones, adicionales, y/o nulidad ESPECIALIZACIÓN Personal especializado y capacitado en materia de logística, abastecimiento
  • 6. ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las Entidades (1) aplican la norma de CE para contratar bienes, servicios y obras, que son brindados por terceros contra pago de Fondos Públicos No es aplicable a las contrataciones que realiza la Entidad por montos iguales o inferiores a 3 UIT (2) No es aplicable a las contrataciones de personal mediante CAS No es aplicable a las contrataciones efectuadas bajo procedimientos de organismos internacionales, estados o entidades cooperantes cuyas donaciones representen por lo menos 25% del monto total. (1) Siempre que cuenten con autonomía administrativa, económica y presupuestal (2) Lo cual no enerva la responsabilidad de la Entidad de cuidar el uso de los recurso públicos (3) En todos los supuestos de inaplicación de la norma de CE intervendrá la CGR, salvo las contrataciones de organismos internacionales, estados o entidades cooperantes (endeudamiento externo y/o donaciones)
  • 7. PRINCIPIOS • Trato Justo e Igualitario, Moralidad, Imparcialidad y Transparencia, Publicidad • Eficiencia, Economía, Libre Competencia y Concurrencia, Razonabilidad y Equidad • Vigencia Tecnológica, Promoción del Desarrollo Humano, Sostenibilidad
  • 8. ASPECTOS RELACIONADOS CON LOS PRINCIPIOS El art. 11° de la LCE amplia la prohibición de prácticas restrictivas en los procesos de selección a prácticas que afecten la mayor concurrencia y/o competencia de los procesos de contratación El art. 19° de la LCE incluye como fraccionamiento a la inaplicación de la LCE para dar lugar a la contrataciones menores a 3 UITs La exoneración por causal de servicios personalísimos, además de cumplir con los requisitos previstos en la norma, sólo podrá llevarse a cabo con personas naturales y no con personas jurídicas y, la exoneración por desabastecimiento inminente sólo podrá llevarse para bienes y servicios y no para obras, la contratación de Publicidad con medios de comunicación pasa como supuesto de Exoneración de Proveedor Único que no Admite Sustituto
  • 10. Quiénes pueden incurrir en responsabilidad • • • • • • Proveedores Participantes Postores Contratistas Árbitros Entidades
  • 11. Cuáles son las infracciones administrativas 1. No mantengan su oferta; no suscriban el contrato o convenio; o no reciban la O/C u O/S, injustificadamente. 2. Por resolución del contrato, O/C u O/S. 3. Por la existencia de vicios ocultos, previa sentencia judicial firme o laudo arbitral. 4. Contratar con el Estado estando impedido. 5. Se registren como participantes, presenten propuestas o contraten sin contar con inscripción vigente en RNP. 6. Contratar por montos mayores a su capacidad libre de contratación o en especialidades distintas. 7. Subcontratar sin autorización o por un porcentaje mayor al permitido.
  • 12. Cuáles son las infracciones administrativas 6. Incurran en transgresión de la prohibición contenida en el artículo 11° de la Ley, y, ante el supuesto de socios comunes. 7. Presentación de documentos falsos o inexactos a las Entidades o al OSCE. 10. Apelar actos inimpugnables. 11. Constatar que ejecutaron prestación sin cumplir obligaciones previstas en el contrato. 12. Suscriban contratos a pesar de haber sido notificados de la suspensión o nulidad de la contratación dispuesta por el OSCE
  • 13. Supuestos de inaplicación de la normativa de contrataciones del Estado
  • 15. Etapas de la contratación Clásica 1 PREPARACIÓN 2 SELECCIÓN 3 EJECUCIÓN
  • 16. PREPARACIÓN El Área Usuaria solicita la compra según el PAC El OEC efectúa el Estudio de Mercado y determina el Valor Referencial Efectúa el requerimiento considerando lo planificado en el PAC Las principales fuentes son las cotizaciones, precios históricos y estructuras de costos Presupuesto certifica presupuesto En función al valor referencial determinado por el OEC El Funcionario competente aprueba el Expediente de Contratación El Comité elabora las Bases y funcionario competente las aprueba El Expediente se entrega al Comité designado Se utiliza las Bases Estándar aprobadas por el OSCE y se aprueba según la delegación de facultades
  • 17. PROCESO DE SELECCIÓN CONVOCATORIA OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Presentación de Propuestas Consultas y Observaciones y su Absolución Elevación de observaciones e integración de Bases Apelación (ENTIDAD) o el (OSCE) Consentimiento de la Buena Pro Actos Pre Contractuales CONTRATACIÓN
  • 18. ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PROCESO DE SELECCIÓN El Registro de participantes es electrónico, gratuito y se llevará a cabo desde el día siguiente de la convocatoria hasta antes del inicio de la presentación de propuesta La elevación de observaciones será objeto de pronunciamiento solo del OSCE La presentación de documentos referidos a RTMs o factores se podrán presentar con traducción oficial o certificada, efectuada por traductor publico juramentado o traductor colegiado certificado No será exigible la presentación de la garantía de seriedad de oferta
  • 19. ASPECTOS RELACIONADOS CON EL PROCESO DE SELECCIÓN II Se podrá subsanar documentos que acrediten RTM, siempre hayan sido emitidos por autoridad publica o un privado y que hayan sido obtenidos por el postor con anterioridad El Recurso de Apelación se presentará ante el Tribunal del OSCE en casos de LP, CP y ADP y, ante la Entidad en casos de ADS y AMC Se incluye como causales de sanción a: i) La suscripción del contrato pese haber sido notificado con la suspensión o nulidad del proceso dispuesto por el OSCE y ii) A los que incurran en prácticas que afecten la mayor concurrencia y/o competencia de los procesos de contratación
  • 20. 3. EJECUCIÓN Suscripción Modificación del Contrato Ejecución dentro del plazo contractual y a satisfacción Adicionales o Reducciones Conformidad Penalidades Pago Ampliaciones Resolución o Nulidad Complementario
  • 21. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Se incluye como requisito para la firma del contrato el CCI y la traducción oficial por traductor público juramentado de todos los documentos presentados en idioma extranjero acompañados de traducción certificada Se establece un plazo de 7 dh siguientes al consentimiento para que el postor remita los documentos para la firma del contrato y 3 dh siguientes para que se acerque a firmar el contrato, en el caso de ordenes de compra o servicios se establece un plazo de 3 dh siguientes al consentimiento para presentar documentos y 4 dh siguientes para que la Entidad notifique la orden Se elimina el pago por lucro cesante al postor ganador en caso que la Entidad no cumpla con firmar el contrato luego de requerirla
  • 22. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL II No será necesario la convocatoria del proceso de selección para los casos donde la contratación complementaria agote la necesidad de la Entidad Se incluye como causal de nulidad de contrato: i) Cuando no se haya cumplido con las condiciones y/o requisitos para configurar una exoneración y ii) Cuando no se haya utilizado los procedimientos previstos en la norma, pese a estar bajo su ámbito de aplicación Los laudos se notificarán a través del SEACE Las Entidades estarán obligadas a registrar mensualmente en el SEACE, sus contrataciones por montos de 1 a 3 UITs