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LEASING
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BÉLGICA LOCATION FINANCEMENT
ITALIA LOCAZIONE FINANZIARIA
ESPAÑA ARRENDAMIENTO FINANCIERO
BRASIL ARRENDAMIENTO MERCANTIL
ARGENTINA • LOCACIÓN DE BIENES DE CAPITAL
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URUGUAY ARRENDAMIENTO FINANCIERO
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¿QUÉ ES EL LEASING?
LEASING
ES UN CONTRATO DE FINANCIAMIENTO ENTRE DOS PARTES
SOCIEDAD DE LEASING
SE OBLIGA A ADQUIRIR Y LUEGO
DAR EN USO UN BIEN DE CAPITAL,
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OTRA PARTE
PERSONA JURÍDICA O NATURAL
PAGO DE UN CANON COMO
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UN PERIODO DETERMINADO
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GENERALMENTE CON LA VIDA
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DESCRIPTIVA JURÍDICA
El leasing estima que una
determinada entidad
financiera adquiere un bien
para ceder su uso a una
persona durante un cierto
tiempo la cual habrá de pagar
a esa entidad una cantidad
periódica (constante o
variable).
Transcurrida la duración del
contrato, la persona tiene la
facultad de adquirir ese bien a
un precio determinado.
Se define como un negocio
jurídico, el leasing es un
contrato complejo de
arrendamiento por el cual una
parte, en lugar de adquirir un
bien de capital que necesita,
solicita a la otra parte que lo
adquiera y le concede su uso
por un periodo determinado.
Definición jurídica según la Corte
Suprema de Justicia, Sentencia 6462
de Diciembre 13 de 2002
JURÍDICO FINANCIERA LEGAL
El leasing es un contrato de
financiación por el cual un
empresario toma en locación
de una entidad financiera un
bien de capital, previamente
adquirido por esta a tal fin, a
pedido del locatario, teniendo
este arriendo una duración
igual al plazo de vida útil del
bien y un precio que le
permite al locador amortizar
el costo total de adquisición
del bien.
Son las operaciones de
arrendamiento financiero en donde
la arrendadora financiera (Sociedad
de leasing) se obliga a adquirir
determinados bienes y a conceder
su uso temporal, a plazo forzoso a
una persona, obligándose esta a
pagar como contraprestación, que
se liquidará en pagos parciales,
según convenga una cantidad de
dinero determinada, que cubra el
valor de adquisición de los bienes.
Definición legal según el Decreto 913
de 1993
ANTECEDENTES HISTORICOS
Los terratenientes
ante su imposibilidad
de explotar
directamente sus
terrenos, preferían
ceder el uso de estos
a cambio de un canon
que consistía en un
porcentaje de las
cosechas cultivadas.
5.000 a. C.
Se desarrollaban
leasing (Contratos
de Arrendamiento)
de esclavos, minas,
barcos, etc., entre
un banco y una
fabrica de escudos.
LEASING
EN LA
ANTIGUA
GRECIA
En Atenas se
desarrollaban
Contratos de
Arrendamiento
de esclavos a
las minas.
LEASING
DE
ESCLAVOS
El leasing tiene sus
cimientos en el
pueblo egipcio, cuya
práctica data del año
3.000 a. C.,
desarrollando
contratos de
arrendamiento en
donde participaban
un arrendador, un
arrendatario y una
opción de compra.
OTROS
ORÍGENES
CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
DE LEASING
1. Es un contrato bilateral.
2. Es un contrato consensual.
3. Es oneroso.
4. Es conmutativo.
5. Es de tracto sucesivo.
6. Es un contrato de naturaleza mercantil.
7. Es principal.
PROMOTORES DEL LEASING
 Los departamentos financieros y comerciales de las
empresas industriales o filiales de estas.
 Empresas explotadoras de grandes ferrocarriles
americanos.
 Empresas de telecomunicaciones como Bell Telephon
System.
 Otras empresas como la International Business
Machines (IBM), la International Cigar Machinery y la
United Schoe Machinery Corporation, con resultados
positivos.
PRIMERAS EMPRESAS DE LEASING
LEASING
1952
SAN
FRANCISCO DE
CALIFORNIA
UNITED STATES
LEASING
CORPORATION
FINALES
DE 1952
BOOTHE
LEASING
CORPORATION
CARACTERÍSTICAS DE LAS
PRIMERAS EMPRESAS DE LEASING
El leasing es el negocio que ha
obtenido el más espectacular
crecimiento en el mundo capitalista,
iniciando a partir de la década de los
50 y alcanza su mayor esplendor en
la década de los 70 y 80.
Los años siguientes le han servido
para expandirse, con singular éxito,
por todo el mundo.
EN LOS ESTADOS UNIDOS EN EUROPA
El desarrollo alcanzado por el
leasing en los Estados Unidos
tuvo como cercanos aliados a:
1. Normas fiscales de
amortización poco liberales.
2. Créditos bancarios a mediano
plazo poco desarrollados.
3. Una etapa de economía
próspera con márgenes de
beneficios apreciables pero
con empresas comprometidas
con una renovación acelerada
de bienes de capital.
• Las empresas de leasing están
agrupadas en la Federación
Europea de Compañías de
Equipamiento de Leasing
(LEASEUROPE).
• Gran Bretaña fue el primer país
que practicó el leasing.
• Francia tiene el mérito de
haber sido el primero en dar
un estatuto legal para las
operaciones y las empresas de
leasing.
Sin embargo, fue Japón, el país
pionero del leasing, que en poco
tiempo, se convirtió en uno de los
países líderes en leasing, al grado
de adoptar un subtipo:
El samurái leasing.
LATINOAMERICA
BRASIL
El contrato de
leasing tiene un
ordenamiento
jurídico en donde la
ley define al leasing
o arrendamiento
mercantil.
ECUADOR
Hace parte de los países
latinoamericanos que se
preocupó por darle una
regulación especial al leasing.
CHILE
Existe la Asociación
Chilena de Empresas de
Leasing, la cual ha
tenido a su cargo la
difusión de la
importancia económica
del leasing y sus
bondades en el
financiamiento de las
empresas en los últimos
años.
COLOMBIA
Se aplican a las
operaciones de
leasing las
disposiciones del
Código Civil y del
Código de Comercio,
relativas al mandato,
arrendamiento,
compraventa, etc.
URUGUAY
La carencia de regulación especial fue
superada por la citada ley conocida
como “Crédito de uso”, que se define
como un contrato de crédito en virtud
de la cual la institución acreditante
coloca un dinero para aplicar los fondos
a la adquisición de un bien por parte del
tomador.
ARGENTINA
El leasing ingresa a
inicios de la década
de los 60, siendo
adoptado por
empresas privadas y
estatales.
Federación de Empresas de
Leasing (FELELEASE)
LEASING
LEASING FINANCIERO
Es un contrato, donde una compañía de
financiamiento comercial, denominada
leasing, entrega a una persona natural o
jurídica, denominada el locatario, la
tenencia de una activo que ha adquirido
para el efecto y que este último ha
seleccionado para su uso, a cambio del
pago periódico de una suma de dinero
(canon) durante un plazo pactado y a
cuyo vencimiento, el locatario tendrá
derecho a adquirir el activo por el valor de
la opción de adquisición.
LEASING OPERATIVO
Es un contrato en virtud del
cual, una persona jurídica o
natural, denominada la
arrendadora, entrega a otra,
llamada la arrendataria, la
tenencia de un bien para su
uso, a cambio del pago de
un canon o renta periódica.
CARACTERÍSTICAS DEL LEASING FINANCIERO
 Los bienes materiales del leasing pueden ser standard o especializados,
según sean las necesidades de la empresa.
 La duración del contrato, coincide con la vida económica útil del bien.
 Usualmente se pacta que durante un determinado plazo contractual,
llamado periodo irrevocable, ninguna de las partes puede resolver el
contrato; a lo más puede hacerlo la empresa de leasing por
incumplimiento del usuario.
 A la expiración del citado plazo, la empresa usuaria tiene derecho
potestativo de optar por:
• Devolver el bien.
• Continuar con la explotación del bien.
• Adquirir el bien.
• Sustituir el bien por otro más moderno tecnológicamente.
CARACTERÍSTICAS DEL LEASING OPERATIVO
 Los bienes que se arriendan son instrumentales de modelo standard. A la empresa
arrendadora le corresponde atender la instalación, garantizar su buen
funcionamiento, las cargas y los gastos inherentes al derecho de propiedad y, en
ciertos contratos, también asume los gastos ocasionados por el normal uso.
 Los bienes, por sus características, pueden ser fácilmente objeto de nuevos
contratos.
 La duración del contrato es usualmente breve, no más de un año.
 Concede a ambas partes la facultad de resolver el contrato en cualquier momento,
siempre que lo hagan con un preaviso.
 La renta está compuesta, por una cuota fija y una variable:
1. La primera se establece en función de la cuota de amortización del bien.
2. La segunda sirve para proporcionar a la arrendadora la recuperación del costo y el
beneficio esperado.
 El leasing operativo supone, para la empresa arrendataria, una alternativa a la
inversión directa con recursos propios.
 Este contrato no reconoce opción de compra a favor de la empresa arrendataria,
pues la transferencia de la propiedad no está en la intensión de las partes.
PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL
LEASING FINANCIERO Y EL OPERATIVO
LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO
Partes Contractuales  Empresa de leasing
(bancos, financieras o
empresas
especializadas).
 Empresa usuaria.
 Fabricantes,
distribuidores e
importadores.
 Empresa arrendataria.
Duración del Contrato Coincide con la vida
económica útil del bien.
1 a 3 años.
Carácter del Contrato Irrevocable por ambas
partes.
Revocable por el
arrendatario con preaviso.
Elección del Bien Por la usuaria en cualquier
fabricante o distribuidor.
Por la arrendataria entre los
que tenga la arrendadora.
Tipo del Bien Bien capital o equipo. Bien standard o de uso
común.
Calidad del Bien Sólo bienes nuevos. Bienes nuevos o usados.
LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO
Conservación y
Mantenimiento del Bien
Por cuenta de la empresa
usuaria.
Por cuenta de la empresa
arrendadora.
Utilización del Bien Ilimitada en cuanto al
número de días/meses.
Limitada a un determinado
número de días/meses.
Función del Contrato Ofrecer una técnica de
financiación.
Esencialmente operativa:
uso del bien, ofrecer un
servicio.
Amortización del Bien En un solo contrato. En varios contratos con
distintos arrendamientos.
Obsolescencia Lo soporta el usuario. La soporta la arrendadora.
Riesgos para el Arrendador Riesgos financieros. Riesgos técnicos y
financieros.
Riesgos para el Arrendatario Riesgos técnicos. Ninguno.
Opciones Facultativas Transmisión de la propiedad
del bien.
No previstas.
Iniciativa La empresa usuaria. Empresa productora o
arrendadora.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL
LEASING FINANCIERO Y OPERATIVO
LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO
La entrega de un bien para su uso y
goce.
La entrega del bien.
El establecimiento de un canon
periódico.
El pago de un canon.
La existencia, a favor del locatario,
de una opción de adquisición al
terminarse el plazo pactado en el
contrato.
La aptitud del bien para producir
renta.
Que el bien objeto del leasing sea
susceptible de producir renta.
POR LA NATURALEZA
DEL BIEN
LEASING INMOBILIARIO
LEASING MOBILIARIO
FIGURAS “SUI GENERIS”
SALE AND LEASE BACK
LEASING INTERNACIONAL O
CROSS BORDER LEASING
LEASING AERONÁUTICO
LEASING ADOSSE
SELF LEASING
SAMURAI LEASING
LEASING PLUS
LEASING SINDICADO
POR SU PROMOCIÓN
LEASING PROMOCIONAL
DIRECTO
LEASING PROMOCIONAL
INDIRECTOPOR SU
AMORTIZACIÓN
FULL PAY OUT
LEASING
NON FULL PAY OUT
LEASING
FIGURAS AFINES
RENTING
DUMMY CORPORATION O
SOCIEDAD DE PAJA
OTRAS MODALIDADES
LEASING APALANCADO
LEASING DE EXPORTACIÓN
LEASING DE IMPORTACIÓN
LEASING DE INFRAESTRUCTURA
LEASING MUNICIPAL
LEASING HABITACIONAL
SUBLEASING
DIFERENCIA ENTRE EL LEASING Y
LA VENTA A PLAZO
LEASING VENTA A PLAZO
 Lo constituye la explotación del bien.  Lo constituye el traslado de la propiedad.
 La propiedad del activo está durante
todo el contrato en cabeza de la
compañía arrendadora.
 La propiedad del bien está desde el inicio
del contrato en cabeza del comprador.
 Sólo se consolida la propiedad en cabeza
del locatario mediante el ejercicio de la
opción de adquisición.
 La propiedad del bien se consolida
plenamente y en forma automática
cuando se paga la última cuota del precio
de venta.
 El traslado del dominio nunca estará
sujeto a condición resolutoria emanada
de la forma de pago, porque sólo se da
cuando está cancelada la totalidad del
precio y se ejerce la opción de
adquisición.
 La propiedad del bien puede regresar al
vendedor por la condición resolutoria
tácita emanada de la forma de pago.
DIFERENCIA ENTRE LEASING Y LA
VENTA CONDICIONADA
LEASING VENTA CONDICIONADA
Lo constituye la tenencia
de un bien para su uso y
goce.
El objeto es traspasar la
propiedad al comprador
cumplida determinada
condición.
La diferencia radica en el objeto del contrato.
DIFERENCIA ENTRE UN CONTRATO DE
LEASING Y UN CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO
La diferencia radica en que el bien
objeto del contrato de leasing debe
ser susceptible de producir renta,
exigencia que no se predica del bien
objeto de un contrato de
arrendamiento.
DIFERENCIA ENTRE UN LEASING Y
UN CRÉDITO
LEASING CRÉDITO
 Tiene como condición esencial la entrega
de un activo de propiedad de la
compañía de leasing al locatario, para su
uso y goce.
 Lo que se entrega al cliente es dinero,
bien fungible, debiendo el beneficiario
del crédito devolver el dinero, junto con
las intereses generados por la operación.
 Se intermedian bienes, activos.  Se intermedia dinero.
 El pago periódico es un canon, donde
puede o no contener amortización del
valor del activo.
 Se pagan cuotas, o inclusive un solo pago
al vencimiento del plazo mutuo, junto
con un pago de intereses del capital
prestado.
 No hay traslado de la propiedad del bien
durante el plazo del contrato.
 El dinero que se entrega en préstamo es
traslaticio del domino, y, el deudor se
obliga a pagar en dinero.
 El bien entregado para uso es el mismo
durante todo el periodo del contrato.
Es un contrato sobre equipo que están
fuera del país y por ende deben
importarse.
Por lo general, en este tipo de contratos,
el locatario encarga a la compañía de
leasing la negociación con el proveedor
del exterior del bien que él
expresamente ha escogido, así como la
importación del equipo.
También existe una modalidad de leasing de
importación en la cual se acuerda que el
locatario negocie el bien con el proveedor y
haga la respectiva importación, y la compañía
de leasing financie todos los gastos en que
incurra por tales conceptos, mediante una
celebración de una promesa de Contrato de
Leasing.
Una vez el equipo se haya nacionalizado, se
formaliza el Contrato de Leasing, adquiriendo
la compañía del equipo.
Cualquiera sea la modalidad
operativa del leasing de
importación, el canon sólo se
comienza a cancelar cuando el
bien importado es recibido a
satisfacción por el locatario,
independientemente que esté
operando.

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LEASING

  • 1. LIVINTONG LEMUS FREDDY LOZANO JHOAANPOLL VEGA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA PANAMERICANA FACULTAD DE CIENCIAS EMPRESARIALES FINANZAS Y NEGOCIOS INTERNACIONALES IMPORTACIONES Y ARANCELES 24 DE AGOSTO DE 2012, BOGOTÁ D. C.
  • 2. DEFINICIÓN DE LEASING LEASING ORIGEN ANGLOSAJÓN DERIVA DEL: VERBO INGLÉS “TO LEASE” ARRENDAR O DAR EN ARRIENDO SUSTANTIVO INGLÉS “LEASE” ARRIENDO, ESCRITURA DE ARRIENDO O LOCACIÓN
  • 3. DEFINICIONES DE LEASING EN OTROS PAÍSES ESTADOS UNIDOS LEASING FRANCIA • CREDIT BAIL • EQUIPEMENT BAIL • LOCATION FINANCIERE AVEC PROMESSE DE VENTE BÉLGICA LOCATION FINANCEMENT ITALIA LOCAZIONE FINANZIARIA ESPAÑA ARRENDAMIENTO FINANCIERO BRASIL ARRENDAMIENTO MERCANTIL ARGENTINA • LOCACIÓN DE BIENES DE CAPITAL • LOCACIÓN FINANCIERA URUGUAY ARRENDAMIENTO FINANCIERO PERÚ ARRENDAMIENTO FINANCIERO
  • 4. ¿QUÉ ES EL LEASING? LEASING ES UN CONTRATO DE FINANCIAMIENTO ENTRE DOS PARTES SOCIEDAD DE LEASING SE OBLIGA A ADQUIRIR Y LUEGO DAR EN USO UN BIEN DE CAPITAL, ELEGIDO PREVIAMENTE POR LA OTRA PARTE PERSONA JURÍDICA O NATURAL PAGO DE UN CANON COMO CONTRAPRESTACIÓN DURANTE UN PERIODO DETERMINADO EL PERIODO DE PAGO COINCIDE GENERALMENTE CON LA VIDA ÚTIL DEL BIEN
  • 5.
  • 6.
  • 7. DESCRIPTIVA JURÍDICA El leasing estima que una determinada entidad financiera adquiere un bien para ceder su uso a una persona durante un cierto tiempo la cual habrá de pagar a esa entidad una cantidad periódica (constante o variable). Transcurrida la duración del contrato, la persona tiene la facultad de adquirir ese bien a un precio determinado. Se define como un negocio jurídico, el leasing es un contrato complejo de arrendamiento por el cual una parte, en lugar de adquirir un bien de capital que necesita, solicita a la otra parte que lo adquiera y le concede su uso por un periodo determinado. Definición jurídica según la Corte Suprema de Justicia, Sentencia 6462 de Diciembre 13 de 2002
  • 8. JURÍDICO FINANCIERA LEGAL El leasing es un contrato de financiación por el cual un empresario toma en locación de una entidad financiera un bien de capital, previamente adquirido por esta a tal fin, a pedido del locatario, teniendo este arriendo una duración igual al plazo de vida útil del bien y un precio que le permite al locador amortizar el costo total de adquisición del bien. Son las operaciones de arrendamiento financiero en donde la arrendadora financiera (Sociedad de leasing) se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso temporal, a plazo forzoso a una persona, obligándose esta a pagar como contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, según convenga una cantidad de dinero determinada, que cubra el valor de adquisición de los bienes. Definición legal según el Decreto 913 de 1993
  • 9. ANTECEDENTES HISTORICOS Los terratenientes ante su imposibilidad de explotar directamente sus terrenos, preferían ceder el uso de estos a cambio de un canon que consistía en un porcentaje de las cosechas cultivadas. 5.000 a. C. Se desarrollaban leasing (Contratos de Arrendamiento) de esclavos, minas, barcos, etc., entre un banco y una fabrica de escudos. LEASING EN LA ANTIGUA GRECIA
  • 10. En Atenas se desarrollaban Contratos de Arrendamiento de esclavos a las minas. LEASING DE ESCLAVOS El leasing tiene sus cimientos en el pueblo egipcio, cuya práctica data del año 3.000 a. C., desarrollando contratos de arrendamiento en donde participaban un arrendador, un arrendatario y una opción de compra. OTROS ORÍGENES
  • 11. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE LEASING 1. Es un contrato bilateral. 2. Es un contrato consensual. 3. Es oneroso. 4. Es conmutativo. 5. Es de tracto sucesivo. 6. Es un contrato de naturaleza mercantil. 7. Es principal.
  • 12. PROMOTORES DEL LEASING  Los departamentos financieros y comerciales de las empresas industriales o filiales de estas.  Empresas explotadoras de grandes ferrocarriles americanos.  Empresas de telecomunicaciones como Bell Telephon System.  Otras empresas como la International Business Machines (IBM), la International Cigar Machinery y la United Schoe Machinery Corporation, con resultados positivos.
  • 13. PRIMERAS EMPRESAS DE LEASING LEASING 1952 SAN FRANCISCO DE CALIFORNIA UNITED STATES LEASING CORPORATION FINALES DE 1952 BOOTHE LEASING CORPORATION
  • 14. CARACTERÍSTICAS DE LAS PRIMERAS EMPRESAS DE LEASING
  • 15.
  • 16. El leasing es el negocio que ha obtenido el más espectacular crecimiento en el mundo capitalista, iniciando a partir de la década de los 50 y alcanza su mayor esplendor en la década de los 70 y 80. Los años siguientes le han servido para expandirse, con singular éxito, por todo el mundo.
  • 17. EN LOS ESTADOS UNIDOS EN EUROPA El desarrollo alcanzado por el leasing en los Estados Unidos tuvo como cercanos aliados a: 1. Normas fiscales de amortización poco liberales. 2. Créditos bancarios a mediano plazo poco desarrollados. 3. Una etapa de economía próspera con márgenes de beneficios apreciables pero con empresas comprometidas con una renovación acelerada de bienes de capital. • Las empresas de leasing están agrupadas en la Federación Europea de Compañías de Equipamiento de Leasing (LEASEUROPE). • Gran Bretaña fue el primer país que practicó el leasing. • Francia tiene el mérito de haber sido el primero en dar un estatuto legal para las operaciones y las empresas de leasing.
  • 18. Sin embargo, fue Japón, el país pionero del leasing, que en poco tiempo, se convirtió en uno de los países líderes en leasing, al grado de adoptar un subtipo: El samurái leasing.
  • 19. LATINOAMERICA BRASIL El contrato de leasing tiene un ordenamiento jurídico en donde la ley define al leasing o arrendamiento mercantil. ECUADOR Hace parte de los países latinoamericanos que se preocupó por darle una regulación especial al leasing. CHILE Existe la Asociación Chilena de Empresas de Leasing, la cual ha tenido a su cargo la difusión de la importancia económica del leasing y sus bondades en el financiamiento de las empresas en los últimos años. COLOMBIA Se aplican a las operaciones de leasing las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio, relativas al mandato, arrendamiento, compraventa, etc. URUGUAY La carencia de regulación especial fue superada por la citada ley conocida como “Crédito de uso”, que se define como un contrato de crédito en virtud de la cual la institución acreditante coloca un dinero para aplicar los fondos a la adquisición de un bien por parte del tomador. ARGENTINA El leasing ingresa a inicios de la década de los 60, siendo adoptado por empresas privadas y estatales. Federación de Empresas de Leasing (FELELEASE)
  • 20.
  • 21. LEASING LEASING FINANCIERO Es un contrato, donde una compañía de financiamiento comercial, denominada leasing, entrega a una persona natural o jurídica, denominada el locatario, la tenencia de una activo que ha adquirido para el efecto y que este último ha seleccionado para su uso, a cambio del pago periódico de una suma de dinero (canon) durante un plazo pactado y a cuyo vencimiento, el locatario tendrá derecho a adquirir el activo por el valor de la opción de adquisición. LEASING OPERATIVO Es un contrato en virtud del cual, una persona jurídica o natural, denominada la arrendadora, entrega a otra, llamada la arrendataria, la tenencia de un bien para su uso, a cambio del pago de un canon o renta periódica.
  • 22. CARACTERÍSTICAS DEL LEASING FINANCIERO  Los bienes materiales del leasing pueden ser standard o especializados, según sean las necesidades de la empresa.  La duración del contrato, coincide con la vida económica útil del bien.  Usualmente se pacta que durante un determinado plazo contractual, llamado periodo irrevocable, ninguna de las partes puede resolver el contrato; a lo más puede hacerlo la empresa de leasing por incumplimiento del usuario.  A la expiración del citado plazo, la empresa usuaria tiene derecho potestativo de optar por: • Devolver el bien. • Continuar con la explotación del bien. • Adquirir el bien. • Sustituir el bien por otro más moderno tecnológicamente.
  • 23. CARACTERÍSTICAS DEL LEASING OPERATIVO  Los bienes que se arriendan son instrumentales de modelo standard. A la empresa arrendadora le corresponde atender la instalación, garantizar su buen funcionamiento, las cargas y los gastos inherentes al derecho de propiedad y, en ciertos contratos, también asume los gastos ocasionados por el normal uso.  Los bienes, por sus características, pueden ser fácilmente objeto de nuevos contratos.  La duración del contrato es usualmente breve, no más de un año.  Concede a ambas partes la facultad de resolver el contrato en cualquier momento, siempre que lo hagan con un preaviso.  La renta está compuesta, por una cuota fija y una variable: 1. La primera se establece en función de la cuota de amortización del bien. 2. La segunda sirve para proporcionar a la arrendadora la recuperación del costo y el beneficio esperado.  El leasing operativo supone, para la empresa arrendataria, una alternativa a la inversión directa con recursos propios.  Este contrato no reconoce opción de compra a favor de la empresa arrendataria, pues la transferencia de la propiedad no está en la intensión de las partes.
  • 24. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE EL LEASING FINANCIERO Y EL OPERATIVO LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO Partes Contractuales  Empresa de leasing (bancos, financieras o empresas especializadas).  Empresa usuaria.  Fabricantes, distribuidores e importadores.  Empresa arrendataria. Duración del Contrato Coincide con la vida económica útil del bien. 1 a 3 años. Carácter del Contrato Irrevocable por ambas partes. Revocable por el arrendatario con preaviso. Elección del Bien Por la usuaria en cualquier fabricante o distribuidor. Por la arrendataria entre los que tenga la arrendadora. Tipo del Bien Bien capital o equipo. Bien standard o de uso común. Calidad del Bien Sólo bienes nuevos. Bienes nuevos o usados.
  • 25. LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO Conservación y Mantenimiento del Bien Por cuenta de la empresa usuaria. Por cuenta de la empresa arrendadora. Utilización del Bien Ilimitada en cuanto al número de días/meses. Limitada a un determinado número de días/meses. Función del Contrato Ofrecer una técnica de financiación. Esencialmente operativa: uso del bien, ofrecer un servicio. Amortización del Bien En un solo contrato. En varios contratos con distintos arrendamientos. Obsolescencia Lo soporta el usuario. La soporta la arrendadora. Riesgos para el Arrendador Riesgos financieros. Riesgos técnicos y financieros. Riesgos para el Arrendatario Riesgos técnicos. Ninguno. Opciones Facultativas Transmisión de la propiedad del bien. No previstas. Iniciativa La empresa usuaria. Empresa productora o arrendadora.
  • 26. ELEMENTOS ESENCIALES DEL LEASING FINANCIERO Y OPERATIVO LEASING FINANCIERO LEASING OPERATIVO La entrega de un bien para su uso y goce. La entrega del bien. El establecimiento de un canon periódico. El pago de un canon. La existencia, a favor del locatario, de una opción de adquisición al terminarse el plazo pactado en el contrato. La aptitud del bien para producir renta. Que el bien objeto del leasing sea susceptible de producir renta.
  • 27.
  • 28. POR LA NATURALEZA DEL BIEN LEASING INMOBILIARIO LEASING MOBILIARIO FIGURAS “SUI GENERIS” SALE AND LEASE BACK LEASING INTERNACIONAL O CROSS BORDER LEASING LEASING AERONÁUTICO LEASING ADOSSE SELF LEASING SAMURAI LEASING LEASING PLUS LEASING SINDICADO POR SU PROMOCIÓN LEASING PROMOCIONAL DIRECTO LEASING PROMOCIONAL INDIRECTOPOR SU AMORTIZACIÓN FULL PAY OUT LEASING NON FULL PAY OUT LEASING
  • 29. FIGURAS AFINES RENTING DUMMY CORPORATION O SOCIEDAD DE PAJA OTRAS MODALIDADES LEASING APALANCADO LEASING DE EXPORTACIÓN LEASING DE IMPORTACIÓN LEASING DE INFRAESTRUCTURA LEASING MUNICIPAL LEASING HABITACIONAL SUBLEASING
  • 30. DIFERENCIA ENTRE EL LEASING Y LA VENTA A PLAZO LEASING VENTA A PLAZO  Lo constituye la explotación del bien.  Lo constituye el traslado de la propiedad.  La propiedad del activo está durante todo el contrato en cabeza de la compañía arrendadora.  La propiedad del bien está desde el inicio del contrato en cabeza del comprador.  Sólo se consolida la propiedad en cabeza del locatario mediante el ejercicio de la opción de adquisición.  La propiedad del bien se consolida plenamente y en forma automática cuando se paga la última cuota del precio de venta.  El traslado del dominio nunca estará sujeto a condición resolutoria emanada de la forma de pago, porque sólo se da cuando está cancelada la totalidad del precio y se ejerce la opción de adquisición.  La propiedad del bien puede regresar al vendedor por la condición resolutoria tácita emanada de la forma de pago.
  • 31. DIFERENCIA ENTRE LEASING Y LA VENTA CONDICIONADA LEASING VENTA CONDICIONADA Lo constituye la tenencia de un bien para su uso y goce. El objeto es traspasar la propiedad al comprador cumplida determinada condición. La diferencia radica en el objeto del contrato.
  • 32. DIFERENCIA ENTRE UN CONTRATO DE LEASING Y UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO La diferencia radica en que el bien objeto del contrato de leasing debe ser susceptible de producir renta, exigencia que no se predica del bien objeto de un contrato de arrendamiento.
  • 33. DIFERENCIA ENTRE UN LEASING Y UN CRÉDITO LEASING CRÉDITO  Tiene como condición esencial la entrega de un activo de propiedad de la compañía de leasing al locatario, para su uso y goce.  Lo que se entrega al cliente es dinero, bien fungible, debiendo el beneficiario del crédito devolver el dinero, junto con las intereses generados por la operación.  Se intermedian bienes, activos.  Se intermedia dinero.  El pago periódico es un canon, donde puede o no contener amortización del valor del activo.  Se pagan cuotas, o inclusive un solo pago al vencimiento del plazo mutuo, junto con un pago de intereses del capital prestado.  No hay traslado de la propiedad del bien durante el plazo del contrato.  El dinero que se entrega en préstamo es traslaticio del domino, y, el deudor se obliga a pagar en dinero.  El bien entregado para uso es el mismo durante todo el periodo del contrato.
  • 34.
  • 35. Es un contrato sobre equipo que están fuera del país y por ende deben importarse. Por lo general, en este tipo de contratos, el locatario encarga a la compañía de leasing la negociación con el proveedor del exterior del bien que él expresamente ha escogido, así como la importación del equipo.
  • 36. También existe una modalidad de leasing de importación en la cual se acuerda que el locatario negocie el bien con el proveedor y haga la respectiva importación, y la compañía de leasing financie todos los gastos en que incurra por tales conceptos, mediante una celebración de una promesa de Contrato de Leasing. Una vez el equipo se haya nacionalizado, se formaliza el Contrato de Leasing, adquiriendo la compañía del equipo.
  • 37. Cualquiera sea la modalidad operativa del leasing de importación, el canon sólo se comienza a cancelar cuando el bien importado es recibido a satisfacción por el locatario, independientemente que esté operando.