El grado de responsabilidad que conlleva el sector salud ha hecho que cada vez seamos propensos a sufrir demandas en el campo laboral ,conocer nuestros derechos y limitaciones nos proporcionan un alto grado de desarrollo a nivel etico-profesional.
1. Universidad Popular Autónoma del Estado de Puebla
Dirección General de Innovación Educativa
Coordinación Académica de la Licenciatura de Enfermería Abierta
Título del trabajo
LEY GENERAL DE PROFESIONES
Nombre del docente:
Mtra. Lourdes Lezama Flores
Alumnos:
Hernández Potenciano Yazmin
Martínez González Elizabeth
Montaño Fernández Maricruz
Moreno Leal Catalina
Reyes Ramos Maricela
2. Ley general en el ejercicio de la
profesión
Disposiciones generales
Se regirá esta ley y su
reglamento de ética
profesional
Se dispondrá de los
siguientes artículos para su
disposición art. 1º - 36º
Ejercicioprofesional
Constituye el ejercicio
profesional, que
requieran capacitación
proporcionada por una
institución superior.
Se deberá contar
con un tirulo y
cédula para poder
ejercer libremente
en sociedad El uso del titulo es propio
de los profesionista que
cuenten con un grado
académico, emitido por
una institución.
Uso del titulo
Se considera usurpación de
los títulos a las personas que
no cuenten con los términos
adecuados.
Las actividades profesionales
para las cuales están
capacitados serán
determinados por el poder
ejecutivo nacional.
Profesionistas
3. Disposiciones
Generales
Articulo 1º
Articulo 2º
Tiene por objetivo
reglamentar el ejercicio
profesional
Regulan el campo de
accion determinado por:
profesión ,titulo y
profesionalArticulo 3º
El ejerció de una o
varias
especialidades
Articulo 4º
Articulo 5º
Reglamentos que
delimita el campo
de accion de la
profesión
Toda persona que
haya expedido su
tirulo podrá contar
una cedula
profesional
LEY GENERAL DE PROFESIONES
4. Art 8º: Para obtener cualquier titulo será
necesario cursar y aprobar cada una de las
asignaturas del servicio social estudiantil.
Art. 10 º- 12 º : Los títulos deberán registrase anta
la autoridad educativa del estado, para ejercer
legalmente mediante expedición de cedula
profesional.
Art.9º Para obtener titulo de nivel medio superior
deberá haber cursado la instrucción primaria y
secundaria
5. Art 13º - 17 º : se estarán bajo
reglas por parte del Gobierno
estatal ,secretaria de
educación publica, director de
profesiones.
Art 18º - 36 º : Respecto al
ejerció de profesiones en
base a sus conocimientos
adquiridos durante sus
estudios universitarios, así
como también todas las
responsabilidades legales que
conllevan.
6. CONCLUSIONES
La ley de profesiones que nos rige hoy en día, como pilar fundamental en
el ejercicio profesional de nuestro hacer y actuar , misma que nos
permite el ejercicio libre de nuestra profesión, sin dejar atrás todas las
responsabilidades que de ella derivan tanto en el ámbito profesional,
como ético-jurídico, es menester hacer conciencia como profesionistas el
hacer un buen uso correcto de nuestros conocimientos en el ámbito al
cual nos dediquemos.
7. REFERENCIAS
Federacion, D. O. (19 de Enero de 2018). Ley reglamentaria articulo 5º
ejercicico profesional. Obtenido de
https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/24e8c91d-
d2fc-4977-ad19-
dc572c3e4439/ley_reglam_art5_ejerc_prof_df.pdf
Federacion, D. O. (21018). Ley reglamentaria del ejercicio profesional .
Obtenido de
http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_mex_ley_regl_art_5
.pdf
Publica, S. d. (2018). Ley genral de Profesiones. Obtenido de
http://sep.puebla.gob.mx/normateca/leyes